Nacionales
Sobreseyeron a gendarme misionero en causa por la muerte de Santiago Maldonado
El magistrado Gustavo Lleral, titular del Juzgado Federal de Rawson, Chubut, dictó esta mañana al sobreseimiento de los cuatro uniformados de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) que eran investigados por la desaparición y muerte de Santiago Maldonado, entre ellos al gendarme misionero Iván Marcelo Ferreyra (35).
“Puedo afirmar con absoluta certeza que ninguno de los sucesos y ninguna de las acciones humanas analizados son susceptibles de ser considerados delitos, de los tipificados por nuestra ley penal”, sostuvo el magistrado en la resolución de 361 páginas en la que decretó los sobreseimientos.
La decisión judicial benefició a los gendarmes Emmanuel Echazú, que estaba acusado por la supuesta desaparición forzada de Maldonado, y a los agentes de la misma fuerza Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Ferreyra, quienes eran señalados por haber cometido los delitos de daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.
De todos ellos, Ferreyra es misionero, oriundo de la localidad de Puerto Libertad, según consta en los expedientes judiciales. La misma resolución declara que “en el presente trámite no se ha afectado el buen nombre y honor de los nombrados”, en relación a los imputados ahora sobreseídos.
En su escrito además Lleral afirmó que a los gendarmes investigados y todos sus compañeros que participaron del operativo de desalojo “ni siquiera se les puede dirigir el reproche de un hipotético abandono de persona en perjuicio de Santiago Andrés Maldonado, pues, tal como se dijo, no existe elemento de prueba alguno que permita sostener ese juicio de tipicidad y esa atribución penal”.
Y en otro tramo explayó que “debo tener por probado que Santiago Andrés Maldonado falleció en el Río Chubut, a la altura del predio ocupado por la comunidad denominada Pu Lof en Resistencia Cushamen, en la hondonada de aproximadamente más de 2 (dos) metros de profundidad en la que se sumergió el 1 de agosto de 2017; y que su cuerpo sin vida permaneció ininterrumpidamente allí hasta que fue hallado el 17 de octubre de 2017, primero sumergido en el fondo del lecho y, pocos días antes de su rescate, flotando en la superficie de ese curso de agua”.
Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017 durante un operativo de GNA en el que fue reprimida una protesta de la comunidad mapuche de la Pu Lof Cushamen en Chubut, por el reclamo de tierras ancestrales ubicadas entre la ruta 40 y el río Chubut. El cuerpo del joven fue hallado 78 días más tarde 400 metros río arriba de donde había sido visto por última vez.
“La desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huida; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”, escribió el juez Lleral.
Y concluyó que “la verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, sólo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos”.
Inmediatamente conocida la resolución, el hermano de Sergio Maldonado, hermano de Santiago, querellante en la causa, publicó un breve hilo de Twitter para expresarse: “¡Hoy queda demostrado que no hay justicia en Argentina! Desde un principio se garantizó la impunidad al verdadero poder”, indicó inicialmente y en otra publicación añadió que “se acaba de confirmar el pacto de impunidad para Patricia Bullrich y la Gendarmería nacional”.
Nacionales
Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario
El presidente Javier Milei promulgó las leyes de Emergencia Pediátrica (Garrahan) y de Financiamiento Universitario y suspendió su ejecución hasta tanto el Honorable Congreso de la Nación “determine las fuentes de su financiamiento”.
Tal como ocurrió con la Emergencia en Discapacidad, el gobierno nacional decidió suspender la aplicación de las legislaciones y las devolvió al Congreso para que los legisladores asignen fondos específicos en el presupuesto nacional del 2026.
La Ley 27.795 establece un nuevo régimen de financiamiento para las casas de estudios públicas del país, como también la recomposición salarial del personal docente y no docente, y la Ley 27.796 declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud en Argentina por un año.
En el Boletín Oficial de la Nación de este martes, ambas legislaciones fueron promulgadas y suspendidas en su aplicación, al igual que sucedió hace un mes con la ley de Emergencia en Discapacidad.
En ambos decretos, el gobierno enfatiza que el Congreso de la Nación no especificó de manera fehaciente la fuente de financiamiento para las erogaciones que implican las leyes, incumpliendo lo dispuesto por la Ley 24.156.
Cabe recordar que el 4 septiembre, el presidente Javier Milei había vetado las leyes de Emergencia Pediátrica y Financiamiento Universitario argumentando que generaban un desequilibrio fiscal que atentaba contra la estabilidad macroeconómica.
Los vetos del presidente fueron rechazados por las dos Cámaras del Congreso de la Nación y por ello el Ejecutivo decidió ahora postergar la aplicación de las legislaciones.
La marcha universitaria llenó calles en Posadas, Oberá y Eldorado
Nacionales
La inflación fue de 2,1% en septiembre y acumula 22% en lo que va del año
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que la inflación correspondiente al noveno mes del año fue 2,1%, cifra sobre la que se pudo observar un leve aumento respecto a lo registrado en agosto, cuando fue de 1,9%.
De esta manera, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumuló un alza del 22% en los primeros nueve meses del año, y de 31,8% en el balance interanual.
El incremento estuvo motorizado por las divisiones de Vivienda, agua, electricidad, gas, otros combustibles y educación (3,1%) y Transporte con 3%.
Un escalón por debajo Salud con 2,3%; luego Comunicación con 2,2% y Bienes y servicios varios con 2,1%. El resto de los rubros quedaron por debajo del nivel general, Alimentos y bebidas no alcohólicas -de mayor incidencia- con 1,9%.
Del lado opuesto, los que menos subieron fueron Recreación y cultura con 1,3% y Restaurantes y hoteles, con apenas un 1,1%, lo que podría indicar una retracción en el consumo en ese sector. A este último apartado se sumaron Recreación y cultura (1,3%) y Restaurantes y hoteles (1,1%).
Sin embargo, la inflación tuvo diferencias considerables por regiones. En la Patagonia el alza de precios fue de 2,4%, seguida por Noroeste y Cuyo con 2,2%. Luego Gran Buenos Aires (GBA) se mantuvo en el nivel general y la Pampeana por debajo con 2% y Noreste en 1,8%.
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 2,1% en septiembre de 2025 respecto de agosto y acumularon un alza de 22% en los últimos nueve meses https://t.co/z8pxJaAazE pic.twitter.com/y0Z0iK1oVJ— INDEC Argentina (@INDECArgentina) October 14, 2025
Nacionales
La inflación fue de 1,9% en agosto y acumula 19,5% en lo que va del año
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dio a conocer hoy el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al octavo mes del año, el cual se ubicó en 1,9%, al igual que en julio.
Simultáneamente, los precios acumularon un alza de 19,5% en los primeros ocho meses, mientras que el incremento interanual alcanzó el 33,6%.
En cuanto a las subas más pronunciadas en agosto, en primer lugar se ubica la categoría Transporte con un 3,6%, por la suba en Adquisición de vehículos y en Combustibles, seguida de Bebidas alcohólicas y tabaco (3,5%).
Caso contrario sucedió con Prendas de vestir y calzado (-0,3%) y Recreación y cultura (0,5%), cuyas categorías registraron los menores incrementos.
A nivel de las categorías, los precios Regulados (2,7%) lideraron la suba, seguidos de IPC núcleo (2,0%) y Estacionales (-0,8%).
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 1,9% en agosto de 2025 respecto de julio y 33,6% interanual. Acumularon un alza de 19,5% en los últimos ocho meses https://t.co/n0T9fC8fSg pic.twitter.com/CsWQYLNyj6— INDEC Argentina (@INDECArgentina) September 10, 2025
Repercusiones
Con estos resultados, la inflación de agosto se ubicó por debajo de lo esperado, ya que la mayoría de los pronósticos de consultoras privadas y analistas, calcularon el IPC de agosto en un rango de entre 1,8% a 2,2%.
Además, según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central (BCRA), los analistas corrigieron su estimación e indicaron que el IPC sería de 2,1%.
La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses
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