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Procesaron a De Vido y Jaime en causa por contratos ferroviarios

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El exministro de Planificación Federal Julio De Vido fue procesado este miércoles por orden del juez federal Sebastián Ramos por supuestas negociaciones incompatibles con la función pública, al no haber conformado los equipos técnicos establecidos por ley para renegociar los contratos ferroviarios.

El magistrado también procesó al exsecretario de Transporte Ricardo Jaime, a quien le sumó el delito de violación de los deberes de funcionario público, y para ambos fijó un embargo de 500.000.000 pesos.

De Vido está acusado porque en calidad de ministro “no adoptó medida alguna tendiente” a que Jaime “cumpliera con la designación de los profesionales y técnicos del sector de transporte ferroviario de pasajeros, con el fin de conformar el equipo de trabajo destinado a dar inicio al procedimiento de renegociación de los contratos de concesión del servicio público de transporte ferroviario”.

Ramos recordó que no hubo órdenes para “que se avanzara con el procedimiento de renegociación de los contratos de servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros, conforme las funciones y facultades establecidas en el artículo 3 de la resolución conjunta del Ministerio de Economía y Producción y Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios”.

“Con dichas omisiones se interesó en miras de que no avanzara la renegociación de dichos contratos para beneficiar a las empresas concesionarias de servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros”, agregó el juez.

La investigación se centra en el período 2003-2009 y contra De Vido pesa la acusación de no haber instado a Jaime a designar los equipos técnicos de la secretaría de Transporte para que colaboraran con la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (Uniren) que revisó los convenios de los sectores privatizados.

Se trata del segundo procesamiento de De Vido, ya que primero lo había alcanzado una medida dictada por el juez federal Claudio Bonadio por descarrilamiento culposo y administración fraudulenta, a raíz de la tragedia ferroviaria de Once en la que murieron 51 personas en febrero de 2012.

Para el juez, quedó “acreditado con el grado de probabilidad exigido por el ordenamiento procesal, de acuerdo a las constancias incorporadas a la causa, que Ricardo Raúl Jaime, en su calidad de Secretario de Transporte de la Nación y miembro del Comité Sectorial de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos, no designó a los profesionales y técnicos del sector de transporte ferroviario de pasajeros”.

De Vido por “no haber impartido órdenes o arbitrado los medios necesarios destinados a que se avanzara con el procedimiento de renegociación de los contratos de servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros, no se inició ni se progresó en el proceso de renegociación de dichos contratos”.

Desde el juzgado se valoró que cuando Jaime prestó declaración indagatoria, dijo que “ninguna orden recibió de su superior con la finalidad de que designara el personal técnico” para renovar los contratos ferroviarios.

“La conducta omisiva de Julio De Vido, en su calidad de Presidente de la UNIREN, Autoridad de Aplicación de los contratos de concesión, y Ministro que tenía bajo su órbita el área de transporte, impidió que se iniciara formalmente y se avanzara en dicho proceso, tendiente a alcanzar los fines dispuestos por las normas de mención, durante el lapso en que prestó funciones en tales cargos”, resaltó el magistrado.

“La falta de avance en los procesos habría permitido la ausencia de tratamiento de las penalidades aplicadas a las empresas concesionarias de ese servicio público que eran remitidas al proceso de renegociación, y la falta de resolución de los reclamos mutuos entre concedente y concesionario, la omisión del análisis de la rentabilidad de las empresas y su estructura de costos”, remarcó el juez.

Jaime está detenido en el penal de Ezeiza al concentrar tres condenas en su contra, todas en una pena única por la tragedia ferroviaria de Once, y porque en otra causa que se lo investiga por la compra de trenes inutilizables a España y Portugal la Justicia considera que existe peligro de fuga.


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El gobierno limitó acceso a la información sobre los perros de Milei

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perros

El gobierno le puso un bozal a la información sobre los perros del presidente Javier Milei, que viven en la Quinta de Olivos en una serie de caniles especialmente ambientados.

Un reciente dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo del ministro Rodolfo Barra, estableció límites para las solicitudes de acceso a la información sobre el tema y los extendió a cualquier dato que pueda ser considerado parte de la “vida privada” de Milei.

Barra, contestó así un pedido de la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, ante los requerimientos sobre los clones de cuatro patas de su hermano, amparados en la Ley de Acceso a la Información Pública 27.275, y dictaminó que las consultas deben rechazarse por “banales”.

Los perros, a quien Milei llama “mis hijitos de cuatro patas”, fueron desde el día después del triunfo electoral un tema de interés que, incluso, en un determinado momento fue abordado como una cuestión de Estado.

En mayo pasado, un informe de CNN Español mostró cómo fue la clonación de Conan, por la que Milei pagó US$50.000 y de la que resultaron los cinco mastines ingleses que lo acompañan en Olivos.

Banalidades

El dictamen de Barra se ocupó en primer término de aclarar que, según la información que recibió de Karina Milei, los gastos que generaron los perros del presidente no corrieron por cuenta del Tesoro Nacional, y además afirmó que la naturaleza de la información que se solicita corresponde a la “vida privada” del mandatario y no afecta al interés público.

La banalidad misma de la cuestión impone no sólo el rechazo del pedido sino que debería mover a la reflexión acerca del gasto (material y personal) innecesario, inútil e intrascendente que, para el Tesoro, este tipo de solicitudes provoca”, escribió.

“En todos los casos las áreas competentes de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación informaron que los gastos vinculados con el acondicionamiento del Sector Casa sustentable, para ser utilizado para caniles y/o los relacionados con el cuidado y manutención de las mascotas, no fueron abonados con fondos del Tesoro Nacional”, indicó.

Barra, reconoció el rango constitucional del acceso a la información pública, ya que promueve la “participación ciudadana” y la “transparencia” en la gestión, aunque más adelante indicó que las consultas ciudadanas recibidas por la oficina de Karina Milei no se corresponden con el espíritu de la ley.

“La consulta que motiva esta intervención -explicó Barra- tiene como antecedente las numerosas peticiones dirigidas a conocer ciertos aspectos vinculados a las mascotas del Presidente de la Nación, tales como, la cantidad, raza, nombre, edad, marca y tipo del alimento que consumen, elementos destinados al cuidado y manutención, incluido su embellecimiento; información vinculada a su estadía en la residencia Presidencial -fecha de ingreso, profesionales afectados a su cuidado pasado y presente, entre otros-, y al origen de los fondos con los que se solventaron las obras destinadas a su alojamiento (caniles)”.

Admitir este tipo de solicitudes -sostuvo Barra- importaría un notorio apartamiento del espíritu y la letra de la Ley, con consecuencias no deseables a la luz del objetivo que persigue el régimen, llevando al absurdo de procesar por dicho procedimiento, pedidos que no involucran cuestiones públicas ligadas a la actividad estatal.”

“La información a la que se hace referencia en el objeto de la consulta no califica como pública, no se justifica su divulgación”, escribió.

“La información que se solicita se refiere a un aspecto de la vida privada y familiar del Señor Presidente de la Nación”, dictaminó Barra y explicó: “Si bien, la Residencia Presidencial de Olivos es una instalación pública, también es el hogar temporal del Presidente y la privacidad de este espacio debe ser respetada”.


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El gobierno aumentó por decreto el salario mínimo en cuotas hasta octubre

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Tras el fracaso de las conversaciones con empresarios y sindicatos, el gobierno nacional estableció por decreto los aumentos del salario mínimo que regirán en los próximos meses, elevando el monto a $254.231,91 pesos en julio y hasta llegar a $271.571,22 en octubre.

Los incrementos fueron instrumentados a partir de la Resolución 13/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial y comenzarán a regir desde el próximo mes.

El decreto establece que el salario mínimo, vital y móvil pasará de los actuales $234.315,24 a $254.231,91 en julio, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen una jornada legal completa de trabajo. Para los trabajadores jornalizados, en tanto, la hora subirá a $1.271,16.

Desde el 1 de agosto, por su parte, el piso salarial será de $262.432,93 para la jornada laboral y de $1.312,16 por hora para trabajadores jornalizados. Los montos de septiembre, a su vez, serán de $268.056,50 y de $1.340,28, respectivamente.

El último aumento dispuesto en este decreto será en octubre, mes en el cual el mínimo llegará a los $271.571,22, mientras que la hora de trabajo se abonará $1.357,86.

“En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”, se aclaró en la resolución firmada por el gobierno que lidera el presidente Javier Milei.

El más bajo en tres décadas

De acuerdo a un informe del Centro de Investigación y Formación (Cifra) de la Central de los Trabajadores de la Argentina (CTA), que encabeza Hugo “Cachorro” Godoy, el salario mínimo tiene un poder de compra 32,1% menor del que tenía en noviembre del año pasado, ya que “los aumentos nominales sumaron 60,5% respecto de noviembre de 2023, cuando en el mismo período se proyecta acumular una inflación superior al 136%”.

El mismo estudio indicó que en lo que va del año, el salario mínimo en términos reales fue 53,1% menor que en 2015 y está en el nivel “más bajo de las últimas tres décadas”.

Y agregó: “El valor es inferior incluso al vigente durante la mayor parte de la década de 1990. En ese entonces, como ahora, el nivel era tan bajo que este instrumento había perdido su rol como piso salarial, tal como se buscaba desde un gobierno que bregaba por la desregulación y flexibilización del mercado de trabajo”.


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Sturzenegger desmintió extensión de jornada laboral y vuelta del “ticket canasta”

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, desmintió que el gobierno estuviera impulsando la extensión de la jornada laboral y la vuelta de los “tickets canasta”, como publicaron esta semana diarios porteños como El Destape, Crónica y Página/12, y un sinnúmero de medios provinciales, entre los que se cuenta La Voz de Misiones.

FALSO”, se limitó a escribir Sturzenegger en su cuenta de X sobre un artículo de El Destape, que daba cuenta de la información surgida a la par de la reglamentación del capítulo laboral de la Ley Bases y las conversaciones del secretario de Trabajo, Julio Cordero, con representantes de las centrales sindicales y las cámaras empresariales.

La información periodística desmentida por el ministro, sugería que el plan de avanzar en una reforma laboral que reponga figuras jurídicas de los ’90, como los tickets creados por el ministro de Economía de Carlos Menem, Domingo Cavallo, que permitía a las patronales pagar parte de los salarios de sus trabajadores en vales de comida intercambiables en supermercados, está “inspirado” en ideas que Sturzenegger ya plasmó en el mega DNU 70/23, cuyo capítulo laboral fue frenado por un amparo que está a consideración de la Corte Suprema de Justicia.

La idea es ampliar la jornada laboral, de 8 a 12 horas, por convenio colectivo; la vuelta de los tickets y la habilitación de contratos de tipo “intermedio”, que introduzcan nuevas figuras en la relación laboral, como la del “trabajador colaborador”, diseñada para los monotributistas.


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