Nacionales
Lotocki, cerca de la cárcel: la fiscalía pidió 7 años y 9 meses
Siete años y nueve meses de prisión fue el pedido realizado hoy, por el fiscal que interviene en el juicio oral que se lleva adelante en Buenos Aires contra el médico misionero Aníbal Rubén Lotocki (51), más conocido como “el cirujano de las famosas”.
El pedido fue planteado esta mañana por el fiscal Sandro Abraldes, durante la exposición de su alegato en el marco del debate oral en el que cual Lotocki afronta una acusación por el delito de “lesiones graves”, presuntamente provocadas a cuatro mujeres durante distintas cirugías estéticas en las que utilizó metacrilato, una sustancia que dañó la salud de sus pacientes.
Además de la pena de prisión, el fiscal también solicitó que el cirujano misionero sea inhabilitado por diez años para el ejercicio de la medicina y de actividades comerciales relacionadas con la estética y la cosmética.
El juicio se lleva adelante en el Tribunal Oral en lo Criminal 28 de Ciudad de Buenos Aires y las denunciantes de la causa que ahora llegó a esta instancia son las modelos Silvina Luna, Pamela Sosa -ex pareja del acusado-, Stefanía Xipolitakis y la empresaria Gabriela Trenchi.
Todas señalaron que después de las intervenciones quirúrgicas a las que se sometieron con el misionero resultaron con graves secuelas. Luna, por ejemplo, señaló que tras la mala praxis sufrida en 2011 ahora tiene muy bajos niveles de calcio y eso perjudica el funcionamiento de sus riñones.
En su alegato expuesto esta mañana, consignó el diario Clarín, el fiscal Abraldes sostuvo que el misionero actuó de forma dolosa, al tiempo que descartó cualquier atenuante y, al contrario, consideró como un agravante su desinterés por el estado de salud de sus pacientes.
“Lotocki cosifica a las víctimas y no las reconoce como personas. Las desprecia, las usa como instrumento para promocionarse y las moldea a su antojo. Se siente hacedor de la mujer perfecta. Es una clara manifestación de violencia de género”, lanzó el fiscal.
El acusado es defendido por la abogada Ileana Lombardo y consideran que el producto cuestionado en el causa estaba autorizado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat).
Al debate oral aún le quedan varias audiencias por desarrollarse, pero se estima que se llegará a una sentencia antes de fin de año.
Otras causas
No es la primera vez que Lotocki aparece vinculado e imputado en causas judiciales. Su primera acusación fue en Posadas, en 2007, cuando una joven identificada como Romina Vega (29) falleció luego de una liposucción en una clínica de calle Córdoba, casi Colón.
Lotocki fue denunciado en esa ocasión, pero luego la Justicia misionera dispuso su sobreseimiento por falta de mérito.
Después de allí, comenzó a recibir acusaciones desde diversas partes del país. La última se dio en abril de este año, cuando incluso fue detenido.
Esa causa se inició tras las muerte de Cristian Zárate, un paciente de 50 años que falleció de una intervención con Lotocki en una clínica del barrio porteño de Caballito.
En diálogo con Clarín, el abogado que representa a la familia de la víctima, Mario Lizardo, señaló que Zárate ingresó a la clínica “por una hernia hiatal y Lotocki le dijo que de paso lo operaba con una liposucción la papada y el abdomen. Se descompensó y en la clínica no tenían los elementos suficientes para intubarlo, ya que tenía falta de oxígeno. Tampoco tenían lo necesario para una reanimación, llamaron a una ambulancia y antes de que llegue falleció”.
Por ese hecho el implicado fue imputado por el delito de homicidio culposo y la Sala 4 de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal porteña le concedió la excarcelación al considerar que no existe riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la investigación. También le impusieron una fianza de 5 millones de pesos.
Nacionales
Experta: “La explotación sexual infantil genera USD 150 mil millones anuales”
Entrevistada por La Voz de la Ciudad, la titular de la ONG Red de Infancia, Paula Wachter, aseguró que la comercialización y distribución de material fotográfico y audiovisual de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes “es la segunda industria de crimen organizado de mayor crecimiento en los últimos años y genera USD 150.000.000 anuales”.
En ese sentido, afirmó que “Es moneda corriente en el mundo y Argentina no es una excepción. Detrás de las imágenes hay un negocio ilegal con el mayor crecimiento en el mundo”.
Sobre esto, profundizó: “La realidad es que hoy es mucho más redituable el tema de las imágenes, de menor peligrosidad y no necesariamente se tiene que generar un encuentro físico. Lo que hay que entender es que, haya o no encuentro físico, el daño al niño se hace igual”, sostuvo al mencionar las estrategias de obtención de estos materiales a través de las redes sociales y diferentes plataformas de distribución y captación como YouTube.
En cuanto al tráfico, existen 8,8 millones de búsquedas a través de la “web abierta”, afirmó Wachter, diferenciando a la dark web, donde se calcula que circularía la mayor cantidad de contenidos similares, de los cuales “aumentó 360% las imágenes autogeneradas de niños de entre 7 y 10 años”.
Las declaraciones las dio en el marco de la causa que involucra al diputado por Activar, Germán Kiczka, y a su hermano Sebastián, a quienes la Justicia allanó en febrero pasado y secuestró distintos dispositivos que contenían más de 603 imágenes de material de abuso sexual infantil.
Para finalizar, resaltó que casos como el de Loan y Kiczka “Nos corren un velo, al ciudadano promedio, de una realidad atroz que se está cobrando la vida de niños, niñas y adolescentes hipotecando sus presentes y futuros”.
Por ese motivo, subrayó la necesidad de hablar sobre la problemática y lamentó la “falta de herramientas y la inexistencia de una campaña pública permanente -en lenguaje claro- que le diga a los chicos cómo protegerse, cómo actuar y otros dirigidos a los padres para que sepan dialogar durante la crianza”, sostuvo aludiendo a una época en la que los niños y adolescentes se relacionan gran parte del tiempo en línea.
Finalmente, para reportar un caso, aconsejó no eliminar los materiales, no discutir con el agresor ni reportar en la plataforma, sino ingresar a la página del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, que funciona con link anónimo, y mediante la Red 24/7, de fiscales, intervienen en la jurisdicción del país que corresponda.
Nacionales
Milei vetará la fórmula de movilidad jubilatoria sancionada por el Senado
A través de un comunicado oficial, el presidente Javier Milei afirmó que vetará la sanción del proyecto de ley que busca aumentar jubilaciones en un 8,1%. “El Congreso Nacional en un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional”, argumentó.
La iniciativa aprobada por el Senado establece una actualización mensual en base al último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC), como el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) vigente que activó el Ejecutivo. A su vez, incorpora una compensación extra de 8,1%, dado que el Gobierno otorgó un 12,5% que no cubre el 20,6% de inflación de enero.
En el comunicado difundido por la Oficina del Presidente se argumenta que “el Congreso Nacional en un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional que establece gastos exorbitantes sin su correspondiente partida presupuestaria, lo que implica necesariamente que el Gobierno vuelva a caer en las viejas prácticas de la emisión monetaria, el aumento de impuestos o el endeudamiento, que son las mismas recetas que nos han llevado al fracaso durante los últimos 100 años”.
En ese sentido, se remarcó que “esta ley implica un gasto adicional del 1,2% del PBI, o lo que es lo mismo, 25% del PBI en términos dinámicos, obligando al Estado a contraer deuda que deberán pagar en el futuro los jóvenes argentinos que, gracias a medidas como ésta, hoy son mayoritariamente pobres”.
“Mientras acusan a este Gobierno de licuar a los jubilados, desde enero las jubilaciones han aumentado un 5% en términos reales mientras bajamos el gasto y destruimos la inflación”, indicó.
— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) August 23, 2024
Asimismo, desde el gobierno calificaron al proyecto como “una estafa moral, un acto de demagogia populista y una irresponsabilidad fiscal. Por lo tanto será vetado por este Gobierno, el cual no tiene miedo de pagar los costos que hagan falta para sacar a este país de la decadencia en la que nos han sumergido”.
Y precisó: “Es tiempo de que la dirigencia política elija de qué lado quiere estar: del lado de los que queremos una Argentina distinta luego de décadas de fracaso, o del lado de los extorsionadores que utilizan la política para su propio beneficio personal”.
Horas antes, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anticipaba la idea de vetar la norma al escribir en sus redes sociales: “El equilibrio fiscal es absolutamente innegociable. Fin”.
Previamente, en su habitual conferencia de prensa, el funcionario dijo que “todo lo que vaya en contra del equilibrio fiscal y de las cuentas públicas, que es nuestra columna vertebral, se va a vetar”.
Detalles de la legislación
Si bien la recomposición extra del 8,1% es aceptada, presentan resistencia los artículos 2, 4 y 10 de la ley, los mismos que habían sido rechazados por el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y el titular de la ANSES, Mariano De los Heros, durante el plenario de comisiones.
Esos artículos fueron negociados, sin éxito, por el vicejefe de Gabinete, José Rolandi, ya que en el oficialismo consideran que “tienen un impacto fiscal importante en términos del Presupuesto nacional”.
El artículo 2 establece que, en marzo de cada año, se aplicará a las jubilaciones un aumento del 50% de la variación de la de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
En el artículo 4, en tanto, fija que quienes perciben un solo beneficio (jubilación o pensión) “tendrán la garantía de un haber mínimo equivalente al costo de la canasta básica total del adulto (CBT) incrementado en un 9%”.
Finalmente, el artículo 10 establece que la ANSES “tendrá la obligación de cancelar las deudas con las cajas previsionales provinciales” y de pagar las sentencias firmes a favor de jubilados con asignaciones específicas de los recursos tributarios de ese organismo.
Nacionales
Pedirán maestría o diplomatura en cannabis medicinal para inscribirse a Reprocann
El Ministerio de Salud informó que a partir de hoy los médicos que recetan cannabis medicinal tendrán como “requisito excluyente” contar con “una diplomatura o maestría sobre el uso medicinal” de la planta para acceder al Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (Reprocann).
Así lo establece la Resolución 3132/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, la cual introdujo cambios en el marco normativo vigente a fin de “asegurar el acceso seguro y regulado a los tratamientos con cannabis para aquellos pacientes que lo necesiten bajo prescripción médica”.
De esta manera, la norma puso en vigencia nuevos requisitos de inscripción, detalla los rangos permitidos de plantas cultivadas por persona y solicita tener la indicación médica para el uso y sus derivados, elaborada por un profesional autorizado y haber suscrito al Consentimiento Informado Bilateral.
Las asociaciones civiles y/o fundaciones sin fines de lucro deberán acreditar “su efectiva vinculación, con un carnet o constancia emitida a los efectos de acreditar representación por la institución respecto de las personas registradas en Reprocann para las cuales cumplirá el rol de cultivador”.
El certificado en cuestión tendrá una vigencia de 3 años desde la fecha de emisión. Sin embargo, el texto aclara que “sin perjuicio de ello, las Asociaciones Civiles y/ o Fundaciones que se encuentren inscriptas en el Reprocann, deberán presentar anualmente un certificado de vigencia y/o documento equivalente, emitido por el organismo de inscripción y fiscalización jurisdiccional que corresponda; como así también, a requerimiento de la Autoridad de Aplicación, la documentación, informes y/o constancias que acrediten la consecución de los fines previstos en su objeto social y/o el cumplimiento de los requisitos y/o disposiciones que surgen de la Ley 27.350, su decreto reglamentario, resoluciones y normas complementarias, así como el cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente”.
Ante la falta de cumplimiento de los requisitos o por pedido de la autoridad judicial, advirtieron que el Ministerio de Salud podrá revocar o dejar sin efecto las autorizaciones o inscripciones otorgadas.
En cuanto a los rangos permitidos de cultivo, cada tercero inscripto podrá representar bajo el rol de cultivador, como máximo dos personas, ella incluida. Podrá tener entre una y nueve plantas florecidas por paciente. En tanto, la cantidad de metros cuadrados cultivados deberá ser de hasta seis m2 para cultivo interior, y hasta quince m2 para el cultivo exterior.
Finalmente, la condición de cultivo interior y exterior, será transportar entre uno y seis frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores secas.
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