Nacionales
La Corte le dijo a Macri que no puede tocar los fondos que son coparticipables
Lo hizo a través un fallo que favoreció a las provincias. Fue con respecto a una quita unilateral que hizo la Nación. El costo lo afrontaría el próximo gobierno.
BUENOS AIRES (Diarios y agencias). La Corte Suprema falló a favor de las provincias en el reclamo por la rebaja del IVA y Ganancias, y determinó que la reducción de los impuestos no puede afectar los fondos coparticipables.
La medida es un fuerte revés para la gestión de Mauricio Macri, pero que también puede trasladarse al próximo gobierno, dado que la devolución de los fondos se discutirá más adelante.
La Corte obligó al Estado nacional a afrontar el costo económico total de las medidas de “alivio” que anunció Macri tras su derrota en las PASO: la suba del mínimo no imponible de Ganancias y la reducción al 0 por ciento del IVA a los alimentos de la canasta básica hasta el 31 de diciembre.
De acuerdo con especialistas, la resolución de la Corte no implica que esas medidas queden sin efecto.
El fallo está firmado de manera favorable por los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, en tanto que el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia.
El reclamo beneficia a Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.
La Corte le dio la razón a Entre Ríos que planteó que el Poder Ejecutivo “detrajo unilateralmente montos de la masa de recaudación de impuestos coparticipables, sin tener competencia para ello”
Además afirmó que la medida le generaba un perjuicio de mil millones de pesos, según un informe de la Comisión Federal de Impuestos, y que eso la dejaba en “un escenario de extrema gravedad y dificultad para cumplir con las obligaciones”.
Los jueces indicaron que tuvieron “especialmente en cuenta” que la medida del Gobierno nacional podría causar un “daño irreparable” porque los fondos que las provincias dejan de percibir ya fueron presupuestados y se encuentran comprometidos a la ejecución de políticas.
En su disidencia, el juez Rosenkrantz sostuvo que, previo a proveer a la medida cautelar, debía establecerse si la Provincia de Entre Ríos estaba legitimada para efectuar su reclamo.
Para el Gobierno, “no es tradición”
El ministro de Justicia, Germán Garavano, fue el encargado de dar a conocer la reacción del Gobierno al fallo y cuestionó a la Corte Suprema, al tiempo que ratificó que mantendrán las rebajas del IVA y Ganancias.
“Esperábamos el fallo, no es tradición de la Corte de abordar este tipo de cuestiones en tiempos electorales, pero el Gobierno siempre cumple con sus pronunciamientos”, dijo.
“El fallo no es claro en lo operativo, pero el Gobierno lo cumplirá como siempre. Corresponde a los analistas decir si es un pronunciamiento político, pero la Corte tenía la tradición de no hacer fallos con condimentos políticos en tiempos electorales”, agregó.
Nacionales
Reglamentan ley de Emergencia en Discapacidad: nuevo régimen de pensiones
El gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, donde se detallan los criterios de acceso y las condiciones de permanencia.
Este miércoles fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 84/2026, con la firma del presidente Javier Milei. La medida responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.
La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes.
De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.
La reglamentación entró en vigencia a partir del día de su dictado, este 3 de febrero de 2026.
Los detalles
El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. A su vez, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.
El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.
Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias.
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Nacionales
Renunció director del Indec a días del nuevo método para medir la inflación
Una semana antes de que se conozca el índice de inflación de enero, calculado con el nuevo IPC del Indec, este lunes se conoció la renuncia del director del organismo estadístico, Marcos Lavagna, el único funcionario nombrado durante el gobierno de Alberto Fernández que sobrevivía en la Era Milei.
Según la prensa porteña, la salida de Lavagna “sorprendió a la Casa Rosada” y se produjo horas después de conocerse el Informe de Política Monetaria del Banco Central, donde se afirma que de haberse aplicado antes la nueva tabla del IPC, los indicadores de inflación hubiesen sido más altos.
El índice de inflación de enero es el primero en medirse con los parámetros del nuevo IPC, que se supone tiene ponderadores más acordes a los consumos actuales de los argentinos, y que estaba listo desde hace meses, pero Lavagna lo demoró para que no interfiriera en el año electoral.
El Informe de Política Monetaria del BCRA sostiene que con el nuevo IPC la inflación de los dos años de Miei hubiese sido más alta, por la suba de los servicios públicos, que recién a partir de ahora tendrán más peso en la canasta del Indec.
“Al lanzar el nuevo IPC en 2026, luego de una importante recomposición de tarifas, el Indec reduce el problema que podría haberse generado en años recientes de sobreponderar el gasto en electricidad y gas; lo que habría sucedido si se aplicaban pesos correspondientes a un año en el que las tarifas se encontraban en niveles récord (2018) a un año en el que estaban en niveles mínimos (por ejemplo, 2023)”, dice el informe del Central.
“Resulta que la corrección tarifaria iniciada en 2024 permitió aproximar parcialmente el ponderador implícito de electricidad, gas y otros en el IPC anterior (4,1%) al nuevo ponderador surgido de la ENGHo 2017/18 (5,3%)”, explica el documento.
Según detalla Clarín, en 2024 los bienes aumentaron un 96,3% y los servicios 189%, mientras que en 2025 los bienes subieron 26,5% y los servicios 43,1%, por lo que, con el nuevo IPC, el dato de inflación hubiese dado bastante más por arriba, un desfasaje que los gremios ubican en 15 puntos.
El propio BCRA dice ahora que “las actualizaciones de las tarifas de los servicios públicos, los mecanismos indexatorios en alquileres y expensas, y la evolución de los salarios tenderán a impactar relativamente más en el nuevo IPC”.
Nacionales
Oficializaron el tratamiento de la baja de la edad de imputabilidad en el Congreso
A través del Decreto 53/2026, el gobierno amplió el temario del Congreso, previsto para el período de sesiones extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero, para tratar el “Régimen Penal Juvenil”, que busca bajar la edad de imputabilidad, hoy fijada en 16 años.
La medida se oficializó horas después del anuncio que dio el presidente Javier Milei, ayer en Mar del Plata, y fue formalizada este martes a través del decreto publicado en el Boletín Oficial, el cual lleva las firmas del mandatario y de su vocero y jefe de Gabinete Manuel Adorni.
El texto normativo es escueto, pero contundente. En su artículo 1°, ordena: “Inclúyese en el temario a tratar por el H. Congreso de la Nación, durante el período de Sesiones Extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero de 2026, la consideración de los proyectos de ley vinculados al Régimen Penal Juvenil”.
De esta manera, la decisión administrativa le da marco legal al anuncio político que Milei realizó horas antes en Mar del Plata, donde ante sus seguidores sentenció: “En Argentina el que las hace las paga; delito de adulto, pena de adulto“.
El proyecto que enviará el Ejecutivo, impulsado por las carteras de Seguridad y Justicia, busca modificar el régimen actual, vigente desde la dictadura militar, bajando el piso de punibilidad, hoy fijada en 16 años, y permitir que los menores que cometan delitos graves puedan ser juzgados y condenados.
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