Nuestras Redes

Judiciales

Ex sargento acusado de gatillo fácil en A3-2 aguardará el juicio en libertad

Publicado

el

gatillo fácil

El ex sargento de la Policía Emanuel Esteban Soley (38), imputado por el asesinato de Arnaldo “Nano” Amarilla (33), perpetrado en julio de 2018, en el marco de un presunto caso de gatillo fácil, fue excarcelado por el cese de la prisión preventiva a fines del año pasado y ahora aguarda en libertad la realización del debate oral para esclarecer el hecho.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, la excarcelación se dio bajo caución juratoria y fue otorgada en diciembre de 2022 por las autoridades del Tribunal Penal Uno, tras considerarse vencidos los plazos de la prisión preventiva.

De esta manera, Soley salió de la cárcel y, al igual que su consorte de causa, el oficial subayudante David Salomón Villalba (34), aguardará en libertad el inicio del juicio oral en el que se esclarecerá el hecho y se determinará la responsabilidad de cada uno de ellos.

Ambos están imputados por el delito de “homicidio calificado por su función”, figura enmarcada por el artículo 80, inciso 9 del Código Penal de la Nación Argentina, que prevé una pena de prisión perpetua.

Al comienzo de la causa, Villalba estuvo imputado como partícipe secundario del mismo hecho, pero cuando René Casals asumió como titular de la Fiscalía de Instrucción Seis de Posadas, consideró que el uniformado debía responder como coautor por omisión, dado que era el encargado de la patrulla.

En ese marco, ambos imputados deberán enfrentar el juicio oral, que tendrá lugar en el Tribunal Penal Uno de Posadas, a cargo de los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie.

Las fuentes consultadas por LVM señalaron que el expediente está incorporado a la agenda de debates de este año y se estima que el proceso podría llevarse adelante entre agosto y octubre.

Como representante del Ministerio Público Fiscal intervendrá el fiscal original del Tribunal Penal Uno, Martín Rau, pero también participará como colaborador el fiscal Casals, quien instruyó la última etapa de la investigación y formuló el requerimiento de elevación a juicio del expediente.

La excarcelación de Soley ya había sido solicitada en la etapa de investigación, pero el magistrado Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis, rechazó el planteo.

Tras la elevación a juicio, el pedido volvió a ser efectuado, esta vez ante el Tribunal Penal Uno, cuyas autoridades dieron lugar a la liberación de Soley al considerar vencido los plazos de la prisión preventiva, que estipula dos años y la posibilidad de una prórroga por un año más.

Las fuentes de LVM señalaron que Soley ahora debe cumplir determinados condicionamientos para mantener el beneficio, entre ellos, presentarse periódicamente ante el Tribunal para demostrar que continúa ajustado a derecho.

El hecho se registró el 1 de julio de 2018, en el barrio A3-2 de Posadas.

“Me genera dolor”

La excarcelación del ex sargento trajo malestar en la familia de Nano, encabezada por su madre Francisca Amarilla, quien adelantó que planean retomar las marchas con allegados a otras víctimas de casos de gatillo fácil en la provincia.

“Me genera dolor saber que la persona que mató a mi hijo está en libertad de nuevo. Yo quiero que llegue el momento del juicio y esta persona pague por lo que hizo. Hoy tenemos miedo, él puede llegar a amenazar o intimidar a los testigos”, señaló Francisca.

Y agregó que “por la forma en que mataron a mi hijo, creo que deben tener perpetua. Nosotros vamos a seguir organizando marchas para pedir justicia, no sólo por mi hijo, sino por todos los casos parecidos. Queremos que haya juicio porque si no parece que los policías son intocables y no es así; ellos tienen que pagar por lo que hicieron, como cualquier otro”.

El caso

De acuerdo a la reconstrucción del hecho, el crimen se cometió el 1 de julio de 2018, entre las 1.30 y las 1.45 de la madrugada, en el barrio A3-2 de Posadas.

La hipótesis consigna que, esa noche, un patrullero integrado por Villalba, Soley y un chofer, todos con prestación de servicios en la Comisaría Décima, recorrían la zona a raíz de una denuncia por grescas que se habían producido en cercanías a la cancha 6 de Septiembre y sindicaban a Nano Amarilla como uno de los involucrados.

En esas circunstancias, se estima que, en el mencionado horario, el patrullero llegó a la casa de Amarilla, quien se encontraba durmiendo en la vereda en una avanzado grado de intoxicación etílica y, al advertir la presencia policial, corrió hacia el inmueble, pero Soley abrió fuego con una Ithaca calibre 12.70.

Amarilla resultó herido tras ese primer disparo, pero aun así continuó su corrida hacia el interior de su casa, instancia en la que recibió un segundo balazo en el omóplato derecho que le terminó provocando lesiones que lo llevaron a la muerte en el lugar.

Los elementos recolectados en el expediente también harían suponer que tras el hecho el patrullero regresó a la comisaría, pero cerca de las 4, ambos imputados volvieron a la escena tras el alerta de una persona fallecida en el lugar.

Villalba también está acusado del delito de “falsificación ideológica de documento público en concurso real”, dado que habría fraguado los registros de los movimientos de la patrulla.

 

FOTO: El Territorio

Judiciales

Muerte en edificio posadeño: detenido negó haber lanzado al vacío a la víctima

Publicado

el

El expediente que investiga la muerte de Marcelo Ojeda Krejzezúk (31), registrada el viernes a la madrugada tras su caída desde el tercer piso de un edificio sobre la calle Gómez Portiño de Posadas, avanzó este lunes con la indagatoria al único detenido que tiene la causa, Marcos Andrés Á. (27), quien negó la acusación por homicidio que pesa en su contra y planteó la posibilidad de que la víctima se haya suicidado luego de la pelea mantenida en el departamento.

La audiencia de declaración indagatoria se concretó esta mañana, una vez que el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas por subrogancia legal, recibiera el sumario del caso y el informe de autopsia, examen que concluyó que la muerte de Ojeda fue consecuencia de un “politraumatismo craneal”, lesión compatible con el impacto del cuerpo contra el suelo.

La declaración del implicado se dio una vez formalizada la designación de Víctor Luciano Gómez como abogado defensor particular y su testimonio se extendió durante más de dos horas.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, ante el juez Verón y ante la fiscal Amalia Spinatto -conectada por Zoom-, Marcos brindó un pormenorizado relato de los sucesos ocurridos antes, durante y después del hecho que se investiga.

El detenido fue encontrado malherido y ensangrentado a cinco cuadras del lugar.

Bar, pelea y muerte

En ese marco, señaló que jueves a la noche asistió junto a Ojeda a un bar pub del microcentro posadeño, donde permaneció hasta las 2 del viernes, cuando decidieron regresar al departamento en el que convivían hace varios meses, dado que la víctima vino desde Esquina, Corrientes, para buscar trabajo y asentarse en Posadas.

Junto a ellos estuvo unos minutos un tercer joven que después dejó el inmueble y allí se desató el conflicto entre los involucrados, quienes mantenían una relación de confianza debido a que Marcos es ahijado del padre de Ojeda.

En su indagatoria, el detenido aseguró que en determinado momento decidió acostarse y Ojeda pretendió hacerlo junto a él, pero Marcos se negó y esa situación dio inicio a un enfrentamiento.

“Yo ahí dije ‘me voy’, pero él me atacó y después agarró un cuchillo con el que me hizo un corte. Yo ahí empecé a defenderme y al intentar sacarle el cuchillo los dos nos lastimamos también”, fue parte de su declaración.

En esas circunstancias -amplió el Marcos-, Ojeda se resbaló producto de la sangre desparramada en el piso y quedó tendido en el piso, situación que él aprovechó para retirarse del departamento en busca de ayuda.

Marcelo Ojeda tenía 31 años y era oriundo de Esquina, Corrientes.

El imputado sostuvo que recién se enteró de la muerte de su “primo” una vez trasladado a la comisaría, luego de que la Policía lo encontrara malherido, ensangrentado y en shock en el skate park de la costanera, a unas cinco cuadras del departamento ubicado en Gómez Portiño, casi Urquiza.

Ante las preguntas de las partes, el joven negó haber lanzando o empujado accidentalmente durante la pelea a la víctima por el balcón. A su entender, hipotetizó que quizás Ojeda pudo arrojarse por decisión propia.

Culminada la audiencia, el juez Verón imputó al muchacho por homicidio simple -que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión- y dispuso que continué privado de su libertad, aunque en paralelo la defensa presentó un pedido de excarcelación que ahora debe ser analizado por las partes.

Mientras tanto, el proceso continúa con la toma de testimoniales y se aguarda el resultado de las pericias científicas realizadas en la escena del hecho, principalmente en los estudios tendientes a determinar a quién corresponden las manchas de sangre detectadas en la baranda de la ventana balcón del departamento.

Seguir Leyendo

Judiciales

Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

Publicado

el

Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.

La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.

Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.

Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.

Respuesta de la Muni

La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.

El fallo

Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.

Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.

Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.

Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.

“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.

La Voz de Misiones consultó al Ejecutivo municipal sobre el fallo y una fuente señaló que la Municipalidad “respondió en su momento el pedido de información solicitado por los demandantes”. En ese sentido, indicó que, en cumplimiento de la resolución judicial, “se completará o se indicará el acceso a la documentación existente”.

Además, la misma fuente sostuvo que “desde el día uno sostuvimos que la gestión pública debe ser transparente, pero también responsable en el uso de los recursos administrativos”.

Eldorado amaneció sin colectivos y buscan declarar emergencia en transporte

Seguir Leyendo

Judiciales

Causa Cuadernos: Oscar Thomas y “la estafa de los arrepentidos”

Publicado

el

Thomas

La Justicia Federal reanudó a fines de febrero el juicio oral por la denominada “Causa Cuadernos”, que investiga una presunta red de corrupción y sobornos entre funcionarios públicos y empresarios de la construcción durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández (CFK), y que tiene entre sus imputados al misionero Oscar Thomas, ex director de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) durante la década kirchnerista.

La megacausa judicial, que se originó a partir de los cuadernos donde Óscar Centeno, chofer de Roberto Baratta, mano derecha del ex ministro Julio De Vido, dio cuenta de recorridos, fechas y bolsos que tenían como destino a funcionarios y la Quinta de Olivos, tiene 85 imputados, entre los que destaca la ex presidenta CFK, quien actualmente guarda prisión domiciliaria por la condena en la causa Vialidad.

El misionero Thomas aparece en los cuadernos como presunto intermediario en el cobro de coimas a empresas contratistas de obra pública durante su gestión al frente de la EBY.

El ex director de Yacyretá pasó varias semanas prófugo en 2018, cuando el proceso comenzaba la etapa de instrucción, e incluso llegó a ofrecerse una recompensa por información sobre su paradero.

Al presentarse, negó todas las acusaciones y rechazó convertirse en “arrepentido”, la figura instrumentada por la Justicia Federal para intercambiar confesiones por beneficios procesales entre los empresarios y ex funcionarios imputados.

Arrepentidos  

En la causa, que se tramita en el Tribunal Oral Federal 7 (TOF), hay 31 imputados “arrepentidos”: 25 son empresarios y el resto ex funcionarios kirchneristas.

Todos ellos, entre los que figuran el chofer Centeno y su jefe Baratta, el empresario Angelo Calcaterra, ex propietario de la constructora Iecsa y primo del ex presidente Mauricio Macri; Enrique Pescarmona y Francisco Valenti, de la metalúrgica Impsa; Luis Betnaza, de la multinacional Techint; Aldo Roggio, del Grupo Roggio; y Armando Loson, de Albanesi S.A., dijeron haber participado en la trama de corrupción que se investiga.

Con el reinicio del juicio, la validez de estos testimonios es el eje central del debate, ya que para mantener los beneficios y evitar cargos por falso testimonio, estos 31 “arrepentidos” deben ratificar sus dichos ante el TOF7.

Lo cierto es que, a lo largo del trámite de la causa, fueron varios los “arrepentidos” que terminaron en contradicciones respecto a su declaración original, empezando por el mismo Centeno, quien arrancó diciendo que tenía los cuadernos originales, pero luego dijo que los había quemado en la parrilla de su casa.

Recientemente, el empresario Loson denunció “irregularidades” en el proceso, en relación con la prueba principal de la causa: los cuadernos de Centeno.

La defensa del empresario habló de “falsificación” y “manipulación” y aseguró haber encontrado más de 1.600 irregularidades en las anotaciones del chofer, entre tachaduras y enmiendas, múltiples caligrafías, alteración de fechas y lugares, y el uso de diferentes tintas.

Otro, cuyo testimonio cuelga de un hilo, es Víctor Manzanares, ex contador de la familia Kirchner, considerado un “arrepentido” clave, quien, en noviembre de 2025, manifestó a través de su abogado que no quería salir de prisión, a pesar de tener el beneficio, lo que siembra dudas de lo que hará cuando sea requerido por el tribunal.

En febrero pasado, el “arrepentido”, Mario Ludovico Rovella, titular de la constructora Rovella Carranza S.A., solicitó formalmente la nulidad de su testimonio, alegando que fue obligado a declarar bajo la amenaza de quedar detenido por el juez Claudio Bonadío.

Estafa

El testimonio de los “arrepentidos” es el pilar de la acusación contra Thomas, quien al igual que otros imputados, como la misma CFK, aseguran que las “confesiones” de estos colaboradores fueron obtenidas mediante coacción.

La reciente solicitud de Ravella, de retirar su “confesión”, alegando haberla hecho bajo amenaza, va en línea con el principal argumento de los defensores de los imputados, incluido el abogado de Thomas, Juan Manuel Ubeira.

El mismo Thomas afirmó que durante su detención fue presionado y amenazado para que declarara en contra de la ex presidenta Cristina Fernández a cambio de su libertad.

Ubeira basa, además, su pedido de nulidad de la causa en el hecho, probado, de que las declaraciones de los “arrepentidos” no fueron registradas en audio o video, como establece la Ley 27.304 que crea la figura del imputado colaborador, sino que se plasmaron en actas escritas frente al fiscal Carlos Stornelli.

Asimismo, el letrado considera “nulos” los testimonios de Carlos Wagner, ex presidente de la Cámara Argentina de la Construcción, que señaló a Thomas en el entramado de corrupción en la obra pública; y del chofer Centeno, quien declaró que el misionero entregó bolsos con dinero a su jefe Baratta para que este los llevara a la Quinta de Olivos o al departamento de los Kirchner.

Ubeira y varios de sus colegas describen el proceso como un “montaje”, una “ficción judicial”, donde la prueba principal no son los cuadernos de Centeno, que le dieron el nombre a la causa, sino la “estafa de los arrepentidos”, cuyos testimonios están “viciados de nulidad”.

Seguir Leyendo
Publicidad

Lo más visto