Judiciales
El paraguayo González Rojas y su banda narco irán a juicio en febrero de 2023
El Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas confirmó la prórroga de la prisión preventiva para Eduardo González Rojas, el abogado paraguayo y sindicado capo narco que hace dos años cayó junto a su banda con una carga de ocho toneladas de marihuana lista para ser trasladada a Buenos Aires, y fijó para el 21 de febrero de 2023 el inicio del juicio oral del caso.
La reciente resolución, firmada ayer por los magistrados Víctor Alonso, Manuel Alberto Jesús Moreira y Fabián Gustavo Cardozo (recientemente designado), establece el rechazo de una apelación presentada por la defensa del sindicado líder narco y la confirmación de la prórroga por seis meses más de la prisión preventiva dispuesta en su contra en octubre.
En el recurso presentado, la defensa de González Rojas solicitó el cese de la prisión preventiva contra el extranjero por superar los dos años tras las rejas o, de manera subsidiaria, una morigeración de su actual condición, estableciendo un régimen de comparecencia del implicado ante las autoridades para demostrar que sigue ajustado a derecho.
Sin embargo, tal y como resolvieron ante solicitudes similares presentadas anteriormente, el TOF decidió rechazar el planteo y confirmar todo lo dispuesto hasta el momento.
De esta manera, tanto González Rojas como sus presuntos cómplices Román Héctor Villán, Roberto Canuto Villán y Analía Romina Villán (actualmente con domiciliaria), continuarán privados de su libertad en distintas unidades carcelarias hasta el desarrollo del juicio oral que determinará la responsabilidad de cada uno de ellos en la causa investigada.
Justamente, fuentes consultadas por La Voz de Misiones, señalaron que el juicio tendrá su audiencia preliminar el 20 de febrero del año que viene y un día más tarde comenzarán las jornadas de debate oral.
Los imputados enfrentan una acusación por el delito de “transporte de estupefacientes agravado por la intervención organizada de tres o más personas”, figura que prevé una pena mínima de seis años de prisión, factor que también fue tenido en cuenta por las autoridades a la hora de rechazar los diferentes planteos de cese de prisión preventiva y solicitudes de morigeración en las condiciones de detención de los involucrados.
Es que los magistrados, con la opinión de la fiscalía, consideran que, ante la gravedad de la acusación que pesa sobre los imputados, existe un latente riesgo de fuga.
La causa que se esclarecerá en debate oral el año que viene comenzó a investigarse a mediados de 2019 y tuvo su broche de oro durante una serie de procedimientos simultáneos realizados en octubre de 2020 en las localidades de Posadas, Gobernador Roca, Jardín América, Puerto Rico, Colonia Polana y Colonia Gisela.
Puerto Verde: marihuana, lanchas, vehículos, armas y dólares
El operativo, bautizado “Puerto Verde” por el ministerio de Seguridad de la Nación, fue ejecutado por el personal de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) y culminó con la detención de los cuatro implicados, además del secuestro de un camión con ocho toneladas de marihuana, nueve vehículos, lanchas, armas y alrededor de un millón de pesos y 17.700 dólares.

El operativo Puerto Verde incluyó procedimientos en Posadas, Jardín América, Puerto Rico, Gobernador Roca, Colonia Polana y Colonia Gisela.
La pesquisa global, basada en seguimientos y escuchas telefónicas, determinó que González Rojas, de nacionalidad paraguaya, de profesión abogado y con negocios inmobiliarios en Encarnación, aparecía como el “cabecilla” de una organización con base en Jardín América dedicada al tráfico de estupefacientes hacia Buenos Aires.
Según se desprende de la investigación, las cargas de marihuana eran ingresadas desde Paraguay y el grupo contaba con una serie de fincas ubicadas en cercanías al río para el acopio de los cargamentos hasta su envío hacia sus puntos de destino en la capital del país.
Ejemplo de ese ardid fue la maniobra que el día del operativo Puerto Verde pretendían ejecutar. En esa oportunidad, la GNA incautó un camión Volvo NL-114 con más ocho toneladas de marihuana en un inmueble ubicado en cercanías a la ruta provincial 6, en Roca Chica, localidad de Gobernador Roca.
Los Villán operaban en suelo misionero desde sus casas en Jardín América, mientras González Rojas residía en Paraguay y cruzaba asiduamente (e ilegalmente) el río Paraná en lanchas. Se alojaba en hoteles y se movía en autos de alta gama. Al momento de su detención, tenía 8.000 dólares consigo.
Inicialmente la causa fue llevada adelante por la Fiscalía y el Juzgado Federal de Posadas, pero luego pasó a la órbita del Juzgado Federal de Oberá, cuyas autoridades finalmente dispusieron la elevación a juicio del expediente en mayo.
Actualmente, los hermanos Villán se encuentran detenidos en la Colonia Penal Federal 17 de Candelaria, mientras que González Rojas pasa sus días y noches en la Unidad Penal VI de Posadas.
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Acusado de abuso fue absuelto en 2022 y ahora condenado a 12 años de cárcel
Tras la anulación del fallo que dispuso su absolución por el beneficio de la duda en 2022, el Tribunal Penal Uno de Posadas realizó un nuevo debate oral contra el hijo de una ex funcionaria provincial acusado de abusos sexuales en perjuicio de una hija menor de edad y esta tarde lo condenó a una pena de 12 años de prisión efectiva.
La nueva sentencia fue dictada esta tarde, después de una extensa jornada de alegatos y después de varias audiencias de debate que incluyeron sucesivos cambios de defensa e incluso registró un faltazo del imputado, que luego argumentó haberse internado en una clínica de salud mental pero terminó siendo detenido.
El implicado se trata de J. R. G. -hijo de una ex funcionaria del Iprodha- quien en 2013 fue denunciado por abusos contra una hija de 5 años en ese entonces, causa que en 2022 llegó a debate oral y resultó absuelto por el beneficio de la duda, aunque ese fallo, dictado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Juan Manuel Monte (subrogante), fue anulado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) al entender que hubo una errónea valoración de la prueba.
De esta manera, se ordenó la realización de un nuevo proceso oral que arrancó semanas atrás frente a un tribunal integrado por los magistrados Gustavo Bernie, Juan Carlos Sosa y Miguel Mattos, ambos subrogantes.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Vladimir Glinka, en tanto que como querellante particular volvió a participar el letrado Hugo Zapana, quienes hoy coincidieron al solicitar una pena de 16 años de prisión para el implicado.
Al comienzo del debate el imputado contó con la defensa de Eduardo Paredes, Mauricio Vergara y Florencia Romero, aunque uno a uno fueron renunciando, lo que derivó en demoras en la continuidad del proceso.
Finalmente, este martes el imputado -su identidad completa no se revela para no revictimizar a la víctima- contó con el patrocinio del defensor oficial Mario Ramírez y del abogado particular Federico Tilli, quienes insistieron en absolución del imputado o en forma subsidiaria solicitaron una pena de 3 años de prisión en suspenso por abuso simple.
Después de una larga deliberación, los jueces decidieron condenar a Ramos a la pena de 12 años de prisión efectiva como penalmente responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo, dos hechos, en concurso real”.
El ahora condenado continuará privado de su libertad en una celda de la comisaría Cuarta de Posadas, hasta tanto el mismo tribunal analice un pedido de prisión domiciliaria solicitada por la defensa. Los fundamentos de la nueva sentencia se conocerán el 26 de marzo.
El STJ anuló sentencia que absolvió a imputado por abuso en Posadas
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Muerte en edificio posadeño: detenido negó haber lanzado al vacío a la víctima
El expediente que investiga la muerte de Marcelo Ojeda Krejzezúk (31), registrada el viernes a la madrugada tras su caída desde el tercer piso de un edificio sobre la calle Gómez Portiño de Posadas, avanzó este lunes con la indagatoria al único detenido que tiene la causa, Marcos Andrés Á. (27), quien negó la acusación por homicidio que pesa en su contra y planteó la posibilidad de que la víctima se haya suicidado luego de la pelea mantenida en el departamento.
La audiencia de declaración indagatoria se concretó esta mañana, una vez que el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas por subrogancia legal, recibiera el sumario del caso y el informe de autopsia, examen que concluyó que la muerte de Ojeda fue consecuencia de un “politraumatismo craneal”, lesión compatible con el impacto del cuerpo contra el suelo.
La declaración del implicado se dio una vez formalizada la designación de Víctor Luciano Gómez como abogado defensor particular y su testimonio se extendió durante más de dos horas.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones, ante el juez Verón y ante la fiscal Amalia Spinatto -conectada por Zoom-, Marcos brindó un pormenorizado relato de los sucesos ocurridos antes, durante y después del hecho que se investiga.

El detenido fue encontrado malherido y ensangrentado a cinco cuadras del lugar.
Bar, pelea y muerte
En ese marco, señaló que jueves a la noche asistió junto a Ojeda a un bar pub del microcentro posadeño, donde permaneció hasta las 2 del viernes, cuando decidieron regresar al departamento en el que convivían hace varios meses, dado que la víctima vino desde Esquina, Corrientes, para buscar trabajo y asentarse en Posadas.
Junto a ellos estuvo unos minutos un tercer joven que después dejó el inmueble y allí se desató el conflicto entre los involucrados, quienes mantenían una relación de confianza debido a que Marcos es ahijado del padre de Ojeda.
En su indagatoria, el detenido aseguró que en determinado momento decidió acostarse y Ojeda pretendió hacerlo junto a él, pero Marcos se negó y esa situación dio inicio a un enfrentamiento.
“Yo ahí dije ‘me voy’, pero él me atacó y después agarró un cuchillo con el que me hizo un corte. Yo ahí empecé a defenderme y al intentar sacarle el cuchillo los dos nos lastimamos también”, fue parte de su declaración.
En esas circunstancias -amplió el Marcos-, Ojeda se resbaló producto de la sangre desparramada en el piso y quedó tendido en el piso, situación que él aprovechó para retirarse del departamento en busca de ayuda.

Marcelo Ojeda tenía 31 años y era oriundo de Esquina, Corrientes.
El imputado sostuvo que recién se enteró de la muerte de su “primo” una vez trasladado a la comisaría, luego de que la Policía lo encontrara malherido, ensangrentado y en shock en el skate park de la costanera, a unas cinco cuadras del departamento ubicado en Gómez Portiño, casi Urquiza.
Ante las preguntas de las partes, el joven negó haber lanzando o empujado accidentalmente durante la pelea a la víctima por el balcón. A su entender, hipotetizó que quizás Ojeda pudo arrojarse por decisión propia.
Culminada la audiencia, el juez Verón imputó al muchacho por homicidio simple -que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión- y dispuso que continué privado de su libertad, aunque en paralelo la defensa presentó un pedido de excarcelación que ahora debe ser analizado por las partes.
Mientras tanto, el proceso continúa con la toma de testimoniales y se aguarda el resultado de las pericias científicas realizadas en la escena del hecho, principalmente en los estudios tendientes a determinar a quién corresponden las manchas de sangre detectadas en la baranda de la ventana balcón del departamento.
Judiciales
Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE
Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.
La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.
Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.
Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.
Respuesta de la Muni
La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.
El fallo
Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.
Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.
Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.
Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.
“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.
La Voz de Misiones consultó al Ejecutivo municipal sobre el fallo y una fuente señaló que la Municipalidad “respondió en su momento el pedido de información solicitado por los demandantes”. En ese sentido, indicó que, en cumplimiento de la resolución judicial, “se completará o se indicará el acceso a la documentación existente”.
Además, la misma fuente sostuvo que “desde el día uno sostuvimos que la gestión pública debe ser transparente, pero también responsable en el uso de los recursos administrativos”.
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