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Condenaron al cirujano Aníbal Lotocki a 4 años de prisión y 5 de inhabilitación

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Debido a las “lesiones graves” que les provocó a cuatro de sus pacientes, el cirujano plástico misionero Aníbal Lotocki fue condenado ayer a cuatro años de prisión y a cinco de inhabilitación para ejercer la medicina.

Los jueces del Tribunal Oral y Correccional 28 de la Ciudad de Buenos Aires lo encontró penalmente responsable por las lesiones que les provocó a Gabriela Trenchi, Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis y Pamela Sosa.

El tribunal entendió que la pena se ajusta a los delitos cometidos, luego de que la fiscalía pidiera 7 años y 9 meses de prisión y las querellas de las víctimas 9 años.

Además de la condena a cuatro años de prisión, a Lotocki se le fijó una inhabilitación de cinco años para ejercer la medicina y la Justicia rechazó el pedido de la fiscalía para inhabilitarlo de manera provisoria hasta que quede firme la sentencia.

Como toda persona sometida a juicio, Lotocki tuvo oportunidad de expresar sus últimas palabras antes de conocer la decisión de los jueces, y dijo que había cumplido con todas las normativas y con lo que le permitía la práctica médica. Además, afirmó que durante el juicio “le habían faltado el respeto”.

En el juicio también se ventiló un reporte del Ministerio de Salud, en el que se señaló que Lotocki “no posee título de especialista en Cirugía General ni tampoco la especialidad de Cirugía Plástica y Reparadora registradas ante esta cartera sanitaria”.

El cirujano, tas conocerse el fallo, aseguró en su redes sociales que la condena “es injusta” ya que “el producto que utilicé en esas cuatro pacientes esta autorizado por las autoridades sanitarias”.

Y refirió que las pericias “dicen que las enfermedades que padecen las denunciantes no tienen nexo causal con el procedimiento que les apliqué”, al tiempo que adelantó que apelará el fallo al Tribunal de Casación.

“El juez no hizo lugar al pedido de inhabilitación y la condena no esta firme, así que seguiré trabajando como siempre lo hice”, destacó Lotocki.

Lesiones graves

Según el fallo de la Justicia, “el cirujano de los famosos” Aníbal Lotocki causó lesiones en el cuerpo a Trenchi, Luna, Xipolitakis y Sosa con el uso de un relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA), en lugares del cuerpo en los que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por la comunidad científica.

Este material les produjo tumoraciones a estas mujeres, que se sometieron a una intervención en sus glúteos, pelvis y muslos, e inflamaciones crónicas, al punto que una de ellas, Pamela Sosa, confesó durante el juicio que la intervención le cambió la vida “por completo”.

De acuerdo a la acusación, el cirujano le causó lesiones en el cuerpo y en la salud a Sosa debido a la intervención médica que le practicó en noviembre de 2008 dentro de la clínica Full Esthetic.

“Aníbal Lotocki es un médico que ha sido violento con sus pacientes: en el marco de la confianza que estableció con las cuatro víctimas, las usó para sus propósitos personales y les estropeó la salud”, dijo durante su alegato el fiscal Sandro Abraldes.

En abril del año pasado, el cirujano fue demorado y luego liberado por “homicidio culposo” tras la muerte de un hombre de 50 años que se había operado en su consultorio, en el barrio de Caballito, dando lugar a una investigación que aún continúa paralela a este debate oral.

Por el juicio de las cuatro mujeres pasaron un número importante de testigos que dieron cuenta del padecimiento que sufrieron luego de que Lotocki les inyectara el metacrilato, y también la junta médica que evaluó los procedimientos del médico esteticista.

Al momento de dictar sentencia, el juez Carlos Rengel Mirat tuvo en cuenta que las consecuencias para las cuatro víctimas serán “irreversibles y progresivas”, y que dañaron la vida de las denunciantes, quienes tuvieron trastornos de todo tipo a raíz de las intervenciones.

“No atendía las más mínimas reglas de la práctica profesional: atendía en lugares sin habilitación, con productos que no podía usar, e incluso quiso hacer responsable a sus pacientes por las consecuencias nocivas de su propio accionar delictivo”, se explayó el fiscal al momento de solicitar la pena.

En el caso de Gabriela Trenchi, por ejemplo, la paciente había pactado una cirugía en la que le colocarían hilos tensores en los glúteos, además de una pequeña lipoaspiración en la zona, extrayéndole grasa para mezclarla con plasma de su sangre y volverla a inyectar para dar volumen. Pero el médico le colocó un producto de relleno que contenía “microesferas de polimetil metacrilato (PMMA)”, en lugares del cuerpo en los que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las recomendadas.

A raíz de ello, la mujer padeció la alteración del tejido celular de los glúteos mayores y los músculos de los muslos y piernas, “caracterizada por la aparición de granulomas o farmacomas, de difícil resolución quirúrgica”, según la acusación.

Luego de la operación, la mujer sufrió malestares y serios inconvenientes para movilizarse, por lo que debió ser internada el 17 de agosto de 2015 en el Sanatorio Los Arcos con un diagnóstico de “hipocalcemia sintomática, que evolucionó con parestesias generalizadas, trastorno deglutorio, cuadriparesia, paresia facial severa e insuficiencia respiratoria, que obligó a su traslado a terapia intensiva”.

El 28 de agosto Trenchi debió ser sometida a una traqueotomía y presentó neumonía, queratitis, úlcera y abscesos de córnea bilateral y recién el 25 de septiembre pudo comenzar su rehabilitación, que continúa bajo la modalidad ambulatoria.

Por otra parte, a Silvina Luna, que fue intervenida en octubre y noviembre de 2011, también se le colocaron microesferas de polimetil metacrilato (PMMA) que le provocaron alteraciones anatómicas en glúteos y muslos, lo que fue advertido y documentado por otro médico en junio de 2013.

Durante la investigación, la Fiscalía solicitó informes a la Sociedad de Cirugía Plástica de Buenos Aires, a la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica Estética y Reparadora y a la Sociedad Médica Argentina, obteniendo como respuesta que Aníbal Lotocki no estaba registrado ni como miembro ni como socio.

Mientras la Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad del Ministerio de Salud comunicó que en Argentina no se reconoce la cirugía cosmética como especialidad, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) informó que el metacrill está indicado para tratamiento específico de arrugas frontales, contorno y relleno de labios, dorso de manos, contorno facial, surco nasogeneano, dorso y punta de nariz, y que se debe comercializar bajo prescripción, ya que los implantes sólo resultan seguros si los hace un profesional habilitado para utilizarlo.

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Uber Mujeres desembarcó en Posadas con nuevas opciones para usuarias

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La empresa estadounidense proveedora de movilidad como servicio, desarrolló una nueva experiencia de viaje. Las usuarias podrán elegir a socias conductoras. En esta primera etapa, la opción estará disponible tanto en Posadas como en Buenos Aires, Córdoba, Rosario, Tucumán, Mar del Plata, Salta, Corrientes, Ushuaia, Bahía Blanca y Mendoza.

La alternativa promete sumar más control y personalización en la movilidad diaria y contará con tres modalidades de uso: viaje inmediato, reserva y configuración de preferencias, y estará disponible de forma gradual en once ciudades del país desde este miércoles.

“Uber Mujeres nace de escuchar a las usuarias y de entender algo muy cotidiano para muchas de nosotras: la importancia de tener más opciones para elegir cómo movernos por la ciudad. Me llena de orgullo poder traer esta alternativa a miles de mujeres que usan la app de Uber todos los días y dar un paso más para seguir ofreciendo flexibilidad, personalización y una experiencia que se adapte a cómo las mujeres quieren viajar”, afirmó Eli Frías, gerente general de Uber para Argentina, Uruguay y Paraguay.

Argentina es uno de los primeros países de Latinoamérica en contar con esta opción, junto con México y Brasil, y ha tenido un rol relevante en su evolución. En 2024, Córdoba fue la primera ciudad en América donde se testeó a través de un piloto impulsado por el equipo local. Esa experiencia permitió incorporar aprendizajes a partir del uso real de usuarias y socias conductoras, que hoy contribuyen a su expansión a nivel local y global.

¿Cómo funciona?

Esta nueva alternativa está disponible en la app de Uber desde ayer en tres modalidades:

Viaje inmediato: las usuarias pueden elegir la opción Uber Mujeres para pedir un viaje en el momento con una socia conductora. Reserva, las usuarias pueden reservar un viaje con una socia conductora con antelación mínima de 30 minutos. Cabe recordar que entre las 12 AM a 6 AM, será la única modalidad disponible.

Mediante la Configuración de preferencias, las usuarias pueden elegir que, cada vez que pidan un viaje de UberX la app intente, como primera opción, conectarlas con una socia conductora.

En todas las modalidades, si la aplicación no encuentra una socia conductora disponible o si el tiempo de espera estimado es muy largo, se le consultará a la usuaria si prefiere esperar más tiempo o si acepta ser redirigida a más socios conductores.

Esta nueva opción complementa a la función de Uber Ellas -disponible en Argentina desde 2020- que permite a las socias conductoras recibir solicitudes de viaje solo de usuarias mujeres, potenciando la experiencia de las mujeres dentro de la app, así como también las oportunidades de generar ganancias.

 

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Crean registro y regulan tenencia de perros peligrosos en Salto Encantado

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El Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Salto Encantado aprobó una ordenanza que establece un régimen de control y registro para perros y otros animales considerados potencialmente peligrosos dentro del municipio. La  Ordenanza N° 89 fue sancionada el pasado 29 de abril.

“La medida surgió a pedido de los vecinos, ya que es una problemática en la localidad los perros sueltos sin control de parte de sus dueños”, comentó Hugo Pombo, concejal autor de la ordenanza, en diálogo con La Voz de Misiones.

La nueva normativa crea un Registro Municipal de Caninos Potencialmente Peligrosos, que estará a cargo del área de Bromatología, Veterinaria y Zoonosis. Allí deberán inscribirse los vecinos del municipio responsables de los animales alcanzados por la medida.

Según establece la ordenanza, las personas que actualmente poseen animales incluidos en la categoría tendrán 60 días para inscribir a su mascota en el registro, mientras que, en casos de nuevas adopciones, el trámite deberá completarse dentro de los 30 días posteriores.

Asimismo, el registro incluirá información del dueño, características del animal y documentación sanitaria, entre ella certificados de vacunación y desparasitación.

La ordenanza también fija requisitos para la circulación de animales en espacios públicos. Todos los perros deberán llevar collar y correa. En tanto, aquellas mascotas consideradas potencialmente peligrosas tendrán que utilizar bozal y sistemas de sujeción adicionales.

Entre las razas potencialmente peligrosas, la legislación incluye al Pit Bull Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Dóberman, Bullmastiff, Akita Inu y Fila Brasileño. Además, podrán incorporarse animales con antecedentes de ataques o conductas agresivas verificadas.

En esos casos, los responsables deberán tramitar una Licencia Especial Municipal. Entre las condiciones previstas figuran ser mayor de edad, acreditar aptitud psico-física y contar con un seguro de responsabilidad civil.

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Vecinos abren auditoría popular sobre el consumo de agua en Posadas y Garupá

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La problemática por la sobrefacturación e irregularidades en la prestación del servicio de agua potable en Posadas y Garupá sumó un nuevo capítulo con la creación, por parte de vecinos autoconvocados, de un formulario para recolectar datos sobre el consumo, con el objetivo de obtener un panorama “más amplio” de la situación y confirmar si se trata de una situación que padecen algunos pocos o la población de ambas ciudades.

“La idea de este formulario es recabar información fehaciente sobre el consumo para saber si los excesos de consumo son una cuestión errática que afecta a algunos usuarios o si se trata de algo generalizado. Nosotros creemos que es generalizado“, explicó Sergio, uno de los vecinos autoconvocados, en diálogo con La Voz de Misiones.

El vecino de Itaembé Guazú comentó que el formulario “Recolección Popular de Datos sobre Consumo de Agua en Posadas y Garupá” surgió ante la “falta de respuestas” por parte del Ente Provincial Regulador de Aguas y Cloacas (Eprac), presidido por Soledad Balán.

“Los vecinos pueden subir su consumo histórico en m³ (metros cúbicos) de todo un año’”, precisó Sergio sobre la modalidad de la auditoría pública que impulsan y añadió que los usuarios también pueden detallar si tienen “el servicio cortado, si poseen deuda y de cuánto es”.

El formulario online está habilitado desde el 6 de mayo y los usuarios podrán cargar los datos sobre el consumo hasta el próximo 6 de junio, es decir, estará disponible durante un mes. Una vez finalizada la encuesta, “haremos públicos los resultados, aunque llevará un tiempo porque somos vecinos autoconvocados los que estamos armando esto y nadie trabaja de esto”, dijo Sergio a LVM.

Quienes impulsan la iniciativa aclaran que la información recabada será utilizada “exclusivamente” como herramienta para accionar contra la empresa Servicios de Aguas de Misiones S.A. (Samsa).

“Queremos comprobar que es la norma y no la excepción. Si el Eprac no hace nada, seremos nosotros quienes reunamos la información para comprobarlo”, enfatizan en el formulario público.

La problemática

A fines de febrero, vecinos autoconvocados, principalmente de la capital provincial, realizaron una serie de reclamos ante el Eprac por presunta sobrefacturación e irregularidades en el consumo de agua potable. Además, llevaron adelante manifestaciones, marchas y protestas frente a la empresa Samsa, ubicada sobre la avenida López y Planes, en la intersección con la avenida Corrientes.

Los reclamos de los usuarios llevó a que la titular del Eprac, Soledad Balán, reconozca públicamente que entre las facturas analizadas por el ente se detectaron que en “algunos casos” habría sobrefacturación por el ingreso de aire en las cañerías.

A raíz de esto, en los Concejos Deliberantes de Posadas y Garupá se impulsaron proyectos relacionados con el servicio que brinda Samsa, con el objetivo de establecer exigencias a la compañía para mejorar la prestación. Entre ellas, la obligación de instalar dispositivos de purga o bloqueo de aire en todas las conexiones actuales y futuras.

En el caso de la capital provincial, la iniciativa de Jair Dib (Encuentro Misionero) avanzó con un dictamen favorable en comisión y, al llegar a votación en el recinto, fue rechazada.

Distinto fue el caso en el HCD de Garupá, donde la ordenanza para obligar a la prestataria a mejorar el servicio y dar respuestas por la sobrefacturación fue aprobada por los ediles locales.

Sin embargo, el intendente Luis “Lucho” Ripoll vetó parcialmente la legislación y dejó sin efecto algunos artículos centrales de la normativa, entre ellos, la obligación de la empresa de instalar dispositivos de purga o bloqueo de aire en las cañerías.

En paralelo, la problemática llegó el último jueves a la Legislatura misionera con un proyecto de ley impulsado por el diputado Santiago Koch, que busca disolver el EPRAC y crear la Defensoría del Usuario del Agua (DUA).

Proponen disolver el EPRAC y crear una Defensoría del Agua

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