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Marina Da Silva, el juicio: los tres acusados se desligaron del femicidio

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Casi nueve años transcurrieron para que finalmente comience el juicio para esclarecer el femicidio de Marina Da Silva (19), asesinada a golpes y descartada en un pozo de agua de Nemesio Parma en 2013, hecho por el cual hay tres imputados, quienes hoy se desligaron por completo del crimen.

Ellos son Franco Jesús Ramos (28) –actualmente procesado con prisión preventiva por el femicidio de la taxista Claudia Benítez-, Juan Ángel “Juancho” Portal (33) y Alejandro Daniel “Pili” Da Silva (36). Un cuarto involucrado, Omar Ramírez, falleció hace unos años.

Según se desprende de la reconstrucción del caso y de los primeros testimonios vertidos durante el comienzo del debate, Ramos era pareja de Da Silva, con quien tenía una pequeña hija, mientras que Portal era su compañero de trabajo en una olería y, a su vez, tenía una relación paralela con la muchacha. Da Silva era sereno del lugar.

El fiscal de juicio es Vladimir Antonio Glinka.

La hipótesis acusatoria, formulada en su momento por la fiscal Patricia Clérici, establece que, en la noche del 21 de diciembre de 2013, Portal realizó una fiesta por su cumpleaños, en la cual estuvieron los otros tres imputados y también Da Silva, que en medio de la celebración terminó siendo asesinada de dos golpes en la cabeza con un objeto contuso, que nunca pudo ser determinado ni hallado.

La fiesta se desarrolló en la casa del fallecido Ramírez, en el Lote 20 de Nemesio Parma, y luego el cuerpo de la joven fue trasladado hasta un pozo de agua en una propiedad abandonada, donde fue arrojada maniatada de pies y manos y atada a un bolsa con una piedra.

Algunas de esas ataduras fueron realizadas con un cable alargue utilizado para conectar el parlante en la fiesta.

El juicio se desarrolla en el Tribunal Penal Dos de Posadas y continúa hoy con la declaración de más testigos.

Se estima que el crimen fue cometido entre la noche del 21 de diciembre y la madrugada siguiente. El femicidio recién se descubrió el 31 al mediodía, cuando dos adolescentes casualmente llegaron al pozo y se toparon con un cadáver en avanzado estado de putrefacción.

Los tres acusados están imputados por “homicidio calificado por el concurso premeditado de tres o más personas”, que prevé una pena de prisión perpetua, aunque hoy todos optaron por declarar y se desligaron del hecho, sin realizar acusaciones cruzadas.

El patrón común en las tres declaraciones fue desconocer vínculos entre ellos, más allá de lo laboral, y negar la existencia de la fiesta donde según la hipótesis acusatoria se registró el femicidio de Da Silva.

Ramos: “No puedo inculpar a nadie”

El primero en pasar frente al estrado del Tribunal Penal Dos fue Ramos, quien declaró durante prácticamente una hora.

En su exposición, el hombre defendido por los letrados Ángel Cessettai y Cristian Leites, realizó un repaso de lo realizado ese 21 de diciembre, instancia en la cual recordó que vio por última vez a Da Silva entre las 13 y las 14, cuando la dejó en un kiosco de Nemesio Parma y luego ella “desapareció”.

Ramos señaló que la situación no le pareció extraña, porque “era habitual en ella desaparecer, irse uno o dos días de joda, con amigas o con las primas”.

Aseguró que la buscó durante esas primeras horas y luego le envió mensajes, pero en medio de ello viajó a pasar la Navidad a Apóstoles.

También afirmó que la noche en que se presume se cometió el crimen durmió en la casa de su suegra, es decir, de la mamá de Da Silva, y no mencionó nada respecto al cumpleaños de Juancho, sobre quien nunca pudo comprobar si era o no “amante” de la muchacha.

En última instancia, el fiscal del juicio, Vladimir Antonio Glinka, le preguntó qué hipótesis tiene él sobre el crimen y contestó: “No puedo inculpar a nadie, si yo no veo no puedo inculpar a nadie. Ella era una persona de muchas salidas, que conocía mucha gente. Estaba en un entorno donde se sabía que en algún momento iba a pasar algo. En ese entonces tenía mucha bronca, más allá de nuestras diferencias, ella no se merecía algo así. Yo la mezquinaba mucho”.

Franco Jesús Ramos actualmente está con prisión preventiva por otro femicidio, el de la taxista Claudia Benítez, registrado este año.

Portal: “Yo no fui”

En segundo término declaró Juancho Portal, quien desde el comienzo se dijo inocente. “Teníamos una relación con la señorita, con la finada. Fui amante y nada más. Me conmueve mucho esto. No me puedo acordar todo lo que declaré antes, pasaron nueve años. Lo único que puedo decir es que yo no fui”, aseguró ante el Tribunal presidido por César Yaya e integrado por Gregorio Busse y Viviana Cukla (subrogante).

En el transcurso del interrogatorio, Portal negó la realización de la fiesta por su cumpleaños. Afirmó que había organizado toda la celebración, pero a último momento se arrepintió y se fue a la casa de sus suegros en Villa Cabello para estar junto a su hija.

Según otros testimonios recolectados durante la etapa de investigación, el 20 de diciembre Portal estuvo junto a Da Silva, aunque él aseguró no recordar qué hicieron o qué sucedió durante ese encuentro. En contrapartida, sí recordó qué marca de cerveza tomó durante esas tardes, lo cual fue advertido por el fiscal Glinka.

Portal -a la izquierda- junto a su abogado defensor, el letrado Néstor Acosta.

Da Silva: “De la joda yo nunca escuché”

El último turno para declarar correspondió a Da Silva, quien contó que el 21 de diciembre por la tarde vio a Juancho tomando cervezas con otros compañeros en un kiosco de la zona, pero, en coincidencia con sus consortes de causa, desconoció la supuesta fiesta.

“De esa supuesta joda yo nunca escuché y nunca estuve ahí”, señaló Pili, que además agregó que “con Franco y con Marina nunca compartimos nada. A Portal sí lo conozco de chico, como compinche, como vecino”.

En esa línea, sostuvo que el día del crimen durmió en su trabajo y afirmó que nunca escuchó música alta ni nada. Sí mencionó haber oído un ruido similar a la moto de Ramos por la zona, pero no se atrevió a afirmar que efectivamente haya sido él.

Culminado el interrogatorio de los imputados, declararon los primeros tres testigos, un médico policial, un médico forense y una psicóloga, quienes brindaron precisiones sobre los distintos informes confeccionados durante la etapa investigativa.

El debate continuará mañana, a partir de las 8.30, con la declaración de más testigos.

Los imputados regresaron a sus lugares de detención, aunque desde hoy serán alojados en comisarías diferentes por conflictos suscitados entre ellos durante el fin de semana.

Da Silva -a la derecha- y su abogado Emilio De Melo.

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.

El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.

Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.

Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.

A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.

Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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