Provinciales
Represor volvió a ser declarado “incapaz” de afrontar su juicio en Misiones
En vísperas a un nuevo Día de la Memoria, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas volvió a declarar incapaz de afrontar su juicio a un represor de la última dictadura militar y suspendió el proceso por un plazo de diez meses, aunque no declaró extinguida la causa penal, por lo cual en el futuro se deberá ordenar nuevas pericias médicas para determinar si en algún momento el imputado, Héctor Leopoldo Flores, puede responder ante la Justicia por los hechos cometidos en la etapa más oscura del país.
Flores, actualmente domiciliado en Buenos Aires y con 90 años de edad, fue un teniente coronel que estuvo a cargo del Regimiento de Infantería de Monte 30 de Apóstoles, del Ejército Argentino, desde octubre de 1975 hasta octubre de 1977, período en el cual -según la investigación trazada- cometió delitos de lesa humanidad.
Se lo acusa, específicamente, de los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada, con imposición de tormentos, en concurso real (21 hechos) y homicidio calificado”. Dicho de otra manera, está imputado por el secuestro y tortura de 21 personas, y un asesinato, el de Carlos “Charly” Pérez Rueda, correntino fusilado en Cerro Moreno, San Ignacio. Sus víctimas fueron, en su mayoría, militantes e integrantes de las Ligas Agrarias de Misiones.
El expediente que se instruye en su contra fue elevado a juicio en 2011 y el represor estuvo tres años preso -bajo la modalidad de arresto domiciliario-, desde el 13 de agosto de 2009, hasta el 12 de diciembre de 2013.
Justamente, en 2013 el hombre debía sentarse en el banquillo de los acusados del TOF posadeño para enfrentar a la Justicia por los hechos atribuidos en su contra, pero una pericia médica impidió la realización del debate oral.
En aquel entonces, Flores tenía 82 años y una junta médica determinó que su estado de salud le impedía afrontar el proceso, ante lo cual se declaró la “incapacidad sobreviniente” del imputado, dispositivo contemplado en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN).
En consecuencia, se suspendió el proceso por un plazo de seis meses hasta la realización de nuevos estudios.
Al borde la impunidad
Sin embargo, en el camino hubo otra resolución que estuvo al borde de dejar impune la causa contra Flores.
Es que el 13 de junio de 2019, argumentando que el estado de salud de Flores era irreversible, los jueces Eduardo Belforte y María Delfina Denogens, dictaminaron el sobreseimiento definitivo del imputado, con la consecuente declaración de la extinción de la causa penal. Además, se dispuso la inmediata libertad del acusado y el cese de su prohibición de salida del país.
La medida dejaba sin efecto la causa y los hechos imputados al represor quedarían impunes, pero la Fiscalía Federal, a cargo de Vivian Barbosa, y la querella del Ministerio de Derechos Humanos de la provincia de Misiones, representada por el abogado Juan Bautista Martínez, apelaron la resolución.
Esa apelación fue analizada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación, cuyas autoridades hicieron lugar a los planteos de la fiscalía y la querella, ordenando que el expediente sea reenviado al TOF de Posadas para que el proceso continúe su curso hasta la celebración del correspondiente debate oral y público.
Nueva pericia médica
De esa forma, en 2021 se llegó a una nueva pericia médica (psicológica, psiquiátrica y clínica general), cuyos resultados ahora motivaron una nueva suspensión del proceso, aunque la misma no contempla posibilidad alguna de declarar extinguida la causa.
De acuerdo a los documentos obtenidos por La Voz de Misiones, de la pericia realizada por los profesionales del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) se desprende que las facultades mentales de Flores “no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales”; que “se encuentra desorientado globalmente respecto a su persona, espacio, tiempo y estado; que “no se expresa en forma oral ni gestual”; con “movilidad restringida” -usa silla de ruedas-; y “sin control de esfínteres” -usa pañales permanentemente-.
En base a lo expuesto, la junta médica concluye -entre otras consideraciones-, que Flores “padece de un deterioro global de sus funciones psíquicas” y un “deterioro cognitivo grave que limita su autonomía en forma severa”.
Con estos informes sobre el tapete, el TOF de Posadas, esta vez integrado por los magistrados Fermín Amado Ceroleni, Juan Manuel Iglesias y Víctor Alonso González, resolvieron volver a declarar la incapacidad del imputado para afrontar su juicio y suspender el proceso por un plazo de diez meses.
Pero, los magistrados fueron claros al exponer que la situación analizada no contempla la posibilidad de la aplicación del artículo 336 del CPPN, que trata sobre la extinción de la causa penal en favor del imputado.
“Debemos considerar que, la resolución del caso en este tipo de cuestiones, tal como ya se ha señalado en autos, se encuentra asociada a la subsistencia de una situación de hecho mutable en el tiempo, que impone un análisis dinámico y continuo (art. 77 del C.P.P.N); sumado a que FLORES se encuentra imputado por la presunta comisión de delitos de Lesa Humanidad, respecto de los cuales el Estado Argentino ha asumido una responsabilidad en su juzgamiento, por lo que su tratamiento resulta de vital importancia, en razón de la repercusión social que acarrea”, argumentaron los magistrados en el documento firmado el último viernes.
Al mismo tiempo, resolvieron mantener el cese de la prisión preventiva, habida cuenta de que, al encontrarse completamente acabada la investigación, no existen riesgos de entorpecimiento de la causa, ni tampoco consideraron un latente peligro de fuga en virtud del delicado estado de salud del implicado.
Por lo tanto, dispusieron que Flores puede continuar en libertad, aunque sí volvieron a imponerle una prohibición de salida del país.
“Pero lo cierto es que en este caso en particular, disponer nuevamente una medida de restricción de la libertad ambulatoria de FLORES, cuyo único fundamento fuera la gravedad de los hechos imputados -crímenes de Lesa Humanidad-; la complejidad de la causa y la repercusión social que trae este tipo de Juicios; sin considerar siquiera sus condiciones personales y su desmejorado estado de salud, que lejos de revertirse se agrava con el tiempo -lo que impide en el mejor de los casos, que pueda ser juzgado en un plazo razonable-; implica un adelanto de pena y un ensañamiento que atentaría incluso contra la dignidad y la integridad física del nombrado, contrarios a todos los estándares de un estado de derecho”, explicaron los jueces en la resolución.
El fusilamiento de Pérez Rueda
Carlos Pérez Rueda era correntino. Jugaba al rugby en el club Aranduroga y formaba parte de la selección Unión de Rugby del Noreste (URNE).
En Corrientes fue fundador de la Juventud Peronista y también militó, tanto en el Frente Eva Perón como en las Juventudes Rurales.
Tras el golpe militar del cual mañana se cumplen 46 años, Pérez Rueda huyó a Misiones y se refugió en una chacra de Cerro Moreno, en San Ignacio, donde se ganaba la vida como chacrero. Era conocido como “Gringo”.
En la Tierra Colorada también fue parte de la creación del Partido Peronista Auténtico y se convirtió en oficial Montonero, pero el 25 de noviembre de 1976 fue fusilado por el Ejército en cercanías a su chacra. Tenía 26 años y dos hijas, según reconstruyó Socompa, periodismo de frontera, en 2020.
Su esposa, Gladys Claver Gallino y sus dos hijas, también fueron víctimas de la persecución del aparato represivo y secuestradas. La mujer estuvo detenida desde el 22 octubre de 1976, hasta el 27 de diciembre de 1983.
Durante su detención, Claver Gallino tuvo contacto con el ex policía Felipe Giménez, juzgado y condenado junto a Carlos Herrero, Julio Amarilla y Carlos Pombo, en un juicio oral celebrado en Posadas en 2012.
En Misiones se desarrollaron cuatro juicios por delitos de lesa humanidad. Resta el celebrar el debate oral contra Flores y Carlos Humberto Caggiano Tedesco -ya condenado en otros expedientes- también tiene una causa abierta que espera fecha de audiencia.
fallo - 2022-03-23T171505.706
Provinciales
Falleció anciano del geriátrico de Corpus y piden investigación de la Justicia
Ramón Benítez Ferreyra (71), falleció el pasado 22 de marzo en el hospital Madariaga a raíz de un grave cuadro de salud que habría empeorado al ser trasladado al geriátrico San Francisco de Asís, en la localidad misionera de Corpus Christi, por lo que la Asociación Civil Movimiento Social Gente de Trabajo presentó una denuncia y solicitó la investigación judicial correspondiente.
El caso se conoció a raíz de la presentación policial radicada por Luis Sanabria, presidente de la Fundación Ayudanos a Ayudar y de la mencionada asociación, desde donde apuntó contra el hogar San Francisco de Asís: “Cuando lo fuimos a visitar lo vimos en un estado peor del que lo habíamos encontrado inicialmente. Casi lo dejan morir”.
Fue a comienzos de febrero cuando un miembro de la fundación encontró a Benítez residiendo en una pequeña casa de madera a la vera del río Paraná, sin servicios, por lo que decidió trasladarlo al geriátrico ubicado sobre calle Francisco Gali, entre Padre Adolfo y Pedro Fontana de Corpus.
Este fin de semana, cuando Sanabria se dirigió a este lugar para realizar una visita, supo que Benítez había fallecido el pasado 22 de marzo en el Madariaga.
En la denuncia radicada el viernes ante el Juzgado de Instrucción Uno y ayer en la Comisaría 4, expuso que en el mes de febrero Benítez “se encontraba en un estado de abandono y en la calle”, por lo que “nuestra asociación toma intervención y ayuda a este hombre, quien tenía totalmente reducida la vista”.
Luego de transcurrir algunos días en la residencia de uno de los miembros del equipo, fue trasladado al hogar, sobre lo que detalló: “Durante toda una semana, se intentó visitarlo y ver su evolución médica, pero la directora del Ministerio de Desarrollo Social de Corpus, Roxana Quintana, negaba el ingreso de cualquier persona, manifestando que él debía adaptarse”.
Finalmente, lograron verlo el 13 de marzo. De aquella visita observó: “Se encontraba en un estado total de abandono, sin ninguna mejora. De haber ingresado caminando con sus sentidos totalmente lúcidos, ubicado en tiempo y espacio, a terminar postrado y totalmente desorientado en una cama prácticamente dejándolo morir en el lugar”.
Frente a esa circunstancia y según la denuncia, gestionaron su traslado en ambulancia al hospital de Corpus, sitio en el cual estuvo en observación durante cuatro días y luego fue derivado el 15 de marzo al Madariaga. Lamentablemente, falleció el 22 de marzo producto de su condición médica.

Denuncia presentada por Luis Sanabria, titular de la Fundación Ayudanos a Ayudar
Pedido de información
La Asociación Civil Movimiento Social Gente de Trabajo solició “que se realicen las tareas investigativas correspondientes, se verifique el historial clínico de la asistencia de este hombre en el hospital de Roca, Corpus y el Madariaga, lugar donde recibió atención médica”.
A través de un comunicado, ratificó la denuncia presentada, solicitando la intervención de la justicia “a fin de que se investigue un hecho de extrema gravedad ocurrido con un ciudadano que se encontraba en situación de abandono y vulnerabilidad social”.
Y detalla: “En fecha reciente, integrantes de la asociación se presentaron en el hospital con el fin de conocer la evolución del paciente, recibiendo en primera instancia información de que él mismo habría sido dado de alta, sin que se pudiera indicar quién autorizó dicha decisión ni bajo qué responsabilidad, situación que generó preocupación teniendo en cuenta la condición de abandono en la que se encontraba”.
También señaló que en ningún momento fueron notificados sobre el deceso: “Ante la insistencia para obtener información precisa, posteriormente se comunicó que el ciudadano había fallecido y que su cuerpo se encontraba en la morgue del nosocomio, sin que se hubiera notificado previamente a quienes venían interviniendo en su asistencia, ni se brindaran explicaciones claras respecto a las circunstancias del hecho”.
Tras la última denuncia presentada esta mañana, aguardan “que se determine lo ocurrido, se requieran los informes médicos y administrativos necesarios, y se establezca si se cumplieron los protocolos previstos para casos de personas sin familiares y en situación de vulnerabilidad”.
Para cerrar, la asociación consideró que “por la gravedad de lo sucedido, resulta indispensable el esclarecimiento total de los hechos, en resguardo de la transparencia institucional y del derecho de toda persona a recibir la debida atención y protección”.

Hogar San Francisco de Asís de Corpus
Denuncian abandono de persona en geriátrico de Corpus Christi
Provinciales
Dos minas de Wanda protestan contra la Eco Tasa con cierres temporales
Las empresas mineras Compañía Minera y Mina Tierra Colorada realizaron cierres temporales de sus puertas durante este fin de semana como medida de protesta en reclamo a la Eco Tasa municipal que comenzó a cobrarse el mes pasado.
“Cerramos”, informaba el flyer que las firmas hicieron circular. La imagen daba cuenta de que la medida se lleva adelante “por la Eco-Tasa Municipal” y agregaba dicho tributo “está matando el poco turismo que tenemos”.
En el comunicado, avalado por los logos de los mencionados yacimientos, se expresaba: “Lamentamos informar que ambas minas cerrarán debido a que no se puede seguir trabajando de esta manera”.
Patricia Busch, una de las propietarias de Mina Tierra Colorada, dialogó con La Voz de Misiones y confirmó la veracidad de la placa y sostuvo que mantendrán la postura de que “mientras que el municipio cobre, nosotros no vamos a seguir atendiendo a la gente”.
La empresaria explicó que la decisión fue tomada por dos de las tres firmas afectadas y que la medida está vinculada a la Tasa Ecoturística que, desde hace más de un mes, la Municipalidad de Wanda cobra a los visitantes que llegan a la localidad de las piedras preciosas.
“Tuvimos que rechazar empresas de viajes, remises, particulares porque cerramos al público por unos días. Cuando vieron que no tenían a quién cobrar, comenzamos y abrimos y ahora volvimos a cerrar”, relató, dejando en evidencia las dificultades operativas generadas por la medida.
La dueña de Mina Tierra Colorada también señaló que las denuncias cruzadas exponen cómo se generan beneficios desiguales dentro del sector. Además, aseguró que dada esta situación se finalizaron las operaciones que mantenían con una empresa de turismo que trabaja con ellos desde hace 23 años.
“Perdimos una empresa de turismo como Caracol porque la dueña está casada con el juez que lleva la causa que le iniciamos a la intendencia. A su vez, al magistrado también le hicimos una denuncia penal porque es cuñado del asesor legal del municipio y es por eso que necesitábamos que la causa pase a otro juzgado en Eldorado”, reclamó.
En cuanto a las pérdidas económicas, si bien aún no fueron cuantificadas con precisión, la empresaria advirtió a LVM que podrían ser millonarias. “Nosotros dependemos de la venta directa de los productos y en el promedio anual dado el año pasado podríamos perder hasta cien millones de pesos. Nuestro rubro es muy inestable y más con la economía como está en este momento”, explicó.
Finalmente, Patricia sostuvo que la única vía para resolver el conflicto es la judicial, debido al trasfondo político que, según indicó, sostiene la Tasa Ecoturística.
“Claro que no va a salir a favor la medida cautelar que pedimos. Si se genera un antecedente con la tasa de aquí de Wanda también deben declarar la ilegalidad en la tasa de Puerto Iguazú, aunque la de esa localidad es más aceptable dado que en esa ciudad el porcentaje de turistas que se quedan, pernoctan y hacen uso de la servicios es superior a los que llegan a Wanda solo de paso”.
Repercusión política por Eco tasa en Wanda: “Están espantando los turistas”
Provinciales
Presentan proyecto de ley por la memoria democrática y contra el negacionismo
En el marco de los 50 años del último golpe de Estado, el Partido Agrario y Social (Pays) presentó un proyecto de ley con el objetivo de prevenir, erradicar y sancionar, las conductas públicas de negación, justificación o reivindicación manifiesta del terrorismo de Estado, cometidas entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983 en la República Argentina.
Las penas serían alcanzadas por quienes presenten algunas de estas conductas en el ámbito de la función pública provincial, incluyendo también cualquier tipo de glorificación, apología, banalización, relativización o minimización de la violencia ejercida contra civiles durante la dictadura, la cual se tradujo en “genocidio, crímenes de lesa humanidad, desaparición forzada, tortura, apropiación de niñas y niños y demás violaciones a los derechos humanos”.
Titulada Memoria Democrática, Prevención del Negacionismo y Defensa de la Función Pública, la iniciativa fue impulsada por más de una treinta organizaciones de Derechos Humanos, movimientos sociales, partidos políticos, sindicatos, agrupaciones estudiantiles, colectivos universitarios, entre otros espacios del campo popular en Misiones.
A su vez, se enmarca en las leyes reparatorias vigentes en el país, como la 24.043 y 24.411, por lo que busca “proteger la memoria democrática, la dignidad de las víctimas, a sus familiares, los sitios y símbolos de memoria y las garantías de no repetición”.
En su artículo segundo, define una conducta negacionista como “toda manifestación pública, deliberada e inequívoca, realizada por cualquier medio oral, escrito, gráfico, sonoro, audiovisual, radial, televisivo, telefónico, digital o tecnológico, en forma presencial o remota, que niegue, justifique, reivindique, glorifique, apruebe, banalice, relativice o minimice de modo manifiesto estos hechos”.
En lo que refiere a “manifestación pública”, abarca toda expresión accesible a una pluralidad indeterminada o determinable de personas, o difundida a grupos, listas, canales, comunidades, cursos, aulas, foros, reuniones, medios de comunicación o espacios abiertos o cerrados, sitios web, blogs, foros, plataformas digitales, redes sociales, servicios de mensajería instantánea o equivalentes, tales como WhatsApp, Telegram u otros similares.
También hace referencia a la “simbología”, por lo que quedaría prohibida la exhibición, instalación, difusión, reproducción, utilización o circulación, en contextos institucionales u oficiales, de emblemas, imágenes, signos, inscripciones, objetos, vehículos, montajes, escenificaciones o referencias que, por su contexto, significado o modo de utilización, “resulten inequívocamente aptos para reivindicar, legitimar, humillar, intimidar o amenazar en relación con el terrorismo de Estado y sus perpetradores”.
Finalmente, hace referencia a los sitios protegidos de memoria, archivos, placas, señalizaciones, murales, monumentos, nombres, homenajes, emblemas, organismos y referentes individuales o colectivos vinculados a la lucha por la Memoria, la Verdad y la Justicia en la Nación y en la Provincia de Misiones.
Al mencionado proyecto, adhirió la Asociación Nacional de Ex Presos Políticos de la República Argentina, el Equipo Misionero de Derechos Humanos, Justicia y Género (EMIDH), el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos – Misiones, Patria Grande – Misiones, Unidad Popular, la Corriente Clasista y Combativa (CCC), el Partido Solidario, el Espacio Chacabuco, Libres del Sur, el Partido Comunista Revolucionario, entre otras organizaciones.
Al mismo tiempo, propone como obligatoria la capacitación, periódica y permanente en derechos humanos, memoria democrática, terrorismo de Estado, garantías de no repetición y memoria histórica misionera para todas las personas comprendidas dentro la administración pública.
Según consta el documento, estas capacitaciones deberán incluir, como mínimo, el proceso argentino de Memoria, Verdad y Justicia; los juicios por crímenes de lesa humanidad y el derecho a la verdad; el marco constitucional y convencional de los derechos humanos; la historia provincial vinculada al terrorismo de Estado, sus víctimas, sobrevivientes, organizaciones sociales, agrarias, estudiantiles, religiosas y de derechos humanos, entre otros puntos.
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