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Misiones decretó veda total de pesca en el río Uruguay y en el Paraná, de Pipó a Iguazú

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Abarca tanto a los ríos Iguazú y Paraná, como también a todos sus afluentes en el ámbito provincial. Lo estableció el Ministerio de Ecología provincial para la zona comprendida desde Puerto Iguazú hasta Santo Pipó, como consecuencia de las históricas bajantes en ambos cauces. Excepciones y sanciones.

Como consecuencia de la histórica bajante que aqueja a los ríos Iguazú y Paraná, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones dispuso la prohibición total de pesca en el cauce misionero de ambos ríos.

“Se dispone la veda total de pesca para las especies ícticas, tanto para el río Iguazú y sus afluentes, como para el río Paraná y sus afluentes, entre el kilómetro 1.927 (altura Puerto Iguazú) y el kilómetro 1.670 (desembocadura del arroyo Ñacanguazú), en aguas jurisdiccionales de Misiones, hasta tanto el nivel hidrométrico se restablezca favorablemente para las poblaciones ícticas”, expresa la Resolución Nº292 que fue publicada, a última hora del martes 10 de agosto, en el Boletín Oficial del mencionado organismo estatal provincial.

Cabe resaltar que, más allá de la veda total de pesca en los ríos Iguazú y Paraná, la resolución autoriza “la pesca de subsistencia desde la costa, con línea de mano, a los pescadores que cuentan con el permiso respectivo vigente a la fecha”.

De esta manera, la zona permitida abarca todas las localidades ubicadas entre las ciudades de Santo Pipó y Puerto Iguazú.

Entre las excepciones, la normativa establece que “también queda autorizada la pesca deportiva, únicamente ´con devolución´, en el tramo comprendido entre el kilómetro 1.670 (altura desembocadura del Arroyo Ñacanguazú) y el kilómetro 1.567 (altura Arroyo Itaembé) del Río Paraná y afluentes”.

Según menciona el Boletín Oficial, los pescadores comerciales que cuenten con los debidos permisos actualizados a la fecha, podrán continuar con sus respectivas actividades en dicho tramo.

Por último, la ordenanza señala que quienes no cumplan con lo dispuesto en la Resolución “serán sancionados conforme con lo establecido por la Ley XVI – N° 8 (Antes Decreto Ley N° 1.040/78) y Decretos Reglamentarios”.

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La concejal del Falcon verde cuestiona prohibición de pirotecnia en Montecarlo

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La concejal de La Libertad Avanza (LLA) de Montecarlo, Patricia Buckmayer, cuestionó la prohibición de la comercialización y uso de la pirotecnia sonora que rige en el distrito y abogó por un “cambio cultural” en lugar de legislaciones punitivas.

Buckmayer es docente del nivel primario y en julio pasado ganó notoriedad por un posteo en su cuenta de Facebook sobre un ficticio nuevo Ford Falcon verde generado con IA “con un baúl mejorado apto para acarrear zurditos llorando”, que le valió el repudio generalizado en Montecarlo, un sumario en el CGE y varias denuncias por apología de la dictadura.

“No estoy de acuerdo que sea prohibida la venta”, lanzó la edil libertaria en declaraciones al programa local Panorama Informativo. “Desde La Libertad Avanza se promueve la libertad de comercializar, y tenemos entendido que la venta no es ilegal en la Argentina”, argumentó y opinó: “Por lo tanto, prohibir la venta me parece una medida arbitraria, que cercena el derecho del trabajador a comercializar, más en esta época donde la gente utiliza igual, ya que prohibiendo la venta se fomenta la venta clandestina”.

Buckmayer comentó que ella no utiliza artículos pirotécnicos porque “produce un daño claro a gente con TDA, ancianos, animales y personas con autismo”, y señaló que su uso “pasa por una cuestión cultural” y “no por restricciones legales”.

“Nuestro presidente dice que hay que promover el cambio cultural, y creo que el uso de la pirotecnia es una decisión que se debe basar en un cambio cultural”, reflexionó.

Como contrapartida, Buckmayer propuso la “modernización” de la Ordenanza II N° 09, que prohíbe la venta de cohetería de estruendo en el distrito, con multas y clausuras comerciales para los infractores.

“Hay que regular horarios, promover la pirotecnia lumínica”, dijo la edil y sugirió avanzar en “el uso responsable y no en la prohibición del uso”.

 

 

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Aumenta el boleto en Oberá: $1.321 en pago digital y $1.800 en efectivo

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En la última sesión ordinaria del año, el Concejo Deliberante de Oberá aprobó este lunes un incremento del 28% en la tarifa del transporte público urbano, elevando el boleto plano de $1.400 a $1.800.

La medida, que entra en vigencia el 1° de enero de 2026, fue votada por los seis concejales del bloque renovador alineados con el intendente Pablo Hassan, frente a tres votos negativos de la oposición.

El aumento había sido debatido días atrás en una audiencia pública y responde a la necesidad de actualizar los costos del servicio en la segunda ciudad más importante de Misiones.

En la resolución se mantienen los beneficios de gratuidad para estudiantes y jubilados que utilicen la tarjeta digital, mientras que el pago en efectivo implica el valor pleno de la tarifa.

El nuevo cuadro tarifario quedó establecido de la siguiente manera: Boleto Único digital (QR): $1.321; Boleto Único en efectivo: $1.800; Boleto Especial digital: $1.447; Boleto Especial en efectivo: $1.900; Estudiantil digital: Gratuito; Estudiantil en efectivo: $1.800; Jubilados digital: Gratuito; Jubilados en efectivo: $1.800.

El boleto estudiantil cumplió diez años y superó los 400.000 beneficiarios

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Asociación logró una ordenanza que habilita un matadero rural en El Soberbio

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Tras conformar una asociación hace cinco meses, los productores de El Soberbio lograron que el Concejo Deliberante apruebe por unanimidad una ordenanza que establece un marco normativo para la faena en el municipio, y que el Ejecutivo les otorgue una habilitación “tipo permiso” para un matadero rural que impulsaron como respuesta al cierre del establecimiento local, que funcionó durante 30 años en la localidad del Alto Uruguay.

Con la normativa sancionada, la Asociación Matadero del Alto Uruguay (MAU), conformada por más de 70 productores ganaderos, colonos y comerciantes de la zona, consiguieron una constancia de aprobación municipal requerida por organismos provinciales para iniciar el trámite de habilitación definitiva de establecimientos de faena. Este permiso tiene vigencia por 90 días, puede ser prorrogable y cuenta con un registro y numeración municipal, aunque no habilita por sí solo el desarrollo de la actividad.

En el documento aprobado este jueves, en la última sesión ordinaria del Concejo, se aclara que la habilitación definitiva continúa siendo competencia provincial, a través de los ministerios de Ecología, del Agro y de Industria, responsables de autorizar el funcionamiento de mataderos de tipo B y C en Misiones.

Además, la ordenanza establece los requisitos documentales que deberán presentar desde la asociación, entre ellos la información catastral del inmueble, planos del establecimiento y del terreno, detalles edilicios y sanitarios, sistemas de evacuación de efluentes, ubicación de corrales. Una vez presentada la documentación, el municipio realizará la inspección correspondiente.

Uno de los puntos centrales de la ordenanza es la habilitación de mataderos rurales. Ante la ausencia de habilitación provincial para este tipo de establecimientos, y en virtud de la cesión de facultades otorgadas por funcionarios provinciales, el municipio quedó facultado para autorizar su funcionamiento, siempre que los solicitantes cumplan con los requisitos establecidos en el Decreto Nacional N.º 4.238 y sus modificaciones, a los que Misiones adhiere.

La normativa también establece que vencido el plazo del permiso otorgado por el Ejecutivo, el mismo será dada de baja y una vez obtenida la habilitación definitiva por parte de los ministerios provinciales, la asociación deberá registrarse en el municipio con la habilitación permanente.

Matadero rural

En abril, la Municipalidad de El Soberbio dispuso el cierre definitivo del matadero tras recibir numerosas denuncias de vecinos por las quemas a cielo abierto, en un contexto marcado por el crecimiento poblacional en la zona y la falta de mantenimiento e inversión en el establecimiento, que funcionaba desde 1993 en el paraje Tararira, sobre la ruta costera 2.

El cierre del predio dejó a los productores bovinos sin un espacio habilitado para la faena, obligándolos a trasladarse a otras localidades e incluso favoreciendo la práctica clandestina de la actividad, con los riesgos sanitarios que ello conlleva.

Frente a este escenario, surgió la idea entre los productores, colonos, comerciantes y vecinos de El Soberbio de impulsar la creación de un nuevo establecimiento, pero esta vez bajo un marco legal, por lo cual crearon la Asociación Matadero del Alto Uruguay (MAU).

La conformación del MAU fue el primer paso para encarar la problemática. El desafío siguiente consistía en obtener la habilitación necesaria para operar bajo los protocolos de seguridad e higiene, una competencia que no recaía en el municipio sino en el ámbito provincial.

Dado que las normativas nacionales y provinciales no contemplan la figura de matadero rural, los impulsores de la iniciativa lograron que el Concejo Deliberante trabajara de manera conjunta con los distintos ministerios para avanzar en una solución.

De este modo, se facultó al municipio a dictar una ordenanza que otorgara un marco normativo para la faena en la localidad, como paso previo a la obtención de una autorización definitiva.

Asociación busca conseguir habilitación para nuevo matadero en El Soberbio

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