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La Corte le dijo a Misiones que la prescripción tributaria es de 5 años; no de 10

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Fue en un fallo de la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”. Reafirmó la facultad de la Nación.

POSADAS. La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “la prescripción de las obligaciones tributarias locales” se rige “por lo estatuido por el Congreso de la Nación para toda la República”, al rechazar el plazo de diez años que está en vigencia en Misiones.

El fallo correspondió a la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”.

El máximo órgano de administración de Justicia atribuyó a las normas superiores lo relativo a plazos, momento de inicio y causales de interrupción o suspensión que se aplican en las obligaciones tributarias locales.

De esa manera, desestimó la postura del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones que había rechazado el planteo de prescripción opuesto por la Provincia y declaró aplicable el plazo de diez años previsto en el artículo 118 del Código Fiscal provincial, entonces vigente.

En su fallo, la Corte determinó que la prescripción “no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho, lo que ha justificado que, en ejercicio de la habilitación conferida al legislador nacional por el art. 75, inciso 12, de la Constitución Nacional, aquel estableciera un régimen destinado a comprender la generalidad de las acciones susceptibles de extinguirse por esa vía”.

Límite a las Legislaturas

En consecuencia, “las legislaturas locales no se hallaran habilitadas para dictar leyes incompatibles con las previsiones que al respecto contenían los códigos de fondo”, remarcó la Corte con las firmas de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti.

Y añadió que los hechos del caso “no deben ser juzgados a la luz del nuevo Código Civil y Comercial ni sobre la base del principio de la aplicación inmediata de la nueva ley, sino de conformidad con la legislación anterior”.

Ello debido a que “no se ha controvertido en autos que la deuda tributaria reclamada en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos responde a los períodos fiscales comprendidos entre los años 1987 y 1997. Esto es, que fue constituida y se tornó exigible bajo la vigencia de la ley anterior”.

Además “su determinación de oficio ha sido realizada varios años antes del dictado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y, que lo mismo ha ocurrido con la decisión final adoptada por la administración, de manera tal que el plazo de prescripción para reclamar el ingreso de aquel tributo, se ha iniciado y ha corrido durante la vigencia del antiguo régimen”.

En dicho tramo, la Corte citó la resolución 2506/02 de la Dirección General de Rentas de Misiones del 18 de diciembre de 2002 y la resolución 183, del 4 de mayo de 2005 del Ministerio de Hacienda, Finanzas Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.

Disidencia

En disidencia, Rosatti, opinó que las provincias, y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “cuentan con competencia para regular la prescripción de la acción tributaria en toda su extensión; esto es, en cuanto refiere a los poderes del Fisco para reclamar sus tributos (el plazo, la forma de cómputo y las causales de suspensión y/o interrupción) y en lo atinente a la acción de repetición”.

Añadió que “tampoco importa habilitar a las jurisdicciones locales a fijar plazos excesivamente extensos, disponer causales de suspensión o interrupción improcedentes, o habilitar modos de computar los plazos que tiendan a perjudicar a los contribuyentes”.

“Los poderes fiscales provinciales y municipales -tal como ocurre con el nacional- se encuentran sujetos a los principios constitucionales de la tributación y, con particular referencia al caso, al principio de razonabilidad”, puntualizó.

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Ahora Chacra: habilitan inscripción para ferreterías y agroveterinarias

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Ahora Chacra: habilitan inscripción para ferreterías y agroveterinarias

Desde este jueves, las ferreterías y agroveterinarias de Misiones pueden inscribirse para adherirse al nuevo programa Ahora Chacra, la línea de beneficios que el gobierno provincial pondrá en marcha desde el 1 de junio para productores agropecuarios.

La habilitación de la inscripción fue anunciada por el ministro de Hacienda, Adolfo Safrán, a través de sus redes sociales. El funcionario detalló que el programa Ahora Chacra otorgará reintegros del 20% en compras de insumos rurales realizadas los días viernes.

“Estará vigente todos los días viernes para la adquisición de productos e insumos como media sombras, plásticos, alambres, caños, grampas, biofertilizantes, biocontroladores, alimentos balanceados, sistemas de goteo, mangueras, bombas, conectores, semillas certificadas, plantines, palas, tijeras, motoguadañas y carretillas, entre otros”, precisó el ministro de Hacienda.

El beneficio tendrá un tope mensual de devolución de hasta $100.000 por tarjeta y comercio, mientras que el límite de compra será de $500.000 mensuales.

Sobre la metodología de los reintegros del programa, Safrán detalló que se realizaran “únicamente” en las cuentas de productores yerbateros, tealeros, tabacaleros y otros trabajadores del sector primario que utilicen tarjeta de débito de Banco Macro asociada a la cuenta bancaria donde reciben pagos por la comercialización de su producción.

Por último, el funcionario explicó que la adhesión al nuevo beneficio Ahora Chacra es compatible con otras líneas de los Programas Ahora. “De esta manera, si un comercio estás adherido a otro programa podrá seguir participando en ambos a la vez”, sostuvo Safrán.

FOTO PRINCIPAL: Canal 12

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Se levantó el paro y este jueves vuelve el transporte urbano en Montecarlo

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Se levantó el paro y este jueves vuelve el transporte urbano en Montecarlo

Tras llegar a un acuerdo con la empresa Transporte Urbano Montecarlo (TUM), este jueves se reactivará el servicio de colectivos en la ciudad.

La medida de fuerza comenzó el lunes de manera sorpresiva por un reclamo salarial de los choferes, quienes esta tarde, tras negociar con la compañía, decidieron retomar el servicio de transporte a primera hora de mañana.

Los trabajadores habían recibido una primera parte del sueldo el martes, durante el segundo día con las unidades paralizadas, mientras asistían a sus lugares de trabajo.

Sin embargo, durante la jornada de hoy continuaron con la medida en reclamo del depósito total de los haberes. Además, señalaban que la empresa estaba abonando salarios con una escala salarial “atrasada”.

Según confirmó un trabajador de la localidad a LVM, la empresa se comprometió a “cancelar los faltantes de los haberes en las próximas horas”.

Montecarlo sin colectivos desde el lunes por reclamo salarial de choferes

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Montecarlo sin colectivos desde el lunes por reclamo salarial de choferes

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Montecarlo sin colectivos desde el lunes por reclamo salarial de choferes

La ciudad de Montecarlo cumple este miércoles su tercer día consecutivo sin servicio de transporte urbano de pasajeros, a raíz de un paro de choferes iniciado el lunes en reclamo del pago de salarios.

Por estas horas, los trabajadores mantienen diálogo con representantes de la empresa Transporte Urbano Montecarlo (TUM) para destrabar el conflicto y, según advirtió un chofer a LVM, la medida no se va levantar “hasta que se llegue a un acuerdo”.

El paro comenzó de manera sorpresiva el lunes dejando sin servicio a los usuarios de la localidad debido a que la empresa no había depositado los salarios de los choferes.

Para la madrugada del martes, TUM abonó la mitad de los sueldos pero con una escala salarial “vieja”, apuntó el mismo trabajador a este medio.

En esa línea, explicó que compañía lleva retrasos en la actualización de la escala salarial “con dos períodos pendientes de aplicación”.

Cabe mencionar que los choferes se presentaron en sus lugares de trabajo para cumplir sus horarios, sin sacar las unidades a la calle para prestar el servicio.

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