Provinciales
La Corte le dijo a Misiones que la prescripción tributaria es de 5 años; no de 10
Fue en un fallo de la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”. Reafirmó la facultad de la Nación.
POSADAS. La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “la prescripción de las obligaciones tributarias locales” se rige “por lo estatuido por el Congreso de la Nación para toda la República”, al rechazar el plazo de diez años que está en vigencia en Misiones.
El fallo correspondió a la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”.
El máximo órgano de administración de Justicia atribuyó a las normas superiores lo relativo a plazos, momento de inicio y causales de interrupción o suspensión que se aplican en las obligaciones tributarias locales.
De esa manera, desestimó la postura del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones que había rechazado el planteo de prescripción opuesto por la Provincia y declaró aplicable el plazo de diez años previsto en el artículo 118 del Código Fiscal provincial, entonces vigente.
En su fallo, la Corte determinó que la prescripción “no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho, lo que ha justificado que, en ejercicio de la habilitación conferida al legislador nacional por el art. 75, inciso 12, de la Constitución Nacional, aquel estableciera un régimen destinado a comprender la generalidad de las acciones susceptibles de extinguirse por esa vía”.
Límite a las Legislaturas
En consecuencia, “las legislaturas locales no se hallaran habilitadas para dictar leyes incompatibles con las previsiones que al respecto contenían los códigos de fondo”, remarcó la Corte con las firmas de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti.
Y añadió que los hechos del caso “no deben ser juzgados a la luz del nuevo Código Civil y Comercial ni sobre la base del principio de la aplicación inmediata de la nueva ley, sino de conformidad con la legislación anterior”.
Ello debido a que “no se ha controvertido en autos que la deuda tributaria reclamada en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos responde a los períodos fiscales comprendidos entre los años 1987 y 1997. Esto es, que fue constituida y se tornó exigible bajo la vigencia de la ley anterior”.
Además “su determinación de oficio ha sido realizada varios años antes del dictado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y, que lo mismo ha ocurrido con la decisión final adoptada por la administración, de manera tal que el plazo de prescripción para reclamar el ingreso de aquel tributo, se ha iniciado y ha corrido durante la vigencia del antiguo régimen”.
En dicho tramo, la Corte citó la resolución 2506/02 de la Dirección General de Rentas de Misiones del 18 de diciembre de 2002 y la resolución 183, del 4 de mayo de 2005 del Ministerio de Hacienda, Finanzas Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.
Disidencia
En disidencia, Rosatti, opinó que las provincias, y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “cuentan con competencia para regular la prescripción de la acción tributaria en toda su extensión; esto es, en cuanto refiere a los poderes del Fisco para reclamar sus tributos (el plazo, la forma de cómputo y las causales de suspensión y/o interrupción) y en lo atinente a la acción de repetición”.
Añadió que “tampoco importa habilitar a las jurisdicciones locales a fijar plazos excesivamente extensos, disponer causales de suspensión o interrupción improcedentes, o habilitar modos de computar los plazos que tiendan a perjudicar a los contribuyentes”.
“Los poderes fiscales provinciales y municipales -tal como ocurre con el nacional- se encuentran sujetos a los principios constitucionales de la tributación y, con particular referencia al caso, al principio de razonabilidad”, puntualizó.
Provinciales
Muni de Eldorado rechazó ofertas y cayó la segunda licitación del transporte
El intendente de Eldorado, Rodrigo “Pipo” Durán, resolvió declarar “no conveniente” y rechazar las ofertas presentadas por las empresas Kenia S.A. y ETCE para asumir la concesión del servicio público de transporte de pasajeros en la ciudad.
Tras realizar el análisis integral del procedimiento administrativo correspondiente a la Licitación Pública Nacional N.º 02/2025, el Ejecutivo firmó la resolución y argumentó que la evaluación técnica, económica y administrativa determinó que las propuestas no resultaban convenientes para los intereses del Municipio.
Asimismo, en el documento se afirmó que la decisión tiene como objetivo resguardar el interés público, la calidad del servicio y el adecuado uso de los recursos municipales.
En tanto, la intendencia ordenó la devolución de las garantías de mantenimiento de oferta, de acuerdo a lo previsto en el pliego de condiciones generales que rigió la licitación.
La apertura de sobres se realizó el último lunes en el SUM del edificio municipal. En la instancia solo se presentaron las empresas Kenia S.A. y ETCE, actual prestataria del servicio, cuyo contrato de prórroga excepcional por dos meses vence el próximo 15 de enero.
Con la decisión del Ejecutivo municipal, quedó sin efecto el segundo llamado a licitación para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, luego de que la primera convocatoria fuera declarada desierta en octubre pasado por falta de oferentes.
Cae licitación y la Muni de Eldorado podrá contratar colectivos
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Ohana apartó a un asesor técnico acusado en las redes por maltrato animal
El Centro de Conservación de Fauna Silvestre Ohana informó el miércoles a la tarde el apartamiento “preventivo” de un biólogo que cumplía funciones como “asesor técnico” en la institución y que ese mismo día fue señalado públicamente a través de redes sociales por hechos de presunto maltrato animal y acoso tanto a estudiantes como a integrantes de Mymba, organización científica fundada y liderada por el profesional apuntado.
“Informamos a la opinión pública y a nuestra comunidad que, ante recientes denuncias públicas que involucran a un asesor externo de nuestra institución, de inusitada gravedad, se ha tomado la decisión de separar preventivamente a dicha persona de todas nuestras actividades y funciones”, expresa el comunicado difundido por Ohana este miércoles 7 de enero por la tarde.
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Si bien la fundación evita mencionar su nombre, el profesional señalado se trata del licenciado Matías Fernández, a quien en octubre le dieron la bienvenida a la institución para que preste funciones como “asesor”.
Según el CV que expusieron en esa presentación, Matías Fernández es “Biólogo con orientación en Zoología por la Universidad Nacional de La Plata -donde se graduó con promedio honorífico-, es director y fundador de Mymba, organización científica dedicada a la Biodiversidad y el Ambiente”.
Acusaciones
Sin embargo, en las últimas horas en el nombre de F. fue asociado a cuestiones mucho más severas. Desde una cuenta de Instagram denominada @exmymba2025 emitieron un “comunicado de advertencia” donde acusaron al biólogo por situaciones de maltrato animal y acoso, e incluso apuntaron que el profesional cuenta con trece expedientes abiertos en la Universidad Nacional de La Plata, donde ejerce la docencia.
En la misma publicación adjuntaron grabaciones de audios de Whatsapp atribuidos a Fernández donde el biólogo supuestamente amenazaba y se jactaba de matar gatos que se aproximen a su vivienda.
“No sé de quién es el gato este negro… da igual. Si es de alguien, que lo tenga encerrado porque yo la próxima vez que entre acá lo hago concha… ya cinco gatos voy matando, olvidate. Encima, los dejo unos días, así mean, sienten el olor otros gatos, se sienten atraídos y después los atrapo”, se oye en los mensajes de audio.
Desde la cuenta denunciante sostuvieron que “25 de los 27 miembros (de Mymba) decidieron abandonar el grupo y radicar denuncias formales”, en tanto que sobre los que decidieron quedarse acusaron que fue “supuestos beneficios personales justificándose así y hacer la vista gorda a estas actitudes”.
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En esa línea, apuntaron los ex integrantes del grupo liderado por Fernández también sufrieron “acoso sexual, extorsión y amenazas constantes”.
“Se nos presionaba a realizar actos impropios bajo la promesa de beneficios en el grupo o amenazas de reprobar materias en la UNLP”, arremetieron.
De acuerdo a la información brindada en su momento por el propio Ohana, Fernández también es “asesor de INTERPOL, la Red Jaguar (PAcCTO), la Policía de la Provincia de Buenos Aires, y del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación”.
También “ha participado en la elaboración de informes para las Naciones Unidas sobre especies marinas migratorias, y cuenta con una destacada trayectoria como perito ambiental, docente e investigador.
El profesional tiene su cuenta de Instagram cerrada por el momento. Mymba tampoco tiene perfiles activos en las redes sociales.
Provinciales
Passalacqua extendió medidas de alivio fiscal hasta abril
El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, resolvió extender hasta el mes de abril próximo la batería de medidas de alivio fiscal orientadas a sostener el trabajo y la actividad productiva en la provincia.
El paquete incluye la continuidad de la bonificación del 30% en Ingresos Brutos para profesionales y la reducción del pago a cuenta de para el sector industrial, así como la suspensión del régimen de autorretención tributaria de la ATM.
Passalacqua informó de estas medidas a través de sus redes sociales y argumentó que el objetivo de su gobierno es continuar acompañando la actividad económica y aliviar la carga tributaria de los distintos sectores productivos de la provincia.
“La decisión -informó el gobierno provincial- apunta a brindar previsibilidad, cuidar la liquidez y acompañar a quienes producen y prestan servicios en la provincia, en un contexto de crisis económica nacional”.
“La reducción de la presión tributaria permite que profesionales e industrias sigan activos, con mayor capacidad de sostener su estructura operativa y cumplir con sus compromisos laborales”, argumentó.
En concreto, las disposiciones extienden la bonificación del 30% en Ingresos Brutos para profesionales de las áreas jurídica, notarial, ciencias económicas, médicos, odontólogos, bioquímicos, farmacéuticos, kinesiólogos, arquitectos, ingenieros, agrimensores, forestales, agrónomos, veterinarios, psicólogos, guías de turismo y trabajadores sociales, entre otros.
También, prorroga hasta el 30 de abril la suspensión del art. 9 de la RG 18/10, que reduce adelantos y retenciones, lo que impacta de forma directa en la liquidez de quienes desarrollan actividades económicas en Misiones.
Asimismo, mantiene la reducción del pago a cuenta de Ingresos Brutos en 1,50% sobre la base imponible de los anticipos, para aliviar la carga financiera mensual y sostener el flujo de caja de las empresas.
El esquema se complementa con el Padrón de Proveedores Industriales, una herramienta digital disponible en la web de la ATM que permite registrar operaciones de forma ágil y transparente.
El trámite se realiza en atmmisiones.gob.ar, a través de la ruta Trámites, Control Fiscal en Ruta, Padrón de Proveedores Industriales, sin requerir clave fiscal y con comprobante inmediato.
Extendemos hasta abril de 2026 las medidas de alivio fiscal.
Continúa la bonificación del 30% en Ingresos Brutos para profesionales de toda la provincia.
Se prorroga hasta el 30 de abril de 2026 la suspensión del artículo 9 de la RG 18/10 (autorretención).
Se mantiene la…
— Hugo Passalacqua (@passalacquaok) January 7, 2026
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