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La Corte le dijo a Misiones que la prescripción tributaria es de 5 años; no de 10

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Fue en un fallo de la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”. Reafirmó la facultad de la Nación.

POSADAS. La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “la prescripción de las obligaciones tributarias locales” se rige “por lo estatuido por el Congreso de la Nación para toda la República”, al rechazar el plazo de diez años que está en vigencia en Misiones.

El fallo correspondió a la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”.

El máximo órgano de administración de Justicia atribuyó a las normas superiores lo relativo a plazos, momento de inicio y causales de interrupción o suspensión que se aplican en las obligaciones tributarias locales.

De esa manera, desestimó la postura del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones que había rechazado el planteo de prescripción opuesto por la Provincia y declaró aplicable el plazo de diez años previsto en el artículo 118 del Código Fiscal provincial, entonces vigente.

En su fallo, la Corte determinó que la prescripción “no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho, lo que ha justificado que, en ejercicio de la habilitación conferida al legislador nacional por el art. 75, inciso 12, de la Constitución Nacional, aquel estableciera un régimen destinado a comprender la generalidad de las acciones susceptibles de extinguirse por esa vía”.

Límite a las Legislaturas

En consecuencia, “las legislaturas locales no se hallaran habilitadas para dictar leyes incompatibles con las previsiones que al respecto contenían los códigos de fondo”, remarcó la Corte con las firmas de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti.

Y añadió que los hechos del caso “no deben ser juzgados a la luz del nuevo Código Civil y Comercial ni sobre la base del principio de la aplicación inmediata de la nueva ley, sino de conformidad con la legislación anterior”.

Ello debido a que “no se ha controvertido en autos que la deuda tributaria reclamada en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos responde a los períodos fiscales comprendidos entre los años 1987 y 1997. Esto es, que fue constituida y se tornó exigible bajo la vigencia de la ley anterior”.

Además “su determinación de oficio ha sido realizada varios años antes del dictado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y, que lo mismo ha ocurrido con la decisión final adoptada por la administración, de manera tal que el plazo de prescripción para reclamar el ingreso de aquel tributo, se ha iniciado y ha corrido durante la vigencia del antiguo régimen”.

En dicho tramo, la Corte citó la resolución 2506/02 de la Dirección General de Rentas de Misiones del 18 de diciembre de 2002 y la resolución 183, del 4 de mayo de 2005 del Ministerio de Hacienda, Finanzas Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.

Disidencia

En disidencia, Rosatti, opinó que las provincias, y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “cuentan con competencia para regular la prescripción de la acción tributaria en toda su extensión; esto es, en cuanto refiere a los poderes del Fisco para reclamar sus tributos (el plazo, la forma de cómputo y las causales de suspensión y/o interrupción) y en lo atinente a la acción de repetición”.

Añadió que “tampoco importa habilitar a las jurisdicciones locales a fijar plazos excesivamente extensos, disponer causales de suspensión o interrupción improcedentes, o habilitar modos de computar los plazos que tiendan a perjudicar a los contribuyentes”.

“Los poderes fiscales provinciales y municipales -tal como ocurre con el nacional- se encuentran sujetos a los principios constitucionales de la tributación y, con particular referencia al caso, al principio de razonabilidad”, puntualizó.

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Tormenta causó destrozos, voladura de techos y caída de postes en Aurora

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tormenta aurora

Una fuerte tormenta que desató esta tarde en Colonia Aurora causó destrozos en edificaciones, voladuras de techos y caída de tendidos eléctricos.

El fenómeno meteorológico, que entremezcló intensas lluvias con fuertes ráfagas de viento, se registró después del mediodía de hoy, provocando múltiples daños en distintos puntos de la localidad.

Según reportaron vecinos del pueblo, como consecuencia del temporal hubo daños en la estructura de una iglesia luterana, como así también voladura de chapas en algunos barrios y caída de tendido eléctrico y árboles sobre una de las principales arterias con boulevard. 

La tormenta de Colonia Aurora se da en un contexto de inestabilidad climática que afecta a toda la provincia, con advertencia de lluvias y más fenómenos meteorológicos como ráfagas de viento, actividad eléctrica y la eventual caída de granizo.

De acuerdo al reporte actualizado del servicio de Alerta Temprana de la Municipalidad de Posadas, para la capital provincial se espera un día con “nubosidad variable y caluroso”, con “chaparrones aislados por la tarde, que pueden ser fuertes”, mientras que el jueves la alerta pasa de celeste a amarilla con “chaparrones y tormentas” pronosticadas.

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Acusada de estafar a egresados en Eldorado fue suspendida en su trabajo

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romina enriquez

El Ministerio de Salud Pública de la provincia de Misiones suspendió preventivamente y sin goce de haberes a Romina Paola Enríquez (42), empleada administrativa en el área de emergencias del hospital Samic de Eldorado, acusada de montar una estafa con la recaudación de dinero para una fiesta de egresados.

La medida, con una duración inicial de 30 días, se formalizó mediante la Resolución 14/2026 y tomó trascendencia pública a través de un edicto publicado en el Boletín Oficial de la provincia el pasado viernes.

Enríquez, quien se encontraba en licencia médica desde el 16 de diciembre de 2025, fue apartada de su cargo en el marco de una investigación judicial por presunta estafa, donde se la acusa de haber desviado fondos recaudados por padres y egresados de la Escuela Provincial de Comercio N° 19 de Eldorado, destinados a la organización de la fiesta de graduación del curso de su hija.

Según denuncias radicadas por familias afectadas, la suma involucrada rondaría los 2o millones de pesos, dinero que Enríquez habría destinado a apuestas en un casino local. En mensajes de Whastapp que le atribuyen, la mujer reconoció haber incurrido en el hecho por problemas con el juego, justificando que intentó recuperar el monto pero profundizó las pérdidas.

La suspensión administrativa se tomó a pesar del estado de salud de la empleada, quien presentó certificados médicos y psiquiátricos durante el proceso judicial para solicitar eximición de prisión y reposo.

El Ministerio adoptó la medida preventiva en respuesta a las denuncias y al avance de la causa penal a cargo del Juzgado de Instrucción Dos de Eldorado.

El edicto con la medida resulta fue publico el viernes pasado en el Boletín Oficial.

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Elevan a $50 la tarifa mínima del estacionamiento medido en Eldorado

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El 2 de febrero comenzará a regir el nuevo esquema del Sistema de Estacionamiento Medido (Sem), oficializado por la Municipalidad de Eldorado, que llevará la tarifa mínima a $50.

La medida fue establecida mediante la Resolución N° 625/A/2026 y contempla una actualización progresiva de las tarifas según el tiempo de permanencia.

De esta manera, la tarifa mínima que hasta diciembre fue de $30, desde el 2 de febrero se elevará a $50, contemplando la primera y segunda media hora, cada una. La tercera y cuarta media hora costarán $85 cada una, mientras que a partir de la quinta media hora el valor será de $130 por cada fracción de media hora.

Desde el municipio también aclararon que los pagos voluntarios mantienen sus valores actuales, sin modificaciones.

La oficina de Atención del Sem funciona sobre avenida Paraguay N° 1631, frente a la Escuela N° 468, cuyos horarios de atención son de lunes a viernes de 8 a 12 y de 16 a 20, y los sábados de 8 a 12.

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