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La Corte le dijo a Misiones que la prescripción tributaria es de 5 años; no de 10

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Fue en un fallo de la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”. Reafirmó la facultad de la Nación.

POSADAS. La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “la prescripción de las obligaciones tributarias locales” se rige “por lo estatuido por el Congreso de la Nación para toda la República”, al rechazar el plazo de diez años que está en vigencia en Misiones.

El fallo correspondió a la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”.

El máximo órgano de administración de Justicia atribuyó a las normas superiores lo relativo a plazos, momento de inicio y causales de interrupción o suspensión que se aplican en las obligaciones tributarias locales.

De esa manera, desestimó la postura del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones que había rechazado el planteo de prescripción opuesto por la Provincia y declaró aplicable el plazo de diez años previsto en el artículo 118 del Código Fiscal provincial, entonces vigente.

En su fallo, la Corte determinó que la prescripción “no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho, lo que ha justificado que, en ejercicio de la habilitación conferida al legislador nacional por el art. 75, inciso 12, de la Constitución Nacional, aquel estableciera un régimen destinado a comprender la generalidad de las acciones susceptibles de extinguirse por esa vía”.

Límite a las Legislaturas

En consecuencia, “las legislaturas locales no se hallaran habilitadas para dictar leyes incompatibles con las previsiones que al respecto contenían los códigos de fondo”, remarcó la Corte con las firmas de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti.

Y añadió que los hechos del caso “no deben ser juzgados a la luz del nuevo Código Civil y Comercial ni sobre la base del principio de la aplicación inmediata de la nueva ley, sino de conformidad con la legislación anterior”.

Ello debido a que “no se ha controvertido en autos que la deuda tributaria reclamada en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos responde a los períodos fiscales comprendidos entre los años 1987 y 1997. Esto es, que fue constituida y se tornó exigible bajo la vigencia de la ley anterior”.

Además “su determinación de oficio ha sido realizada varios años antes del dictado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y, que lo mismo ha ocurrido con la decisión final adoptada por la administración, de manera tal que el plazo de prescripción para reclamar el ingreso de aquel tributo, se ha iniciado y ha corrido durante la vigencia del antiguo régimen”.

En dicho tramo, la Corte citó la resolución 2506/02 de la Dirección General de Rentas de Misiones del 18 de diciembre de 2002 y la resolución 183, del 4 de mayo de 2005 del Ministerio de Hacienda, Finanzas Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.

Disidencia

En disidencia, Rosatti, opinó que las provincias, y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “cuentan con competencia para regular la prescripción de la acción tributaria en toda su extensión; esto es, en cuanto refiere a los poderes del Fisco para reclamar sus tributos (el plazo, la forma de cómputo y las causales de suspensión y/o interrupción) y en lo atinente a la acción de repetición”.

Añadió que “tampoco importa habilitar a las jurisdicciones locales a fijar plazos excesivamente extensos, disponer causales de suspensión o interrupción improcedentes, o habilitar modos de computar los plazos que tiendan a perjudicar a los contribuyentes”.

“Los poderes fiscales provinciales y municipales -tal como ocurre con el nacional- se encuentran sujetos a los principios constitucionales de la tributación y, con particular referencia al caso, al principio de razonabilidad”, puntualizó.

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Passalacqua extendió medidas de alivio fiscal hasta abril

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El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, resolvió extender hasta el mes de abril próximo la batería de medidas de alivio fiscal orientadas a sostener el trabajo y la actividad productiva en la provincia.

El paquete incluye la continuidad de la bonificación del 30% en Ingresos Brutos para profesionales y la reducción del pago a cuenta de para el sector industrial, así como la suspensión del régimen de autorretención tributaria de la ATM.

Passalacqua informó de estas medidas a través de sus redes sociales y argumentó que el objetivo de su gobierno es continuar acompañando la actividad económica y aliviar la carga tributaria de los distintos sectores productivos de la provincia.

“La decisión -informó el gobierno provincial- apunta a brindar previsibilidad, cuidar la liquidez y acompañar a quienes producen y prestan servicios en la provincia, en un contexto de crisis económica nacional”.

“La reducción de la presión tributaria permite que profesionales e industrias sigan activos, con mayor capacidad de sostener su estructura operativa y cumplir con sus compromisos laborales”, argumentó.

En concreto, las disposiciones extienden la bonificación del 30% en Ingresos Brutos para profesionales de las áreas jurídica, notarial, ciencias económicas, médicos, odontólogos, bioquímicos, farmacéuticos, kinesiólogos, arquitectos, ingenieros, agrimensores, forestales, agrónomos, veterinarios, psicólogos, guías de turismo y trabajadores sociales, entre otros.

También, prorroga hasta el 30 de abril la suspensión del art. 9 de la RG 18/10, que reduce adelantos y retenciones, lo que impacta de forma directa en la liquidez de quienes desarrollan actividades económicas en Misiones.

Asimismo, mantiene la reducción del pago a cuenta de Ingresos Brutos en 1,50% sobre la base imponible de los anticipos, para aliviar la carga financiera mensual y sostener el flujo de caja de las empresas.

El esquema se complementa con el Padrón de Proveedores Industriales, una herramienta digital disponible en la web de la ATM que permite registrar operaciones de forma ágil y transparente.

El trámite se realiza en atmmisiones.gob.ar, a través de la ruta Trámites, Control Fiscal en Ruta, Padrón de Proveedores Industriales, sin requerir clave fiscal y con comprobante inmediato.

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Misiones prorrogó la tarifa eléctrica social hasta el 30 de abril de 2026

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tarifa social eléctrica

El gobernador Hugo Passalacqua anunció este viernes la prórroga de la Tarifa Eléctrica Social Provincial, que permanecerá vigente desde el 1 de enero hasta el 30 de abril de 2026.

Esta medida beneficia a los usuarios residenciales de Energía de Misiones y de las cooperativas eléctricas de la provincia, manteniendo una tarifa bonificada para consumos mensuales de hasta 450 kWh.

El anuncio fue realizado a través de la cuenta oficial en X del gobernador, donde sostuvo que la medida es “para seguir cuidando el bolsillo de las familias misioneras más vulnerables”.

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Yerbateros solicitaron audiencia con el Inym en medio de los despidos

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Tanto ayer lunes, como hoy martes, productores nucleados en la asociación civil Impulso Yerbatero, junto a otras organizaciones y cooperativas, elevaron un documento al directorio de la sede del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) en Posadas, solicitando una audiencia institucional a fin de dialogar y exponer las inquietudes del sector. 

El pedido se dio en consonancia con el abrupto despido de 20 trabajadores del organismo, quienes recibieron sus respectivos telegramas entre ayer y hoy, por orden de Rodrigo Martín Correa, quien fue designado presidente del instituto el pasado 12 de diciembre.

En el documento al que tuvo acceso La Voz de Misiones, expresaron: “Las instituciones y asociaciones abajo firmantes se dirigen a ese Honorable Directorio con el objeto de solicitar formalmente el otorgamiento de una audiencia institucional, a fin de poder dialogar y exponer distintas inquietudes, propuestas y consideraciones vinculadas a la realidad actual del sector yerbatero y su impacto en las comunidades que representamos”.

En ese sentido, reconocieron el “rol fundamental” que cumple el Inym en la regulación, promoción y defensa de esta economía regional, por lo que consideraron de suma importancia “generar un espacio de intercambio directo, que permita contribuir desde nuestras miradas y experiencias al fortalecimiento del sector y a la búsqueda de soluciones consensuadas”.

En el mismo sentido, añadieron: “La audiencia solicitada tiene como finalidad principal propiciar un diálogo abierto y constructivo, que permita acercar posiciones, plantear preocupaciones y aportar propuestas que contemplen el desarrollo sostenible de la actividad yerbatera”, así como también el trabajo de los productores, tareferos, industriales y demás actores involucrados.

Por estas horas continúan aguardando respuestas con el objetivo de coordinar fecha y modalidad de la audiencia, conforme a la disponibilidad del directorio.

Impulso Yerbatero cuenta con el apoyo de otras cinco asociaciones de productores, cuatro cooperativas y la Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones Limitada (Fedecop), quienes adhirieron al pedido de audiencia.

Pedido de audiencia institucional de productores yerbateros al presidente del Inym

Motosierra de fin de año en el Inym: despiden a 20 trabajadores

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