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La Corte le dijo a Misiones que la prescripción tributaria es de 5 años; no de 10

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Fue en un fallo de la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”. Reafirmó la facultad de la Nación.

POSADAS. La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “la prescripción de las obligaciones tributarias locales” se rige “por lo estatuido por el Congreso de la Nación para toda la República”, al rechazar el plazo de diez años que está en vigencia en Misiones.

El fallo correspondió a la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”.

El máximo órgano de administración de Justicia atribuyó a las normas superiores lo relativo a plazos, momento de inicio y causales de interrupción o suspensión que se aplican en las obligaciones tributarias locales.

De esa manera, desestimó la postura del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones que había rechazado el planteo de prescripción opuesto por la Provincia y declaró aplicable el plazo de diez años previsto en el artículo 118 del Código Fiscal provincial, entonces vigente.

En su fallo, la Corte determinó que la prescripción “no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho, lo que ha justificado que, en ejercicio de la habilitación conferida al legislador nacional por el art. 75, inciso 12, de la Constitución Nacional, aquel estableciera un régimen destinado a comprender la generalidad de las acciones susceptibles de extinguirse por esa vía”.

Límite a las Legislaturas

En consecuencia, “las legislaturas locales no se hallaran habilitadas para dictar leyes incompatibles con las previsiones que al respecto contenían los códigos de fondo”, remarcó la Corte con las firmas de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti.

Y añadió que los hechos del caso “no deben ser juzgados a la luz del nuevo Código Civil y Comercial ni sobre la base del principio de la aplicación inmediata de la nueva ley, sino de conformidad con la legislación anterior”.

Ello debido a que “no se ha controvertido en autos que la deuda tributaria reclamada en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos responde a los períodos fiscales comprendidos entre los años 1987 y 1997. Esto es, que fue constituida y se tornó exigible bajo la vigencia de la ley anterior”.

Además “su determinación de oficio ha sido realizada varios años antes del dictado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y, que lo mismo ha ocurrido con la decisión final adoptada por la administración, de manera tal que el plazo de prescripción para reclamar el ingreso de aquel tributo, se ha iniciado y ha corrido durante la vigencia del antiguo régimen”.

En dicho tramo, la Corte citó la resolución 2506/02 de la Dirección General de Rentas de Misiones del 18 de diciembre de 2002 y la resolución 183, del 4 de mayo de 2005 del Ministerio de Hacienda, Finanzas Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.

Disidencia

En disidencia, Rosatti, opinó que las provincias, y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “cuentan con competencia para regular la prescripción de la acción tributaria en toda su extensión; esto es, en cuanto refiere a los poderes del Fisco para reclamar sus tributos (el plazo, la forma de cómputo y las causales de suspensión y/o interrupción) y en lo atinente a la acción de repetición”.

Añadió que “tampoco importa habilitar a las jurisdicciones locales a fijar plazos excesivamente extensos, disponer causales de suspensión o interrupción improcedentes, o habilitar modos de computar los plazos que tiendan a perjudicar a los contribuyentes”.

“Los poderes fiscales provinciales y municipales -tal como ocurre con el nacional- se encuentran sujetos a los principios constitucionales de la tributación y, con particular referencia al caso, al principio de razonabilidad”, puntualizó.

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San Pedro: incendios, golpizas y demorados por conflicto entre Arauco y colonos

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El conflicto territorial de colonos de San Pedro sumó un nuevo capítulo este fin de semana cuando, luego del incendio de viviendas de madera registrado días atrás, efectivos de la Unidad Regional XIV demoraron a cuatro hombres en sus chacras, por lo que vecinos responsabilizaron a la empresa forestal Arauco.

Según atestiguan los afectados, efectivos de seguridad que responden a la forestal “entraron a las chacras, quemaron las casas, mataron a los animales y detuvieron a los colonos ilegalmente”. Sobre ese mismo momento, ampliaron: “Fueron torturados por la Policía”.

El último viernes fue Cristian Marcelo Dos Santos quien encontró su casa quemada y las pertenencias que tenía en su chacra de Puerto Argentino 3. Según su relato, todo comenzó el martes, cuando “la Policía ingresó junto a personal de Arauco para exigir que dejara de trabajar en la chacra y sin ninguna orden judicial me amenazaron con seis meses de prisión”.

En tanto, el último sábado en horas de la tarde, cuatro colonos fueron despojados de las chacras donde se encontraban trabajando y trasladados por la fuerza a la comisaría local.

Sobre el procedimiento, uno de los vecinos del lugar expresó a través de un video difundido por la cuenta XR Misiones, que los uniformados “entraron sin ninguna orden a dispararles con armas calibre 12, los tiraron al piso boca abajo, les patearon en la espalda, pisaban en la nuca y con la escopeta siguieron disparando”. 

A lo que añadieron: “Dispararon a un menor de 16 años, hijo de Juan Ramón Ostapiuck, y lo secuestraron hasta las 12 de la noche mientras al padre le pegaban por preguntar por su hijo”.

En la mañana del domingo la Comisión de Vecinos Unidos por las Chacras se acercó a la comisaría para exigir la liberación de Julio Ayala, Julián Ayala y Juan Ramón, quienes finalmente fueron liberados. 

Sin embargo, aseguran que estos episodios “se repiten” diariamente, por lo que solicitaron respuestas por parte de las autoridades competentes, así como también “a todos los organismos de Derechos Humanos que intercedan en situaciones como esta”. 

En la mañana de este lunes, uno de los vecinos que residen en la colonia San Juan Bosco, presentó ante la Fiscalía de Instrucción Uno, con asiento en San Pedro, la denuncia correspondiente sobre las detenciones y los episodios de violencia que incluyeron disparos contra un menor el sábado.

Colonos tras su liberación en la comisaría de San Pedro.

 

Antecedentes

Este conflicto territorial en San Pedro sumó varias semanas de creciente conflictividad en las colonias rurales. El 19 de agosto, fue detenido el colono Ángel Rivero, quien también se encontraba trabajando en su chacra al momento de la captura. 

Por su parte, las organizaciones que acompañan a las familias denunciaron que el hecho se produjo en el marco de una causa por presunta usurpación. En ese momento, los vecinos decidieron realizar un acampe frente a la Municipalidad de San Pedro para pedir la liberación de Rivero.

También se vieron afectadas las familias de Puerto Argentino 1, 2 y 3, Palmera Boca, La Chacrita y San Juan Bosco, entre otros parajes desde donde denunciaron una sucesión de procedimientos policiales y situaciones de violencia que podría alcanzar a unas 300 familias.

Piden mesa de diálogo con la provincia por conflicto territorial en San Pedro

 

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Caravana de yerbateros llegó a Puerto Iguazú

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Cerca de las 13.30, una extensa caravana de camiones, camionetas y colectivos conducidos por productores y trabajadores yerbateros, arribó a la intersección de las rutas 101 y 12 en Puerto Iguazú.

Estamos al frente de la caravana y son muchísimos los que vienen detrás, entre camiones cargados con los tractores, camionetas y colectivos que trasladan a productores y tareferos. Es muy larga la caravana”, confirmó a LVM Jorge Skripczuk, productor oriundo de Aristóbulo del Valle, quien decidió hacerse presente junto a un grupo de productores que viajó en colectivo.

El objetivo de la movilización a la que bautizaron “Tractorazo”, fue protestar contra la desregulación del sector, logrando mayor visibilidad ante la llegada del presidente Javier Milei, quien participará de la 47ª Convención Anual del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas (IAEF) en el hotel Loi Suites de esa ciudad.

Se trata de quienes sostienen una de las principales economías regionales de la provincia y cuyos reclamos se remontan a los últimos tres años, cuando el DNU 70/2023, impulsado por el mandatario nacional, desreguló el funcionamiento del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) y provocó la caída del precio de la hoja verde a un valor mínimo de $70, cuando hasta ese año rondaba los $400.

De esa manera, la medida modificó el equilibrio dentro de la cadena productiva en la que conviven alrededor de 12 mil productores, con secaderos y grandes industrias que concentran la mayor capacidad de compra.

Los productores reconocen que la desregulación debilitó a los eslabones más bajos de la cadena productiva, ante la caída del precio de la materia prima, el incremento de los costos de producción y los plazos de pago por parte de los secaderos.

A las protestas en la ciudad de las Cataratas también se sumaron sindicatos y gremios que nuclean a los trabajadores del Estado, ATE y CTA, como también organizaciones sociales, políticas y estudiantiles. 

 

Productores llegaron a Iguazú/ Fotos: Marcos Otaño

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Emergencia yerbatera y precio mínimo: el proyecto llegó a la Legislatura

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Emergencia yerbatera y precio mínimo: el proyecto llegó a la Legislatura

La diputada Arabela Soler presentó ayer en la Cámara de Representantes de Misiones un proyecto de ley elaborado por pequeños productores yerbateros que propone declarar por un año la emergencia de la producción primaria y establecer un precio mínimo sostén obligatorio para la hoja verde.

La iniciativa, denominada “Ley de Emergencia para la Continuidad de la Producción Primaria Yerbatera”, contempla un régimen extraordinario para los productores que tengan hasta 50 hectáreas cultivadas con yerba mate.

El objetivo, según establece el artículo 1, es “preservar la continuidad de la producción, asegurar la sustentabilidad económica de las explotaciones comprendidas y garantizar un Precio Mínimo Sostén para la hoja verde”.

El proyecto plantea declarar la emergencia en todo el territorio provincial durante 360 días, para los productores alcanzados por la norma. La medida busca, de acuerdo con el texto, “preservar la continuidad de las explotaciones productivas, proteger el trabajo rural, evitar el deterioro del patrimonio productivo y garantizar condiciones de sustentabilidad económica”.

La emergencia podría extenderse por otro período de 360 días, ya sea por decisión del Poder Ejecutivo provincial o de la Legislatura, a solicitud fundada de la autoridad de aplicación.

Precio

El eje central de los productores es la creación de un Precio Mínimo Sostén para la hoja verde, que tendría carácter obligatorio para quienes compren materia prima a los productores incluidos en el régimen.

El artículo 5 establece que ese valor deberá contemplar “la totalidad de los costos directos e indirectos de una explotación eficiente”, además del pago de la mano de obra según la legislación vigente y los valores establecidos para la tarefa.

También deberá incluir las obligaciones tributarias, previsionales y de seguridad social vinculadas con la actividad y “un margen de utilidad que permita la reproducción económica y la continuidad de las unidades productivas”.

El precio deberá actualizarse cada 90 días como máximo, aunque la autoridad de aplicación podrá establecer períodos menores ante circunstancias excepcionales.

A su vez, el artículo 6 dispone que el precio será de “cumplimiento obligatorio” para quienes adquieran la hoja verde de los productores alcanzados. Cualquier acuerdo que establezca un valor inferior será considerado inoponible y el comprador continuará obligado a pagar la diferencia.

“Todo pacto, convenio, cláusula o modalidad contractual que establezca, directa o indirectamente, un precio inferior” al mínimo sostén no liberará al adquirente de abonar la diferencia correspondiente, señala el proyecto.

Control

La iniciativa también prevé mecanismos de fiscalización para controlar que el precio establecido sea efectivamente abonado.

La autoridad de aplicación podrá solicitar contratos, liquidaciones, comprobantes, medios de pago y registraciones contables, además de realizar inspecciones, auditorías y verificaciones sobre las operaciones.

El proyecto incluso contempla la implementación de sistemas de trazabilidad “física, documental y financiera” para las operaciones de comercialización de hoja verde.

En caso de detectar un incumplimiento, la autoridad podrá intimar al responsable a regularizar la operación y pagar al productor las diferencias adeudadas. Esto incluirá los intereses correspondientes y las cargas legales vinculadas con la operación.

Multas y sanciones

La propuesta considera infracciones, entre otras conductas, comprar hoja verde por debajo del Precio Mínimo Sostén, omitir total o parcialmente su pago, simular operaciones para evitar la aplicación de la ley u obstaculizar las tareas de fiscalización.

Las sanciones previstas van desde apercibimientos y multas hasta la suspensión de registros, autorizaciones o habilitaciones vinculadas con la actividad. También se contempla la “inhabilitación temporal para acceder a programas provinciales de promoción, asistencia, financiamiento o beneficios fiscales relacionados con la actividad yerbatera”.

Los fondos obtenidos mediante las multas, según el artículo 13, deberán destinarse exclusivamente al “fortalecimiento de las acciones de fiscalización, control, asistencia técnica, modernización administrativa y demás políticas públicas vinculadas al cumplimiento de los objetivos de la presente ley”.

Quiénes quedarían incluidos

El régimen alcanzaría a personas humanas o jurídicas que desarrollen tareas de implantación, cultivo, conservación, cosecha y comercialización de hoja verde proveniente de explotaciones ubicadas en Misiones, siempre que la superficie cultivada no supere las 50 hectáreas.

Para evitar que el límite sea eludido mediante el fraccionamiento de explotaciones, el proyecto establece que se computarán las superficies de las distintas unidades productivas pertenecientes a una misma persona o a personas vinculadas económicamente.

También quedarían excluidas las explotaciones que, mediante “la división, fraccionamiento o simulación de una unidad productiva mayor”, intenten eludir el límite establecido.

El Poder Ejecutivo provincial será la autoridad de aplicación y deberá reglamentar la norma dentro de los 30 días posteriores a su publicación. Además, podrá establecer convenios con el Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym), organismos nacionales y municipios para coordinar los mecanismos de control.

La iniciativa presentada por la diputada Soler plantea así una herramienta de emergencia con vigencia transitoria, pero con un mecanismo de protección concreto para los pequeños productores ante la crisis que atraviesan por la desregulación del Inym: fijar un piso obligatorio para el valor de la hoja verde que contemple los costos de producción y permita sostener la actividad en las chacras misioneras.

Yerbateros marchan a Iguazú con carta a Milei: “No son bienvenidos”

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