Policiales
Juicio por el caso Evelyn: “A mi hija la mataron por ser nena”
Densa, fuerte, desgarradora y también reveladora. Así fue la primera jornada del debate oral por el femicidio de Evelyn Rojas, que comenzó a las 8.45 y culminó cerca de las 15, luego de la declaración de cuatro testigos, entre ellos la madre y la hermana de la víctima, quienes reconstruyeron la discriminación y los contextos de vulnerabilidad que la muchacha padeció durante prácticamente toda su vida.
La audiencia comenzó con la lectura de los requerimientos de elevación a juicio y oposición formulados por las partes (fiscalía, querella y defensa) durante la etapa de instrucción, proceso en el cual prevaleció el pedido efectuado por la fiscal Adriana Herbociani, que consideró que el caso debía ser caratulado como “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja preexistente y por femicidio”, figura bajo la cual Ramón Da Silva, único imputado por el hecho, puede ser condenado a prisión perpetua.
La calificación de “femicidio” es lo que le da una particularidad histórica al debate, dado que es la primera vez que el asesinato de una mujer trans es juzgado bajo esa figura en Misiones.
Sin embargo, desde la querella, encabezada por la letrada Florencia González, al igual que en la etapa de instrucción, buscarán que el agravante de femicidio sea reemplazado por el inciso 4 del artículo 80 del Código Penal de la Nación argentina, al considerar el hecho como un “crimen de odio” hacia la identidad de género de Evelyn, que al momento de ser asesinada tenía 26 años y era trabajadora sexual en la capital provincial.
En esa línea, pudo haber tenido gran relevancia el testimonio brindado ya sobre el filo del mediodía por Patricia Villalba, madre de Evelyn y querellante particular en la causa, quien realizó un crudo repaso de la vida de su hija, de los padecimientos sufridos desde adolescente y de la discriminación y la exclusión de la que fue víctima durante prácticamente toda su vida. También, entre lágrimas y crisis de nervios, relató los episodios de violencia que la joven sufrió a manos del único imputado, conocido por sus alias de “Ramoncito”, “Junior” o “Polaquito”.
“Evelyn desde muy chiquita es una nena. Siempre me lo manifestó y todos la apoyamos. Ella hizo solo la primaria porque era demasiado el bullying que sufría. Yo me tenía que preparar todos los días para recibirla y decirle que eso algún día iba a cambiar”, comenzó la testigo.
La mujer señaló que, tras dejar la escuela, Evelyn buscó por todos los medios un trabajo, pero chocó una y otra vez contra la discriminación y la exclusión. “Ni siquiera como empleada doméstica la quisieron”, apuntó.
Cerca de los 18, Evelyn conoció a su primera pareja, Enrique, con quien tuvo una relación estable y sin violencia, pero que se interrumpió cuando el hombre quedó detenido. Ya para ese entonces la muchacha había comenzado a desempeñarse como trabajadora sexual, pero su familia volvió a llevarla a casa.
Desde ahí, la joven vivió en una pieza en el fondo de la propiedad familiar. Tenía todo. Heladera, cocina, televisor, cama, sillas, etcétera. Pero todo acabó cuando Junior entró en su vida.
Junior y el infierno
“Cuando conoció a Junior ella empezó a tomar más que nunca, volvió a la calle y volvía todos los días golpeada. Los golpes no eran solo faciales, eran en la espalda, en la cadera, en las piernas”, recordó Patricia.
La mujer señaló que un tiempo Evelyn convivió con Junior en esa piecita del fondo, pero los fines de semana el lugar se transformaba en un “infierno”. Sin embargo, la muchacha nunca dejó que la familia radique denuncias respecto a la permanente violencia que sufría.
“De los pocos meses que vivieron juntos en mi casa, no hubo un domingo o un fin de semana que pasen bien. Era un caos esa pieza. Se escuchaban los golpes, pero ella decía que no era nada. Una vez casi le sacó un ojo con una bombilla, pero en la Policía no me dejaron radicar la denuncia porque Evelyn ya era mayor”, expresó la testigo ante las partes.
Patricia además señaló que Junior constantemente insultaba y denigraba a Evelyn. “Él le decía ‘p… de mier.. no servís para nada. Sucio. Para qué te vestís así, si vos no sos eso, vos sos hombre’. A mí eso me daba una impotencia, un dolor. Cuando a ella la encontraron no solo que tenía los golpes, él también le había cortado el pelo, que era lo que ella más amaba. A mi hija la mataron por ser nena”, lanzó, con contundencia, la madre de la víctima.
Más tarde declaró Belén, una hermana de Evelyn, que dio un testimonio bastante similar al de su madre, recordando los mismos episodios de violencia y los padecimientos de la víctima.
Ambas mencionaron que Junior sólo ejercía violencia sobre Evelyn, dado que nunca ni siquiera confrontó con los demás integrantes de la familia. También recordaron que el hombre constantemente le quitaba dinero a la muchacha o vendía los artefactos de la vivienda.
“Ella era la reina de la casa, siempre la aceptamos. Ella era todo para nosotros, hasta que conoció a este hombre y ahí empezó lo peor para la familia. Los golpes, los gritos. Era cosa de todos los días. Era un infierno aguantar eso”, señaló Belén.
“Golpeada y arrastrada”
La jornada se completó con los testimonios del médico policial Ricardo Gaudencio y el oficial Juan Carlos Tainski, quienes intervinieron en la escena del crimen aquel 27 de octubre de 2016, dentro de la estación de servicios abandonada en la intersección de las avenidas Uruguay y Bouchardo de Posadas.
Gaudencio recordó que revisó el cadáver y constató que la mujer había sido “golpeada en todas partes y arrastrada”.
“Se notaba que había sido agredida brutalmente. Ese día quedamos todos sorprendidos. Tenía el rostro desfigurado”, graficó.
Tainski, en tanto, recordó haber visto manchas de sangre en un sector y signos de arrastre hasta la fosa donde finalmente estaba el cadáver.
Mañana, un testimonio clave
El debate oral continuará mañana, con la declaración de al menos seis testigos. Entre ellos, se destaca María Ignacia Galeano, la vecina que vio a Evelyn junto a Junior la noche anterior al crimen y cuyo aporte fue trascendental para la investigación trazada en aquel entonces.
Esta mañana, Da Silva optó por no declarar y, tras un pedido de la defensa, el Tribunal autorizó que no comparezca a las demás audiencias programadas para el resto de la semana.
En el juicio interviene el fiscal Martín Alejandro Rau, la letrada querellante particular en representación de la familia de Evelyn, Florencia González, y el defensor oficial Mario Ramírez, que patrocina al acusado.
El tribunal encargado de llevar adelante el proceso está presidido por Viviana Cukla e integrado por sus pares Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva (subrogante).

La abogada querellante Florencia González y el fiscal Martín Rau, en pleno debate.

El imputado, Ramoncito o Junior, ya no estará presente en la sala de debate en las próximas audiencias.

El tribunal encargado de llevar adelante el proceso está presidido por la magistrada Viviana Cukla.

La abogada González y la familia de Evelyn.
Judiciales
Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko
El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.
En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.
“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.
“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.
Temerarias
El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.
Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.
El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.
Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.
“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.
Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.
“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.
Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.
“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.
Amonestación
Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.
A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.
DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)Policiales
Cruzaba la avenida Quaranta con su hijo y murió arrollada por un auto
Una mujer de 47 años falleció esta mañana al ser embestida por un automóvil mientras cruzaba la avenida Quaranta de Posadas junto a su hijo.
De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, la víctima fue identificada como Antonia Isabel Lima (47).
El hecho ocurrió esta mañana, cerca de las 11, cuando la mujer cruzaba la avenida Quaranta, en inmediaciones a la avenida Zapiola, hasta que, por causas que se intentan establecer, fue arrollada por un automóvil Fiat Siena que circulaba en sentido Oeste-Este.
Como consecuencia del hecho, la mujer perdió la vida en el acto, mientras que su hijo menor de edad debió recibir asistencia profesional.
En el sitio trabajaron diversas dependencias policiales que llevaron adelante las tareas de rigor y las correspondientes pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.
Judiciales
Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja
La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.
Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.
En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.
A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.
Boluda
“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.
“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.
La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.
“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.
“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.
Ciclo
La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.
“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO A SU AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.
Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.
En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.
Agravante
En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.
“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.
“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.
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