Policiales
Juicio por el caso Evelyn: “A mi hija la mataron por ser nena”

Densa, fuerte, desgarradora y también reveladora. Así fue la primera jornada del debate oral por el femicidio de Evelyn Rojas, que comenzó a las 8.45 y culminó cerca de las 15, luego de la declaración de cuatro testigos, entre ellos la madre y la hermana de la víctima, quienes reconstruyeron la discriminación y los contextos de vulnerabilidad que la muchacha padeció durante prácticamente toda su vida.
La audiencia comenzó con la lectura de los requerimientos de elevación a juicio y oposición formulados por las partes (fiscalía, querella y defensa) durante la etapa de instrucción, proceso en el cual prevaleció el pedido efectuado por la fiscal Adriana Herbociani, que consideró que el caso debía ser caratulado como “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja preexistente y por femicidio”, figura bajo la cual Ramón Da Silva, único imputado por el hecho, puede ser condenado a prisión perpetua.
La calificación de “femicidio” es lo que le da una particularidad histórica al debate, dado que es la primera vez que el asesinato de una mujer trans es juzgado bajo esa figura en Misiones.
Sin embargo, desde la querella, encabezada por la letrada Florencia González, al igual que en la etapa de instrucción, buscarán que el agravante de femicidio sea reemplazado por el inciso 4 del artículo 80 del Código Penal de la Nación argentina, al considerar el hecho como un “crimen de odio” hacia la identidad de género de Evelyn, que al momento de ser asesinada tenía 26 años y era trabajadora sexual en la capital provincial.
En esa línea, pudo haber tenido gran relevancia el testimonio brindado ya sobre el filo del mediodía por Patricia Villalba, madre de Evelyn y querellante particular en la causa, quien realizó un crudo repaso de la vida de su hija, de los padecimientos sufridos desde adolescente y de la discriminación y la exclusión de la que fue víctima durante prácticamente toda su vida. También, entre lágrimas y crisis de nervios, relató los episodios de violencia que la joven sufrió a manos del único imputado, conocido por sus alias de “Ramoncito”, “Junior” o “Polaquito”.
“Evelyn desde muy chiquita es una nena. Siempre me lo manifestó y todos la apoyamos. Ella hizo solo la primaria porque era demasiado el bullying que sufría. Yo me tenía que preparar todos los días para recibirla y decirle que eso algún día iba a cambiar”, comenzó la testigo.
La mujer señaló que, tras dejar la escuela, Evelyn buscó por todos los medios un trabajo, pero chocó una y otra vez contra la discriminación y la exclusión. “Ni siquiera como empleada doméstica la quisieron”, apuntó.
Cerca de los 18, Evelyn conoció a su primera pareja, Enrique, con quien tuvo una relación estable y sin violencia, pero que se interrumpió cuando el hombre quedó detenido. Ya para ese entonces la muchacha había comenzado a desempeñarse como trabajadora sexual, pero su familia volvió a llevarla a casa.
Desde ahí, la joven vivió en una pieza en el fondo de la propiedad familiar. Tenía todo. Heladera, cocina, televisor, cama, sillas, etcétera. Pero todo acabó cuando Junior entró en su vida.
Junior y el infierno
“Cuando conoció a Junior ella empezó a tomar más que nunca, volvió a la calle y volvía todos los días golpeada. Los golpes no eran solo faciales, eran en la espalda, en la cadera, en las piernas”, recordó Patricia.
La mujer señaló que un tiempo Evelyn convivió con Junior en esa piecita del fondo, pero los fines de semana el lugar se transformaba en un “infierno”. Sin embargo, la muchacha nunca dejó que la familia radique denuncias respecto a la permanente violencia que sufría.
“De los pocos meses que vivieron juntos en mi casa, no hubo un domingo o un fin de semana que pasen bien. Era un caos esa pieza. Se escuchaban los golpes, pero ella decía que no era nada. Una vez casi le sacó un ojo con una bombilla, pero en la Policía no me dejaron radicar la denuncia porque Evelyn ya era mayor”, expresó la testigo ante las partes.
Patricia además señaló que Junior constantemente insultaba y denigraba a Evelyn. “Él le decía ‘p… de mier.. no servís para nada. Sucio. Para qué te vestís así, si vos no sos eso, vos sos hombre’. A mí eso me daba una impotencia, un dolor. Cuando a ella la encontraron no solo que tenía los golpes, él también le había cortado el pelo, que era lo que ella más amaba. A mi hija la mataron por ser nena”, lanzó, con contundencia, la madre de la víctima.
Más tarde declaró Belén, una hermana de Evelyn, que dio un testimonio bastante similar al de su madre, recordando los mismos episodios de violencia y los padecimientos de la víctima.
Ambas mencionaron que Junior sólo ejercía violencia sobre Evelyn, dado que nunca ni siquiera confrontó con los demás integrantes de la familia. También recordaron que el hombre constantemente le quitaba dinero a la muchacha o vendía los artefactos de la vivienda.
“Ella era la reina de la casa, siempre la aceptamos. Ella era todo para nosotros, hasta que conoció a este hombre y ahí empezó lo peor para la familia. Los golpes, los gritos. Era cosa de todos los días. Era un infierno aguantar eso”, señaló Belén.
“Golpeada y arrastrada”
La jornada se completó con los testimonios del médico policial Ricardo Gaudencio y el oficial Juan Carlos Tainski, quienes intervinieron en la escena del crimen aquel 27 de octubre de 2016, dentro de la estación de servicios abandonada en la intersección de las avenidas Uruguay y Bouchardo de Posadas.
Gaudencio recordó que revisó el cadáver y constató que la mujer había sido “golpeada en todas partes y arrastrada”.
“Se notaba que había sido agredida brutalmente. Ese día quedamos todos sorprendidos. Tenía el rostro desfigurado”, graficó.
Tainski, en tanto, recordó haber visto manchas de sangre en un sector y signos de arrastre hasta la fosa donde finalmente estaba el cadáver.
Mañana, un testimonio clave
El debate oral continuará mañana, con la declaración de al menos seis testigos. Entre ellos, se destaca María Ignacia Galeano, la vecina que vio a Evelyn junto a Junior la noche anterior al crimen y cuyo aporte fue trascendental para la investigación trazada en aquel entonces.
Esta mañana, Da Silva optó por no declarar y, tras un pedido de la defensa, el Tribunal autorizó que no comparezca a las demás audiencias programadas para el resto de la semana.
En el juicio interviene el fiscal Martín Alejandro Rau, la letrada querellante particular en representación de la familia de Evelyn, Florencia González, y el defensor oficial Mario Ramírez, que patrocina al acusado.
El tribunal encargado de llevar adelante el proceso está presidido por Viviana Cukla e integrado por sus pares Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva (subrogante).

La abogada querellante Florencia González y el fiscal Martín Rau, en pleno debate.

El imputado, Ramoncito o Junior, ya no estará presente en la sala de debate en las próximas audiencias.

El tribunal encargado de llevar adelante el proceso está presidido por la magistrada Viviana Cukla.

La abogada González y la familia de Evelyn.
Judiciales
El miércoles juzgarán a cacique mbya acusado de femicidio en San Vicente

El Tribunal Penal Uno de Oberá fijó para los días 18 y 19 de junio las audiencias de juicio oral contra el cacique acusado de matar e incinerar los restos de su pareja en la comunidad mbya guaraní Tarumá Poty de San Vicente en plena pandemia, contexto que utilizó como coartada, aunque las pruebas lo llevaron a ser imputado por femicidio, figura bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
El crimen de María Solange Diniz Rabela (22) se cometió el 12 de abril de 2020, aunque recién fue descubierto por las autoridades entre la tarde del 16 y la madrugada del día siguiente, y el único acusado del hecho es el cacique Claudio, formalmente identificado como Marcelo Núñez, quien enfrenta cargos por “homicidio agravado por femicidio”.
El debate oral para esclarecer el caso ya había sido programado para agosto de 2024, pero la declaración de una nulidad en el requerimiento de elevación a juicio obligó a retrasar el proceso.
Subsanada esa cuestión, el expediente volvió a ser remitido al TP Uno de Oberá, cuyos autoridades ahora volvieron fijar a fecha para el inicio de las audiencias y los días elegidos para sentar a Nuñez en el banquillo de los acusados son este martes y miércoles.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, son catorce los testigos citados a comparecer ante el tribunal que estará conformado por los magistrados Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Julio Carvallo, este último como subrogante legal.
En representación de la fiscalía estará David Ezequiel Augusto Milicich, mientras que el acusado contará con la defensa del abogado particular Jorge Horacio Zabulanez y también se convocó a un intérprete del idioma guaraní para favorecer la comunicación y garantizar el entendimiento de las partes con el imputado.
Teoría del Covid
Diniz Rabela, que no era originaria y era madre de dos niños producto de una relación anterior, estaba en pareja con el cacique Claudio y hace unos siete meses había decidido mudarse a Tarumá Poty, comunidad ubicada a unos 30 kilómetros del casco urbano de San Vicente y donde residían otros 20 miembros en ese momento.
Hasta allí llegó la Policía el 16 de abril luego de varios pedidos de ayuda por parte de los familiares de la víctima, quienes sabían que la muchacha se encontraba sin vida desde el domingo de Pascuas (12 de abril), pero desconocían en qué circunstancias se produjo el deceso, al tiempo que desconfiaban del cacique por recientes antecedentes de maltrato hacia Diniz Rabela.
A partir de ese momento se inició una investigación que terminó develando una sombría trama detrás de la muerte de la joven.

El crimen ocurrió dentro de la comunidad Tarumá Poty, a unos 30 kilómetros del casco urbano de San Vicente.
El cacique Claudio quedó inmediatamente bajo la lupa y ante las preguntas de los investigadores trazó una curiosa coartada utilizando la pandemia como pretexto. Es que el aseguró que la muchacha falleció por Covid y que por recomendación de los médicos que visitaban la comunidad decidió cremar y sepultar el cuerpo.
“Ella tuvo fiebre y tos, como se escucha en la radio. Hicieron una acusación sobre mí, pero yo jamás le haría mal a la gente de mi aldea. Murió de enfermedad”, se oyó decir al cacique en un audio enviado durante esos días de incertidumbre a un funcionario municipal dedicado a atender cuestiones mbya en la zona, al tiempo que sobre la incineración del cuerpo agregó: “Eso yo hice por orden del médico, él me dijo que habló con el jefe de la Policía y no se podía trasladar el cuerpo a ningún lado”.
Esa misma teoría el cacique Claudio la expandió dentro de la comunidad, aunque varios habitantes del lugar luego declararon y pusieron en jaque la versión del acusado al desmentir que la cremación de los cuerpos sea un procedimiento habitual en sus creencias.
Los médicos y visitantes habituales de la aldea también declararon posteriormente en la causa judicial y negaron haberle dado esas instrucciones al cacique involucrado.
Femicidio
La pesquisa reconstruyó, en tanto, que el femicidio fue cometido ese domingo 12 de abril. Ese día el cacique incineró a su pareja y sepultó sus restos a unos 200 metros de la zona de viviendas.
Con esa información, los pesquisas recorrieron la comunidad, encontraron rastros de tierra removida y dieron con los restos óseos correspondientes a Diniz Rabela.

Los restos óseos carbonizados de la joven fueron hallados a unos 200 metros de su casa.
Según describieron las fuentes en ese momento, el cuerpo estaba totalmente carbonizado, a excepción de una mano que aún presentaba vestigios de piel y otras extremidades superiores que al no ser consumidas por el fuego fueron sepultadas por el cacique.
Debido a la acción del fuego sobre el cadáver, la autopsia no pudo establecer la causal de muerte de la víctima, aunque todos los elementos recogidos hacen presumir que la joven padeció una muerte violenta previo a la incineración de sus restos.
Además, en la vivienda del cacique involucrado los pesquisas encontraron un serrucho y dos mantas con manchas de sangre.
Ante este panorama, Núñez quedó detenido, tiempo después fue procesado con la prisión preventiva y más de cinco años después deberá sentarse en el banquillo de los acusados. En caso de ser hallado culpable, en su contra recaería una pena de prisión perpetua, que prevé 35 años de cárcel de cumplimiento efectivo.
Elevaron a juicio la causa por el femicidio de Diniz Rabela en una aldea mbya
Policiales
Tres muertos y una mujer herida por choque frontal en San Vicente

Una camioneta Toyota Hilux, conducida por un hombre de 39 años, colisionó de frente contra un Fiat Palio en el que viajaban un hombre y dos mujeres, donde estos últimos que aún no fueron identificados, fallecieron en el acto.
El hecho, cuyas circunstancias aún son materia de investigación, ocurrió en la tarde de hoy alrededor de las 17, sobre ruta 14, a la altura del kilómetro 968 de la Capital de la Madera.
En medio del impacto, una mujer que circulaba como peatón fue embestida y debió ser trasladada al hospital local por lesiones.
Trabajaron en el lugar los bomberos voluntarios, para liberar a las víctimas, mientras la Policía de Misiones inició las pericias correspondientes para establecer las circunstancias del hecho.
Judiciales
Condenaron al músico Andrés González por el siniestro fatal de Roca en 2019

El músico Andrés Horacio González fue condenado a 3 años de prisión en suspenso y 10 de inhabilitación para conducir tras ser declarado responsable del siniestro vial registrado el 5 de marzo de 2019 sobre la ruta nacional 12, en Gobernador Roca, hecho que ocasionó las muertes de su novia Melina Sosa Labandera (25) y de la turista mendocina Melisa Caram (27), además de provocar heridas en otras tres personas, una de las cuales quedó con secuelas de por vida.
El artista no irá a la cárcel porque la pena es de ejecución condicional, aunque en contrapartida deberá respetar una serie de normas de conductas impuestas, como no beber, ni consumir estupefacientes, además de cumplir 32 horas mensuales de tareas comunitarias y acatar una prohibición de salida del país, medidas que regirán durante el término de la condena.
La sentencia fue emitida este mediodía por el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, luego de la ronda de alegatos desarrollada previamente, donde prevaleció uno de los planteos efectuados por la defensa del acusado, encabezada por los abogados particulares Federico Tilli y Daniel Zapana.
“Es un hecho traumático para todos. Entiendo todo lo que está pasando y tengo miedo también, pero confío en la Justicia. Solo pido que no se me quite la posibilidad de seguir cantando y seguir con mi familia”, había expresado González al momento de dar sus últimas palabras antes del veredicto.
Después del fallo, firmó el acta, entregó su licencia de conducir y se retiró en compañía de los familiares que lo acompañaron durante toda la jornada desde el sector del público.
“Destruyó vidas”
La ronda de alegatos comenzó con la exposición de la fiscal María Laura Álvarez, que sostuvo la acusación formulada desde la etapa de instrucción y consideró que González debía ser condenado a 6 años de prisión efectiva por ser autor de los delitos de “homicidio culposo calificado dos hechos, lesiones graves culposas calificadas dos hechos y lesiones gravísimas, todo en concurso ideal”.
Álvarez dio por acreditado que el impacto frontal entre el Ford Fiesta y la camioneta Chevrolet S-10 se produjo a alta velocidad, durante una maniobra de sobrepaso y en una zona de doble línea amarilla, pero fundamentalmente consideró probado que González era el conductor del automóvil siniestrado, principal punto de controversia en la causa.
“Esto se pudo acreditar con las testimoniales de testigos y sobrevivientes, las pericias realizadas y por las lesiones que presentaban las víctimas del hecho”, explicó la fiscal.
Y avanzó: “Y tengo la certeza que el imputado actuó de forma antirreglamentaria, en exceso de velocidad y en doble línea amarilla. Infringió las normas de tránsito más elementales. Hubo culpa temeraria y una actitud desaprensiva. Este hecho destruyó vidas, familias y proyectos de vida”.
Con esa base, solicitó que el músico sea condenado a 6 años de prisión efectiva, más de 10 de inhabilitación para conducir. “La pena efectiva sería no banalizar las muertes”, justificó.
Además, Álvarez calificó como “deficiente” el accionar de los agentes que labraron el sumario policial del hecho, documento en el cual registraron al sobreviviente Samir Daou como supuesto conductor del Ford Fiesta siniestrado y solicitó que los uniformados Priscila Ifrán y Rodolfo Dos Santos, sean investigados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, lo cual finalmente fue aceptado por la jueza Leiva en su fallo.
En contrapartida, Leiva desestimó el pedido de condena efectuado por la fiscal Álvarez y su resolución estuvo ajustada al planteo de la defensa de González, que en primera instancia pidió la absolución del artista o en forma subsidiaria la aplicación del mínimo de la pena, con ejecución condicional.
“Estafa procesal”
En su alegato, el abogado penalista Federico Tilli cuestionó a la fiscalía por realizar “un análisis sesgado y parcial de las pruebas”, apuntando que solo valoró el testimonio de los sobrevivientes Samir Daou y Facundo Chemes, minimizando el valor de las pericias y de las labores policiales. “Es casi una estafa procesal”, arremetió.
“No voy a permitir que se dé por determinado un exceso de velocidad porque ninguno de los peritos que acá declararon lo pudieron comprobar y tampoco hay certezas para determinar al conductor del auto y acá necesitamos certeza absoluta para condenar a una persona”, respondió Tilli.
El letrado también apuntó contra Daou y Chemes, a quienes señaló como “dos amigos que han congeniado contra González”.
“Acá es confiar en la Policía o en dos personas que le quieren hacer mierda a González, porque también tienen interés patrimonial contra él, le quieren hacer pagar por todo esto”, señaló.
Tal de directo fue Tilli que además solicitó que ambos testigos sean investigados por falso testimonio agravado por ser en perjuicio de un imputado, aunque la jueza Leiva no tuvo en cuenta ese pedido en su resolución.
Tilli también se hizo eco de la calificación de “deficiente” que la fiscal Álvarez le atribuyó al primer sumario del hecho, donde se registró a Samir Daou como conductor del auto y no a González.
“O sea que con un sumario deficiente pretendemos condenar a alguien, pero nadie pidió su nulidad. No se puede condenar a una persona con todos estos yerros procesales”, cuestionó.
En consecuencia, Tilli solicitó la absolución por el beneficio de la duda en favor de su cliente o, en forma subsidiaria, que la condena sea por el mínimo de la pena (3 años), con cumplimiento de condicional.
“No hubo alcohol, no hubo exceso de velocidad y nunca se fugó. No tiene sentido una pena de prisión efectiva. Sí aceptamos cualquier medida restrictiva y hasta la prohibición de conducir”, cerró.
El planteo finalmente fue acogido por la magistrada Leiva, que falló en coincidencia y dispuso que los fundamentos de la sentencia serán comunicados el 23 de junio.
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