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Werner Lutz recibió 4 años por homicidio culposo y no quedó preso

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Werner Lutz juicio

Julio Werner Lutz (30), el joven que llegó a instancia de juicio acusado de chocar y matar e imputado por homicidio simple (que estipula penas de entre 8 y 25 años), finalmente fue condenado este mediodía por el Tribunal Penal Uno de Posadas, aunque la calificación se redujo a homicidio culposo y recibió una de pena de 4 años de prisión, la cual se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme.

El fallo, alcanzado por mayoría con el voto de los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos (subrogante), fue leído a las 13.20 y dictaminó declarar al imputado como autor del delito de homicidio culposo y condenarlo a 4 años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir, aunque la pena recién se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme, ante lo cual Werner Lutz se retiró del Palacio de Justicia de la misma forma en la que llegó: libre.

Por su parte, la magistrada Viviana Cukla, votó en disidencia, y para ella la pena a aplicar era de 3 años de prisión en suspenso, con el agregado de que para mantener el beneficio debía cumplir normas de conductas tales como abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes; someterse al cuidado del Patronato de Libertados; y realizar 500 horas de tareas comunitarias, pero su opinión no prosperó y por el momento nada de ello tiene efecto. 

Por último, indicaron que los fundamentos de la resolución serán comunicados el 30 de octubre, a las 11, en los estrados del tribunal ubicado sobre calle La Rioja.

El fallo del Tribunal Penal Uno fue dictado por mayoría, con votos de Gustavo Bernie y Miguel Mattos y en disidencia con Viviana Cukla.

“Esto no nos da alegría porque sabíamos que a nuestro hijo no íbamos a recuperar más, pero es la ley la que dispone la sentencia. Hay un Dios que todo lo ve y la Justicia por lo menos salió a favor nuestro”, expresó tras la sentencia Walter Vázquez, padre de Fernando (24), el joven que el 20 de agosto de 2016 fue atropellado desde atrás por el Ford Fiesta Kinetic con el cual el ahora condenado circulaba pasando semáforos en rojo, en exceso de velocidad sobre la ex ruta provincial 213 y con indicios de haber consumido alcohol y marihuana previo al hecho. 

“Teníamos que estar acá igual porque era nuestro hijo. A lo mejor él ni siquiera va a ir preso, pero tiene un cargo de consciencia que nunca se le va a ir hasta que pida perdón de verdad. Todavía nuestro corazón está sufrido, tenía ganas de darle la mano, pero en este momento mi corazón no está curado”, agregó Walter en diálogo con La Voz de Misiones y otros medios presentes. 

Es que, antes del veredicto, el joven comerciante de celulares aceptó hacer uso de sus últimas palabras. Allí dejó su lugar, pasó al frente del estrado y pidió hablar de frente a los familiares de Fernando Vázquez, quienes se ubicaban en primera fila.

“Familia Vázquez, de todo corazón, quiero pedirles disculpas y espero que entiendan que jamás quise que esto ocurriera. Nunca tuve intención. Si hubiese visto a la moto esto jamás hubiese pasado, lastimosamente tenía este problema en la vista y no lo sabía”, manifestó Werner Lutz, llevando la mano a su corazón, y haciendo alusión a la disminución de la vista que adujo padecer en la primera audiencia de debate. 

Del dolo a la culpa

El cambio en la calificación fue solicitado previamente por el fiscal Martín Rau, quien durante la ronda de alegatos argumentó que en la causa no se pudo probar el dolo, es decir, la intención de matar, al tiempo que sí quedó demostrado un accionar de tipo culposo.

En su exposición, Rau realizó un relato del minuto a minuto del hecho, desde el momento en que Werner Lutz pasó a buscar a dos amigas para ir a una expo de autos al autódromo de Posadas hasta el momento exacto del siniestro fatal, recordando el testimonio de varios testigos, no sólo los que comparecieron a debate, sino también de los que dieron sus aportes durante la etapa de instrucción, además de valorizar informes accidentológicos. 

A partir de ello, el fiscal pasó a la siguiente etapa de su alegato y adelantó que “voy a hacer el análisis de la conducta en función de lo que es mi criterio, de los antecedentes legislativos, jurisprudenciales y, por supuesto, teniendo siempre a la duda como lo que es, a favor del imputado”.

En esa línea, volvió a repasar el testimonio de Florencia Wille Bille, una de las jóvenes que iba con el acusado dentro del auto al momento del hecho, quien describió que iban a alta velocidad (130 kilómetros por hora), cruzando semáforos en rojo y que gritó sobre la presencia del motociclista detenido en la avenida, al tiempo que lo contrastó con el Sabina Chávez -la otra acompañante-, que si bien fue coincidente en varios puntos, en un tramo de su declaración sostuvo que “para mí no lo vio”, en relación a Werner Lutz.

El fiscal Martín Rau no consideró que no se pudo acreditar dolo o intención de matar en Werner Lutz.

“Este testimonio -por el Wille Bille- lo hace desde su subjetividad y no me permite a mí acreditar certeramente que desde la subjetividad propia del imputado eso haya sido recibido de esa manera (…) No se puede atribuir de manera certera una conducta dolosa en la cabeza, en la faz interna de él (por Werner Lutz)”, opinó.

Y ahondó en su argumentación: “Yo tengo que analizar la duda a favor de Lutz. Yo creo que se han acompañado constancias que me permiten por lo menos mantener un umbral de duda respecto a esta situación del elemento cognitivo doloso, en relación a si vio o no a la moto detenida. Esta duda se me ve reforzada con el testimonio de Chávez. Pero esta duda funciona respecto a la conducta dolosa, no la culposa, que es lo que voy a peticionar”.

En ese mismo sentido, y aprovechando el carácter público del debate para explicar su pedido ante la sociedad, Rau indicó que los elementos que en su momento fueron considerados como indicios de dolo, a decir, consumo de bebidas, estupefacientes y exceso de velocidad, están  incorporadas como agravantes del tipo culposo en tras la última modificación del artículo pertinente en el Código Penal de la Nación argentina.

Con esto, el fiscal explicó que todas estas circunstancias representan lo que hoy se denominada como “culpa temeraria” y conforman un agravante del tipo culposo, aunque la figura tampoco puede ser aplicada en esta causa en virtud de que la modificación de la norma fue posterior al hecho en tela de juicio.

De esta manera, Rau concluyó que “lo que yo creo es que lo que sí ha quedado acreditado es que hubo una conducta de conducir grave, consistente en una grave violación o una gran infracción al deber de cuidado en una conducción imprudente, negligente, inexperta y antirreglamentaria”.

Tras esta exposición, que se extendió durante exactamente una hora, el representante del Ministerio Público Fiscal procedió a solicitar la pena de 5 años de prisión efectiva para Werner Lutz, argumentando que “para pedir este monto he analizado la repercusión social del caso y la gran imprudencia de subirse así a un auto y conducir de esa forma”.

“Él directamente no debía manejar”

A su turno, llegó el alegato defensivo, encabezado por el letrado particular Eduardo Paredes, cuya estrategia apuntó a demostrar que Werner Lutz “no vio a la moto” y que, por ende, “no había delito”.

“Gran parte del trabajo respecto al tipo culposo Rau nos ahorró, pero creo que esto es un poco menor”, adelantó Paredes.

A continuación, también repasó las testimoniales recolectadas pero, fundamentalmente, hizo hincapié en el diagnóstico de 2019 que concluyó que Werner Lutz padecía, desde 2015, un tumor cerebral que le comprimió un nervio óptimo y que le redujo la visión periférica del ojo izquierdo.

Werner Lutz junto a Pablo Luján, su otro abogado defensor.

“Él directamente no debía manejar, pero él tampoco sabía que nunca pudo haber tenido un registro de conducir. Cada vez que manejaba estaba violando el deber de cuidado porque él no ve del lado izquierdo, pero él no sabía, recién se enteró de eso en 2019. Por eso no va a manejar nunca más”, sostuvo.

Y agregó que “acá la discusión que queda es si él podía salir del error o no. Si no podía salir del error no hay delito. Si violó el deber de cuidado puede ser por la velocidad, pero estaba ahí, en el límite. Hubo una pequeña violación de cuidado”.

En base a lo expuesto, pidió al tribunal “no satisfacer ansias punitivas” y solicitó la absolución de Werner Lutz o, en forma subsidiaria, la aplicación de la pena mínima correspondiente al homicidio culposo.

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Golpes, asfixia y abuso: la acusación que pesa contra Pedro Alejandro Núñez

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Pedro Alejandro Núñez

Golpeada, con signos de estrangulamiento en el cuello, un bollo de papel en la boca, vías respiratorias obstruidas con cinta de embalaje y un hombre semidesnudo encima suyo. Así fue encontrada y rescatada el 5 de diciembre de 2021 una joven estudiante que fue víctima de un ataque sexual que ahora tiene al acusado frente a frente con la Justicia, en un juicio oral que se extenderá hasta la semana que viene en el Tribunal Penal Uno de Posadas.

El implicado es Pedro Alejandro Núñez (30), que al momento del hecho era estudiante de medicina en Santo Tomé y llega a juicio privado de su libertad e imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal y femicidio en grado de tentativa con concurso real”, figura bajo la cual puede recibir una severa condena. 

La primera audiencia comenzó hoy, poco después de las 8.30, con la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, formulada por la fiscal de instrucción Siete Patricia Clerici, que también encabezará la acusación durante el proceso oral.

Pedro Alejandro Núñez llega privado de su libertad al juicio.

La acusación

De ese documento se desprende que el hecho comenzó a las 4.30 del 5 de diciembre de 2021, cuando vecinos de un inquilinato ubicado sobre avenida Lavalle, casi Centenario, de Posadas, llamaron al 911 para alertar sobre ruidos, gritos y un posible caso de violencia de género en el edificio.

Los uniformados acudieron al lugar e ingresaron cuando un vecino prestó su llave para abrir el portón principal. De ahí subieron las escaleras y al llegar al monoambiente de la víctima en el tercer piso se toparon con Núñez infraganti y semidesnudo sobre la joven, por lo que fue inmediatamente fue detenido.

Según describieron los agentes involucrados en el procedimiento, la joven estaba desvanecida y con el rostro morado como consecuencia de las cintas de embalaje que le provocaron un principio de asfixia.

Los estudios médicos practicados posteriormente certificaron que la joven presentaba, además, un golpe en la cabeza, marcas de sujeción manual en el cuello y signos de abuso sexual.

En la denuncia radicada desde el hospital, la muchacha narró que esa noche cerró la puerta de su departamento sin llave y se acostó a dormir, hasta que fue sorprendida por su atacante encima suyo, a quien no llegó a verle el rostro.

La joven agregó que se resistió al ataque con tanta potencia que se orinó encima, pero en determinado momento se desvaneció y cuando despertó ya estaba la Policía en el lugar.

En su defensa, Núñez alegó que una semana antes había tenido una cita con la muchacha y sostuvo que el encuentro de esa noche había sido consentido, aunque la fiscal Clerici descartó su versión al contraponer sus dichos con las pruebas recolectadas durante la investigación.

La fiscal sostuvo que en los dispositivos de la víctima no se encontraron registros, ni conversaciones con Núñez. También valoró el testimonio de una amiga de la chica, quien señaló que el día de esa presunta cita ambas estaban estudiando en otro lugar.

La causa fue elevada a juicio en mayo de 2024 con la firma del magistrado Miguel Mattos, titular del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas.

La fiscal Patricia Clerici participó de la instrucción y también está encabeza la acusación en el juicio.

El juicio

Para el debate que comenzó esta mañana están citados un total de 35 testigos, entre ellos vecinos de la víctima, los agentes policiales que participaron del operativo, médicos y peritos.

Núñez, vestido de traje, pasó frente al tribunal hoy para validar sus datos personales. Se presentó como estudiante y decidió “por el momento” abstenerse de declarar. El joven es defendido por el abogado particular Jorge Zabulanes.

Esta situación marcó el fin del carácter público de la audiencia. El paso siguiente iba ser la declaración de la víctima, quien pidió que durante su comparecencia el imputado no esté presente en la sala.

El debate continuará los días 4, 5, 6, 7, y 10 de noviembre. La jornada prevista para los alegatos y el dictado del veredicto final fue fijada para el día 11.

El tribunal encargado de llevar adelante el proceso está presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado con los jueces Ricardo Balor y César Yaya como vocales subrogantes.

Juzgan desde el lunes a acusado de abuso e intento de femicidio en Posadas

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Condenan a madre que cepilló los dientes de su hijo de 4 años con cocaína

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Condenan a madre que cepilló los dientes de su hijo de 4 años con cocaína

El Tribunal Oral Federal de Posadas condenó a la mujer que en el 2018 reconoció que le cepilló los dientes a su hijo de 4 años, en ese entonces, con cocaína para “calmar” un dolor de muela.

Mediante un juicio abreviado, Antonia Alves De Olivera (30) recibió la pena de 4 años y 6 meses de prisión a cumplir en modalidad de arresto domiciliario. La mujer admitió su culpabilidad y fue condenada por el delito de “suministro a terceros de sustancia estupefaciente en forma gratuita en perjuicio de un menor de edad”.

Aunque por un veredicto previo contra la encartada por “tráfico de estupefacientes”, emitido por el Tribunal Oral Federal de San Martín N.º 3, las penas fueron unificadas y deberá cumplir 7 años de prisión bajo la modalidad domiciliaria.

El hecho

El 31 de mayo del 2018, en horas de la madrugada, Alves De Oliveira llegó al Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) del barrio posadeño A4 junto a su hijo G. A. J. R., que en ese momento tenía 4 años de edad, porque presentaba “convulsiones” y “temblores”.

Debido al cuadro del menor, desde el CAPS ordenaron su traslado hasta el Hospital de Pediatría Fernando Barreyro y, tras practicarles análisis, los médicos confirmaron que tenía clorhidrato de cocaína en su organismo.

La investigación del hecho se activó a raíz de la denuncia de los profesionales de la salud del pediátrico posadeño.

En tanto, en su declaración indagatoria, Antonia relató que ese día “vi que mi hijo J. tenía una bolsita transparente como esas de helado en la mano de él, yo le pregunté de dónde sacó y él me dijo que encontró afuera en el portón, entonces yo le saqué la cosa que tenía en su mano y se ve que él ya se había metido en su boca porque él me decía que quería agua que le daba asco, en eso yo le llevo al baño y le empiezo a cepillar los dientes”.

La madre continuó relatando a la Justicia que luego de cepillar los dientes a su hijo “vi que estaba bien y me acosté”, pero después de un rato notó que “él movía sus piernas… y pensando que metió esa cosa en la boca lo llevo al médico del CAPS del barrio”.

Finalmente, la progenitora admitió que al médico del centro de salud “le dije que le limpié los dientes con cocaína y me volvió a preguntar y me decía ‘con cocaína'”.

Condena

Además de la declaración de la acusada, el Tribunal Oral Federal de Posadas tuvo en consideración la historia clínica del menor G.A.J.R. remitida por el hospital pediátrico, así como también la declaración testimonial de los médicos que lo atendieron esa madrugada y de los profesionales de salud de la Policía de Misiones.

En tanto, resolvió condenar a Antonia Alves De Olivera a la pena única de siete años de prisión y una multa de $135.000 tras encontrarla penalmente responsable del delito “suministro a terceros de sustancia estupefacientes en forma gratuita en perjuicio de menor de edad” en concurso real con el delito de “tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio y transporte, agravado por la participación de tres o más personas en forma organizada” en calidad de coautora, unificando así el veredicto emitido en 2021 por otro tribunal.

Debido a que la mujer tiene dos hijos de 10 y 11 años de edad a su cargo, el tribunal dispuso que cumpla la condena en su domicilio con monitoreo electrónico y control trimestral del Departamento de Ejecución Penal.

“Teniendo presente que la condenada nombrada tiene dos hijos menores de edad que se encuentran a su cargo y cuidado, de 10 y 11 años de edad, y que percibe por ellos la asignación universal, además que trabaja en su domicilio de manicura y peluquería los fines de semana; sumado a la situación de vulnerabilidad de los menores referida por la representante del Ministerio Pupilar interviniente en autos, y que, la situación de encierro le impedirá brindar la asistencia, atención y contención permanente a sus hijos, entiendo que la prisión domiciliaria, como medida alternativa, atiende el interés superior de los menores, por lo que incumbe otorgar dicho beneficio a la causante a los fines de que cumpla el resto de la pena unificada impuesta”, argumentó la Justicia en el fallo que este viernes fue publicado en el Centro de Información Judicial (CIJ).

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Juzgan desde el lunes a acusado de abuso e intento de femicidio en Posadas

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intento de femicidio

Desde el próximo lunes y hasta el martes 11 de noviembre, en la sala de debates del Tribunal Penal Uno de Posadas, se desarrollará el juicio oral contra Pedro Alejandro Núñez, el joven de 28 años acusado de violar e intentar asesinar obstruyéndole con cintas de embalaje las vías respiratorias a una estudiante que residía en un inquilinato sobre la avenida Lavalle.

Según la programación oficial, tanto la primera audiencia, como la última, destinada a la ronda de alegatos y dictado del veredicto, serán de carácter público con transmisión en vivo a través de los canales habilitados en Youtube.

Las demás audiencias, previstas para los días 4, 5, 6, 7, y 10 de noviembre se realizarán a puertas cerradas en virtud de tratarse de un expediente que investiga delitos contra la integridad sexual y debe preservarse la intimidad de la víctima.

Pedro Alejandro Núñez llega al banquillo de los acusados por el delito de “abuso sexual con acceso carnal y femicidio en grado de tentativa con concurso real” y contará con un abogado particular como defensa.

En la fiscalía, por su parte, ya no estará Martín Rau, que recientemente fue designado como nuevo juez del Tribunal Penal Dos de Posadas, por lo que en su lugar intervendrá la fiscal de instrucción Patricia Clerici, la misma que llevó adelante el expediente en la etapa investigación y formuló el requerimiento de elevación a juicio de la causa que posteriormente fue firmado por el juez Miguel Mattos, del Juzgado de Instrucción Siete.

Los encargados de llevar adelante el proceso serán los magistrados Viviana Cukla y Gustavo Bernie, mientras que el tercer puesto del tribunal será completado por un juez subrogante.

In fraganti

Núñez está privado de su libertad desde el 5 de diciembre de 2021, cuando en plena madrugada efectivos policiales fueron alertados de un hecho de violencia de género en un inquilinato sobre avenida Lavalle -casi Centenario- y al llegar lo detuvieron dentro del departamento de la víctima.

Según detallaron fuentes del caso que intervinieron en ese momento, el implicado fue hallado in fraganti, semidesnudo y sobre el cuerpo de una joven estudiante que tenía las manos atadas y el rostro cubierto con cintas de embalaje que le obstruían las vías respiratorias.

El cuadro fue tal que la muchacha presentaba un principio de asfixia y debió recibir maniobras de RCP de parte de los efectivos presentes, quienes luego incluso fueron reconocidos por su labor por el Ministerio de Gobierno.

La víctima también presentaba varios hematomas en el rostro, producto de diversos golpes recibidos.

La joven, de 21 años, permaneció internada en observación dos días, hasta que pudo ser dada de alta. Desde el hospital realizó la denuncia por el hecho y días después ratificó su testimonio ante la Justicia.

En esa instancia, aseguró que fue sorprendida por su agresor sexual mientras dormía y que no conocía al detenido.

Por aquel entonces, su antigua defensa planteó que los jóvenes se conocían y que el hecho se dio en el marco de un acto sexual sadomasoquista consentido.

Sin embargo, en las pericias realizadas sobre los aparatos telefónicos y computadoras incautadas en el marco de la causa no se detectaron conversaciones activas ni ningún otro tipo de contacto entre la víctima y el imputado.

Más tarde, también se supo que Núñez fue denunciado en 2019 por intentar ingresar al departamento de una joven en un inquilinato de Santo Tomé, localidad donde el muchacho estudiaba medicina.

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