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Werner Lutz recibió 4 años por homicidio culposo y no quedó preso

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Julio Werner Lutz (30), el joven que llegó a instancia de juicio acusado de chocar y matar e imputado por homicidio simple (que estipula penas de entre 8 y 25 años), finalmente fue condenado este mediodía por el Tribunal Penal Uno de Posadas, aunque la calificación se redujo a homicidio culposo y recibió una de pena de 4 años de prisión, la cual se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme.

El fallo, alcanzado por mayoría con el voto de los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos (subrogante), fue leído a las 13.20 y dictaminó declarar al imputado como autor del delito de homicidio culposo y condenarlo a 4 años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir, aunque la pena recién se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme, ante lo cual Werner Lutz se retiró del Palacio de Justicia de la misma forma en la que llegó: libre.

Por su parte, la magistrada Viviana Cukla, votó en disidencia, y para ella la pena a aplicar era de 3 años de prisión en suspenso, con el agregado de que para mantener el beneficio debía cumplir normas de conductas tales como abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes; someterse al cuidado del Patronato de Libertados; y realizar 500 horas de tareas comunitarias, pero su opinión no prosperó y por el momento nada de ello tiene efecto. 

Por último, indicaron que los fundamentos de la resolución serán comunicados el 30 de octubre, a las 11, en los estrados del tribunal ubicado sobre calle La Rioja.

El fallo del Tribunal Penal Uno fue dictado por mayoría, con votos de Gustavo Bernie y Miguel Mattos y en disidencia con Viviana Cukla.

“Esto no nos da alegría porque sabíamos que a nuestro hijo no íbamos a recuperar más, pero es la ley la que dispone la sentencia. Hay un Dios que todo lo ve y la Justicia por lo menos salió a favor nuestro”, expresó tras la sentencia Walter Vázquez, padre de Fernando (24), el joven que el 20 de agosto de 2016 fue atropellado desde atrás por el Ford Fiesta Kinetic con el cual el ahora condenado circulaba pasando semáforos en rojo, en exceso de velocidad sobre la ex ruta provincial 213 y con indicios de haber consumido alcohol y marihuana previo al hecho. 

“Teníamos que estar acá igual porque era nuestro hijo. A lo mejor él ni siquiera va a ir preso, pero tiene un cargo de consciencia que nunca se le va a ir hasta que pida perdón de verdad. Todavía nuestro corazón está sufrido, tenía ganas de darle la mano, pero en este momento mi corazón no está curado”, agregó Walter en diálogo con La Voz de Misiones y otros medios presentes. 

Es que, antes del veredicto, el joven comerciante de celulares aceptó hacer uso de sus últimas palabras. Allí dejó su lugar, pasó al frente del estrado y pidió hablar de frente a los familiares de Fernando Vázquez, quienes se ubicaban en primera fila.

“Familia Vázquez, de todo corazón, quiero pedirles disculpas y espero que entiendan que jamás quise que esto ocurriera. Nunca tuve intención. Si hubiese visto a la moto esto jamás hubiese pasado, lastimosamente tenía este problema en la vista y no lo sabía”, manifestó Werner Lutz, llevando la mano a su corazón, y haciendo alusión a la disminución de la vista que adujo padecer en la primera audiencia de debate. 

Del dolo a la culpa

El cambio en la calificación fue solicitado previamente por el fiscal Martín Rau, quien durante la ronda de alegatos argumentó que en la causa no se pudo probar el dolo, es decir, la intención de matar, al tiempo que sí quedó demostrado un accionar de tipo culposo.

En su exposición, Rau realizó un relato del minuto a minuto del hecho, desde el momento en que Werner Lutz pasó a buscar a dos amigas para ir a una expo de autos al autódromo de Posadas hasta el momento exacto del siniestro fatal, recordando el testimonio de varios testigos, no sólo los que comparecieron a debate, sino también de los que dieron sus aportes durante la etapa de instrucción, además de valorizar informes accidentológicos. 

A partir de ello, el fiscal pasó a la siguiente etapa de su alegato y adelantó que “voy a hacer el análisis de la conducta en función de lo que es mi criterio, de los antecedentes legislativos, jurisprudenciales y, por supuesto, teniendo siempre a la duda como lo que es, a favor del imputado”.

En esa línea, volvió a repasar el testimonio de Florencia Wille Bille, una de las jóvenes que iba con el acusado dentro del auto al momento del hecho, quien describió que iban a alta velocidad (130 kilómetros por hora), cruzando semáforos en rojo y que gritó sobre la presencia del motociclista detenido en la avenida, al tiempo que lo contrastó con el Sabina Chávez -la otra acompañante-, que si bien fue coincidente en varios puntos, en un tramo de su declaración sostuvo que “para mí no lo vio”, en relación a Werner Lutz.

El fiscal Martín Rau no consideró que no se pudo acreditar dolo o intención de matar en Werner Lutz.

“Este testimonio -por el Wille Bille- lo hace desde su subjetividad y no me permite a mí acreditar certeramente que desde la subjetividad propia del imputado eso haya sido recibido de esa manera (…) No se puede atribuir de manera certera una conducta dolosa en la cabeza, en la faz interna de él (por Werner Lutz)”, opinó.

Y ahondó en su argumentación: “Yo tengo que analizar la duda a favor de Lutz. Yo creo que se han acompañado constancias que me permiten por lo menos mantener un umbral de duda respecto a esta situación del elemento cognitivo doloso, en relación a si vio o no a la moto detenida. Esta duda se me ve reforzada con el testimonio de Chávez. Pero esta duda funciona respecto a la conducta dolosa, no la culposa, que es lo que voy a peticionar”.

En ese mismo sentido, y aprovechando el carácter público del debate para explicar su pedido ante la sociedad, Rau indicó que los elementos que en su momento fueron considerados como indicios de dolo, a decir, consumo de bebidas, estupefacientes y exceso de velocidad, están  incorporadas como agravantes del tipo culposo en tras la última modificación del artículo pertinente en el Código Penal de la Nación argentina.

Con esto, el fiscal explicó que todas estas circunstancias representan lo que hoy se denominada como “culpa temeraria” y conforman un agravante del tipo culposo, aunque la figura tampoco puede ser aplicada en esta causa en virtud de que la modificación de la norma fue posterior al hecho en tela de juicio.

De esta manera, Rau concluyó que “lo que yo creo es que lo que sí ha quedado acreditado es que hubo una conducta de conducir grave, consistente en una grave violación o una gran infracción al deber de cuidado en una conducción imprudente, negligente, inexperta y antirreglamentaria”.

Tras esta exposición, que se extendió durante exactamente una hora, el representante del Ministerio Público Fiscal procedió a solicitar la pena de 5 años de prisión efectiva para Werner Lutz, argumentando que “para pedir este monto he analizado la repercusión social del caso y la gran imprudencia de subirse así a un auto y conducir de esa forma”.

“Él directamente no debía manejar”

A su turno, llegó el alegato defensivo, encabezado por el letrado particular Eduardo Paredes, cuya estrategia apuntó a demostrar que Werner Lutz “no vio a la moto” y que, por ende, “no había delito”.

“Gran parte del trabajo respecto al tipo culposo Rau nos ahorró, pero creo que esto es un poco menor”, adelantó Paredes.

A continuación, también repasó las testimoniales recolectadas pero, fundamentalmente, hizo hincapié en el diagnóstico de 2019 que concluyó que Werner Lutz padecía, desde 2015, un tumor cerebral que le comprimió un nervio óptimo y que le redujo la visión periférica del ojo izquierdo.

Werner Lutz junto a Pablo Luján, su otro abogado defensor.

“Él directamente no debía manejar, pero él tampoco sabía que nunca pudo haber tenido un registro de conducir. Cada vez que manejaba estaba violando el deber de cuidado porque él no ve del lado izquierdo, pero él no sabía, recién se enteró de eso en 2019. Por eso no va a manejar nunca más”, sostuvo.

Y agregó que “acá la discusión que queda es si él podía salir del error o no. Si no podía salir del error no hay delito. Si violó el deber de cuidado puede ser por la velocidad, pero estaba ahí, en el límite. Hubo una pequeña violación de cuidado”.

En base a lo expuesto, pidió al tribunal “no satisfacer ansias punitivas” y solicitó la absolución de Werner Lutz o, en forma subsidiaria, la aplicación de la pena mínima correspondiente al homicidio culposo.

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Oberá: 14 y 16 años de prisión para acusados de matar a golpes a un indigente

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El Tribunal Penal Uno de Oberá resolvió condenar a penas de 14 y 16 años de prisión a los dos jóvenes acusados de matar a golpes a un hombre en situación de calle durante un hecho registrado en agosto de 2024.

La sentencia impartida por los magistrados Horacio Paniagua, David Milicich y Graciela Heppner (subrogante) coincidió plenamente con el pedido efectuado minutos antes por el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi durante la ronda de alegatos.

En su exposición, el fiscal calificó que los acusados actuaron con una “violencia irrefrenable contra la humanidad de la víctima” y entendió que ambos debían ser condenados.

El pedido fue formulado a media mañana, durante el inicio de la ronda de alegatos, desarrollada luego de la etapa de incorporación de pruebas en la que declararon una decena de testigos del hecho ocurrido el 21 de agosto de 2024 en perjuicio de Miguel Ángel García (55).

Fernández Rissi consideró acreditado el hecho y también la coautoría de los imputados Franco Ezequiel Paz (25) y Sergio Fabián Valenzuela (36) en el delito de “homicidio simple”.

“Sometimiento sin defensa”

El fiscal reconstruyó que ese 21 de agosto, a las 3 de la madrugada, García, que estaba en situación de calle, dormía frente a la sede de Rentas en Oberá, donde se encontraba junto a otras personas hasta que fue abordado y atacado por los acusados.

Según sus palabras, los imputados “propinaron una brutal agresión con golpes de puño y patadas y también con un elemento contundente tipo palo, provocando severísimas lesiones en la cabeza” de la víctima.

Se apoyó en el testimonio de los demás presentes en el lugar del hecho para afirmar que “la víctima estaba acostada, en estado de indefensión” y que “el ataque se prolongó durante varios minutos en los cuales anularon la defensa que pudieran intentar las personas que estaban con García”.

“Esto fue un homicidio doloso. Hubo un sometimiento sin defensa. Hubo dolo de golpear indiscriminadamente, en zonas vitales y sin detenerse por voluntad propia”, resumió Fernández Rissi.

En ese marco, pidió que ambos imputados sean condenados por homicidio simple. Para Paz pidió 14 años de prisión, mientras que para Valenzuela pidió 16 en virtud de registrar antecedentes condenatorios.

Filmaciones

El defensor oficial Matías Olivera, en tanto, cuestionó que durante la instrucción no se ordenaron las medidas suficientes para recabar filmaciones de cámaras de seguridad que pudieran dar certezas sobre lo ocurrido y alegó que esa situación vulneró el derecho de defensa de sus pupilos.

Olivera sostuvo que sus defendidos no niegan su presencia en el lugar del hecho, aunque consideró que no se pudo acreditar qué golpe fue causante de la fractura de cráneo en la víctima, como así tampoco quién fue el autor de dicha agresión.

“A lo mejor el golpe con el palo lo dio otro en medio del tumulto con las otras personas estaban en el lugar”, estimó Olivera.

En ese marco, solicitó que sus defendidos sean condenados a penas de 2 y 3 años como autores del delito de “lesiones graves en riña” y no por homicidio al considerar que García tuvo posibilidad de “sobrevida”.

Oberá: arranca el juicio a dos acusados de matar a golpes a un indigente

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Oberá: arranca el juicio a dos acusados de matar a golpes a un indigente

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Este martes, desde las 8.30, el Tribunal Penal Uno de Oberá juzgará a los dos jóvenes acusados de propinar una golpiza que derivó en la muerte de un hombre en situación de calle.

El hecho ocurrió durante la madrugada del 21 de agosto de 2024 y la víctima fue identificada como Miguel Ángel García (55), un hombre que solía pasar las noches en el edificio de Rentas, ubicada sobre la avenida Sarmiento, entre calles Erasmie y 12 de Octubre de Oberá.

En ese lugar, aproximadamente a las 3 de la madrugada de aquel día, fue atacado a golpes de puños y patadas por dos jóvenes que más tarde fueron identificados como Franco Ezequiel Paz y Sergio Fabián Valenzuela, quienes finalmente fueron detenidos y ahora enfrentarán debate oral.

Como consecuencia de los golpes, García sufrió lesiones gravísimas y una semana después murió en el hospital con cuadro de hemorragia intracraneal.

Los dos acusados están imputados por el delito de “homicidio simple”, figura que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión. Uno de ellos arrastra en su prontuario una condena anterior por robo calificado. Hay nueve testigos citados a declarar. 

El tribunal encargado de llevar adelante el proceso estará integrado por los magistrados Horacio Paniagua, David Milicich y Graciela Heppner (subrogante). En la fiscalía intervendrá Juan Pablo Fernández Rissi, en tanto que como defensor oficial estará Matías Olivera, que aguarda acuerdo legislativo para ser designado como juez del mismo organismo.

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Imputado por muerte del gendarme Barreto pidió perdón: “No quise hacer daño”

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“Nunca quise hacer daño, fue un accidente y quiero pedir disculpas a la familia”, expresó esta mañana Rodrigo Dias Da Silva (27) en el inicio del juicio oral donde se determinará su responsabilidad por chocar y matar al gendarme Chato Barreto a bordo de una camioneta repleta de cigarrillos de contrabando dos años atrás en Santa Ana.

Da Silva llegó a esta instancia detenido y así continuará debido a que el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, presidido por la magistrada Ruth María Ponce de León e integrado por Gustavo Cardozo y Enrique Bosch (subrogante), prorrogó su prisión preventiva.

En la audiencia de hoy se leyó el auto de elevación a juicio del expediente, se resolvieron cuestiones preliminares planteadas por las partes y el tribunal le dio al imputada la posibilidad de declarar. Da Silva rechazó la oportunidad, aunque si aprovechó para dar unas palabras.

“Durante mucho tiempo se habló mucho de mí, pero no soy malo. Sé que el cigarrillo no es un delito mayor, yo nunca tuve quise hacer daño, lo que hice fue un accidente, fue todo muy rápido y salió mal”, expresó el joven oriundo de Oberá, aunque con domicilio en San Vicente ante el tribunal.

Y, entre lágrimas, pidió perdón: “Quiero pedirle disculpas a la familia y mis condolencias. Nunca, jamás, quise hacer daño”.

El debate oral continuará el próximo lunes con la declaración de los primeros testigos citados. En la fiscalía interviene Pablo Di Loreto, en tanto que también abogadas representantes de Defensorías Públicas de Víctimas, mientras que Da Silva es defendido por el letrado particular Carlos Luis Ferreyra. 

Dias Da Silva no declaró y solo se limitó a expresar disculpas por el hecho.

Fuga, choque y muerte

El hecho que se ventila en debate ocurrió hace exactamente dos años, sobre la ruta provincial 103, poco después del ingreso al Parque Temático de la Cruz de Santa Ana.

Robert David “Chato” Barreto (31) era uno de los gendarmes apostados sobre la ruta cuando Da Silva embistió el control vehicular a toda velocidad.

Según la reconstrucción del hecho, Barreto estaba apostado sobre la doble línea amarilla de la ruta, al lado de un cono vial, y al ver que la camioneta Volkswagen Amarok avanzaba en contramano corrió hacia la banquina para resguardarse.

En esas circunstancias, fue embestido, quedó tendido sobre el capot y fue arrastrado varios metros hasta que se produjo el despiste de la camioneta y fue despedido violentamente.

El gendarme atropellado quedó severamente herido al costado de la ruta y alcanzó a ser asistido, aunque falleció horas después en el hospital.

La camioneta que era conducida por Da Silva tenía pedido de secuestro por robo en la ciudad bonaerense de Quilmes y en su interior transportaba 20.000 paquetes de cigarrillos Eight valuados en más de 22 millones de pesos.

Contrabandista que chocó y mató a un gendarme irá a juicio el lunes

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