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Vía libre para enviar a juicio a ex policía acusado de ejecutar a Víctor Márquez

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Víctor Márquez

Una resolución de la Cámara de Apelaciones destrabó el último escollo que había para que la causa por el asesinato del adolescente Víctor Márquez Dos Santos (16) deje la etapa de instrucción y allanó el camino para la elevación a juicio del expediente que tiene al ex policía Deibid Vergara (36) como acusado del crimen y a otros tres uniformados imputados por encubrimiento.

La causa cuenta desde 2022 con un dictamen de elevación a juicio firmada por el magistrado Juan Manuel Monte, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, pero una serie de presentaciones defensivas aletargaron la última etapa del proceso y demoraron la remisión formal del expediente hacia el Tribunal Penal Dos, órgano que se encargará de llevar adelante el debate oral para esclarecer el crimen registrado en agosto de 2019 en Santa Ana.

Uno de estos planteos consistió en recurso de casación contra la denegatoria a un pedido de excarcelación resuelta por el mismo juez Monte y ante esa presentación debió intervenir la Cámara de la Apelaciones, cuyos magistrados ahora dispusieron confirmar todo lo actuado en primera instancia.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la defensa del ex policía Vergara alegó entre sus fundamentos que el tiempo que el imputado lleva detenido supera los plazos previstos en la prisión preventiva, postura que coincidió con la opinión del fiscal de Cámara y con el voto inicial de la magistrada Ruth Dilaccio.

Sin embargo, el camarista José Alberto López votó en sentido contrario, anteponiendo la existencia de riesgos procesales relacionados a la pena en expectativa (prisión perpetua) y a los comportamientos evidenciados por el imputado antes, durante y después del hecho.

Ante la disidencia de posturas, se debió recurrir al juez Juan Carlos Sosa, de la Cámara Civil, quien intervino por subrogación legal y adhirió al voto del camarista López, ante lo cual por mayoría se resolvió rechazar la apelación interpuesta y confirmar el rechazo al pedido de excarcelación. 

Con esta decisión, el tribunal de alzada destrabó el avance de la causa y en su dictamen además exhortó al juez Monte a disponer la elevación a juicio del expediente en forma “urgente”.

De esta manera, el ex policía Deibid Vergara no solo que continuará tras las rejas, sino que está cada vez más cerca de enfrentar el debate oral donde se determinará su responsabilidad en el crimen que se le imputa.

Vergara está imputado por el delito de “homicidio agravado por la condición especial del autor (agente de seguridad) y por el uso de arma de fuego”, delito de prevé una pena de prisión perpetua.

El ex policía Deibid Vergara está detenido con prisión preventiva desde 2019.

Ejecutado

El hombre está acusado de ejecutar al adolescente Víctor Márquez Dos Santos (16) en la noche del 24 de agosto de 2019 sobre una calle terrada de la localidad de Santa Ana, donde la víctima residía junto a su padre Filiberto (66), quien murió durante el sepelio de su hijo.

El joven fue asesinado de un disparo que le atravesó la cabeza y, según dictaminaron dos pericias balísticas, una realizada por la Policía y otra por la Gendarmería, el proyectil utilizado salió del arma reglamentaria 9 milímetros que portaba el suboficial Vergara, que cumplía funciones en la comisaría local.

El crimen tuvo un velo de misterio que se extendió durante una semana, hasta que una mujer policía se quebró y acusó a Vergara por el asesinato. Días después otro uniformado dirigió las mismas acusaciones.

Lo que se cree es que esa noche una comisión policial integrada por Vergara y otros agentes de la comisaría recorrían Santa Ana en un patrullero hasta que se cruzaron con Víctor Márquez en cercanías a la Escuela de Comercio 10.

El crimen se registró el 24 de agosto de 2019, sobre una calle terrada de Santa Ana.

Los testimonios recolectados indican que en esa instancia Vergara bajó del patrullero, avanzó hacia una zona de oscuridad y desde allí se oyó  el disparo que terminó con la vida del muchacho.

La mujer policía añadió que después de ello fue amenazada y obligada a alterar libros de guardia y documentos oficiales.

Ella se llama María Soledad Cipontino (36) y está imputada por “encubrimiento agravado, incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de un instrumento público agravado”.

Los otros dos uniformados implicados son Ramón Darío Núñez (41) y Matías Rafael Acosta (29), quienes enfrentan cargos por “incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado”.

Los últimos tres involucrados mencionados aguardan el proceso en libertad y en fecha aún por definir deberán verse las caras con Vergara en un debate oral y público de alta complejidad.

El pueblo de Santa Ana realizó varias marchas para reclamar justicia.

 

FOTO PRINCIPAL: Micaela Feversani.

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Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años

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arredondo juicio

El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.

Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22). 

Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.

El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

juicio arredondo

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.

Golpeado y estrangulado

El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.

Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.

La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.

En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.

Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.

Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.

El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.

Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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