Judiciales
Testimonios apuntaron a Villalba por ocultar información del caso Rosa
El debate oral para esclarecer la muerte de la docente jubilada con esquizofrenia Mirta Carmen Rosa (47), registrada hace una década en Garupá, tuvo hoy su jornada más álgida, con la declaración de siete testigos, algunos de los cuales apuntaron al ex policía Aldo Villalba (37), uno de los imputados, por ocultar información al comienzo del caso, y otros que ubicaron el patrullero que tenía a su cargo en cercanías al escenario del hallazgo del cadáver de la mujer.
La quinta jornada del juicio que se desarrolla en el Tribunal Penal Dos de Posadas comenzó pasada las 9 y uno de los primeros testigos de relevancia en ser llamado a comparecer ante los magistrados Gregorio Busse, César Yaya y Fernando Verón (subrogante) fue el comisario general retirado José Daniel Cerdán, quien era jefe de la comisaría Quinta de Garupá al momento del hecho y tenía a los imputados Villalba y Albino Rotela (43) como subordinados.
Cerdán recordó que aquel 14 de febrero de 2013 la comisaría fue notificada del hallazgo de una persona sin vida en el barrio Los Potrillos y la comisión que salió a verificar el hecho estuvo integrada por Villalba, Rotela y un hermano del primero -que también era policía- y agregó que todas las actuaciones del caso quedaron a cargo del principal apuntado.
El ex jefe de la Quinta afirmó que recién se enteró de una posible implicancia de Villalba en el hecho tiempo después, cuando el magistrado Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis e interviniente en el caso durante el comienzo de la pesquisa, lo llamó para pedirle que remita las actuaciones.
Es que, según Cerdan, Villalba nunca le contó que, horas antes del hallazgo sin vida de Rosa, él y Rotela habían levantado a la mujer en el patrullero S-10 de la comisaría tras el llamado de una vecina que se encontró con la víctima desorientada y en plena crisis nerviosa en el barrio Nuevo Garupá.
Fue así que, semanas después de lo sucedido, “Balor me llamó y pidió cerrar la causa e ir al juzgado. Ahí me dice que las cosas fueron muy diferentes. Me dijo ‘tengo vecinos que dicen que tu móvil levantó a la señora’”.
Y Cerdán continuó: “Yo de parte del oficial Villalba no sabía nada, él nunca me contó nada de lo que pasó. Después cuando le pregunté me dijo que me quedara tranquilo, que no me iba a comprometer. Me dijo ‘nosotros le llevamos a la casa y le bajamos, la señora nos pidió que la bajemos’ . Dijo que no contó nada porque se le pasó”.

Villalba -a la izquierda- tomando notas durante el procedimiento de hallazgo del cuerpo. FOTO: Archivo El Territorio.
Villalba, en la casa de Rosa y en el velorio
Otro testimonio que apuntó contra el ex policía Villalba fue el de Jeremías Zarza, hijo de la víctima, quien recordó que el principal imputado fue el encargado de ir a su casa para notificar de la muerte de su madre, sin contarle que previamente habían levantado a la señora en el móvil que tenía a su cargo.
“Él nos dijo que ella murió por causas naturales, que se habría descompensado por el calor, que el cuerpo fue a la morgue y teníamos que esperar la autopsia”, señaló.
Pero eso no fue lo único que Jeremías recordó, sino que, en consonancia con lo declarado por su padre en jornadas previas, también contó que “en el velorio de mi mamá, dos días después, se acercó Villalba a preguntar si teníamos novedades. A mí me preguntó si teníamos el certificado de defunción de mi mamá porque necesitaban para un trámite como institución”.
Esto tiene vinculación al hecho de que un principio el caso fue analizado como un posible deceso por causas naturales, pero una vez en la morgue se determinó que Rosa sufrió una “muerta violenta” como consecuencia de un “traumatismo craneofacial asociado a un estallido vesical”.

Jeremías Zarza, hijo de la víctima, recordó que Villalba estuvo en su casa y también fue al velorio a preguntar por el certificado de defunción.
El patrullero en Los Potrillos
Por otra parte, el último testimonio le correspondió a Walter Rubén “Chinito” Velázquez, cuya palabra centraba expectativas en las partes, principalmente del fiscal Vladimir Glinka, que insistió una y otra vez en lograr su comparecimiento ante el tribunal.
Chinito se trata del joven que ese 14 de febrero estaba detenido en la comisaría Quinta y fue sacado de ahí por la Brigada para ir a recorrer el barrio Los Potrillos junto a los efectivos Emilio Broemser, Adrián Borda y José Bernal.
Por orden del tribunal, tanto los imputados como el hermano de Villalba, que sigue el proceso entre el público desde la primera jornada, fueron retirados de la sala para que el testigo pudiera declarar sin intimidaciones.
El joven narró que ese día fue detenido cerca de las 6 de la mañana, tras lo cual fue alojado en la Quinta y aseguró que después de dormir un buen rato fue sacado de su celda por efectivos de la Brigada, quienes lo subieron a un móvil Chevrolet Corsa de encubierto para ir a “buscar cosas robadas” a Los Potrillos.
Fue en esas circunstancias que detalló que cuando “nosotros salíamos del barrio, ellos entraban. En el patrullero iban tres personas. Villalba, Rotela y un tercero que no pude ver quién era”.
Este es el primer testimonio que ubica el patrullero de Villalba y Rotela en cercanías al escenario del hallazgo del cuerpo, dado que Broemser, Bernal y Borda negaron haberse cruzado con el móvil de sus camaradas.

Chinito junto al fiscal Glinka. El testigo recordó haber visto el patrullero de Villalba y Rotela en el barrio donde Rosa apareció sin vida.
Chinito también contó que durante esa salida con los uniformados de la Brigada fue torturado con picanas y golpes, ante lo cual al finalizar su testimonio el fiscal Glinka solicitó que se extraigan copias de su declaración para remitirlas a la fiscalía de turno para el inicio de una investigación.
Pero eso no fue lo único que lanzó Chinito antes de retirarse, sino que también contó que a fines de julio fue “chupado” por un móvil policial que lo llevó hasta la Comisaría Vigésima donde volvió a encontrarse con el sargento Adrián Borda.
“Me llevaron hasta allá por un supuesto robo. Me llevaron de la nada, me quisieron hacer una causa. Ahí Borda me dijo ‘pensaste que me ibas a perjudicar y mirá, tengo seis ascensos. Yo mando acá. Vos no te vayas a olvidar que vos siempre vas a ser Chinito no más”, recordó con lujo de detalles.
Un testigo, una patada y un acusado fallecido
En el medio de estas declaraciones también compareció el sargento Garay, que trabajaba en la comisaría de Garupá al momento del hecho, quien recordó que durante una acto de citación se encontró con un hombre que se ofreció como testigo, ya que adujo haber escuchado como vecinos del barrio Los Potrillos se adjudicaban una golpiza dada a Rosa.
Ese testigo era Félix Romero, quien teóricamente dijo que haber oído cuando entre esos “jóvenes que se juntaban cerca de mi chacra” comentaron “qué patada le pegué en la cajet.. a esa vieja”.
Esa fue la información que Romero dijo tener en su momento, según recordó Garay, que antes de sentarse en la silla de testigo saludó al hermano del imputado de Villalba.
A esos jóvenes el sindicado testigo Romero habría identificado como “Chinito Velázquez, los hermanos Cobos y Jorge Freitas”, este último era a quien adjudicaban la presunta frase incriminadora. Freitas falleció hace muchos años.

Albino Rotela (43), el otro imputado, era chofer del patrullero que levantó a Rosa.
El debate pasó a un cuarto intermedio hasta mañana, instancia en la que se prevé el imputado Villalba preste declaración. Su palabra cerraría la etapa de incorporación de pruebas, tras lo cual se programaría la ronda de alegatos para el próximo miércoles.
Los dos ex policías que enfrentan el juicio están por imputados “incumplimiento de los deberes de funcionario público y abandono de persona agravado por el resultado de muerte”.
A Villalba, además, se le imputa “falsificación ideológica de instrumento público”.
La reconstrucción del caso señala que el 14 de febrero de 2013 Rosa salió de su casa en medio de una crisis nerviosa relacionado a su cuadro de esquizofrenia, tras lo cual llegó hasta la casa de una familia desconocida en el barrio Nuevo Garupá.
Los dueños de casa allí pidieron asistencia de la Policía y al lugar acudió una patrulla de la Quinta a cargo de Villalba y con Rotela como conductor. La mujer fue subida a ese móvil y nada más se supo de ella hasta el hallazgo de su cadáver varias horas después en una cancha del barrio Los Potrillos. Qué sucedió en el medio es lo que se trata de establecer.
Judiciales
Piden jury contra la jueza que condenó a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
El diputado provincial del Partido Agrario y Social (PAyS), Cristian Castro, presentó este viernes un pedido de jury contra la jueza en lo Correccional y de Menores N° 1, Marcela Alejandra Leiva, por la condena a prisión en suspenso para los sindicalistas docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez por desobediencia judicial y entorpecimiento del transporte, durante el acampe docente de 2024 que bloqueó la avenida Uruguay, de Posadas.
En la nota dirigida a la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Misiones, Rosanna Venchiarutti Sartori, Castro esgrime el artículo 7 de la Ley VIII Nº 5 y denuncia a Leiva por “mal desempeño en sus funciones”, “ignorancia inexcusable del derecho” y “arbitrariedad manifiesta”.
En el tercer punto del escrito, el diputado del PAyS solicita que se admita formalmente su denuncia, conforme lo establecido en el artículo 158 de la Constitución provincial, que establece que cualquier habitante puede acusar a magistrados ante el Jurado de Enjuiciamiento; y pide que “se disponga la apertura del procedimiento”, “se notifique a la magistrada denunciada”, “se sustancie el proceso conforme a la normativa vigente”, y “se dicte, al finalizar el proceso, la destitución de la magistrada denunciada”.
Al cierre de esta nota, el legislador agrario comentó a LVM que pasado el mediodía recibió una comunicación de la oficina de Venchiarutti Sartori para que comparezca personalmente el martes 23 próximo, a las 9:00 horas, a ratificar la denuncia contra Leiva, en el quinto piso del Palacio de Justicia.
Irregularidades
Según señala el diputado del PAyS, la actuación de Leiva en la causa contra Gurina y Sánchez “presenta un conjunto de irregularidades graves que justifican su análisis por parte del Jurado de Enjuiciamiento”.
Castro le achaca a la jueza en su nota, “deficiencias en la valoración de la prueba”, “valoración fragmentaria”, “omisión selectiva del material probatorio de elementos favorables a la defensa”, “utilización de presunciones no autorizadas por la sana crítica racional”, “falta de imparcialidad funcional” y “afectación del principio de inocencia”.
“Existen elementos del proceso que permiten sostener, prima facie, la existencia de un sesgo en la conducción del proceso, orientado hacia la convalidación de hipótesis acusatorias sin debida revisión crítica”, asegura.
“Se advierten razonamientos incompatibles con los estándares constitucionales de certeza que deben de regir toda sentencia condenatoria”, sostiene el legislador y señala que Leiva vulneró el artículo 18 de la Constitución Nacional, el 158 de la Constitución Provincial, y la doctrina del denominado ‘Fallo Casal’, de 2005, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que amplió las facultades del recurso de casación, fortaleciendo las garantías del imputado frente a la condena y alineando la jurisprudencia argentina con estándares internacionales.
Castro afirma que, por todo esto, la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “revela, con especial claridad, un patrón de razonamiento incompatible con los estándares constitucionales y convencionales vigentes en materia de protesta social, responsabilidad penal individual y principio de legalidad”.
Referentes
El diputado del PAyS sostiene que, en el fallo de Leiva, “se verifica una utilización extensiva y arbitraria del derecho penal, fundada exclusivamente en la condición de referentes gremiales de los imputados”.
“La magistrada da por acreditada la autoría penal no a partir de actos concretos, individualizados y probados, sino por la supuesta ‘visibilidad pública’ y liderazgo sindical de Gurina y Sánchez”, sostiene el legislador y advierte que “tal razonamiento importa una grave vulneración del principio de culpabilidad por el hecho, sustituyéndolo por una forma inadmisible de responsabilidad por el rol o la identidad, expresamente prohibida por el derecho penal constitucional”.
“Este criterio ha sido severamente cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ha advertido que los Estados suelen utilizar a referentes sociales y sindicales como ‘casos testigo’ para emitir mensajes aleccionadores hacia el conjunto de quienes ejercen el derecho a la protesta, generando un efecto intimidatorio o disuasivo incompatible con una sociedad democrática”, afirma Castro y asegura que la sentencia contra los docentes “se inscribe de lleno en ese patrón de criminalización selectiva”.
“En segundo término, la resolución judicial desconoce la naturaleza política y colectiva de los hechos juzgados, omitiendo un análisis riguroso del elemento subjetivo de los tipos penales aplicados”, señala el legislador en su escrito contra Leiva.
“En contextos de protesta social, el dolo no puede presumirse ni inferirse mecánicamente de la mera permanencia en el lugar de los hechos o del carácter prolongado de la manifestación”, expresa.
“La intención de los docentes fue, de manera inequívoca, visibilizar reclamos salariales y laborales frente a la ausencia de respuestas estatales, y no entorpecer el transporte ni desobedecer la autoridad judicial como finalidad autónoma”, argumenta Castro.
“La magistrada omite ponderar que la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que las restricciones al derecho de reunión y de protesta deben ser excepcionales, estar previstas por ley, perseguir un fin legítimo y superar un estricto test de necesidad y proporcionalidad”, manifiesta.
El diputado del PAyS opina que la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “otorga preeminencia automática al derecho a circular por sobre el derecho a la protesta, desconociendo que este último constituye uno de los pilares del sistema democrático”.
Desobedientes
En otra parte del escrito, Castro se refiere a la valoración que hizo la jueza del delito de desobediencia judicial que se le imputaba a Gurina y Sánchez, y sostiene que tal imputación se construyó a partir de “la condición de referentes” de los docentes procesados, “asumiendo que la orden era ‘exigible’ a ellos”.
El diputado del PAyS sostiene, además, “inconducentes desde el punto de vista jurídico”, las referencias que hace la resolución judicial de Leiva sobre “supuestos perjuicios comerciales o molestias derivadas del humo”, que “no fueron debidamente acreditados” y que son “consideraciones ajenas al bien jurídico protegido por el art. 194 del Código Penal”.
“En síntesis, la condena de Gurina y Sánchez constituye un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, con afectación directa de derechos constitucionales y convencionales, y revela un desempeño judicial que, prima facie, encuadra en las causales de mal desempeño, ignorancia inexcusable del derecho y arbitrariedad manifiesta, habilitando la intervención del Jurado de Enjuiciamiento”, señala el legislador en su nota y reafirma: “Dichas irregularidades constituyen una pauta objetiva de mal desempeño y deberán ser examinadas por el Jurado en su conjunto”.
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Judiciales
La Corte dejó firme la condena a Ovando y la defensa acusa un “error administrativo”
Sin analizar la cuestión de fondo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó firme la condena de 20 años de prisión impuesta por el Tribunal Penal Uno de Eldorado en contra María Ovando (48) al dar por “no presentado” un recurso de queja planteado por la defensa de la mujer, desde donde alegan que la documentación exigida fue subsanada en tiempo y forma, acusando en consecuencia una “falla administrativa” de parte del máximo órgano judicial del país.
La resolución de la Corte tiene menos de diez renglones y lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En el escrito, los magistrados dieron por “no presentado el recurso de hecho” el recurso defensivo al señalar incumplimientos en las formalidades del trámite interpuesto.
“La parte recurrente no ha dado debido cumplimiento a la intimación que en fecha 30 de mayo de 2025 le formuló el Secretario del Tribunal en los términos del inc. c de la acordada 13/90 (Fallos: 313:21), texto según modificación de la acordada 35/90 (Fallos: 313:37)”, argumentaron.
De esta manera, el máximo órgano judicial del país dejó firme la sentencia, aunque sin analizar la cuestión de fondo que la parte recurrente pretendía que se revisara para revertir la condena.
Consultado sobre el fallo, Eduardo Paredes, abogado defensor de María Ovando, respondió a La Voz de Misiones que “esto es un error administrativo del personal de la Corte. Lo solicitado por la Corte está subido y está presentado desde el 9 de junio. Acá vamos a plantear una revocatoria porque es un error del personal de la Corte”.
Juicio y condena
La condena a 20 años de prisión contra María Ovando fue impuesta en 2020, tras un juicio realizado ante el Tribunal Penal Uno. Tanto a la mujer como los otros dos jóvenes que fueron al banquillo de los acusados fueron declarados responsables de delitos de abuso sexual y corrupción de menores.
Por su vínculo de madre y abuela de las víctimas, sobre la mujer recayó el mayor monto de pena, mientras que Marcos Laurindo (28) y Lucas Ferreira (28) recibieron 18 y 12 años de prisión, respectivamente.
La causa se inició en 2015, a raíz de una denuncia radicada por la guardadora de las menores abusadas, llegó a juicio oral cinco años después.
A esa instancia la mujer llegó en libertad, aunque luego del fallo quedó inmediatamente detenida y fue excarcelada un año después mediante un habeas corpus presentado por la recientemente fallecida Norita Cortiñas, pero el benefició apenas duró dos semanas ya que la Cámara de Apelaciones revocó la medida.
Fue así que Ovando regresó a la Unidad Penal V Correccional de Mujeres de Miguel Lanús, donde continúa alojada para seguir cumpliendo con la condena que el año pasado fue ratificada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.
En el planteo en el que la defensa solicitó la revisión del caso por parte del STJ habían reclamado “la nulidad de la sentencia por indeterminación del hecho imputado, por violación al principio de congruencia, por haberse condenado por un hecho que no fue imputado, privándose del derecho de ser oído, por omisión de valoración de la prueba ofrecida en descargo lesionándose el ejercicio de la defensa, violándose el principio in dubio pro reo”.
FALLO CSJ 001214_2025_RH001El STJ confirmó la condena a 20 años de prisión contra María Ovando
Judiciales
El narco misionero que cayó en Chaco llevaba cocaína con el sello del delfín
El misionero atrapado en Chaco tras una persecución que arrancó en Santiago del Estero no llevaba cualquier cocaína: llevaba la cocaína de alta pureza asociada al capo narco Reinaldo Delfín Castedo, quien supo ser uno de los capos narcos más buscados del país hasta su captura en 2016.
Así revelaron fuentes de la investigación que continúan trabajando en la causa iniciada el viernes pasado con la detención de Hugo Alejandro Kalenok (30), un joven oriundo de Leandro N. Alem que registra como antecedentes una condena por narcotráfico en Santiago del Estero y una detención por robo de vehículos en Ciudad del Este.
La marca del delfín, símbolo que identifica al clan Castedo, fue encontrado en cada uno de los 86 panes que iban ocultos en los cuatro bancos de cemento de Kalenok transportaba en la caja trasera de la Toyota Hilux doble cabina que conducía desde Santiago del Estero hacia estos lares. La carga alcanzó unos 90 kilogramos y fue tazada en aproximadamente 1.000 millones de pesos, según estimaciones efectuadas por investigadores de la GNA.
La detención del misionero se concretó el viernes pasado, aunque no fue sencilla. El joven circulaba por la ruta nacional 16 hasta que en Monte Quemado, localidad de santiagueña ubicada a poco del límite interprovincial con Salta, se topó con un control de GNA que esquivó a toda velocidad e incluso arrolló a dos uniformados.
La fuga dio inicio a una extensa persecución que se extendió por 270 kilómetros hasta la ciudad chaqueña de Sáenz Peña, donde el misionero abandonó la camioneta y a las corridas ingresó al predio de la Universidad Nacional del Chaco Austral (Uncaus), donde finalmente fue interceptado por una empleado del lugar que, en un acto de arrojo, se abalanzó sobre él.
Allí fue arrestado por los efectivos federales y desde ese momento se encuentra privado de su libertad. Según amplió el diario El Liberal de Santiago del Estero, en las últimas horas el misionero compareció ante el juez federal Santiago Argibay, donde negó haber embestido a los gendarmes pero se abstuvo al momento de ser consultado por los estupefacientes que transportaba.
Los investigadores se abocan ahora a rastrear a él o los cómplices que posiblemente iban como “punteros” de la carga, como así también a determinar la ruta de la droga. La principal hipótesis es que su destino era la Triple Frontera, donde Kalenok ya estuvo involucrado en hechos delictivos.
Entre sus antecedentes figura que en 2024 fue detenido en Ciudad del Este junto a una banda acusada de robar vehículos, aunque no lo es único ya que en Santiago del Estero purgó una condena de 6 años y 10 meses de prisión por transportar casi 90 kilogramos de marihuana en un auto.

La carga de 90 kilos de cocaína iba oculta dentro de bancos de cemento.
Delfín Castedo
Castedo es salteño y fue señalado como el creador de una estructura narco que se apoderó del tráfico de droga en la frontera con Bolivia, transformándose en uno de los mayores proveedores de cocaína del país y llegando a enviar cargamentos de la misma sustancia a Europa y otras partes del mundo.
El hombre fue apuntado como “El Patrón del Norte” y se cree que fue uno de los primeros en valerse de los llamados “vuelos narcos” para regar de cocaína el país.
El hombre fue detenido en 2016, tras permanecer más de ocho años prófugo con pedido de captura internacional. En 2022 fue condenado a 16 años de prisión por narcotráfico y en 2023 recibió prisión perpetua por el homicidio de una mujer que lo denunció públicamente por narco.
Actualmente, el sindicado capo narco se encuentra alojado en una área de máxima seguridad dentro de Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza.
Incautan cocaína con sello asociado al capo narco Delfín Castedo en el puente
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