Judiciales
Rita Cervantes recibió 4 años de prisión y pronto podrá recuperar la libertad
El Tribunal Penal Dos de Posadas declaró a Rita Marianela Cervantes Martínez (31) autora del delito de intento de homicidio cometido en perjuicio de su hija recién nacida, aunque consideró que hubo circunstancias de atenuación y, por ende, decidió condenarla a una pena de 4 años prisión, ante lo cual la joven podrá recuperar la libertad en el corto plazo dado que hace más de 3 años permanece detenida en la cárcel de mujeres.
El veredicto no fue unánime, sino por mayoría, con los votos del presidente del tribunal, el magistrado César Antonio Yaya, y del vocal Gregorio Busse, al tiempo que Carlos Giménez opinó en disidencia al considerar que correspondía la absolución de la imputada por el beneficio de la duda.
De esta manera, Rita fue declarada penalmente responsable por el delito de “homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa, habiendo mediado circunstancias extraordinarias atenuación” y recibió una pena de 4 años de prisión, de los cuales ya lleva cumplidos más de 3. Los fundamentos de la sentencia serán leídos el 20 de diciembre.
El fallo se ajustó parcialmente a lo solicitado por el fiscal Vladrimir Glinka, quien en su alegato abogó por la aplicación de la misma calificación legal, aunque entendió que la pena debía ser de 7 años de prisión.
En su exposición, el fiscal descartó la teoría de una psicosis puerperal en la imputada, desacreditó a los peritos de parte y consideró que Rita actuó con dolo directo, al tiempo que calificó el hecho como “un caso excepcional”, atravesado por el contexto de encierro por la pandemia y por las características del embarazo experimentado por la joven.
La defensa, en tanto, encabezada por las letradas Luciana Sommer Aromí y Karen Rodríguez de Olivera, sostuvo que la acusación planteada por la fiscalía carecía de pruebas y luego insistió en la cuestión vinculada a la salud mental durante la etapa de puerperio de Rita. Bajo ambas argumentaciones, el pedido final fue el mismo: la absolución.

La sala del Tribunal Penal Dos repleta ante la exposición de los alegatos de las partes. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
“Rita está privada de su libertad hace tres años. Rita está privada de su vida hace tres años. Ya tiene suficiente. Esto es algo que la va a acompañar para siempre. Ya es suficiente. Para sus hijos también ya es suficiente. Hoy la Justicia misionera tiene la posibilidad de hacer historia y fallar con perspectiva de género”, cerró su alegato Sommer Aromí.
Tras la sentencia, y a pesar de celebrar que la imputada podrá recuperar la libertad en el corto plazo, la letrada adelantó que apelarán el fallo y apuntó que “este es un caso testigo. En Misiones vamos a ver una sentencia sin pruebas”. También criticó que “todavía queda mucho por entender y por aprender respecto a la perspectiva de género”.
La letrada añadió que Rita ahora podrá acogerse al régimen de progresividad dentro de la cárcel para obtener la libertad de manera paulatina y que, en paralelo a ello, se seguirá tramitando la revinculación de la muchacha con sus hijos ante la Justicia de Familia.
“El hecho es innegociable, la calificación también”
La audiencia de hoy, la séptima desde el inicio del debate oral, comenzó exactamente a las 9 y fue transmitida en vivo a través de Youtube. El primero en exponer sus conclusiones fue el fiscal Glinka, quien se valió de un pizarrón para trazar una línea del tiempo mediante la cual reconstruyó la secuencia del caso, según su análisis e interpretación de las pruebas recolectadas durante el proceso.
Para Glinka no hubo dudas respecto al hecho y a la autoría del hecho por parte de la imputada, al tiempo que calificó como “un gran absurdo” la teoría de la psicosis puerperal planteada por la defensa.
“Acá hubo una victimización absurda por parte de habladores que ni siquiera son de esta provincia, a los que ni siquiera les importa la causa y ni conocen a la imputada. Solo están detrás de un interés propio”, lanzó Glinka en la introducción de su alegato, haciendo clara referencia a los especialistas en psiquiatría, psicología y obstetricia que intervinieron en la causa como peritos de parte.
Y en la misma dirección avanzó al postular que “se cabalgó sobre la psicosis puerperal porque la imputada no confiesa el hecho y eso es un sesgo, es justificar con ideología”.
A partir de allí, Glinka desplegó una cronología de sucesos ocurridos desde el 8 de agosto de 2020, día en que Rita se enteró que estaba embarazada de 34 semanas sin haber desarrollado panza, hasta su detención el 7 de septiembre a las 22, recorriendo en el medio su internación en el hospital Materno Neonatal, el parto y su teoría sobre el intento de asesinato perpetrado contra la beba recién nacida.
“Esto fue planificado. El dolo está claro”, insistió el fiscal, quien planteó que Rita ocultó su embarazo y que luego “se vio condicionada por lo que había hecho y actuó en consecuencia de sus propias decisiones. Después del acto equivocado comete todo lo demás para encubrir. Tuvo el problema en frente y se desbordó, pero acá las personas no están sentadas por sus problemas, sino por las formas en las que resuelven sus problemas”.

El fiscal Vladimir Glinka desplegando su teoría del caso frente a la imputada. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
En su exposición de casi dos horas, el fiscal planteó que una vez que Rita fue dada de alta regresó a casa con su hija y esa fue la escena del intento de homicidio, tras lo cual pidió ayuda para descartar el cuerpo.
Glinka consideró como prueba estelar una cámara de seguridad que el 7 de septiembre a las 14.55, más de dos horas después del alta médica, captó a dos mujeres con un niño caminando en cercanías al lugar donde finalmente apareció la beba apuñalada, envuelta en una manta y dentro de una bolsa de consorcio atada.
“El sueño de cualquier fiscal es tener ese video”, celebró. Para él, una de esas dos mujeres era Rita y valoró el testimonio de la ex pareja de la joven, quien la reconoció al ver las imágenes, aunque la defensa luego sostuvo que ese reconocimiento no fue certero y mucho menos concluyente.
El fiscal remarcó que los familiares de la acusada declararon con “contradicciones” y sostuvo que algunos de ellos sabían del embarazo e incluso deslizó que tanto una amiga o como una de las hermanas de Rita pudo haberla acompañado a desechar el cuerpo de la beba.
Ante todo lo expuesto, pidió la condena de 7 años de prisión, reiterando que es un “caso excepcional”, con incidencia de los contextos de encierro por la pandemia, de las características del embarazo, y observando “los evidentes gestos de dolor y arrepentimiento” en la imputada.
“El hecho es innegociable, la calificación también. Por eso creo que Rita tiene que tener la condena que corresponde y también la pena que corresponde a este hecho y a las circunstancias excepcionales. Eso es juzgar con perspectiva, no venir a hablar ‘alpedo’ desde Buenos Aires. Por eso, en relación a este caso y a las excepciones de esta causa, pienso que sería justo que la pena sea inferior al límite mínimo (8 años) que prevé la escala penal”, lanzó sobre el cierre.
“Todo en Rita fue abrumador”
Culminada la exposición de la fiscalía, fue el turno de la defensa y quien encabezó el alegato fue la letrada Sommer Aromí, quien en principio atacó la hipótesis acusatoria al responder que “no existen pruebas materiales que acrediten el hecho ni que vinculen a Rita con el hecho. No hay sangre, no hay huella, no hay testigos, no hay cámaras. El video no es prueba de nada. La actitud corporal de esas personas ya es determinante. No es Rita, ni tampoco su amiga ni su hermana”.
Para la letrada la cronología de hechos planteada por el fiscal corresponde a un “plan ilógico” y un relato que no cumple con lo requerido por las leyes penales.
Independientemente de ello, avanzó en la tesis planteada desde el comienzo del juicio, vinculada a un embarazo sin síntomas y a un proceso de negación y disociación que derivó en una psicosis puerperal con amnesia.
“Rita no contó de su embarazo porque ni ella podía darle entidad de embarazo. No lo podía internalizar en su psiquis. Ella tomaba pastillas, no se le cortó el período, no tenía panza y de repente supo que estaba embarazada de 8 meses”, repasó.

La abogada Luciana Sommer Aromí adelantó que apelarán la sentencia. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
Luego, postuló que el hecho de haberse internado y atravesado el parte en soledad “incidió en que su situación psíquica vaya empeorando. Todo en Rita fue abrumador y cuando ella sale sola del hospital se enfrenta a una realidad que no tenía controlada. Ahí se produce el derrumbe de su estructura psíquica y se produce su período de amnesia”.
Glinka en su alegato refutó que esa amnesia no era “limitada”, sino “conveniente”, a lo cual la defensora contentó arguyendo que fue una perito oficial quien dictaminó que el relato de la imputada era “válido”. “Rita no recuerda lo que pasó y es creíble”, ratificó Sommer Aromí.
La abogada también respondió los embates del fiscal hacía los peritos que intervinieron en la causa y esgrimió que “tratar con tan poca seriedad a estos profesionales habla del sesgo de la fiscalía. Estos profesionales hablan desde su ciencia, hablan de lo que enseñan en la Universidad, hablan de lo que exponen en el Congreso cuando se debaten las leyes”.
Casi sobre el final, la letrada insistió en que “acá hay una psicosis puerperal vinculada también a un abuso infantil y si hay psicosis puerperal estamos hablando de insuficiencia en sus facultada”. Ante ello, el pedido: absolución.
Judiciales
Guirula: resta un alegato y los imputados esperarán presos el veredicto del martes
El Tribunal Penal Dos de Posadas ratificó la medida dispuesta el miércoles y decidió que los seis ex policías imputados por el caso Guirula continúen con “arresto preventivo” hasta el dictado de la sentencia, previsto para el próximo martes, una vez que se complete la ronda de alegatos iniciada ayer con el pedido de prisión perpetua formulado por la fiscalía para dos de los acusados.
Fueron las defensas de Lucas Nahuel Saravia Allosa (37), Carlos Alberto Zidorak (36), Claudio Marcelo Servián y Carlos Alberto Da Silva (34), quienes alegaron esta mañana y en paralelo al pedido de absolución para cada uno de ellos solicitaron el cese del “arresto preventivo” para que puedan aguardar el veredicto en libertad, misma condición en la que llegaron a juicio, aunque no obtuvieron respuesta favorable por parte del tribunal presidido por el magistrado Gregorio Busse e integrado por los jueces de instrucción Fernando Verón y Miguel Mattos como subrogantes legales.
Para el fiscal Vladimir Glinka, los cuatro mencionados incurrieron en el delito de “omisión” al no interceder para evitar las agresiones que derivaron en la muerte del albañil Carlos Guirula, accionar en que atribuyó a los imputados Lourdes Beatriz Tabarez (42) y Ricardo Rafael Escobar (42), para quienes pidió perpetua.
En el caso de Saravia Allosa también fue acusado por torturas, al considerar el lanzamiento de un gas pimienta contra la víctima como una acción enmarcada como vejaciones.
Los seis ex policías habían llegado a juicio acusados de “tortura seguida de muerte”, figura que se mantuvo para Tabarez y Escobar, no así para los otros cuatro imputados, a quienes el fiscal favoreció con un cambio en la calificación legal del delito atribuido, aunque las defensas insistieron en la inocencia absoluta de cada uno de ellos.

Escobar y Tabarez (foto principal) pueden ser condenados a prisión perpetua el próximo martes.
Pedido de absoluciones
“En primera instancia Da Silva propuso llevar al detenido a sanidad policial. Luego, junto a Saravia, le pidieron a Escobar que se bajara de la espalda de Guirula. Es decir, él no fue indiferente, ni guardó silencio. Entonces, no hubo omisión”, argumentó en primer turno Horacio Skanata, defensor de Da Silva, para quien Glinka pidió la menor pena: 6 años de prisión.
En defensa de Servian alegó el letrado Mauricio Vergara, quien cuestionó que la acusación del fiscal Glinka carecía de fundamentos. “Si repasan los testimonios nadie especificó qué hizo o dónde estaba Servian después de que a Guirula lo sacan del auto. Él fue a buscar la camioneta (el patrullero Hilux), si él era el chofer”, señaló.
Y ahondó: “La fiscalía no describe cuál es la conducta omisiva que atribuye a Servian. No lo colocó en algún lugar como para saber si podía o no evitar la agresión”.
Vergara reclamó “violación al principio de congruencia que afectó al derecho de defensa” y solicitó la “anulación de la imputación por falta de fundamentación”, ante lo cual correspondería la absolución de su defendido.

Los abogados Mauricio Vergara, Horacio Skanata y Julián Brites iniciaron la jornada de alegatos este viernes.
El abogado Julián Brites también pidió la absolución de Zidorak, al argumentar que la acusación era “injusta” y al mencionar que su cliente hizo lo que estaba a su alcance para evitar las patadas y pisotones contra la víctima.
“Tabarez pisó la cabeza de Guirula y en un acto reflejo y para resguardo de Guirula Zidorak la apartó con un manotazo. El puntapié que luego dieron fue a espaldas de mi defendido, si hubiera tenido ojos en la nuca lo hubiera podido ver, pero no”, afirmó.
Por último, expusieron los letrados Federico Tilli y Cristian Bareiro, en defensa de Saravia Allosa, quienes calificaron como “irrazonable” la pena solicitada por el Ministerio Público Fiscal.
Cuestionaron que en la causa no hay ningún gas pimienta incautado que acredite el accionar que le achacan a su cliente y, por ende, solicitaron que en la imputación por torturas recibida la absolución por “inexistencia de elemento probatorio” o en su defecto que se aplique el beneficio de la duda.
Sobre la omisión, advirtieron que Saravia Allosa no pudo haber evitado “las patadas a Guirula en el piso porque no estaba en ese momento” y respecto a las agresiones que le endilgan a Escobar durante el traslado del detenido recordó el testimonio de otro policía presente durante el hecho pero sobreseído en la instrucción.

Saravia Allosa en diálogo con su abogado Federico Tilli, último en alegar junto a su colega Cristian Bareiro.
“Bogado fue el testigo estrella acá y él mismo declaró que Allosa le pegó un codazo a Escobar para que deje de hacer lo que estaba haciendo. Es decir, Allosa activó un mecanismo de evitación. Allosa hizo hasta un poco más que Da Silva”, postuló Tilli, que también pidió que absolución de su cliente respecto a la segunda imputación.
Al margen sus planteos principales, las defensas también efectuaron pedidos subsidiarios y la mayoría coincidió que, en caso de que el tribunal coincida con la postura fiscal, las penas solicitadas se den por cumplidas por el tiempo que los acusados ya estuvieron con prisión preventiva (4 años) o que las mismas sean de cumplimiento condicional.
El debate continuará el próximo martes, a partir de las 9. Resta el alegato de la letrada Mónica Olivera, defensora de Escobar, para luego dar paso a la etapa de réplicas y dúplicas, antesala de lo que será el dictado de la sentencia.
Mientras tanto, los seis acusados continuarán alojados en la Unidad Penal VI en caso de los hombres y en el Unidad Penal V en el caso de Tabarez.

El debate es presidido por el magistrado Augusto Gregorio Busse. La sentencia será el martes.
El pedido de la fiscalía:
Lourdes Tabarez: prisión perpetua como autora de “tortura seguido de muerte”.
Ricardo Escobar: prisión perpetua como autor de “tortura seguido de muerte”.
Saravia Allosa: 7 años de prisión por “tortura” y “omisión”
Zidorak y Servian: 6 años y 6 meses de prisión por “omisión”
Da Silva: 6 años de prisión por “omisión”.
Caso Guirula: el fiscal pidió perpetua para dos de los seis policías imputados
Judiciales
Empleado del Casino detenido en causa de estafa fue liberado
El Juzgado de Instrucción Dos de Posadas dispuso la libertad de Héctor “Chino” Olivera, empleado del Casino Club, que permanecía detenido desde el 12 de septiembre, acusado por los delitos de “asociación ilícita”, “falsificación de documentos” y “estafas reiteradas”.
La medida quedó formalizada el último lunes mediante un acta realizada en sede judicial, donde Olivera fijó domicilio y se comprometió a cumplir las reglas impuestas mientras avanza la investigación.
Según la resolución, la Justicia decidió convertir la caución real que pesaba sobre el imputado en una caución juratoria, lo que implica que Olivera recupera la libertad bajo compromiso personal de presentarse ante el tribunal cada vez que sea requerido.
El acusado declaró como domicilio una vivienda ubicada en la chacra 152 de Posadas, y afirmó que no tiene actividades laborales que lo obliguen a ausentarse por más de 24 horas sin notificación previa a la Justicia. En tanto, el juez advirtió que cualquier incumplimiento podría derivar en la revocación del beneficio.
Olivera se desempeñaba como delegado del sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento y Afines (Aleara) en el Casino Club de Posadas, donde tenía 23 años de antigüedad. Está acusado de actuar como nexo entre empleados de la casa de apuestas y el médico Manuel Ramón G. (70), detenido luego de una denuncia de la empresa por la supuesta emisión de certificados médicos apócrifos para su personal.
Finalmente, luego de más de 50 días alojado en la dependencia Séptima de Villa Cabello, el trabajador del Casino Club de Posadas recuperó la libertad el lunes 10 de noviembre.
Esposa de empleado del Casino detenido: “Está preso por se dice qué”
Judiciales
Caso Guirula: el fiscal pidió perpetua para dos de los seis policías imputados
Después de nueve audiencias, la ex oficial ayudante Lourdes Beatriz Tabarez (42) quebró en lágrimas. Lo hizo esta mañana, mientras oía al fiscal Vladimir Glinka formular un pedido de prisión perpetua en su contra como una de las máximas responsables de la muerte del albañil Carlos Guirula, ocurrida el 19 de mayo de 2014 durante un procedimiento policial que comenzó por disturbios en un motel y que culminó en la comisaría Decimotercera de Posadas. No fue el único planteo.
Para Glinka, tanto Tabarez como el cabo Ricardo Rafael Escobar (42) fueron los autores de los pisotones y los puntapiés que provocaron las lesiones que derivaron en la muerte de la víctima, por lo que pidió prisión perpetua para ambos como responsables del delito de “tortura seguida de muerte”, previsto por el artículo 144 ter, inciso 2 del Código Penal de la Nación.
En cuanto a los otro cuatro ex policías que llegaron a juicio, el fiscal los acusó a uno de ellos por haber participado de las vejaciones con el lanzamiento de un gas pimienta y a los restantes por no haber intercedido para impedir las agresiones de sus camaradas, lo que encuadraría en omisión.
En detalle, solicitó 7 años de prisión para el cabo primero Lucas Nahuel Saravia Allosa (37); 6 años y 6 meses para el oficial subayudante Carlos Alberto Zidorak (35) y para el sargento primero Claudio Marcelo Servián: y, por último, 6 años para el agente Carlos Alberto Da Silva (34). Los pedidos además incluyen una inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en todos los acusados.

Tabarez era la de mayor de jerarquía y la encargada del procedimiento que culminó con una muerte.
“Operativo policial catastrófico”
En su alegato de casi dos horas, el representante del Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como “un operativo policial catastrófico” e hizo un repaso cronológico del caso, desde el disturbio que derivó en el llamado a la Policía, hasta la llegada de los patrulleros, el traslado del detenido hacia la comisaría y el “punto oscuro” de una hora donde sostuvo que los implicados se dedicaron a ocultar pruebas.
En base a testimonios recolectados, Glinka sostuvo que esa noche Guirula estaba borracho (con 3,0 gramos de alcohol por litro de sangre, según pericias), pero desacreditó las versiones que lo ubicaban como “violento”, “agresivo” e “incontrolable”. “No era un Goliat”, resumió.
“Se puso denso para no pagar sí, pero no es cierto que los encargados se tuvieron que armar con un palo para defenderse. No hubo violencia. No pegó, ni golpeó a nadie y pagó su deuda. Si a las 3.15 se iban todos a dormir, hoy no estaba nadie acá”, planteó.
Glinka reconstruyó que el primer patrullero (Toyota Hilux, móvil 3-423), integrado por Tabarez como encargada, Servian como chofer y Da Silva como acompañante, llegó al motel de Santa Catalina y Andresito a las 3.18, cuando Guirula ya había abonado las dos petacas de whisky que le reclamaban y se aprestaba a retirarse del lugar junto a sus amigos en el auto de uno de ellos.
“El propio encargado del motel contó que el problema ya estaba solucionado y pidió disculpas por el llamado a la Policía, pero Tabarez dijo ‘no importa, lo llevamos detenido igual. Se fijó en él”, recordó, aunque mencionó que Guirula se resistió a ser aprehendido, lo que derivó en el pedido de otro tres patrulleros que llegaron como refuerzos.

El fiscal Glinka e imágenes de la reconstrucción del hecho, donde se recreó de qué manera Tabarez pisó en la cabeza a Guirula.
En ese punto, Glinka hizo un paréntesis, marcó un punto de inflexión y reforzó su postura: “Es verdad que Guirula se opuso y estuvo mal. Pero cuando le pusieron las esposas se terminó el procedimiento. Todo lo que vino después de ser esposado es delito y los acusados deben responder por ello”.
A partir de ahí desarrolló la parte central de su teoría del caso. El fiscal dio por acreditado que con la víctima esposada y en el suelo, Tabarez la pisó la cabeza primero y luego le aplicó al menos cuatro patadas.
Sobre Escobar, apuntó que también efectuó patadas al detenido y lo acusó de ir “saltando” sobre la espalda de la víctima durante el traslado del hombre hacia la comisaría en la caja de la Toyota Hilux.
Asoció, además, las mecánicas de esas agresiones con los resultados de la autopsia y vinculó el accionar de Tabarez con el edema cerebral y las tres fracturas costales que perforaron el pulmón izquierdo de Guirula.
Para Glinka, los saltos de Escobar sobre la víctima ocasionaron la fractura lineal de seis cosquillas del lado derecho y se basó en los forenses para concluir que cada una de esas lesiones por separado ya revestían carácter de letal, aunque era atendibles en caso de recibir una asistencia médica urgente.
A Saravia Allosa, por su parte, le adjudicó el lanzamiento de gas pimienta contra la víctima, como así también la omisión de no haber impedido las agresiones de Tabarez y Escobar, misma responsabilidad que le atribuyó a los otros tres imputados.
También planteó que después de constatar la muerte de Guirula los acusados llevaron adelante una serie de acciones para ocultar pruebas del caso, como lavar el patrullero, limpiar vestigios de sangre e iniciar ellos mismos la investigación del hecho.
Como cierre de su alegato, Glinka consideró que los acusados “no estaban capacitados” para ejercer como policías, cuestionó la actitud de camaradería que todavía impera entre uniformados y reclamó un proceso más “estricto” para la selección de agentes dentro de la fuerza.

Escobar y más atrás Saravia Allosa, otro de los imputados en la causa.
Vías alternativas de la defensa
A continuación, expuso el defensor oficial Mario Ramírez en representación de la oficial Tabarez. El letrado contrapuso lo desarrollado por Glinka y ofreció cuatro vías posibles para resolver el proceso sin que su defendida reciba prisión perpetua.
Ramírez arrancó su exposición con un video con un compilado de diferentes procedimientos donde se observan agentes policiales de diferentes lugares en tareas para reducir a un detenido. “Esto es como para tener un contexto, porque es muy fácil decir cómo debe actuar un policía con el diario del lunes”, señaló.
A diferencia de Glinka, Ramírez sí consideró que Guirula actuó con violencia aquella noche del hecho, sumado a que resaltó sus características físicas (1,80 metros de alto y casi 100 kilogramos), como así también su potencia como albañil.
“Él si fue violento esa noche y también es una realidad que entre tres no pudieron detener a un tipo. Guirula era un albañil que levantaba bolsas de cemento como cajas de pizza”, ilustró.
También pidió tener en cuenta que “debajo de los uniformados hay personas” y consideró que en el procedimiento hubo un “un desorden y un componente emocional”.
Por último, reconoció y cuestionó: “Hubo golpes, hubo lesiones, hubo incumplimiento, sí. Pero el artículo 144 (tortura seguida de muerte) es sumamente grave y forzado. Estamos ante un debate de tipicidad y de desproporcionalidad de la pena”.

Los imputados llegaron libres al juicio pero ahora aguardan el fallo en “arresto preventivo” por decisión del tribunal presidido por Gregorio Busse.
Ante ese panorama, como planteo principal solicitó que el caso sea considerado como “lesiones en riña” (artículo 95), al entender que contra Guirula hubo varios agresores y no está claro quien efectuó el golpe determinante.
De prosperar esto, Ramírez entendió que a Tabarez debía dársele por cumplida la pena por los años que ya estuvo presa durante la instrucción de la cusa y quedar en inmediatamente en libertad tras el dictado de la sentencia.
En forma subsidiaria, solicitó aplicar el artículo 80, inciso 9 (homicidio en abuso de su función), atenuando por emoción violenta.
La tercera opción que trazó sería enmarcar el caso como un “ejercicio excesivo de la fuerza”, contemplado por el artículo 35, mientras que, por último, solicitó que se mantenga la acusación por tortura pero en concurso real con abandono de persona seguido de muerte, pero que en ese caso su defendida mantenga su libertad hasta tanto el fallo quede firme.
El debate continuará mañana, a partir de las 8.30, con los demás alegatos defensivos. Una vez culminada esas exposiciones, el Tribunal Penal Dos, presidido por el magistrado Gregorio Busse, decidirá cuándo dar el veredicto.
Mientras tanto, los seis acusados continuarán alojados en diferentes unidades penitenciarias, cumpliendo así con “la medida administrativa de arresto preventivo” ordenada por Busse en la previa a los alegatos.
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