Judiciales
Rita Cervantes recibió 4 años de prisión y pronto podrá recuperar la libertad
El Tribunal Penal Dos de Posadas declaró a Rita Marianela Cervantes Martínez (31) autora del delito de intento de homicidio cometido en perjuicio de su hija recién nacida, aunque consideró que hubo circunstancias de atenuación y, por ende, decidió condenarla a una pena de 4 años prisión, ante lo cual la joven podrá recuperar la libertad en el corto plazo dado que hace más de 3 años permanece detenida en la cárcel de mujeres.
El veredicto no fue unánime, sino por mayoría, con los votos del presidente del tribunal, el magistrado César Antonio Yaya, y del vocal Gregorio Busse, al tiempo que Carlos Giménez opinó en disidencia al considerar que correspondía la absolución de la imputada por el beneficio de la duda.
De esta manera, Rita fue declarada penalmente responsable por el delito de “homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa, habiendo mediado circunstancias extraordinarias atenuación” y recibió una pena de 4 años de prisión, de los cuales ya lleva cumplidos más de 3. Los fundamentos de la sentencia serán leídos el 20 de diciembre.
El fallo se ajustó parcialmente a lo solicitado por el fiscal Vladrimir Glinka, quien en su alegato abogó por la aplicación de la misma calificación legal, aunque entendió que la pena debía ser de 7 años de prisión.
En su exposición, el fiscal descartó la teoría de una psicosis puerperal en la imputada, desacreditó a los peritos de parte y consideró que Rita actuó con dolo directo, al tiempo que calificó el hecho como “un caso excepcional”, atravesado por el contexto de encierro por la pandemia y por las características del embarazo experimentado por la joven.
La defensa, en tanto, encabezada por las letradas Luciana Sommer Aromí y Karen Rodríguez de Olivera, sostuvo que la acusación planteada por la fiscalía carecía de pruebas y luego insistió en la cuestión vinculada a la salud mental durante la etapa de puerperio de Rita. Bajo ambas argumentaciones, el pedido final fue el mismo: la absolución.

La sala del Tribunal Penal Dos repleta ante la exposición de los alegatos de las partes. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
“Rita está privada de su libertad hace tres años. Rita está privada de su vida hace tres años. Ya tiene suficiente. Esto es algo que la va a acompañar para siempre. Ya es suficiente. Para sus hijos también ya es suficiente. Hoy la Justicia misionera tiene la posibilidad de hacer historia y fallar con perspectiva de género”, cerró su alegato Sommer Aromí.
Tras la sentencia, y a pesar de celebrar que la imputada podrá recuperar la libertad en el corto plazo, la letrada adelantó que apelarán el fallo y apuntó que “este es un caso testigo. En Misiones vamos a ver una sentencia sin pruebas”. También criticó que “todavía queda mucho por entender y por aprender respecto a la perspectiva de género”.
La letrada añadió que Rita ahora podrá acogerse al régimen de progresividad dentro de la cárcel para obtener la libertad de manera paulatina y que, en paralelo a ello, se seguirá tramitando la revinculación de la muchacha con sus hijos ante la Justicia de Familia.
“El hecho es innegociable, la calificación también”
La audiencia de hoy, la séptima desde el inicio del debate oral, comenzó exactamente a las 9 y fue transmitida en vivo a través de Youtube. El primero en exponer sus conclusiones fue el fiscal Glinka, quien se valió de un pizarrón para trazar una línea del tiempo mediante la cual reconstruyó la secuencia del caso, según su análisis e interpretación de las pruebas recolectadas durante el proceso.
Para Glinka no hubo dudas respecto al hecho y a la autoría del hecho por parte de la imputada, al tiempo que calificó como “un gran absurdo” la teoría de la psicosis puerperal planteada por la defensa.
“Acá hubo una victimización absurda por parte de habladores que ni siquiera son de esta provincia, a los que ni siquiera les importa la causa y ni conocen a la imputada. Solo están detrás de un interés propio”, lanzó Glinka en la introducción de su alegato, haciendo clara referencia a los especialistas en psiquiatría, psicología y obstetricia que intervinieron en la causa como peritos de parte.
Y en la misma dirección avanzó al postular que “se cabalgó sobre la psicosis puerperal porque la imputada no confiesa el hecho y eso es un sesgo, es justificar con ideología”.
A partir de allí, Glinka desplegó una cronología de sucesos ocurridos desde el 8 de agosto de 2020, día en que Rita se enteró que estaba embarazada de 34 semanas sin haber desarrollado panza, hasta su detención el 7 de septiembre a las 22, recorriendo en el medio su internación en el hospital Materno Neonatal, el parto y su teoría sobre el intento de asesinato perpetrado contra la beba recién nacida.
“Esto fue planificado. El dolo está claro”, insistió el fiscal, quien planteó que Rita ocultó su embarazo y que luego “se vio condicionada por lo que había hecho y actuó en consecuencia de sus propias decisiones. Después del acto equivocado comete todo lo demás para encubrir. Tuvo el problema en frente y se desbordó, pero acá las personas no están sentadas por sus problemas, sino por las formas en las que resuelven sus problemas”.

El fiscal Vladimir Glinka desplegando su teoría del caso frente a la imputada. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
En su exposición de casi dos horas, el fiscal planteó que una vez que Rita fue dada de alta regresó a casa con su hija y esa fue la escena del intento de homicidio, tras lo cual pidió ayuda para descartar el cuerpo.
Glinka consideró como prueba estelar una cámara de seguridad que el 7 de septiembre a las 14.55, más de dos horas después del alta médica, captó a dos mujeres con un niño caminando en cercanías al lugar donde finalmente apareció la beba apuñalada, envuelta en una manta y dentro de una bolsa de consorcio atada.
“El sueño de cualquier fiscal es tener ese video”, celebró. Para él, una de esas dos mujeres era Rita y valoró el testimonio de la ex pareja de la joven, quien la reconoció al ver las imágenes, aunque la defensa luego sostuvo que ese reconocimiento no fue certero y mucho menos concluyente.
El fiscal remarcó que los familiares de la acusada declararon con “contradicciones” y sostuvo que algunos de ellos sabían del embarazo e incluso deslizó que tanto una amiga o como una de las hermanas de Rita pudo haberla acompañado a desechar el cuerpo de la beba.
Ante todo lo expuesto, pidió la condena de 7 años de prisión, reiterando que es un “caso excepcional”, con incidencia de los contextos de encierro por la pandemia, de las características del embarazo, y observando “los evidentes gestos de dolor y arrepentimiento” en la imputada.
“El hecho es innegociable, la calificación también. Por eso creo que Rita tiene que tener la condena que corresponde y también la pena que corresponde a este hecho y a las circunstancias excepcionales. Eso es juzgar con perspectiva, no venir a hablar ‘alpedo’ desde Buenos Aires. Por eso, en relación a este caso y a las excepciones de esta causa, pienso que sería justo que la pena sea inferior al límite mínimo (8 años) que prevé la escala penal”, lanzó sobre el cierre.
“Todo en Rita fue abrumador”
Culminada la exposición de la fiscalía, fue el turno de la defensa y quien encabezó el alegato fue la letrada Sommer Aromí, quien en principio atacó la hipótesis acusatoria al responder que “no existen pruebas materiales que acrediten el hecho ni que vinculen a Rita con el hecho. No hay sangre, no hay huella, no hay testigos, no hay cámaras. El video no es prueba de nada. La actitud corporal de esas personas ya es determinante. No es Rita, ni tampoco su amiga ni su hermana”.
Para la letrada la cronología de hechos planteada por el fiscal corresponde a un “plan ilógico” y un relato que no cumple con lo requerido por las leyes penales.
Independientemente de ello, avanzó en la tesis planteada desde el comienzo del juicio, vinculada a un embarazo sin síntomas y a un proceso de negación y disociación que derivó en una psicosis puerperal con amnesia.
“Rita no contó de su embarazo porque ni ella podía darle entidad de embarazo. No lo podía internalizar en su psiquis. Ella tomaba pastillas, no se le cortó el período, no tenía panza y de repente supo que estaba embarazada de 8 meses”, repasó.

La abogada Luciana Sommer Aromí adelantó que apelarán la sentencia. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
Luego, postuló que el hecho de haberse internado y atravesado el parte en soledad “incidió en que su situación psíquica vaya empeorando. Todo en Rita fue abrumador y cuando ella sale sola del hospital se enfrenta a una realidad que no tenía controlada. Ahí se produce el derrumbe de su estructura psíquica y se produce su período de amnesia”.
Glinka en su alegato refutó que esa amnesia no era “limitada”, sino “conveniente”, a lo cual la defensora contentó arguyendo que fue una perito oficial quien dictaminó que el relato de la imputada era “válido”. “Rita no recuerda lo que pasó y es creíble”, ratificó Sommer Aromí.
La abogada también respondió los embates del fiscal hacía los peritos que intervinieron en la causa y esgrimió que “tratar con tan poca seriedad a estos profesionales habla del sesgo de la fiscalía. Estos profesionales hablan desde su ciencia, hablan de lo que enseñan en la Universidad, hablan de lo que exponen en el Congreso cuando se debaten las leyes”.
Casi sobre el final, la letrada insistió en que “acá hay una psicosis puerperal vinculada también a un abuso infantil y si hay psicosis puerperal estamos hablando de insuficiencia en sus facultada”. Ante ello, el pedido: absolución.
Judiciales
La Justicia suspendió desalojo de escuela campesina Ñande Kokue en Montecarlo
El Juzgado Civil y Comercial Tres de Eldorado resolvió suspender de manera provisoria el desalojo en los lotes 48 y 49 de Montecarlo, previsto para este jueves, lo que habría afectado a 112 familias de campesinos que asisten a la escuela de formación agroecológica aledaña, espacio que sería trasladado a otra zona próximamente.
Luego de la mesa de diálogo concretada el pasado lunes 8 de junio, entre campesinos y docentes de la escuela Ñande Kokue, donde funciona el Bachillerato Provincial (BOP) 126, el ministro de Gabinete Carlos “Kako” Sartori, entre otras autoridades del gobierno provincial, el juzgado interviniente decidió postergar el desalojo “atento a las delicadas circunstancias sociales y humanas relevadas en las actuaciones efectuadas”.
En la resolución, a la que accedió La Voz de Misiones, la Justicia determinó que “corresponde imperioso destacar la preeminencia del orden institucional y el compromiso social que debe guiar la actividad jurisdiccional”.
En ese contexto, también advirtió sobre la configuración social del grupo en cuestión y la necesidad de garantizar los derechos humanos básicos: “Ante situaciones que evidencian un estado de vulnerabilidad de los sujetos que concurren -menores y adultos, días sábados- al inmueble, el servicio de justicia no puede permanecer ajeno a las derivaciones materiales de sus pronunciamientos, resultando indispensable articular mecanismos de contención interinstitucional que resguarde los derechos fundamentales en juego”.
En este sentido, asumieron el compromiso de diseñar y ejecutar medidas de apoyo específicas, por lo que también reiteraron la inmediata intervención a los organismos competentes: la secretaría de Niñez del municipio, la Dirección de Acción Social municipal, el Ministerio de Educación de la provincia, el Ministerio de Gobierno y la Secretaría de Gobierno e intendencia municipal.
A estos se sumarían la Secretaría de Gobierno, Asuntos Registrales y Tierras de la provincia y la Dirección de Catastro del municipio, a fin de adoptar las “medidas conducentes para la reubicación de las actividades de formación en oficios”, que actualmente se desarrollan en el mencionado espacio.
Finalmente, el juzgado interviniente dictaminó que, las instituciones mencionadas deberán informar, dentro del plazo de tres días de notificados, las acciones implementadas y, posteriormente, remitir informes periódicos cada cinco días hasta la efectiva solución de la situación planteada.
De esta manera, la sentencia de desalojo, firme ante la Cámara de Apelaciones, quedó suspendida provisoriamente, lo que “no altera ni afecta la firmeza de la sentencia de desalojo, limitándose exclusivamente a diferir temporalmente su ejecución material a fin de posibilitar la intervención coordinada, y de carácter urgente, de los organismos estatales involucrados en resguardo de la paz social y la tutela judicial efectiva para efectivizar la desocupación del inmueble”.
Abren mesa de diálogo entre La Misionera y campesinos de Montecarlo
Judiciales
Piden entre 16 y 3 años de prisión para ex gendarmes narcos misioneros en Salta
El fiscal federal Ricardo Toranzos solicitó penas de entre 3 y 16 años de prisión para los siete integrantes de una organización narcocriminal integrada por gendarmes, ex miembros de la fuerza y aspirantes a ingresar a la institución, acusados de transportar 334 kilogramos de cocaína en dos operativos realizados en Salta durante 2024.
Entre los principales imputados aparecen varios misioneros, señalados como piezas clave de la estructura delictiva.
Durante su alegato ante el Tribunal Oral Federal N.º 2 de Salta, Toranzos pidió la pena máxima de 16 años de prisión para los misioneros Richar Ariel Delgado y Jonathan Leonel Ostapowicz (comerciante), además de Gabriel Ruiz Apaza, al considerarlos coautores del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en dos hechos distintos.
Para los otros ex gendarmes misioneros Adrián Emilio Escarlata y Diego Hernán Delgado, el fiscal solicitó 13 y 9 años y 6 meses de prisión, respectivamente.
La causa expuso el funcionamiento de una organización con fuerte impronta misionera que quedó al descubierto en mayo de 2024, cuando Diego Delgado fue detenido en Salta mientras trasladaba más de 300 kilos de cocaína ocultos en una Volkswagen Amarok. El secuestro de su teléfono celular permitió a los investigadores reconstruir la trama criminal, identificar a los demás involucrados y desarticular la estructura.

El fiscal solicitó 13 y 9 años y 6 meses de prisión para Adrián Emilio Escarlata y Diego Hernán Delgado
Según la investigación encabezada por Toranzos, Ostapowicz y Richar Delgado eran dos de los principales organizadores de la maniobra. Ambos fueron detenidos meses después en operativos realizados en Posadas y Bernardo de Irigoyen, respectivamente. Los investigadores sostienen que tenían un rol central en la logística de los viajes y en la provisión de vehículos utilizados para transportar la droga desde el norte salteño hacia Buenos Aires.
Richar Delgado, oriundo de Azara, había pertenecido a Gendarmería Nacional y llegó a desempeñarse en áreas de investigación de la fuerza. Su hermano menor, Diego Hernán Delgado, también integró la institución hasta ser expulsado tras quedar involucrado en actividades vinculadas al narcotráfico. Ambos quedaron ubicados por la fiscalía entre los actores más relevantes de la organización.
Otro de los misioneros alcanzados por el pedido de condena es Escarlata, domiciliado en Apóstoles. El ex gendarme fue detenido en octubre de 2024 cuando transportaba otros 31 kilos de cocaína ocultos en una rueda de auxilio. Junto a él viajaba su esposa, Marlene Leonor Hañek, también oriunda de esa localidad.
La fiscalía sostuvo que la banda operaba mediante una estructura estable y organizada, aprovechando conocimientos adquiridos dentro de las fuerzas de seguridad para ocultar cargamentos y eludir controles. Entre las pruebas incorporadas al debate figuran conversaciones extraídas de un grupo de WhatsApp denominado “Los Peluches”, donde los acusados coordinaban traslados y compartían instrucciones sobre cómo acondicionar la droga en los vehículos y cómo actuar ante eventuales inspecciones.
El tribunal ya declaró la responsabilidad penal de los acusados y resta conocer la sentencia definitiva, que se dará a conocer el próximo jueves. Además de las penas de prisión, el fiscal solicitó el decomiso de bienes secuestrados durante la investigación, entre ellos vehículos de alta gama, dinero en efectivo y otros activos que presuntamente habrían sido adquiridos con fondos provenientes de la actividad ilícita.
Contrabando de granos y lavado de activos, otras causas de los narcogendarmes
Judiciales
Remisero detenido por el femicidio de Candia se abstuvo y fue imputado
El remisero detenido por el femicidio de Dulce María Beatriz Candia (17) se abstuvo de declarar ayer y fue formalmente imputado por el hecho que investiga el Juzgado de Instrucción Uno de Eldorado, a cargo de la magistrada María Laura Rodríguez.
El hombre, identificado como Mario Alberto Yung (46), fue trasladado ayer a la mañana hasta la dependencia judicial y una vez dentro optó por guardar silencio, tal como lo ampara su derecho.
Un día antes había designado como abogado a un defensor oficial y ahora se aguarda que el juzgado continúe con la instrucción de la causa, que todavía aguarda por la recepción de testimoniales y el resultado de varias pericias que podrían arrojar luz sobre el hecho.
Entre esas pericias hay estudios de telefonía y análisis genéticos sobre prendas de vestir y, principalmente, sobre un retazo de tela que, se especula, pudo haber sido elemento utilizado para estrangular a la víctima.
Caso Candia: pericias se centrarán en retazos de tela, celulares y un auto
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