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Rita Cervantes recibió 4 años de prisión y pronto podrá recuperar la libertad

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El Tribunal Penal Dos de Posadas declaró a Rita Marianela Cervantes Martínez (31) autora del delito de intento de homicidio cometido en perjuicio de su hija recién nacida, aunque consideró que hubo circunstancias de atenuación y, por ende, decidió condenarla a una pena de 4 años prisión, ante lo cual la joven podrá recuperar la libertad en el corto plazo dado que hace más de 3 años permanece detenida en la cárcel de mujeres. 

El veredicto no fue unánime, sino por mayoría, con los votos del presidente del tribunal, el magistrado César Antonio Yaya, y del vocal Gregorio Busse, al tiempo que Carlos Giménez opinó en disidencia al considerar que correspondía la absolución de la imputada por el beneficio de la duda.

De esta manera, Rita fue declarada penalmente responsable por el delito de “homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa, habiendo mediado circunstancias extraordinarias atenuación” y recibió una pena de 4 años de prisión, de los cuales ya lleva cumplidos más de 3. Los fundamentos de la sentencia serán leídos el 20 de diciembre.

El fallo se ajustó parcialmente a lo solicitado por el fiscal Vladrimir Glinka, quien en su alegato abogó por la aplicación de la misma calificación legal, aunque entendió que la pena debía ser de 7 años de prisión.

En su exposición, el fiscal descartó la teoría de una psicosis puerperal en la imputada, desacreditó a los peritos de parte y consideró que Rita actuó con dolo directo, al tiempo que calificó el hecho como “un caso excepcional”, atravesado por el contexto de encierro por la pandemia y por las características del embarazo experimentado por la joven.

La defensa, en tanto, encabezada por las letradas Luciana Sommer Aromí y Karen Rodríguez de Olivera, sostuvo que la acusación planteada por la fiscalía carecía de pruebas y luego insistió en la cuestión vinculada a la salud mental durante la etapa de puerperio de Rita. Bajo ambas argumentaciones, el pedido final fue el mismo: la absolución.

La sala del Tribunal Penal Dos repleta ante la exposición de los alegatos de las partes. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

“Rita está privada de su libertad hace tres años. Rita está privada de su vida hace tres años. Ya tiene suficiente. Esto es algo que la va a acompañar para siempre. Ya es suficiente. Para sus hijos también ya es suficiente. Hoy la Justicia misionera tiene la posibilidad de hacer historia y fallar con perspectiva de género”, cerró su alegato Sommer Aromí.

Tras la sentencia, y a pesar de celebrar que la imputada podrá recuperar la libertad en el corto plazo, la letrada adelantó que apelarán el fallo y apuntó que “este es un caso testigo. En Misiones vamos a ver una sentencia sin pruebas”. También criticó que “todavía queda mucho por entender y por aprender respecto a la perspectiva de género”.

La letrada añadió que Rita ahora podrá acogerse al régimen de progresividad dentro de la cárcel para obtener la libertad de manera paulatina y que, en paralelo a ello, se seguirá tramitando la revinculación de la muchacha con sus hijos ante la Justicia de Familia.

“El hecho es innegociable, la calificación también”

La audiencia de hoy, la séptima desde el inicio del debate oral, comenzó exactamente a las 9 y fue transmitida en vivo a través de Youtube. El primero en exponer sus conclusiones fue el fiscal Glinka, quien se valió de un pizarrón para trazar una línea del tiempo mediante la cual reconstruyó la secuencia del caso, según su análisis e interpretación de las pruebas recolectadas durante el proceso.

Para Glinka no hubo dudas respecto al hecho y a la autoría del hecho por parte de la imputada, al tiempo que calificó como “un gran absurdo” la teoría de la psicosis puerperal planteada por la defensa.

“Acá hubo una victimización absurda por parte de habladores que ni siquiera son de esta provincia, a los que ni siquiera les importa la causa y ni conocen a la imputada. Solo están detrás de un interés propio”, lanzó Glinka en la introducción de su alegato, haciendo clara referencia a los especialistas en psiquiatría, psicología y obstetricia que intervinieron en la causa como peritos de parte.

Y en la misma dirección avanzó al postular que “se cabalgó sobre la psicosis puerperal porque la imputada no confiesa el hecho y eso es un sesgo, es justificar con ideología”.

A partir de allí, Glinka desplegó una cronología de sucesos ocurridos desde el 8 de agosto de 2020, día en que Rita se enteró que estaba embarazada de 34 semanas sin haber desarrollado panza, hasta su detención el 7 de septiembre a las 22, recorriendo en el medio su internación en el hospital Materno Neonatal, el parto y su teoría sobre el intento de asesinato perpetrado contra la beba recién nacida.

“Esto fue planificado. El dolo está claro”, insistió el fiscal, quien planteó que Rita ocultó su embarazo y que luego “se vio condicionada por lo que había hecho y actuó en consecuencia de sus propias decisiones. Después del acto equivocado comete todo lo demás para encubrir. Tuvo el problema en frente y se desbordó, pero acá las personas no están sentadas por sus problemas, sino por las formas en las que resuelven sus problemas”.

El fiscal Vladimir Glinka desplegando su teoría del caso frente a la imputada. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

En su exposición de casi dos horas, el fiscal planteó que una vez que Rita fue dada de alta regresó a casa con su hija y esa fue la escena del intento de homicidio, tras lo cual pidió ayuda para descartar el cuerpo.

Glinka consideró como prueba estelar una cámara de seguridad que el 7 de septiembre a las 14.55, más de dos horas después del alta médica, captó a dos mujeres con un niño caminando en cercanías al lugar donde finalmente apareció la beba apuñalada, envuelta en una manta y dentro de una bolsa de consorcio atada.

“El sueño de cualquier fiscal es tener ese video”, celebró. Para él, una de esas dos mujeres era Rita y valoró el testimonio de la ex pareja de la joven, quien la reconoció al ver las imágenes, aunque la defensa luego sostuvo que ese reconocimiento no fue certero y mucho menos concluyente. 

El fiscal remarcó que los familiares de la acusada declararon con “contradicciones” y sostuvo que algunos de ellos sabían del embarazo e incluso deslizó que tanto una amiga o como una de las hermanas de Rita pudo haberla acompañado a desechar el cuerpo de la beba.

Ante todo lo expuesto, pidió la condena de 7 años de prisión, reiterando que es un “caso excepcional”, con incidencia de los contextos de encierro por la pandemia, de las características del embarazo, y observando “los evidentes gestos de dolor y arrepentimiento” en la imputada.

“El hecho es innegociable, la calificación también. Por eso creo que Rita tiene que tener la condena que corresponde y también la pena que corresponde a este hecho y a las circunstancias excepcionales. Eso es juzgar con perspectiva, no venir a hablar ‘alpedo’ desde Buenos Aires. Por eso, en relación a este caso y a las excepciones de esta causa, pienso que sería justo que la pena sea inferior al límite mínimo (8 años) que prevé la escala penal”, lanzó sobre el cierre.

“Todo en Rita fue abrumador”

Culminada la exposición de la fiscalía, fue el turno de la defensa y quien encabezó el alegato fue la letrada Sommer Aromí, quien en principio atacó la hipótesis acusatoria al responder que “no existen pruebas materiales que acrediten el hecho ni que vinculen a Rita con el hecho. No hay sangre, no hay huella, no hay testigos, no hay cámaras. El video no es prueba de nada. La actitud corporal de esas personas ya es determinante. No es Rita, ni tampoco su amiga ni su hermana”.

Para la letrada la cronología de hechos planteada por el fiscal corresponde a un “plan ilógico” y un relato que no cumple con lo requerido por las leyes penales.

Independientemente de ello, avanzó en la tesis planteada desde el comienzo del juicio, vinculada a un embarazo sin síntomas y a un proceso de negación y disociación que derivó en una psicosis puerperal con amnesia.

“Rita no contó de su embarazo porque ni ella podía darle entidad de embarazo. No lo podía internalizar en su psiquis. Ella tomaba pastillas, no se le cortó el período, no tenía panza y de repente supo que estaba embarazada de 8 meses”, repasó.

La abogada Luciana Sommer Aromí adelantó que apelarán la sentencia. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

Luego, postuló que el hecho de haberse internado y atravesado el parte en soledad “incidió en que su situación psíquica vaya empeorando. Todo en Rita fue abrumador y cuando ella sale sola del hospital se enfrenta a una realidad que no tenía controlada. Ahí se produce el derrumbe de su estructura psíquica y se produce su período de amnesia”.

Glinka en su alegato refutó que esa amnesia no era “limitada”, sino “conveniente”, a lo cual la defensora contentó arguyendo que fue una perito oficial quien dictaminó que el relato de la imputada era “válido”. “Rita no recuerda lo que pasó y es creíble”, ratificó Sommer Aromí.

La abogada también respondió los embates del fiscal hacía los peritos que intervinieron en la causa y esgrimió que “tratar con tan poca seriedad a estos profesionales habla del sesgo de la fiscalía. Estos profesionales hablan desde su ciencia, hablan de lo que enseñan en la Universidad, hablan de lo que exponen en el Congreso cuando se debaten las leyes”.

Casi sobre el final, la letrada insistió en que “acá hay una psicosis puerperal vinculada también a un abuso infantil y si hay psicosis puerperal estamos hablando de insuficiencia en sus facultada”. Ante ello, el pedido: absolución.

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Ex penitenciario irá a juicio por el crimen a martillazos de una jubilada

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El magistrado Juan Manuel Monte, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, decretó en las últimas horas la elevación a juicio de la causa por el femicidio de la jubilada Amanda Müller (70), perpetrado un año atrás en Santa Ana, y el expediente ya fue remitido al Tribunal Penal Uno de la capital provincial.

De acuerdo a fuentes consultadas por La Voz de Misiones, en el requerimiento de elevación a juicio se dispuso que el único acusado del hecho, el ex agente penitenciario Sebastián Isaías Keller (31), responda bajo la imputación de homicidio agravado por violencia de género (femicidio), figura contemplada por el artículo 80, inciso 11, del Código Penal de la Nación, y que prevé una pena de prisión perpetua.

Las mismas fuentes indicaron que el expediente ya fue remitido al Tribunal Penal Uno de Posadas, cuyas autoridades ahora deberán fijar fecha en su agenda para realización del debate oral y público.

El auto de la víctima fue encontrado días después en Posadas.

El caso

El femicidio de Müller fue descubierto el 18 de enero de 2025, en horas de la tarde, cuando vecinos del barrio Parque Industrial de Santa Ana alertaron sobre la presencia de un cadáver dentro de un inmueble de la zona.

Al llegar, los efectivos locales se toparon con el cuerpo de la dueña de casa masacrada a golpes. La autopsia luego estableció que la víctima recibió al menos diez martillazos que le fracturaron el cráneo y otras tantas heridas cortantes en la espalda que le perforaron un pulmón.

Tras las primeras averiguaciones, quien quedó bajo la lupa fue Keller, un ex penitenciario dado de baja en diciembre de 2024 por “conductas incompatibles” y que en el último tiempo se había convertido en un hombre de extrema confianza para Müller.

La relación entre ambos era tal que la mujer le encomendaba trabajos domésticos y mandados a Keller, además de que planeaba alquilarle su casa y que ese 16 de enero almorzaron juntos, según los últimos movimientos que pudieron reconstruir en ese momento los investigadores que intervinieron el caso bajo la supervisión del juez Monte.

Incluso, los pesquisas determinaron que ese mismo día el sospechoso llegó a la casa de su novia en Posadas totalmente ensangrentado y alegó haberse peleado con el presunto comprador de un auto que tenía en venta.

Tras quedar bajo la lupa, la Policía desplegó operativos en toda la provincia y el domingo 19 de enero, a la madrugada, detuvieron al sospechoso en Colonia Aurora, donde tenía previsto viajar para pasar el fin de semana junto a familiares.

Al momento de su detención, Keller iba al mando de un automóvil Volkswagen y en compañía de su novia. La joven, de 28 años, fue demorada inicialmente pero ya recuperó la libertad tras la constatación de antecedentes y fue desvinculada de la causa.

Dentro de ese auto incautaron una mochila que contenía 1,8 millones de pesos, dinero que se supone fue robado a Müller, además del Peugeot 208 negro, dominio AG-914-NL, que recién fue encontrado el 23 de enero en una vivienda de la comunidad gitana en Posadas.

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Juzgan a Polaquito Ferreyra, acusado de matar a un amigo y violar a la novia

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Polaquito Ferreyra

Tras la suspensión de la semana pasada, el Tribunal Penal Uno de Eldorado fijó para este martes a las 8.30 la nueva fecha de inicio del juicio oral contra Nazareno “Polaquito” Ferreyra (38), acusado de asesinar a su amigo Bruno Mendez (21) y violar a la novia de éste dentro de una casa del barrio Villa Alta de Puerto Iguazú, en uno de los crímenes más resonantes de los últimos años en la provincia.

El implicado, de 38 años, está imputado por “homicidio doblemente calificado por ensañamiento y criminis causa” en perjuicio de Mendez y por “abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma y privación ilegítima de la libertad agravada” en perjuicio de la muchacha.

Bajo esos cargos, que pueden significarle una pena de prisión perpetua al final del proceso, Polaquito enfrentará el debate oral que prevé una extensión de al menos tres jornadas y la participación de una quincena de testigos que fueron citados para prestar declaración.

El hecho que se ventilará en debate oral se registró el 4 de abril de 2022, en una vivienda del barrio Villa Alta de Puerto Iguazú y se descubrió a partir de que la joven abusada pudo escapar de su captor para pedir ayuda a los vecinos de la zona.

La reconstrucción del caso indica que esa madrugada Ferreyra estuvo compartiendo una ronda de tragos en su casa con Mendez y la novia de éste, de 18 años.

En determinado momento de la noche, se estima que Mendez le pidió al dueño de casa una habitación para tener intimidad con su novia y el acusado accedió, aunque luego intentó participar del encuentro sexual.

En esa instancia, se desató una pelea entre Mendez y Ferreyra, que alcanzó a tomar un cuchillo e hirió de al menos cuatro estocadas a su contrincante.

Bruno Mendez recibió al menos cuatro estocadas durante el ataque de su amigo.

Después de ello, el hombre abusó sexualmente de la joven y a la mañana siguiente se dispuso a esconder el cadáver de su amigo, pero la muchacha logró aprovechar un descuido suyo para escapar junto su bebé de un año.

Allí el acusado intentó darse a la fuga, pero fue detenido a los pocos minutos por una comisión policial.

Al momento de prestar declaración indagatoria, el acusado dio vuelta la versión de los hechos, afirmando que la relación sexual con la joven fue consentida y que a Mendez lo mató en defensa propia ya que él fue agredido en primera instancia. “Me defendí y me fui de mambo, me pasé”, declaró.

La joven sobreviviente luego dialogó con el canal CVI Noticias 5 de Iguazú y dio un testimonio que contrasta severamente con la versión del acusado: “Toda la noche abusó de mí. Mi hijo estaba cerca de nosotros y en un momento le pasó el cuchillo por el cuerpo de mi bebé para que yo le tratara con cariño. Me dijo que si no le hacía sentir placer, lo iba a matar”.

Ferreyra fue procesado con prisión preventiva en mayo 2022 y desde ese momento está preso en la Unidad Penal VII de Cerro Azul.

Además del testimonio de la sobreviviente, en la causa también obran informes periciales que confirman la presencia del perfil genético de Ferreyra tanto en el cuchillo utilizado para matar a Mendez, como en el cuerpo de la joven abusada sexualmente.

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Abogado de intendente denunciado por abuso: “Estaríamos ante una fábula”

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Sergio Báez, el abogado de Mario Peyer, el intendente de Caraguatay que hoy retomó su cargo tras pedirse 30 días de licencia para ponerse a disposición de la Justicia por una denuncia por abuso sexual que pesaba en su contra, calificó el caso como una “falsa denuncia” y apuntó que la presentación en contra de su cliente consistió en una “fábula” por parte de la presunta víctima.

Las declaraciones de Báez se dieron esta mañana, en paralelo al pedido de sobreseimiento total y definitivo de Peyer solicitado por Héctor Simón, titular de la Fiscalía de Instrucción Uno de Puerto Rico, interviniente en el expediente abierto en febrero pasado cuando se radicó la denuncia contra el jefe comunal.

“Hoy tuvimos varias novedades. Una fue el pedido de sobreseimiento total y definitivo del intendente Mario Peyer. Lógicamente el juez (Manuel Balanda Gómez) va a correr traslado a la querella y a las otras partes, para después tomar su decisión. Al ser el fiscal el dueño de la acción pública, esto es un tema prácticamente consumado”, aseveró Báez, en diálogo con Radio República.

Sobre el desarrollo de la causa en sí, el letrado consideró que “nos encontramos con una falsa denuncia, pero hemos demostrado que el intendente es inocente” y detalló que “hoy se agregaron las pericias psicológicas que establecen que la denuncian recurre a la fabulación y a la sobreactuación de sus síntomas como estrategia defensiva y tiende a reinterpretar su vivencia”.

“Esto significa que tiene un cuadro de magnificación y fabulación instrumental. Estos indicadores están en contra de una persona que haya sufrido un trauma de abuso sexual. Es decir, estaríamos ante una fábula”, resumió.

Báez también sostuvo que, en el marco de la investigación y análisis de pruebas, del teléfono de la denunciante se recuperó una grabación donde advierten que al momento de efectuar la presentación contra Peyer sus dichos estuvieron “semidirigidos” por su abogada.

“La víctima puede ir acompañada porque se siente protegida, pero lo que no puede pasar es que esa persona que la acompaña semidirija la denuncia acotando datos y solicitando que se agregue datos. Esa otra persona es la abogada de la supuesta víctima”, precisó.

“A pesar de eso, nosotros, durante todo el proceso, como estrategia defensiva, tratamos de ofrecer todo tipo de pruebas. Testigos, lugares donde podían haber cámaras y más”, agregó y explicó que en esa labor buscaron fotografías tomadas en fechas cercanas a los hechos denunciados para “demostrar que ni la denunciante ni el intendente presentaban signos de golpes o marcas en sus cuerpos como se señaló en la primera denuncia”.

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