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Rita Cervantes recibió 4 años de prisión y pronto podrá recuperar la libertad

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El Tribunal Penal Dos de Posadas declaró a Rita Marianela Cervantes Martínez (31) autora del delito de intento de homicidio cometido en perjuicio de su hija recién nacida, aunque consideró que hubo circunstancias de atenuación y, por ende, decidió condenarla a una pena de 4 años prisión, ante lo cual la joven podrá recuperar la libertad en el corto plazo dado que hace más de 3 años permanece detenida en la cárcel de mujeres. 

El veredicto no fue unánime, sino por mayoría, con los votos del presidente del tribunal, el magistrado César Antonio Yaya, y del vocal Gregorio Busse, al tiempo que Carlos Giménez opinó en disidencia al considerar que correspondía la absolución de la imputada por el beneficio de la duda.

De esta manera, Rita fue declarada penalmente responsable por el delito de “homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa, habiendo mediado circunstancias extraordinarias atenuación” y recibió una pena de 4 años de prisión, de los cuales ya lleva cumplidos más de 3. Los fundamentos de la sentencia serán leídos el 20 de diciembre.

El fallo se ajustó parcialmente a lo solicitado por el fiscal Vladrimir Glinka, quien en su alegato abogó por la aplicación de la misma calificación legal, aunque entendió que la pena debía ser de 7 años de prisión.

En su exposición, el fiscal descartó la teoría de una psicosis puerperal en la imputada, desacreditó a los peritos de parte y consideró que Rita actuó con dolo directo, al tiempo que calificó el hecho como “un caso excepcional”, atravesado por el contexto de encierro por la pandemia y por las características del embarazo experimentado por la joven.

La defensa, en tanto, encabezada por las letradas Luciana Sommer Aromí y Karen Rodríguez de Olivera, sostuvo que la acusación planteada por la fiscalía carecía de pruebas y luego insistió en la cuestión vinculada a la salud mental durante la etapa de puerperio de Rita. Bajo ambas argumentaciones, el pedido final fue el mismo: la absolución.

La sala del Tribunal Penal Dos repleta ante la exposición de los alegatos de las partes. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

“Rita está privada de su libertad hace tres años. Rita está privada de su vida hace tres años. Ya tiene suficiente. Esto es algo que la va a acompañar para siempre. Ya es suficiente. Para sus hijos también ya es suficiente. Hoy la Justicia misionera tiene la posibilidad de hacer historia y fallar con perspectiva de género”, cerró su alegato Sommer Aromí.

Tras la sentencia, y a pesar de celebrar que la imputada podrá recuperar la libertad en el corto plazo, la letrada adelantó que apelarán el fallo y apuntó que “este es un caso testigo. En Misiones vamos a ver una sentencia sin pruebas”. También criticó que “todavía queda mucho por entender y por aprender respecto a la perspectiva de género”.

La letrada añadió que Rita ahora podrá acogerse al régimen de progresividad dentro de la cárcel para obtener la libertad de manera paulatina y que, en paralelo a ello, se seguirá tramitando la revinculación de la muchacha con sus hijos ante la Justicia de Familia.

“El hecho es innegociable, la calificación también”

La audiencia de hoy, la séptima desde el inicio del debate oral, comenzó exactamente a las 9 y fue transmitida en vivo a través de Youtube. El primero en exponer sus conclusiones fue el fiscal Glinka, quien se valió de un pizarrón para trazar una línea del tiempo mediante la cual reconstruyó la secuencia del caso, según su análisis e interpretación de las pruebas recolectadas durante el proceso.

Para Glinka no hubo dudas respecto al hecho y a la autoría del hecho por parte de la imputada, al tiempo que calificó como “un gran absurdo” la teoría de la psicosis puerperal planteada por la defensa.

“Acá hubo una victimización absurda por parte de habladores que ni siquiera son de esta provincia, a los que ni siquiera les importa la causa y ni conocen a la imputada. Solo están detrás de un interés propio”, lanzó Glinka en la introducción de su alegato, haciendo clara referencia a los especialistas en psiquiatría, psicología y obstetricia que intervinieron en la causa como peritos de parte.

Y en la misma dirección avanzó al postular que “se cabalgó sobre la psicosis puerperal porque la imputada no confiesa el hecho y eso es un sesgo, es justificar con ideología”.

A partir de allí, Glinka desplegó una cronología de sucesos ocurridos desde el 8 de agosto de 2020, día en que Rita se enteró que estaba embarazada de 34 semanas sin haber desarrollado panza, hasta su detención el 7 de septiembre a las 22, recorriendo en el medio su internación en el hospital Materno Neonatal, el parto y su teoría sobre el intento de asesinato perpetrado contra la beba recién nacida.

“Esto fue planificado. El dolo está claro”, insistió el fiscal, quien planteó que Rita ocultó su embarazo y que luego “se vio condicionada por lo que había hecho y actuó en consecuencia de sus propias decisiones. Después del acto equivocado comete todo lo demás para encubrir. Tuvo el problema en frente y se desbordó, pero acá las personas no están sentadas por sus problemas, sino por las formas en las que resuelven sus problemas”.

El fiscal Vladimir Glinka desplegando su teoría del caso frente a la imputada. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

En su exposición de casi dos horas, el fiscal planteó que una vez que Rita fue dada de alta regresó a casa con su hija y esa fue la escena del intento de homicidio, tras lo cual pidió ayuda para descartar el cuerpo.

Glinka consideró como prueba estelar una cámara de seguridad que el 7 de septiembre a las 14.55, más de dos horas después del alta médica, captó a dos mujeres con un niño caminando en cercanías al lugar donde finalmente apareció la beba apuñalada, envuelta en una manta y dentro de una bolsa de consorcio atada.

“El sueño de cualquier fiscal es tener ese video”, celebró. Para él, una de esas dos mujeres era Rita y valoró el testimonio de la ex pareja de la joven, quien la reconoció al ver las imágenes, aunque la defensa luego sostuvo que ese reconocimiento no fue certero y mucho menos concluyente. 

El fiscal remarcó que los familiares de la acusada declararon con “contradicciones” y sostuvo que algunos de ellos sabían del embarazo e incluso deslizó que tanto una amiga o como una de las hermanas de Rita pudo haberla acompañado a desechar el cuerpo de la beba.

Ante todo lo expuesto, pidió la condena de 7 años de prisión, reiterando que es un “caso excepcional”, con incidencia de los contextos de encierro por la pandemia, de las características del embarazo, y observando “los evidentes gestos de dolor y arrepentimiento” en la imputada.

“El hecho es innegociable, la calificación también. Por eso creo que Rita tiene que tener la condena que corresponde y también la pena que corresponde a este hecho y a las circunstancias excepcionales. Eso es juzgar con perspectiva, no venir a hablar ‘alpedo’ desde Buenos Aires. Por eso, en relación a este caso y a las excepciones de esta causa, pienso que sería justo que la pena sea inferior al límite mínimo (8 años) que prevé la escala penal”, lanzó sobre el cierre.

“Todo en Rita fue abrumador”

Culminada la exposición de la fiscalía, fue el turno de la defensa y quien encabezó el alegato fue la letrada Sommer Aromí, quien en principio atacó la hipótesis acusatoria al responder que “no existen pruebas materiales que acrediten el hecho ni que vinculen a Rita con el hecho. No hay sangre, no hay huella, no hay testigos, no hay cámaras. El video no es prueba de nada. La actitud corporal de esas personas ya es determinante. No es Rita, ni tampoco su amiga ni su hermana”.

Para la letrada la cronología de hechos planteada por el fiscal corresponde a un “plan ilógico” y un relato que no cumple con lo requerido por las leyes penales.

Independientemente de ello, avanzó en la tesis planteada desde el comienzo del juicio, vinculada a un embarazo sin síntomas y a un proceso de negación y disociación que derivó en una psicosis puerperal con amnesia.

“Rita no contó de su embarazo porque ni ella podía darle entidad de embarazo. No lo podía internalizar en su psiquis. Ella tomaba pastillas, no se le cortó el período, no tenía panza y de repente supo que estaba embarazada de 8 meses”, repasó.

La abogada Luciana Sommer Aromí adelantó que apelarán la sentencia. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

Luego, postuló que el hecho de haberse internado y atravesado el parte en soledad “incidió en que su situación psíquica vaya empeorando. Todo en Rita fue abrumador y cuando ella sale sola del hospital se enfrenta a una realidad que no tenía controlada. Ahí se produce el derrumbe de su estructura psíquica y se produce su período de amnesia”.

Glinka en su alegato refutó que esa amnesia no era “limitada”, sino “conveniente”, a lo cual la defensora contentó arguyendo que fue una perito oficial quien dictaminó que el relato de la imputada era “válido”. “Rita no recuerda lo que pasó y es creíble”, ratificó Sommer Aromí.

La abogada también respondió los embates del fiscal hacía los peritos que intervinieron en la causa y esgrimió que “tratar con tan poca seriedad a estos profesionales habla del sesgo de la fiscalía. Estos profesionales hablan desde su ciencia, hablan de lo que enseñan en la Universidad, hablan de lo que exponen en el Congreso cuando se debaten las leyes”.

Casi sobre el final, la letrada insistió en que “acá hay una psicosis puerperal vinculada también a un abuso infantil y si hay psicosis puerperal estamos hablando de insuficiencia en sus facultada”. Ante ello, el pedido: absolución.

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Ordenaron un examen psiquiátrico para la madre del niño asesinado en Santa Ana

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El Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos, suspendió la indagatoria a la mujer sospechada de asesinar a su hijo Ilán Mareco Vázquez (8) y ordenó que la detenida sea sometida a una junta médica-psiquiátrica para evaluar si se encuentra en condiciones de afrontar la audiencia.

El procedimiento judicial estaba programado para esta mañana, pero finalmente solo se limitó al cumplimiento de la designación de un abogado defensor oficial para María M. (30) que, a la espera de los resultados de su estudio, continuará detenida en una dependencia policial.

La suspensión de la indagatoria fue resulta por el propio magistrado, quien consideró oportuno la realización de una junta médica-psiquiátrica para determinar si la implicada se encuentra en condiciones de afrontar la citación y para garantizar que, en caso de lo que hiciera, esté en uso de sus facultades mentales plenas.

De esta manera, la Justicia ahora programará una fecha para la realización del estudio y recién cuando se conozcan los resultados de ese examen avanzará con la indagatoria, instancia en la que la mujer tendrá la oportunidad de brindar su versión de los hechos o bien guardar silencio.

La mujer está detenida desde el martes, aunque previo a ello estuvo 24 horas internada con custodia policial por las lesiones autoinfligidas que presentaba cuando la socorrieron de su casa, donde fue hallada junto al cuerpo sin vida de su hijo Ilán.

El crimen de Ilán se descubrió el lunes, cerca de las 10, cuando un llamado al 911 alertó sobre un episodio de extrema violencia en una vivienda del barrio Nueva Ciudad del Este de Santa Ana.

Al llegar, los uniformados se encontraron con dos niñas adolescentes que narraron haberse topado con la escena luego de despertarse.

La escena era la siguiente: el niño Ilan Mareco Vázquez, de 8 años, sin vida sobre su cama, y su madre al lado, semi inconsciente, con lesiones cortantes en el cuello de características auto infligidas.

La autopsia practicada posteriormente confirmó que el niño falleció como consecuencia de una lesión corto-punzante en el cuello. En la escena los investigadores incautaron un cuchillo que será sometido a pericias. También encontraron una carta presuntamente escrita por su madre, ahora detenida.

Autopsia confirmó un corte en el cuello de Ilán, el niño asesinado en Santa Ana

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Piden 22 años de cárcel para misionero acusado de liderar red de trata de menores

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Angelotti Notarbartolo

La fiscalía pidió 22 años de prisión para el misionero Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo, acusado de liderar una organización que se dedicó a captar menores de edad en la tierra colorada para explotación sexual en Buenos Aires, y 11 años de cárcel para Leandro Aguiar, otro coterráneo.

Los alegatos fueron formulados por el fiscal general Juan García Elorrio ante el Tribunal Oral Federal Tres de Buenos Aires, en una audiencia que también tuvo como dato sobresaliente el pedido de absolución para el ex ganador de Gran Hermano y productor televisivo Marcelo Corazza. En su caso, el representante del Ministerio Público entendió que el único hecho de abuso sexual que se le atribuye ocurrió en 2001 y prescribió, además de sostener que no existen pruebas para responsabilizarlo por el delito de asociación ilícita.

Además de las penas requeridas para los dos misioneros, la fiscalía pidió 10 años de prisión para Fernando Charpenet y Raúl Mermet, a quienes consideró partícipes necesarios de los delitos investigados. La querella, en tanto, mantuvo la acusación contra los cinco imputados, incluido Corazza, según amplió el medio porteño Infobae.

El juicio comenzó a mediados del año pasado y se desarrolla a puertas cerradas para proteger la integridad de los denunciantes y las víctimas.

Acusación

Según la investigación, la organización funcionó entre 1999 y marzo de 2023 y se dedicó a reclutar niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, principalmente en Misiones, para trasladarlos a la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense con fines de explotación sexual.

Para la fiscalía, Angelotti Notarbartolo era quien lideraba la estructura y se encargaba de captar y manipular a las víctimas, además de coordinar los encuentros con los demás integrantes de la organización.

Aguiar, también oriundo de Misiones, habría ingresado a la red en 2018. De acuerdo con la acusación, junto a Charpenet, Mermet y Corazza solicitaba encuentros con las víctimas para luego abusar de ellas y explotarlas sexualmente.

La causa incluye denuncias por abuso sexual, trata de personas con fines de explotación sexual, promoción de la prostitución, corrupción de menores y tenencia de material de abuso sexual infantil. Entre las pruebas mencionadas durante el debate figuran promesas de viajes, regalos y dinero para captar a las víctimas, que tenían entre 11 y 16 años al momento de los hechos denunciados.

Inicio

El expediente se inició en octubre de 2022, luego de la denuncia de una víctima ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex). A partir de esa presentación, la investigación derivó en la detención de los cinco acusados en marzo de 2023 y posteriormente en la elevación de la causa a juicio oral.

Tras los alegatos de la fiscalía y de las querellas, restan las exposiciones de las defensas antes de que el tribunal fije la fecha del veredicto. Además de las condenas, el Ministerio Público solicitó que, en caso de sentencia condenatoria, los acusados afronten de manera solidaria una reparación económica para las víctimas.

“Cumplís 18 y te llevo a Disney”: las promesas de Angelotti para captar menores

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Nanico Muller irá a juicio por emboscar, violar y asesinar a una niña de 8 años

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La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia emitió una resolución judicial en la que confirmó la elevación a juicio oral de la causa por el asesinato de Fabiana Sirino, la niña de 8 años que a mediados de noviembre de 2024 fue interceptada, abusada y ultimada a cuchillazos en un hecho que tiene a su vecino Nanico Muller como único imputado.

El dictamen de la Cámara se firmó en la mañana de este miércoles y ratifica la medida dispuesta por el Juzgado de Instrucción Uno de Oberá, que dispuso la elevación a juicio del expediente que tiene a Marcelo Daniel “Nanino” Muller (35) procesado con prisión preventiva por “abuso sexual agravado por el uso de arma y homicidio agravado criminis causa”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.

De esta manera, la causa regresa al juzgado de origen que, a su vez, deberá remitir el expediente hacia el Tribunal Penal Uno de Oberá para que fije fecha para la realización del debate oral donde se juzgará la responsabilidad del sospechoso detenido.

Fabiana Sirino alcanzó a identificar a su agresor antes de morir.

El crimen

Fabiana tenía 8 años y era hija de agricultores. El viernes 15 de noviembre de 2024 salió de la escuela y regresaba a su casa en el barrio Paraíso de 25 de Mayo cuando fue interceptada por el camino.

Su femicida la trasladó a un monte de la zona, donde la violó y le asestó treces puñaladas en diversas partes del cuerpo, aunque la niña no murió en el instante. Fabiana alcanzó a ser encontrada por su propia familia y mientras era llevada al hospital reconoció a su agresor.

“Fue Nanico, él me hizo esto”, fueron sus palabras. Más tarde murió de un shock hipovolémico ocasionado por las múltiples lesiones.

Gracias a ese aporte, dado con su último suspiro, la Policía activó un operativo para detener a Muller, quien continúa detenido bajo una acusación que puede llevarlo a pasar el resto de su vida en la cárcel y ser recordado como el autor de uno de los crímenes más atroces de la historia reciente de Misiones.

Nanico se abstuvo de declarar y fue imputado por el femicidio de Fabiana

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