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Reiniciaron el juicio contra Manuel Rivero, acusado de balear a su ex en 2016

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Manuel Rivero

Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Posadas y tras la suspensión de las audiencias realizadas dos meses atrás por un cuadro de dengue que afectó a uno de los magistrados, volvió a comenzar el juicio oral contra Manuel Rivero (59), el hombre acusado de balear a su ex pareja y durante la mañana del 14 de diciembre de 2016 en el barrio San Marcos.

Reconozco que soy culpable. Pido una sentencia justa, una oportunidad. Me equivoqué como cualquier persona y todos tenemos derecho a otra oportunidad”, alegó Rivero, quien no solo está acusado de efectuar tres disparos contra su ex pareja, sino que también se lo imputa por disparar otros tres balazos contra la casa de una vecina que presenció el acto de violencia protagonizado en plena vía pública.

Durante su breve comparecencia ante el estrado de los jueces Viviana Cukla (presidenta), Gustavo Bernie y Fernando Verón (subrogante en reemplazo de Ángel Dejesús Cardozo), el imputado también aprovechó la oportunidad para pedir disculpas a la víctima a su ex pareja y madre de sus hijos. 

“Humildemente te pido perdón por los hechos, sé que no se puede reparar lo hecho con un perdón, sé que hice algo malo, destruí una familia y ellos son los que más están sufriendo”, fueron las palabras que Rivero dirigió a Elisa De Souza, quien luego también declaró y no aceptó las disculpas. “Es un mentiroso y manipulador”, respondió la mujer, tras repasar una larga historia de violencia sufrida a manos del hoy imputado.

El implicado llega a juicio detenido hace ya más de siete años e imputado por “homicidio calificado por el vínculo en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa (dos hechos) y portación ilegal de arma de fuego en concurso real en carácter de autor”.

En la fiscalía interviene Martín Rau, como querellante particular en representación de la víctima actúa el abogado y diputado provincial Ariel Pianesi y como defensor oficial está Mario Ramírez.

La audiencia fue transmitida en vivo a través de Youtube.

Rivero ante el estrado de los jueces Viviana Cukla, Gustavo Bernie y Fernando Verón (subrogante).

“Si no sos mía, no sos de nadie”

Tras un cuarto intermedio, Elisa De Souza declaró por vez enésima. Volvió a relatar los años de violencia sufridos a manos del imputado, volvió a contar cómo fue esa mañana en la que se salvó de milagro y volvió a conmoverse por el terror que el hombre continúa infundiendo en ella.

Ante las partes, la mujer recordó que días antes del hecho Rivero le pidió permiso para viajar a Ituzaingó -de donde es oriundo- con los hijos que tienen en común, aunque luego advirtió que todo consistió en una maniobra para dejarla sola en casa y poder atacarla sin testigos.

“Ese día me levanté a las 6 para preparar a los chicos. Los acompañé hasta la parada y volví a casa. Me senté a tomar mate, escuché un ruido y ahí vi que estaba el señor Rivero detrás de mí. Él solo se reía. Le pregunté qué hacía y riendo me dijo: ‘Vos sabés lo que te voy a hacer. Te voy a matar. Si no sos mía, no vas a ser de nadie’”, relató De Souza, entre lágrimas.

De allí, dio paso al relato de la agresión. “Después vi que tenía un arma en la cintura. La sacó y puso en una silla. Ahí me di cuenta que era verdad lo que decía. No sé de dónde saqué fuerzas, lo empujé contra una pared y salí por la puerta de atrás. No sabía dónde ir. Vi una persona en la parada y le pedí ayuda”, añadió.

Rivero salió detrás suyo y la encontró en la parada, protegida por otro joven del barrio, aunque nada le importó y comenzó a disparar. Un disparo atravesó al muchacho y dio contra la mujer, a quien luego lanzó otros dos proyectiles prácticamente a quemarropa.

Con la víctima en el suelo, el acusado escapó de la escena, aunque antes de eso disparó otras tres veces contra la vivienda de una vecina que presenció el hecho desde su ventana. “Uno pegó en el marco de la ventana, otro dio en la pared y quedó incrustado ahí. No me pegó en la cabeza de milagro”, declaró la vecina esta mañana al momento de declarar.

Tras el hecho, De Souza permaneció internada en grave estado durante varias semanas con tres heridas de bala en brazo, tórax y pierna. Afortunadamente, logró recuperarse, aunque en su cuerpo aún quedan secuelas del ataque, dado que prácticamente perdió la movilidad de su brazo izquierdo.

De Souza sufrió tres disparos y como secuela casi perdió la movilidad total de un brazo.

Terror latente

En la continuidad de su testimonio, De Souza sostuvo que durante toda su relación con Rivero padeció violencia tanto física, como verbal. “Me decía puta de mierda, me decía que era una prostituta, que no servía para nada. Muchas veces me obligó a tener relaciones. Siempre amenazaba con matarme, entonces qué podía hacer yo. Le denunciaba pero él no respetaba nada, siempre venía a casa y cada vez era peor”, recordó.

Lo que cuenta la víctima es verdad. Rivero fue denunciado en varias oportunidades por violencia de género e incluso tuvo restricciones de acercamiento, pero siempre incumplió las medidas dispuestas en su contra. Incluso la amenazó por teléfono desde la cárcel.

Si un día él recupera la libertad quisiera que me avisen, porque me tendré que mudar”, pidió, casi con clemencia, la mujer que aún convive con el terror que le transmitió el imputado.

“No creo en su pedido de disculpas. Él es muy manipulador y mentiroso. Siempre fue así. Se arrodillaba pidiendo perdón y terminaba haciendo cosas peores después. Todo es mentira”, apuntó después.

El debate continuará mañana, a partir de las 10.30, con la declaración de dos peritos que intervinieron en la causa y se prevé que en la jornada del viernes se concrete la ronda de alegatos con el posterior dictado de sentencia.

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Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores

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Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzó el juicio oral contra un albañil paraguayo acusado de cometer abusos sexuales en perjuicio de dos cuñadas menores de 13 años con quienes convivía en un inmueble del barrio Santa Clara II de Garupá.

En la audiencia de hoy, se procedió a la lectura del requerimiento de elevación de la causa, documento en el cual la fiscal de instrucción Patricia Clerici, volcó la reconstrucción de los hechos endilgados, las pruebas recolectadas y la acusación que ahora enfrenta el implicado.

El extranjero, identificado como Román Federico Agustín Melgarejo (28), está imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (varios hechos), en concurso real”.

Según la lectura del expediente, el primer hecho se registró en perjuicio de una niña de 11 años, hermana de la pareja del acusado, quien reveló que durante el 2016 fue abusada sexualmente por su cuñado mientras convivían en el mismo hogar.

No es lo único. El hombre también está acusado de intentar en varias oportunidades cometer el mismo hecho en perjuicio de otra cuñada también menor de edad. Esa situación habría ocurrido en 2018, aunque la denuncia que disparó el caso se radicó tiempo después.

El tribunal encargado de llevar adelante el debate es presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por Ricardo Balor y Fernando Verón como vocales subrogantes.

En la fiscalía interviene Vladimir Glinka, mientras que la defensa del acusado está a cargo del abogado particular Abel Martín Acevedo.

Tras la lectura del requerimiento de elevación a juicio, la audiencia avanzó en la toma de testimoniales a los testigos de la causa, etapa que se realiza a instancia privada a fin de resguardar la identidad y la integridad de las denunciantes.

El comienzo del debate fue transmitido en vivo, durante la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa.

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Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

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cerro azul

La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

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Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

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Cristaldo Tizato

El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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