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Declaró la víctima de Manuel Rivero: “Caí al piso y me tiró dos balazos más”

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Manuel Rivero

“Sabés lo que voy a hacer, te voy a matar, porque si no sos mía, no sos de nadie”. Eliza De Souza (55) recuerda perfectamente lo que su ex marido, Manuel Rivero (59), le dijo aquella mañana del 14 de diciembre de 2016 antes de atacarla a balazos por las calles del barrio San Marcos y hoy lo volvió a contar entre lágrimas al momento de declarar en la segunda jornada del juicio oral que se lleva adelante contra el hombre en el Tribunal Penal Uno de Posadas.

La mujer, que también participa activamente del proceso como querellante particular, declaró esta mañana antes de un cuarto intermedio por tiempo indefinido como consecuencia de un posible diagnóstico de dengue en el presidente del tribunal, el magistrado Ángel Dejesús Cardozo (75), que este martes de igual manera decidió dirigir la audiencia “hasta donde pueda”, según sus propias palabras.

En ese marco, De Souza pasó frente al tribunal y no solo recordó lo sucedido aquella mañana del 14 de diciembre de 2016, sino que también ahondó en otros episodios de violencia sufridos durante los 30 años de relación que mantuvo con Rivero, con quien además tuvo diez hijos.

“Dos días antes él me llamó y pidió llevar a los chicos a Ituzaingó. Yo primero no quería, pero después le dejé. También pidió llevar al nene más chiquito. Se iban a ir todos. Después me di cuenta que hizo todo eso para que yo quede sola y que no haya testigos”, contó la sobreviviente que pidió declarar sin la presencia de su ex marido en la sala.

Y avanzó en el día del hecho: “Me acuerdo que levanté a las 6, preparé a los chicos y los acompañé a la parada porque tenían que ir a la terminal para encontrarse con su papá. Cuando volví me senté a tomar mate en el hall, escuché un ruido y cuando miré para atrás estaba Rivero. Tenía un arma en la mano, me miraba y se reía”.

Entre lágrimas por momentos, De Souza recordó cada palabra y cada segundo del ataque. “Le pregunté qué hacía y me respondió: ‘Sabés lo que voy a hacer, te voy a matar, porque si no sos mía, no sos de nadie’. Ahí entendí la gravedad de lo que pasaba y corrí por la puerta de atrás. Salí a la calle, no sabía qué hacer”, repasó.

De Souza prácticamente perdió la movilidad de un brazo como consecuencia del ataque.

Después de ello, la mujer relató que se encontró con un joven en la parada de colectivos y se protegió detrás de él, pero el acusado abrió fuego y ese primer balazo impactó en ambos.

“El tiro le atravesó al chico y me dio a mi también. El chico salió corriendo y cuando yo caí al piso Rivero me tiró dos balazos más. Después de eso vi que corrió y volví a escuchar dos tiros más. Yo ahí ya no sentía nada, solo escuchaba el murmullo de la gente”, graficó.

Tras el hecho, De Souza permaneció internada en grave estado durante varias semanas con tres heridas de bala en brazo, tórax y pierna. Afortunadamente, logró recuperarse, aunque en su cuerpo aún quedan secuelas del ataque, dado que prácticamente perdió la movilidad de su brazo izquierdo.

En la continuidad de su testimonio y a colación de las consultas efectuadas tanto por el fiscal Martín Alejandro Rau como de los abogados querellantes Santiago Larrea y Ariel Pianesi, De Souza sostuvo que “siempre vivió amenazada” por el imputado y recordó que desde 2007 realizó frecuentes denuncias por violencia de género.

Incluso, señaló que al momento del hecho Rivero tenía una restricción de acercamiento hacia ella, aunque “él nunca respetó”.

Casi al final de su exposición, el defensor oficial Mario Ramírez tomó la palabra y le transmitió a la víctima un pedido de perdón de parte del imputado, que continuaba en otra sala del tribunal siguiendo el debate a través de videollamada.

Rivero tiene 59 años y está detenido desde 2016, aunque en el medio escapó de la Comisaría Octava y estuvo un mes prófugo.

“A tu mamá le hice mierda”

En segundo turno declaró David, hijo de la víctima y del imputado, quien contó que días antes su papá le pidió interceder con sus hermanos para “hablar y arreglar las cosas. Decía que quería cambiar y volver con nosotros a la casa”.

El joven contó que esa mañana fue con sus hermanos hasta la terminal para realizar el viaje a Ituzaingó con su papá, pero mientras estaban en ese lugar “él me llamó. Le dije que le estábamos esperando, pero solo me dijo ‘a tu mamá le hice mierda, chau’”.

David también declaró sin su padre en la sala e indicó que “yo era el que más cerca estaba de él, ya casi nadie le daba bola. Él era una persona cuando tomaba y otra cuando no tomaba, le gustaba tomar whisky. Él estaba acostumbrado a la vida de antes, de arreglar todo a lo bruto, a los golpes”.

Incluso, el testigo recordó un episodio anterior, cuando en plena noche escuchó a su madre llorar y para calmarla fue a dormir a su lado, pero en medio de la madrugada vio a su padre ingresar al cuarto con un cuchillo en la mano. “Después le pregunté qué quiso hacer ese día y me dijo que estaba decidido a matarla”, lanzó sobre el final.

Los otros dos testigos citados fueron desestimados por las partes y sus testimonios serán incorporados por lectura, ante lo cual la jornada se dio por finalizada pasada las 10 y el debate pasó a un cuarto intermedio por tiempo indefinido hasta que el magistrado Cardozo tenga un diagnóstico claro.

El hecho que se juzga se registró el 14 de diciembre de 2016 en el barrio San Marcos de Posadas. Además de balear a su ex pareja, Rivero también está acusado de disparar contra otros dos vecinos. El hombre llegó a esta instancia detenido e imputado por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa (dos hechos) y portación ilegal de arma de fuego en concurso real en carácter de autor”. 

El magistrado Ángel Dejesús Cardozo presidió el debate con síntomas de dengue y la reanudación del juicio dependerá de su diagnóstico.

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Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

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cerro azul

La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

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Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

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Cristaldo Tizato

El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.

Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.

“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.

Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.

El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.

Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.

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