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Perito detalló que prestamista asesinado tenía 25 cortes en el cuerpo

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El juicio oral por el asesinato del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) continuó esta mañana con la declaración de los primeros testigos de la causa, entre ellos un perito forense que detalló que la víctima presentaba un total de 25 heridas punzo cortantes en diferentes partes del cuerpo, además del primer amigo del fallecido que ingresó al departamento para constatar lo sucedido. “Era una carnicería”, graficó.

La segunda audiencia del debate que se desarrolla en el Tribunal Penal Uno de Posadas comenzó con la toma de testimonial vía Zoom a un colombiano que trabajaba para Gallego Rojas pero actualmente reside en Brasil, en tanto que los demás citados a comparecer lo hicieron de manera presencial.

El primer testigo de la fecha aseguró que apenas supo del asesinato de su “parcero” sospechó de Brayan Damián Casso Acosta (29), otro colombiano que también trabajaba para la víctima en el negocio de los préstamos gota a gota en Posadas y que ahora enfrenta juicio por “homicidio agravado criminis causa y robo en concurso real”, que prevé prisión perpetua.

“De inmediato sospeché de Brayan porque ellos ya tenían una diferencia de antes. Brayan le debía plata a Gustavo”, indicó Santiago Valencia, quien también afirmó haber recibido amenazas de muerte por parte de Casso Acosta, información con la que el fiscal Martín Rau ya contaba, aunque pidió que el tribunal arbitre los medios necesarios para conocer el estado de situación de dicha causa.

Casso Acosta también es colombiano y enfrenta una acusación que prevé prisión perpetua.

Corazón perforado y más heridas

Minutos más tarde declaró el doctor Joaquín Heredia, uno de los profesionales médicos que intervinieron en la autopsia realizada al cadáver del prestamista asesinado y ante las partes enumeró y detalló las múltiples heridas cortantes relevadas durante el examen forense.

“El cuerpo tenía múltiples lesiones punzo cortantes en distintas regiones y lesiones que eran potencialmente mortales. Esas eran tres y estaban en la región cardíaca del tórax. Una vez que abrimos el cuerpo encontramos una perforación del ventrículo derecho del corazón, que eso es una causa de muerte”, precisó Heredia ante la primera consulta del fiscal Rau.

Luego, detalló que “el informe se acompañó con un esquema donde están separadas las lesiones por las zonas que afecta” y enumeró: “6 en la cabeza; 4 en el cuello; 8 en el tórax; 2 en la región lateral izquierda; 3 en el dorso; y 2 en el dorso del brazo izquierdo”.

Según definió Heredia, todas esas heridas tenían “características de vitalidad”, es decir, que fueron producidas cuando la víctima aún con vida, al tiempo que sostuvo que ninguna lesión compatible con “signos de defensa”.

Y todo lo descrito por el profesional médico luego fue graficado por Edison Arlei, colombiano amigo de Gallego Rojas y uno de los primeros en ingresar a la escena a la hecho ante los llamados de alerta.

“Esa noche fue un sábado. Yo me iba a ver con Gustavo, que era como un papá para mí porque me ayudó mucho desde mi llegada a Argentina. Siempre nos veíamos los sábados, pero ese día un cliente se demoró en pagar y no llegué a la hora que habíamos concordado”, lamentó Edison.

El testigo narró que esa noche recibió un llamado por parte de Ariel Vázquez, un vecino de Gallego Rojas, quien le había alertado sobre gritos provenientes de la departamento de la víctima, además del accionar sospechoso de dos hombres que habían estado en el lugar previamente.

“Nos llamó Ariel diciendo que se habían apagado las luces del departamento y que se oían golpes. Cuando llegamos no pudimos entrar. Yo me asomé por la ventana y en el piso había una carnicería. A mí como era el más chiquito después me metieron por el balcón y yo fui directo al cuarto, que estaba todo saqueado y había sangre por todos lados”, describió.

Edinson recordó que como no encontraba al dueño de casa pensó que Gallego Rojas había alcanzado a irse malherido a algún hospital, hasta que buscando la llave llegó hasta la zona del lavadero y se topó con el cadáver de su amigo. “Seguro que ya estaba muerto pero yo como amigo lo primero que pensé fue por ahí aún estaba vivo”, señaló.

Gustavo Gallego Rojas fue asesinado a puñaladas dentro de su casa en la chacra 103 del barrio Yacyretá.

Los movimientos

Entre los testigos de hoy también declaró Emilio Jara, quien conoce desde pequeño a José Ramón Ramírez (30) -el otro imputado en la causa- y por eso se sintió “traicionado” cuando cayó en la cuenta de que había sido usado por el muchacho que ahora también enfrenta una posible prisión perpetua.

Jara contó que el viernes 26 de febrero de 2021, un día antes del crimen de Gallego Rojas, Ramírez golpeó la mano de su casa pidiéndole pasar una noche en el lugar. “Era época de pandemia y me dijo que había venido desde Corrientes para presentarse a un laburo. Vino con otro señor, que no sabían quién era”, recordó.

El testigo recordó que los dos jóvenes usaron su auto de prestado en la tarde del sábado 27 y tras devolverlo en horas de la noche volvieron a salir, pero cuando regresaron por última vez se encontraban “transpirados y nerviosos”.

“Vinieron y José me pidió la llave mi auto y uno de los dos sacó un cuchillo finito, de mango blanco, no muy largo. Ahí se fueron nuevamente”, ratificó hoy Jara cuando se leyó su declaración brindada durante la etapa de instrucción de la causa.

En ese lapso de tiempo que se ausentaron de la casa de Jara fue que ambos imputados visitaron a Gallego Rojas y así lo prueba el testimonio de Ariel Vázquez, quien atendía un kiosco frente a la casa de la víctima en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas.

Vázquez también declaró hoy y recordó: “Ese día Gustavo me compró una cerveza y me preguntó si me iba a quedar hasta más tarde porque estaba esperando gente. Después de eso me quedo fumando en la ventana y veo pasar a los dos muchachos que estaban ahí. Yo salí preocupada por mis hijas que estaban tomando tereré en la vereda. Una de ellas después entró a la casa, asustada y llorando. Ahí contó que escuchó ruidos del departamento y vio cuando salió uno de los muchachos con la ropa ensangrentada”.

El kiosquero agregó que después de esa situación fue hasta la casa de Gallego Rojas para ver qué había sucedido, pero nadie le atendió, tras lo cual llamó a los amigos del dueño de casa, entre ellos a Edinson, quienes finalmente acudieron y entre todos lograron entrar al departamento para descubrir el crimen.

En medio de su relato, tras una intervención del fiscal Rau, el testigo viró hacia su derecha y reconoció a los dos imputados presentes en la sala como aquellos dos “masculinos” que protagonizaron la secuencia descrita.

Casso Acosta es defendido en este debate por la letrada particular Lilia Vargas, mientras que Ramírez cuenta con el patrocinio del defensor oficial Mario Ramírez. El juicio oral continuará mañana con más testigos y se extenderá hasta el 30 de septiembre.

El proceso se desarrolla ante el Tribunal Penal Uno de Posadas, presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por sus pares Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante).

Acusado de matar a prestamista colombiano se defendió y pidió perdón

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Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

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La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.

Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.

Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.

El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.

Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia. 

Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.

En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.

Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.

Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.

Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.

El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.

Juicio y versiones

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.

La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.

Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.

En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.

Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años

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El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.

Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22). 

Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.

El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

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Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.

Golpeado y estrangulado

El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.

Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.

La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.

En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.

Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.

Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.

El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.

Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo

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