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Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales

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Los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka lograron desentrañar el esquema de archivos Masi que articulaban los hermanos Kiczka y con esa base pudieron distribuir las acusaciones, establecer las escalas penales y argumentar los duros pedidos de prisión que formularon para cada uno de ellos.

“Vamos a mostrar cómo fue el camino hacia los imputados”, adelantó Rau durante el alegato que compartió con su colega y que, tanto por el volumen de la evidencia analizada como por las múltiples aristas periciales, técnicas y jurídicas abordadas, se extendió durante más de cuatro horas.

Para su exposición, los fiscales se apoyaron en un mapa conceptual en el cual volcaron todo el plexo probatorio, identificando todos los dispositivos informáticos incautados, repasando la evidencia recolectada en cada uno de ellos y delimitando a quién correspondía cada aparato.

El esquema de archivos Masi de los Kiczka desentrañado por los fiscales Rau y Glinka.

Rau y Glinka iniciaron entonces el recorrido de la causa. Recordaron que todo comenzó el 16 de enero de 2024, mediante un alerta proveniente desde Estados Unidos que se centralizó en la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (UFEDyCI) de Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Daniela Dupuy, que ayer presenció el debate como invitada estelar.

Con la información recibida y mediante direcciones de IP, se establecieron “120 objetivos” distribuidos en todo Latinoamérica, uno de los cuales apuntaba a un domicilio del barrio Illía de Apóstoles, que luego se determinó que pertenecía a Leonardo Kiczka, lugar donde también vivía su hijo Sebastián, hermano Germán, que por aquel entonces todavía revestía la figura de legislador provincial.

La fiscal Dupuy ordenó entonces una serie de operativos simultáneos que se ejecutaron en ocho ciudades del país. El día elegido fue el 28 de febrero de 2024 y ese día los investigadores irrumpieron en la casa familiar de los Kiczka, incautando varios dispositivos electrónicos, entre ellos una notebook Acer V3-771-6614, que resultó ser “la llave del caso”, como valoró el propio fiscal Rau ante el tribunal.

La Acer

No es para menos. Esa computadora no solo destapó el horror, sino que también sumió a Misiones en un escándalo político y social que concitó la atención de todo el país durante varios meses.

La autopsia digital sobre ese aparato arrojó conclusiones determinantes, marcó el camino para el devenir de la investigación y selló el futuro de los hermanos. 

En primer lugar, detallaron los fiscales, en esa Acer se encontraron dos archivos que eran coincidentes con los dos archivos delimitados en la denuncia que disparó el operativo y que eran especialmente buscados para confirmar la pista proveniente de Estados Unidos. 

Los hermanos Kiczka al momento del dictado de la sentencia condenatoria para ambos.

Pero esos dos “match”, como se denomina en la jerga digital, no fueron las únicas evidencias halladas. Los peritos también dieron con el programa E-Mule, que estaba instalado desde el 18 de enero de 2022, y entre carpetas y subcarpetas descubrieron 603 archivos con material de abuso sexual infantil (Masi).

El siguiente paso fue vincular esa notebook a personas físicas y para los fiscales quedó más que claro que su dueño era Germán Kiczka, dado que el aparato no solo que tenía sus datos de usuario, sino que también registraba actividades recientes vinculadas a sus correos electrónicos y contenía archivos personales como documentos de la Legislatura, facturas de monotributo y fotografías, etc. 

“La computadora era de Germán, pero la usaban los dos (por Sebastián). Era la computadora sucia y para cuando uno no tenía la PC, tenían un pen drive o un CD”, acusó Glinka.

Durante todo el proceso Germán intentó desligarse de esa computadora, aunque sin éxito. En una indagatoria realizada aún en la etapa de instrucción manifestó que el día del allanamiento en casa de su padre él estaba en Brasil, lo cual es verdad, pero con el correr de la investigación se detectó que ese mismo día recibió un llamado a las 12:54 y eliminó el programa E-Mule que tenía en otra computadora.

La Lenovo

Esa otra computadora resultó ser una Lenovo DESKTOP-GCIRTJ8 que fue secuestrada meses después, el 6 de agosto de 2024, durante un allanamiento efectuado en su casa sobre calle Alem de Apóstoles en virtud del avance de la investigación que para ese entonces ya estaba en manos del juez Miguel Ángel Faría, que trabajó con los agentes de Cibercrimen y de la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic) como auxiliares de justicia.

En esa Lenovo se detectó otro “match” con la denuncia proveniente de UFEDyCI, como así también más y más archivos Masi, con adolescentes, niños, niñas y hasta bebés siendo víctimas de abuso sexual e incluso expuestas a prácticas zoofílicas.

También se encontraron las “huellas digitales” que dejó la utilización del E-Mule cuya fecha de instalación databa el 6 de junio de 2023 e historiales de búsqueda con sugestivos patrones tales como “incest sister” e “full family incest”.

“Hay videos que me arruinaron la vida y yo les voy a arruinar a ustedes también”, advirtió con crudeza el fiscal Glinka mientras exhibía algunos de los videos encontrados ante el tribunal, cuyos integrantes no pudieron disimular gestos de repulsión, en particular César Yaya, que por momentos prefirió desviar la mirada.

“Son actos de bestialismo”, calificó Rau, sin más reparos.

El juez Yaya sensibilizado por los archivos Masi exhibidos por la fiscalía.

Pero tampoco es todo. En poder del ex diputado incautaron un pen drive Fiat con más archivos Masi y hasta en su celular Samsung S22 encontraron elementos comprometedores. 

Los fiscales repasaron que en ese celular recuperaron chats del 9 de abril de 2024, donde su esposa le pedía eliminar evidencias y él respondía ufanándose de su investidura como legislador al mencionar que por sus fueros era casi intocable.

También revelaron grupos de Telegram y otras conversaciones donde Germán envió al menos dos archivos Masi, lo cual fue fundamento suficiente para que le atribuyeran, además de tenencia y facilitación, la figura de distribución, lo que complicó aún más su situación y explica el por qué de un mayor pedido de condena en su contra en comparación a Sebastián.

Concurso real

En diálogo con la prensa, el tándem fiscal explicó que los hechos configurados como tenencia, facilitación y distribución fueron analizados individualmente y sobre esa base aplicaron la situación jurídica del concurso real, lo que les permitió construir una nueva escala penal ante la sumatoria y reiterancia de los delitos. 

De esta manera, en el caso de Germán, por ejemplo, al dar por acreditado las tres acciones enmarcadas en el artículo 128 del Código Penal, establecieron una nueva escala penal que iba de los 4 años de prisión como pena mínima hasta los 21 años y 4 meses como pena máxima.

Los fiscales Glinka y Rau durante la última audiencia de debate, que comenzó a las 9.30 y culminó poco antes de las 22.

En consecuencia, se manejaron dentro de esos límites y consideraron que lo oportuno era condenar al ex diputado a 15 años de prisión, planteo que se acercó bastante a los 14 años de cárcel que finalmente dictaminó el tribunal. 

Durante el alegato, los fiscales argumentaron que el monto solicitado se ajustaba a “a la cantidad”, al “volumen” y lo “ofensivo” de los archivos Masi encontrados, lo cuales llegaron a 913 en total para el caso de Germán. Y otro dato que grafica la magnitud de lo analizado: la evidencia digital incautada supera los 100 gb.

Sebastián: “Degenerado y abusador”

Sobre Sebastián hicieron el mismo análisis, desagregando todos los elementos encontrados en su contra. Como para los fiscales quedó probado que tanto él como Germán utilizaban la notebook Acer, fue considerado coautor de la tenencia y facilitación de los archivos Masi que allí estaban almacenados.

Por separado le atribuyeron los contenidos encontrados en un pen drive Scandisk y en un CD donde además la pericia marcó otro match con la denuncia inicial de la causa, aunque no alcanzaron a comprobar que haya incurrido en la distribución de alguno de esos archivos.

Sebastián se adjudicó todos las acusaciones del caso. Para la fiscalía solo fue una estrategia defensiva para favorecer a Germán.

En contrapartida sí encontraron evidencias que sirvieron para certificar la acusación por abuso sexual simple contra una adolescente que tenía 15 años al momento del hecho.

El fiscal Glinka repasó los chats de Sebastián con la adolescente para demostrar su culpabilidad. “El abuso no es solo ir a tocarle, sino todo el resto. Él venía hablando con ella, con una menor, durante dos años. La venía preparando. Si no fuera por esta causa esto hubiera terminado en una corrupción de menores”, apuntó al momento de alegar.

“Acá no estamos solo ante un degenerado, sino también frente a un abusador sexual”, disparó después Glinka, quien junto a Rau también dedicaron varios minutos de exposición para fundamentar que el mayor de los Kiczka era perfectamente imputable y consciente de las acciones delictivas que cometía.

“De los excesos (alcohol y drogas) habla con culpa, pero de los menores habla con placer”, arremetieron.

Con esa base, pidieron 12 años de prisión en su contra, lo cual coincidió con lo impuesto por el tribunal conformado por los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya, quienes en un plazo de 10 días hábiles deberán comunicar los fundamentos de la sentencia.

LAS CONDENAS

Germán Kiczka: CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, más accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de TENENCIA, FACILITACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD EN CONCURSO REAL, según los Arts. 128 1º, 2º y 5º en función del art. 55 del CPA.

* Con la disidencia de la Dra. Cukla que voto por condenar a la pena ocho (8) años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de tenencia y facilitación de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad en concurso ideal y el delito de distribución del mismo material, en concurso real.

Sebastián Kiczka: DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, mas accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de TENENCIA Y FACILITACIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD Y ABUSO SEXUAL SIN ACCESO CARNAL, TODO ELLO EN CONCURSO REAL, que se encuentran subsumidos en el Art. 128 1º, 2º y 5°, 119 1º párrafo en función del Art. 55 del C.P.A.

*Con la disidencia de la Dra. Viviana G. Cukla que votó por condenar a la pena de seis (6) años de prisión, por el delito de TENENCIA Y FACILITACIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD, EN CONCURSO IDEAL, subsumidos en el Art. 128 1º, 2º del CP.

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Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena

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Concepción de la Sierra bebés

Dos causas judiciales que a fines del año pasado se tradujeron en sentencias después de un extenso proceso de investigación bajo la órbita de la Justicia Federal develan los métodos, los actores y los artilugios utilizados para la entrega de niños recién nacidos en la zona sur de Misiones.

Los casos ocurrieron entre 2021 y 2022 con Concepción de la Sierra como punto neurálgico de la operación orquestada entre intermediarios, madres jóvenes en situaciones de vulnerabilidad y parejas dispuestas a saltearse el proceso de adopción legal.

En los expedientes no se alcanzaron a comprobar transacciones financieras como hablar de “venta de bebés”, pero sí constan acuerdos de mantenimiento y cobertura económica para alimentación, traslados y cuidados médicos para las madres durante el embarazo.

El ardid evidenciado pareciera sencillo y requiere de un intermediario que conecte las partes interesadas, una madre dispuesta a entregar a su niño y una pareja en busca de un menor.

Pero todo esto es completamente ilegal porque vulnera los derechos del niño y los adultos involucrados incurren en delitos penados por ley. 

Caso 1

El primer hecho comenzó a investigarse en diciembre de 2021. Involucró a Lourdes Edith Giménez, funcionaria en ese momento del Registro de las Personas de Concepción de la Sierra; a su esposo Pablo Fernando Lemes, secretario de Acción Social del municipio entre 2021 y 2023; y a A. A. S., una joven del pueblo cuya identidad completa se preserva para resguardar los derechos de su beba.

El nacimiento de la niña se produjo en junio de 2022 y Lemes fue anotado como su padre biológico, aunque más tarde el examen de ADN diría lo contrario y sería determinante para el avance de la causa que se tramitó ante el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata.

Cuando la maniobra quedó al descubierta, todos los implicados fueron citados a declarar. Ante la Justicia señalaron que A. A. S. trabajó como empleada doméstica de ellos y durante esa tiempo mantuvo encuentros íntimos a escondidas con Lemes, tras lo cual quedó embarazada y el hombre aceptó hacerse cargo de la niña.

“Creo que fue un error mío no haberme hecho un ADN antes de anotar a (…), confié en su mamá que yo era el padre”, se defendió Lemes en la etapa investigativa, aunque para la Justicia su versión no tuvo asidero y el expediente continuó su proceso hasta que finalmente admitió su culpabilidad en un acuerdo de juicio abreviado.

Tanto la madre de la niña como Lemes tienen un dictamen firmado el 9 de octubre de 2025, en el que aceptan ser condenados a 3 años de prisión en suspenso como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal. Giménez, en tanto, fue sobreseída en instancia previa.

En paralelo al accionar penal, en lo referido a la protección de la niña involucrada intervino el Juzgado Multifuero de Apóstoles, cuyas autoridades que finalmente dispusieron que la beba continúe a cargo de su madre, que después del proceso solicitó la tenencia de su hija.

Caso 2

El segundo caso tiene características similares, aunque involucra a una pareja bonaerense, quienes alcanzaron a llevarse a la niña y convivir con ella durante un tiempo hasta que el mismo juzgado multifuero activó un operativo de rescate.

Los actores en este hecho son el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez, su esposa Lorena Soledad Márquez y Y. A. F., madre de la beba que fue entregada a los bonaerenses.

La denuncia del caso fue realizada el 18 de marzo de 2022, cuando la Directora de Niñez e Infancia de Concepción de la Sierra alertó que una beba de 4 meses había sido inscripta como hija de un hombre que en realidad no era su padre, lo cual más tarde fue confirmado mediante un cotejo genético. 

Cuando el Juzgado Federal liderado por Skanata tomó cartas en el asunto descubrió que la niña había nacido a fines de 2021 en el hospital Madariaga, que su acta de nacimiento con datos falseados se había firmado en Apóstoles y que en marzo de 2022 la pareja foránea vino a la tierra colorada para llevársela.

Fue allí que se disparó un operativo de rescate que se concretó el 3 de junio, tras lo cual la niña quedó bajo la guarda de una familia preadoptiva que luego completó los trámites y en poco tiempo se transformaron en sus adoptantes legales.

En paralelo se instruyó la causa penal por la maniobra irregular, donde los involucrados esbozaron el mismo relato que en el hecho anterior.

La pareja contó que la Y. A. F. trabajó como empleada doméstica en su casa de Buenos Aires, donde Ibáñez tuvo una relación extramatrimonial con ella y allí se produjo el embarazo del que luego decidieron “hacerse cargo” porque tenían mejores “condiciones de vida”.

La diferencia es que en el medio hubo un paso más. Cuando Ibáñez anotó la hija como suya, también pretendió hacer una autorización de viaje para llevar a la niña hasta Buenos Aires sin tener problemas con controles de ruta, pero como el trámite se iba a demorar más de lo esperado decidieron que la madre de la beba también viaje con ellos para asegurar la partida.

En el medio también se develó que Lorena Márquez era prima de una ex pareja de la madre de la beba, ante lo cual ella fue considerada como la “intermediaria” que posibilitó la concreción de la maniobra.

Los tres involucrados también terminaron admitiendo sus responsabilidades en el caso y resolvieron sus situaciones penales mediante la firma de un acuerdo de juicio abreviado.

Para todos se dispuso la misma pena, 3 años de prisión en suspenso, aunque Márquez fue considerada autora de “promoción e intermediación en la alteración del estado civil y de la identidad de un menor de diez años y participe necesaria de la Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal, mientras que Ibáñez y Y. A. F. como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal.

Este acuerdo ya fue homologado por el Tribunal Federal de Posadas (TOF) y transformado en sentencia el pasado 31 de octubre de 2025. El fallo también dispone que los condenados deben someterse a un régimen de conducta a cumplir estrictamente para mantener el beneficio de cumplir la pena en suspenso, es decir, sin ir a prisión.

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Imputaron por homicidio al médico que apuñaló a un gitano en Oberá

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La Justicia imputó por “homicidio” al médico Ernesto Omar Ramp (55), ex director del hospital de Aristóbulo del Valle, detenido desde el 26 de diciembre por apuñalar durante una pelea a un gitano cuyo fallecimiento se produjo cinco días después.

El profesional de la salud fue trasladado hoy hacia el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, a cargo del magistrado Horacio Alarcón, donde fue notificado del agravamiento de la acusación en su contra y posteriormente volvió a ser trasladado a una celda de la comisaría Segunda, donde permanece privado de su libertad.

Con el cambio de carátula, la situación de Ramp se ve más que comprometida, dado que la imputación por homicidio prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser declarado culpable en un futuro debate oral.

Pelea y muerte

El hecho de violencia se registró el pasado 26 de diciembre, sobre calle Apóstoles Norte al 158, en Oberá, donde Ramp llegó para reclamar una deuda y mantuvo una discusión con Marco y dos de sus hijos, conflicto que acabó con la víctima trasladado de urgencia al hospital Samic, desde donde fue derivado a Posadas debido a su complejo cuadro de salud.

Según detallaron las fuentes, la herida le ocasionó a Marco perforación de pulmón y a pesar de los esfuerzos médicos perdió la vida en la mañana del 31 de diciembre, mientras seguía hospitalizado en Posadas.

Tras el hecho, en redes sociales se registraron múltiples comentarios a favor de Ramp, donde además aseguran que la versión del detenido apunta que él fue atacado en primera instancia y las agresiones se dieron en un acto de defensa.

En paralelo, allegados al médico también iniciaron una junta de firmas para solicitar la liberación del médico que en 2023 fue candidato a intendente de Aristóbulo del Valle.

Murió el gitano apuñalado durante una discusión con el médico Ernesto Ramp

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Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante

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grooming querellante

El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.

El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.

De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.

La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).

Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.

La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.

La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.

Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.

La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.

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