Judiciales
Los Kiczka y su esquema de archivos Masi, desentrañado por los fiscales
Los fiscales Martín Rau y Vladimir Glinka lograron desentrañar el esquema de archivos Masi que articulaban los hermanos Kiczka y con esa base pudieron distribuir las acusaciones, establecer las escalas penales y argumentar los duros pedidos de prisión que formularon para cada uno de ellos.
“Vamos a mostrar cómo fue el camino hacia los imputados”, adelantó Rau durante el alegato que compartió con su colega y que, tanto por el volumen de la evidencia analizada como por las múltiples aristas periciales, técnicas y jurídicas abordadas, se extendió durante más de cuatro horas.
Para su exposición, los fiscales se apoyaron en un mapa conceptual en el cual volcaron todo el plexo probatorio, identificando todos los dispositivos informáticos incautados, repasando la evidencia recolectada en cada uno de ellos y delimitando a quién correspondía cada aparato.

El esquema de archivos Masi de los Kiczka desentrañado por los fiscales Rau y Glinka.
Rau y Glinka iniciaron entonces el recorrido de la causa. Recordaron que todo comenzó el 16 de enero de 2024, mediante un alerta proveniente desde Estados Unidos que se centralizó en la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (UFEDyCI) de Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Daniela Dupuy, que ayer presenció el debate como invitada estelar.
Con la información recibida y mediante direcciones de IP, se establecieron “120 objetivos” distribuidos en todo Latinoamérica, uno de los cuales apuntaba a un domicilio del barrio Illía de Apóstoles, que luego se determinó que pertenecía a Leonardo Kiczka, lugar donde también vivía su hijo Sebastián, hermano Germán, que por aquel entonces todavía revestía la figura de legislador provincial.
La fiscal Dupuy ordenó entonces una serie de operativos simultáneos que se ejecutaron en ocho ciudades del país. El día elegido fue el 28 de febrero de 2024 y ese día los investigadores irrumpieron en la casa familiar de los Kiczka, incautando varios dispositivos electrónicos, entre ellos una notebook Acer V3-771-6614, que resultó ser “la llave del caso”, como valoró el propio fiscal Rau ante el tribunal.
La Acer
No es para menos. Esa computadora no solo destapó el horror, sino que también sumió a Misiones en un escándalo político y social que concitó la atención de todo el país durante varios meses.
La autopsia digital sobre ese aparato arrojó conclusiones determinantes, marcó el camino para el devenir de la investigación y selló el futuro de los hermanos.
En primer lugar, detallaron los fiscales, en esa Acer se encontraron dos archivos que eran coincidentes con los dos archivos delimitados en la denuncia que disparó el operativo y que eran especialmente buscados para confirmar la pista proveniente de Estados Unidos.

Los hermanos Kiczka al momento del dictado de la sentencia condenatoria para ambos.
Pero esos dos “match”, como se denomina en la jerga digital, no fueron las únicas evidencias halladas. Los peritos también dieron con el programa E-Mule, que estaba instalado desde el 18 de enero de 2022, y entre carpetas y subcarpetas descubrieron 603 archivos con material de abuso sexual infantil (Masi).
El siguiente paso fue vincular esa notebook a personas físicas y para los fiscales quedó más que claro que su dueño era Germán Kiczka, dado que el aparato no solo que tenía sus datos de usuario, sino que también registraba actividades recientes vinculadas a sus correos electrónicos y contenía archivos personales como documentos de la Legislatura, facturas de monotributo y fotografías, etc.
“La computadora era de Germán, pero la usaban los dos (por Sebastián). Era la computadora sucia y para cuando uno no tenía la PC, tenían un pen drive o un CD”, acusó Glinka.
Durante todo el proceso Germán intentó desligarse de esa computadora, aunque sin éxito. En una indagatoria realizada aún en la etapa de instrucción manifestó que el día del allanamiento en casa de su padre él estaba en Brasil, lo cual es verdad, pero con el correr de la investigación se detectó que ese mismo día recibió un llamado a las 12:54 y eliminó el programa E-Mule que tenía en otra computadora.
La Lenovo
Esa otra computadora resultó ser una Lenovo DESKTOP-GCIRTJ8 que fue secuestrada meses después, el 6 de agosto de 2024, durante un allanamiento efectuado en su casa sobre calle Alem de Apóstoles en virtud del avance de la investigación que para ese entonces ya estaba en manos del juez Miguel Ángel Faría, que trabajó con los agentes de Cibercrimen y de la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic) como auxiliares de justicia.
En esa Lenovo se detectó otro “match” con la denuncia proveniente de UFEDyCI, como así también más y más archivos Masi, con adolescentes, niños, niñas y hasta bebés siendo víctimas de abuso sexual e incluso expuestas a prácticas zoofílicas.
También se encontraron las “huellas digitales” que dejó la utilización del E-Mule cuya fecha de instalación databa el 6 de junio de 2023 e historiales de búsqueda con sugestivos patrones tales como “incest sister” e “full family incest”.
“Hay videos que me arruinaron la vida y yo les voy a arruinar a ustedes también”, advirtió con crudeza el fiscal Glinka mientras exhibía algunos de los videos encontrados ante el tribunal, cuyos integrantes no pudieron disimular gestos de repulsión, en particular César Yaya, que por momentos prefirió desviar la mirada.
“Son actos de bestialismo”, calificó Rau, sin más reparos.

El juez Yaya sensibilizado por los archivos Masi exhibidos por la fiscalía.
Pero tampoco es todo. En poder del ex diputado incautaron un pen drive Fiat con más archivos Masi y hasta en su celular Samsung S22 encontraron elementos comprometedores.
Los fiscales repasaron que en ese celular recuperaron chats del 9 de abril de 2024, donde su esposa le pedía eliminar evidencias y él respondía ufanándose de su investidura como legislador al mencionar que por sus fueros era casi intocable.
También revelaron grupos de Telegram y otras conversaciones donde Germán envió al menos dos archivos Masi, lo cual fue fundamento suficiente para que le atribuyeran, además de tenencia y facilitación, la figura de distribución, lo que complicó aún más su situación y explica el por qué de un mayor pedido de condena en su contra en comparación a Sebastián.
Concurso real
En diálogo con la prensa, el tándem fiscal explicó que los hechos configurados como tenencia, facilitación y distribución fueron analizados individualmente y sobre esa base aplicaron la situación jurídica del concurso real, lo que les permitió construir una nueva escala penal ante la sumatoria y reiterancia de los delitos.
De esta manera, en el caso de Germán, por ejemplo, al dar por acreditado las tres acciones enmarcadas en el artículo 128 del Código Penal, establecieron una nueva escala penal que iba de los 4 años de prisión como pena mínima hasta los 21 años y 4 meses como pena máxima.

Los fiscales Glinka y Rau durante la última audiencia de debate, que comenzó a las 9.30 y culminó poco antes de las 22.
En consecuencia, se manejaron dentro de esos límites y consideraron que lo oportuno era condenar al ex diputado a 15 años de prisión, planteo que se acercó bastante a los 14 años de cárcel que finalmente dictaminó el tribunal.
Durante el alegato, los fiscales argumentaron que el monto solicitado se ajustaba a “a la cantidad”, al “volumen” y lo “ofensivo” de los archivos Masi encontrados, lo cuales llegaron a 913 en total para el caso de Germán. Y otro dato que grafica la magnitud de lo analizado: la evidencia digital incautada supera los 100 gb.
Sebastián: “Degenerado y abusador”
Sobre Sebastián hicieron el mismo análisis, desagregando todos los elementos encontrados en su contra. Como para los fiscales quedó probado que tanto él como Germán utilizaban la notebook Acer, fue considerado coautor de la tenencia y facilitación de los archivos Masi que allí estaban almacenados.
Por separado le atribuyeron los contenidos encontrados en un pen drive Scandisk y en un CD donde además la pericia marcó otro match con la denuncia inicial de la causa, aunque no alcanzaron a comprobar que haya incurrido en la distribución de alguno de esos archivos.

Sebastián se adjudicó todos las acusaciones del caso. Para la fiscalía solo fue una estrategia defensiva para favorecer a Germán.
En contrapartida sí encontraron evidencias que sirvieron para certificar la acusación por abuso sexual simple contra una adolescente que tenía 15 años al momento del hecho.
El fiscal Glinka repasó los chats de Sebastián con la adolescente para demostrar su culpabilidad. “El abuso no es solo ir a tocarle, sino todo el resto. Él venía hablando con ella, con una menor, durante dos años. La venía preparando. Si no fuera por esta causa esto hubiera terminado en una corrupción de menores”, apuntó al momento de alegar.
“Acá no estamos solo ante un degenerado, sino también frente a un abusador sexual”, disparó después Glinka, quien junto a Rau también dedicaron varios minutos de exposición para fundamentar que el mayor de los Kiczka era perfectamente imputable y consciente de las acciones delictivas que cometía.
“De los excesos (alcohol y drogas) habla con culpa, pero de los menores habla con placer”, arremetieron.
Con esa base, pidieron 12 años de prisión en su contra, lo cual coincidió con lo impuesto por el tribunal conformado por los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya, quienes en un plazo de 10 días hábiles deberán comunicar los fundamentos de la sentencia.
LAS CONDENAS
Germán Kiczka: CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, más accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de TENENCIA, FACILITACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD EN CONCURSO REAL, según los Arts. 128 1º, 2º y 5º en función del art. 55 del CPA.
* Con la disidencia de la Dra. Cukla que voto por condenar a la pena ocho (8) años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de tenencia y facilitación de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad en concurso ideal y el delito de distribución del mismo material, en concurso real.
Sebastián Kiczka: DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN DE CUMPLIMIENTO EFECTIVO, mas accesorias legales y con costas, por ser encontrado autor penalmente responsable del delito de TENENCIA Y FACILITACIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD Y ABUSO SEXUAL SIN ACCESO CARNAL, TODO ELLO EN CONCURSO REAL, que se encuentran subsumidos en el Art. 128 1º, 2º y 5°, 119 1º párrafo en función del Art. 55 del C.P.A.
*Con la disidencia de la Dra. Viviana G. Cukla que votó por condenar a la pena de seis (6) años de prisión, por el delito de TENENCIA Y FACILITACIÓN DE MATERIAL DE EXPLOTACIÓN SEXUAL INFANTIL AGRAVADO POR SER LAS VÍCTIMAS MENORES DE 13 AÑOS DE EDAD, EN CONCURSO IDEAL, subsumidos en el Art. 128 1º, 2º del CP.

Judiciales
Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko
El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.
En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.
“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.
“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.
Temerarias
El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.
Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.
El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.
Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.
“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.
Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.
“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.
Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.
“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.
Amonestación
Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.
A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.
DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)Judiciales
Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja
La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.
Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.
En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.
A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.
Boluda
“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.
“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.
La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.
“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.
“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.
Ciclo
La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.
“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO A SU AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.
Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.
En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.
Agravante
En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.
“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.
“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.
Judiciales
Detuvieron a un tío de Pablo Schoenfisch por falso testimonio en el juicio
Contradicciones, desmentidas y versiones pocas claras derivaron hoy en la detención de un testigo que declaró en el juicio contra Pablo Schoenfisch (23), acusado de asesinar a su madre Faustina Antúnez (54) y provocar secuelas de por vida en su padre Arnoldo, ex intendente de Santiago de Liniers, en un hecho registrado en mayo de 2020.
La orden de detención fue impartida por los magistrados del Tribunal Penal Uno de Eldorado, quienes hicieron lugar al pedido formulado por el fiscal Federico Rodríguez para abrir una investigación por falso testimonio contra el testigo Rubén Schoenfisch, hermano del sobreviviente que tiene el hecho y tío del único acusado.
El hombre fue el primero en declarar esta mañana, aunque en su comparecencia ante el tribunal se rectificó en varios puntos respecto al testimonio que había brindado en la etapa de investigación y que resultaban comprometedoras para el acusado.
Es que, en etapa de instrucción, Rubén Schoenfisch declaró que tres meses antes del hecho escuchó al acusado decir “cualquier día de estos mato al viejo de mierda ese”, en alusión a su padre Arnoldo, en tanto que también había señalado que horas después del ataque vio que Pablo vestía un pantalón con manchas de sangre.
Sin embargo, esta mañana desvirtuó esas declaraciones y afirmó que todo lo dicho en instancia previa formó parte de un “acuerdo” para “decir todo lo mismo” junto a un pariente.
“Eso lo dije, porque dijimos todo lo mismo, como dijo René Laidman, pero en ningún momento vi la mancha de sangre en el pantalón”, intentó aclarar Rubén, aunque el fiscal insistió con la lectura de más fragmentos de declaraciones anteriores donde efectivamente hacía referencia a la mancha de sangre.
“Le hice caso a René porque en ese momento de angustia y bronca, pasa de todo por la cabeza, pero en ningún momento vi la mancha en el pantalón”, reafirmó el testigo, visiblemente incómodo con la situación y las incisivas preguntas del fiscal.
Rubén también bajó el tono de las declaraciones que apuntaban una relación conflictiva y violenta entre el acusado y sus padres y hoy expresó: “Había discusiones sí se escuchaba, alteraciones. Eran por terrible, no sé. Estaba en la edad de la adolescencia, pero las discusiones eran entre Arnoldo y Tina”.
Rodríguez decidió frenar el interrogatorio. “Hay contradicciones significativas, está clavado el falso testimonio. Modificó de tal forma sus declaraciones que puede torcer el proceso. Solicito la inmediata detención y la remisión de las actuaciones al juzgado de instrucción en turno”, lanzó.
Tras varios cuartos intermedios para deliberar, finalmente el pedido fue acompañado por los jueces Adriana Andino, Atilio León y Javier Jourdan, quienes a su vez rechazaron planteos defensivos que buscaban impedir la detención del testigo.
Los abogados defensores Fabián De Sá y María Laura Alvarenga solicitaron que antes de decidir respecto al falso testimonio era necesario oír a otras dos personas mencionadas por Rubén Schoenfisch en sus declaraciones, pero el tribunal denegó esas convocatorias al considerar “falta de fundamentación”.

Al culminar las testimoniales de hoy Pablo Schoenfisch volvió a declarar para desmentir todas las acusaciones en su contra.
“En cualquier momento mato a papá y mamá”
La decisión, sin embargo, se conoció recién al final de la audiencia, minutos después de las 15, aunque previo a ello la audiencia continuó con la toma de más testimoniales, quienes ratificaron episodios de violencia y conflictos registrados entre el acusado y sus padres.
“Llevaban una relación mala, bastante conflictiva, con peleas y discusiones porque él no quería estudiar, ni hacer deberes de la casa. Ya le habían sacado el celular, el uso de los autos y del cuatriciclo”, recordó Rocío Slamotivs, pareja de Lucas Szumkoski, medio hermano del acusado, quien ayer declaró contra el imputado.
Otro testimonio revelador fue el de la empleada doméstica de la familia, Gladis Aquino, quien ante el tribunal recordó una vieja conservación que tuvo con el imputado poco antes del hecho: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.
Aquino también recordó cuando en una ocasión Pablo tumbó al piso a Antúnez de un empujón. En ese momento quebró en llanto: “Yo jamás haría lo que Pablo hizo. Ellos me trataban como su propia hija, nunca me trataron como una simple empleada. Todo lo que pasó me duele mucho”.
En último turno declaró Miguel Ángel Szumkoski, otro medio hermano del acusado y actual intendente de Santiago de Liniers.
El alcalde sostuvo que un día antes del crimen su madre había descubierto una extracción de 38.000 pesos de su cuenta bancaria y la faltante de su tarjeta, aunque no recordaba haber perdido el plástico. Lo que se sospecha es que ello también pudo haber sido obra del ahora acusado.
Miguel Ángel ratificó además lo que ayer contó su hermano Lucas, respecto a una conversación mantenida con Arnoldo Schoenfisch días después del hecho. “Estábamos discutiendo porque Lucas decía que Pablo no podía ser. Entonces empezamos a hablar sobre y Polaco (por Arnoldo) estaba sentando frente nuestro y ahí él le dice a Lucas: ‘No seas tan boludo, si a mi me metió un tiro a vos te va a liquidar’”.

Miguel Ángel Szumkoski coincidió con las declaraciones dadas por su hermano Lucas ayer.
“Todos mienten”
Al igual que lo ocurrido ayer, una vez que culminaron los testigos, el imputado pidió declarar por tercera vez, instancia donde insistió en su inocencia y se defendió de los señalamientos.
“Están todos mintiendo. Tenía discusiones sí, como cualquier padre e hijo, pero nunca llegué a eso. Vienen y dicen un montón de cosas de mí. Ahora puedo defenderme. Me acusan sin pruebas, solo verbalmente”, se plantó.
“Tampoco me hacía falta dinero, nunca necesité. Mi abuela, mi tía, mis padres siempre me brindaron todo. Me sacaron el teléfono sí, pero no el cuatri ni la camioneta.
El debate continuará el próximo jueves, aunque existe la posibilidad de que la audiencia se adelante al miércoles en caso de que la defensa logre conciliar su agenda ya que tienen otro debate programado.
Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida
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