Judiciales
Juicio por el femicidio de Irma, día 2: testigo ubicó a Esteche en la escena
La segunda jornada del juicio por el femicidio de Irma Ferreyra Da Rocha (47), cometido en diciembre de 2016 en Garupá, continuó esta mañana con la declaración de cuatro testigos, entre ellos el ex prefecturiano que en la noche del hecho auxilió a la víctima y quien hoy identificó al imputado, Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34), como la persona que salió del baldío donde la mujer apareció abusada y gravemente herida.
El mencionado testigo se trata de Lucas Frutos, quien al momento del hecho era cabo primero de la Prefectura Naval Argentina (PNA) pero hoy es abogado y funcionario judicial, fue la primera persona que en la noche entre el 16 y el 17 de diciembre de 2016 auxilió a Irma tras ser golpeada y abusada sexualmente con la rama de un árbol que le produjo gravísimas lesiones internadas que provocaron su muerte 30 horas después.
Frutos, además de recordar las condiciones en las que encontró a Irma, también describió a la persona que minutos antes vio salir de la escena del hecho y al ser consultado por las partes no dudó en marcar con el dedo que ese sujeto se trataba de Esteche, hoy imputado y presente en la sala de debates del Tribunal Penal Uno de Posadas, donde se desarrolla el proceso oral.
El testigo recordó que esa noche se dirigía en auto hacia la casa de su novia, ubicada sobre la calle 246, casi en frente de uno de los túneles peatonales de la autovía de la ruta nacional 12.
Mencionó que al haber sufrido hechos de inseguridad y al ser miembro de una fuerza tenía como hábito circular a baja velocidad y con las luces altas encendidas como método de prevención.
Fue en esas circunstancias que observó una persona salir del baldío lindante al terreno amurado de su pareja. Pensó que se trataba de un delincuente haciendo de “campana” para otros que pretendían entrar a robar a la vivienda, pero la situación fue muy diferente.

El fiscal Martín Rau y el defensor Edgardo Cabrera observando en un celular imágenes del baldío donde ocurrió el hecho.
“Veo un hombre que baja del terreno lindante hacia la calle. Baja en actitud sospechosa porque baja agachado. Yo ahí bajo, tomo mi arma y recuerdo haber mantenido la mirada cara a cara con esa persona. Intuí que algo había pasado. Hice una inspección en el terreno de mi pareja pero no noté nada. Pero ahí empiezo a escuchar como un maullido, de menor a mayor. No pensé que fuese una persona”, relató Frutos esta mañana. Esa persona era Irma.
Frutos agregó que quedó “perplejo” por la escena y trató de contener a la mujer sin tocarla por prevención hasta la llegada de la ambulancia que finalmente la trasladó al hospital.
Luego, el testigo indicó que “a la persona que hizo esto lo vi de frente y en la rueda de reconocimiento lo reconocí”.
En esas circunstancias, el fiscal Martín Rau le solicitó que indicara si esa persona que vio esa noche estaba hoy en la sala y Frutos respondió: “Sí, está a mi derecha”, apuntando con su dedo índice a Porteño Esteche, que se mantuvo cabizbajo y en silencio.
Luego declaró Sonia Poterala, pareja de Frutos, y quien estaba con él esa noche en la que fueron testigos de lo sucedido.
La mujer ratificó que vio a un hombre saliendo del lugar donde Irma apareció malherida. “Veo que sale un hombre, flaco y alto en ese momento. Pensé que estaba saliendo de mi propiedad y que me habían entrado a robar. Pasó caminando como si nada, me miró fijo. Fue una mirada fría, fea, por eso hoy no quería ni verlo”, sostuvo la testigo que pidió declarar sin la presencia del imputado.
Poterala también recordó haber oído los gemidos de dolor de la víctima, pero afirmó que no vio a la víctima en ningún momento.
Por último, expresó que “hasta el día de hoy pienso que podía haber sido yo. Si yo ese día volvía sola capaz que a mí también me podía haber pasado algo”.
“Fue lo peor que vi en mi vida”
Otra testigo de la jornada fue Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de Irma, quien en una declaración cargada de angustia y emotividad, recordó a la víctima y contó cómo la encontró al visitarla en el hospital.
“No lo voy a olvidar nunca. La víctima era mi hermana. La vi arreglarse esa noche porque pasó por mi casa a buscar un delineador. Fue la primera vez que la vi feliz. Tenía muchos hijos y las criaba sola. Vivía para ellos. Era muy reservada”, sostuvo al principio de su testimonio.

Mabel Ferreyra Da Rocha, hermana de Irma, declarando ante el Tribunal Penal Uno.
Luego, agregó que “me acerqué al hospital y ahí encontré algo que no se lo deseo a nadie. Ni a un animal se le hace algo así. Fue lo peor que vi en mi vida. Me quedó un trauma de por vida. Ya desde afuera de la sala se escuchaba como mi hermana gemía de dolor. Ya no tenía uñas, se las había arrancado tratando de escapar o tratando de agarrar algo. Le pregunté mil veces quién fue, pero nunca me respondió. Sólo preguntaba por su hijo. Ya estaba con la mirada perdida. Sentía vergüenza e impotencia por la humillación que sufrió. Sólo le caían lágrimas”.
Por último, la mujer dio un mensaje y agradeció la labor de los investigadores y de la Justicia en caso, sabiendo que otros hechos permanecen impunes. “Este señor -en referencia a Esteche- tiene que pagar la condena. Siempre hay rumores y comentarios, pero acá la Justicia hizo rápido lo que tenía que hacer. Rápido lo agarraron. Estoy muy agradecida por eso, porque otras familias que pasaron por lo mismo hoy no tienen esto. Pido que se haga la justicia necesaria”.
El debate oral continuará mañana con la declaración de más testigos. El proceso prevé la realización de al menos ocho audiencias más.
Judiciales
Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa
La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.
La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.
Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.
Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.
En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.
El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.
Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.
En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.
Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.
Judiciales
Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato
El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.
La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.
La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.
Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.
Duda
Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.
El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt
ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente.
Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.
“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.
Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.
En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.
Cobarde, traicionero y abusivo
Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.
“A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.
“¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.
“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
Judiciales
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.
Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.
“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.
Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.
El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.
Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.
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