Judiciales
Juicio por chocar y matar: Lutz lloró, pidió perdón y adujo vista reducida
Lloró, pidió disculpas e introdujo en la historia del caso un tumor neurológico que le afecta a la vista. “Si yo hubiera conocido este problema antes, jamás hubiera manejado”, aseguró hoy Julio Werner Lutz (30) ante el Tribunal Penal Uno de Posadas en la primera audiencia del juicio oral que enfrenta por conducir en exceso de velocidad, cruzar semáforos en rojo, chocar y matar al motociclista Fernando Vázquez (24) en agosto de 2016, circunstancias bajo las cuales fue acusado de homicidio simple, que prevé entre 8 y 25 años de prisión.
Tal como estaba previsto, el debate oral comenzó minutos después de las 8.45 en el Salón de Usos Múltiples del Palacio de Justicia y la palabra del único acusado se oyó pasada las 11.20, luego del cumplimiento de formalidades procesales y de la lectura del auto de elevación a juicio del expediente, entre otros documentos judiciales.
Ante el tribunal, el imputado aseguró sentirse “nervioso como para responder preguntas”, pero aceptó declarar para contar su versión de los hechos.
“Quiero pedir mi más sinceras disculpas a la familia y amigos de Fernando. Fue una tragedia. Es muy doloroso, es algo que no se lo deseo a nadie, no hay un día de mi vida en que no me despierte y piense en esto. Nunca quise que esto sucediera, es una mochila, un karma que me va a seguir de por vida”, fueron las primeras palabras de Werner Lutz, que en su momento permaneció catorce meses detenido por el hecho, pero llegó en libertad a instancia de juicio.
El joven, que ahora ya es padre, recordó que esa tarde el 20 de agosto de 2016 fue a ver una exposición de autos al autódromo, donde se encontró con dos chicas y tomó “algunos tragos” de cerveza, aunque luego salió “apurado” porque ya eran cerca de las 21.30 y debía “cerrar” su local de celulares en el centro de la ciudad.
Fue en ese trayecto que ocurrió el siniestro que acabó con la vida de Vázquez, aunque la historia reconstruida por la Justicia, en base a pericias y testimonios directos, tiene marcadas diferencias al relato aportado hoy por el acusado.

Julio Werner Lutz hoy tiene 30 años. Llegó al debate en libertad.
De testimonios y pericias, al tumor en el cerebro
La plataforma fáctica sobre la cual se asienta el expediente consigna que el hecho se registró el 20 de agosto de 2016, cerca de las 21.30, sobre la ex ruta 213, casi avenida Las Américas.
En ese lugar, Vázquez esperaba la luz verde del semáforo arriba de su moto Yamaha YBR y fue embestido desde atrás por el auto Ford Fiesta Kinetic conducido por Werner Lutz, tras lo cual voló más de 100 metros hasta caer sin vida sobre el asfalto.
Dos chicas que iban como acompañantes en el auto de Werner Lutz luego declararon que el joven venía cruzando semáforos en rojo y que manejaba a una velocidad estimaba de 130 kilómetros por hora.
Las pericias efectuadas posteriormente determinaron que el rodado del imputado iba, como mínimo, a 99,5 km/h al momento del impacto, al tiempo que no se detectaron marcas de frenadas ni maniobras evasivas.
En su momento, además, las dos chicas añadieron que antes del hecho el acusado consumió cerveza y marihuana. También sostuvieron que le advirtieron al acusado sobre la presencia del motociclista sobre la arteria, aunque el implicado hizo caso omiso a todas las alertas.
Hoy, más de siete años después del hecho, el imputado se sentó frente al tribunal y desplegó su versión, aclarando que no lo había hecho anteriormente por recomendación de su antiguo abogado.
Werner Lutz expresó que “me crucé con las chicas en el autódromo, compré tres latas de cerveza y tomé unos tragos. Después vi la hora y me di cuenta que era tarde, tenía que volver a cerrar el local, entonces salí apurado”.
A partir de ahí, se adentró al momento del hecho, introduciendo también a otro vehículo en la escena. “Adelante mío iba un auto. El semáforo estaba por cambiar y yo estaba muy seguro de que el auto iba a cruzar, pero frenó y entonces pegué un volantazo. Cuando hago la maniobra impacto con algo, no sabía qué era. No caí en lo que estaba pasando, entré en shock, no podía creer porque no había visto a la moto”, narró.
Y luego, la novedad. Ya en las cuestiones preliminares su abogado, Pablo Luján, pidió incorporar al debate una serie de estudios médicos y con la declaración del imputado se entendió de qué se trataba.
Es que allí Werner Lutz contó que tiempo después de ser excarcelado fue diagnosticado con un tumor neurológico que le afectó el nervio óptico del lado izquierdo y que esto, a su vez, le redujo “campo visual periférico”.
“Cuando me entero de eso me operan y estuve una semana en terapia intensiva. El médico me dijo que esto tenía un avance evolutivo de cuatro años, es decir, que ya venía desde 2015. Si yo hubiera conocido de este problema antes jamás hubiera manejado. Mi campo visual está dañado”, lanzó.
Por último, volvió a pedir disculpas y admitió que “sé que nada va a devolver la vida de Fernando, pero ojalá algún día puedan llegar a entender lo que realmente pasó”.

El tribunal es presidido por el magistrado Gustavo Bernie (al medio).
Un perito y a la espera de más testigos
La primera jornada del debate se completó con la declaración de uno de los cuatro testigos que estaban citados hoy, ya que el resto de los testimonios fueron desistidos de común acuerdo entre las partes y serán incorporados por lectura.
De esta manera, el único en declarar esta mañana fue Juan Carlos Vázquez, licenciado en Criminalística y actual Director General de la Policía Científica de Misiones.
El perito brindó precisiones del informe pericial agregado al expediente y ratificó todas las actuaciones. Por ejemplo, sostuvo que en la escena no se detectaron marcas de frenado ni de maniobras de evasivas y afirmó que la causa del siniestro fue el “factor humano”, vinculado a un exceso de velocidad y a no respetar los semáforos.
El debate oral continuará mañana, a partir de las 8.30, nuevamente en el SUM del Palacio de Justicia, y se prevé la declaración de al menos seis testigos, entre los cuales se destaca el de una de las chicas que iba como acompañante de Werner Lutz al momento del siniestro.
El juicio contra Lutz es llevado adelante por el Tribunal Penal Uno, presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por sus pares Viviana Cukla y Miguel Mattos (por subrogancia legal). En representación del Ministerio Público Fiscal, en tanto, interviene Martín Alejandro Rau.
A diferencia de la mayoría de las causas de siniestros de viales, en este caso Werner Lutz llegó a juicio acusado de homicidio simple, que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser hallado responsable.
Para la fiscalía de instrucción, de acuerdo a los elementos recolectados, quedó probado que el implicado actuó con dolo directo, es decir, que tuvo intención de matar en el hecho. Esta arista, ahora, será uno de los principales ejes de discusión.
El padre de Vázquez: “Yo no le creo”
Toda la primera audiencia del juicio fue seguida de cerca por la familia de Vázquez. Padre, madre, hermanos y amigos se acercaron al Palacio de Justicia para presenciar el proceso.
En diálogo con La Voz de Misiones, Walter, padre de la víctima, expresó que “esto no fue un accidente común. Para nosotros lo mató, lo hizo apropósito. Esto de la enfermedad es todo un invento de nuevo. Esperamos siete años el juicio y ahora recién sale a decir que está enfermo. Yo no le creo”.
“Esto a nosotros nos arruinó la vida. Él vivía con nosotros, sólo se dedicaba a trabajar y ese día fue un ‘chau pa’ hasta siempre”, agregó.
Vázquez padre admitió que confía en la fiscalía y en que se hará justicia, aunque aclaró que “nada nos dará satisfacción porque no vamos a recuperar a nuestro hijo, pero por lo menos vamos a estar tranquilos”.

Los padres de Fernando Vázquez, presentes en la primera audiencia de debate.
Judiciales
Arenera de Candelaria demanda al municipio ante el STJ por clausura
El empresario arenero Jorge Muniagurria inició una demanda contencioso administrativa en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra la Municipalidad de Candelaria por la resolución que le clausuró la planta de acopio que tiene en un predio costero cedido en comodato por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.
En la presentación judicial, a la que tuvo acceso La Voz de Misiones, el empresario solicitó al STJ la nulidad de la Resolución 02/25, del ingeniero Eduardo M. Quiroga, que firmó como secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente de la Municipalidad, ratificada por el intendente Carlos Flores; y pidió la suspensión de la medida administrativa de clausura del predio de la empresa.
El escrito, patrocinado por los abogados Fernando Marcelo Canteli y Graciela Beatriz Canteli, señala que la Resolución de Quiroga, refrendada por Flores, “no reviste siquiera la adecuada formalidad” y tampoco “los actos administrativos que las precedieron, por afectar gravemente los derechos e intereses legítimos” del empresario afectado.
Los letrados se refieren a la Comunicación de clausura que hace Flores a Muniagurria el 15 de diciembre de 2025, y sostienen que la “ratificación” por parte del intendente, de la Resolución 02/25 de Quiroga, es elemento suficiente para la admisión de la demanda por parte del STJ, según lo establecido en el artículo 8 de la ley I Nº 95.
“Con dicha ‘ratificación’ se cierra la instancia administrativa municipal, ya que emana de la más alta autoridad competente y al rechazar el Recurso Jerárquico agota los remedios recursivos”, reza el escrito judicial.
Inspección
La presentación judicial relata que el 15 de octubre de 2025, se labró el Acta de Inspección R-01-00000134 suscripta por quien se identificó como secretario de la comuna de Candelaria, ingeniero Eduardo M. Quiroga, en el inmueble de la arenera JM, cuya actividad principal es la extracción y venta de arena, y que en dicha Acta se requirió a la empresa la presentación de un estudio de impacto ambiental, en el marco de la Ordenanza 03/12, y la Declaración Jurada de las ventas de arena realizadas.
“En tiempo oportuno, se realizó el descargo sobre ambos puntos, indicando sobre el primero que era imposible presentar un informe ambiental, ya que la Ordenanza 03/12 se remitía a una reglamentación que era desconocida, puesto que se había requerido la misma en varias oportunidades y siempre se habían obtenidos evasivas”, reza el escrito y agrega que “sin perjuicio de ello, se adjuntó documentación que acreditaba el cumplimiento de todos los presupuestos ambientales, expedida por las autoridades provinciales con competencia sobre la materia”.
“En cuanto al segundo punto se acompañó toda la documentación contable de la empresa, que reflejaba el estricto cumplimiento de las normas tributarias”, señala la presentación y añade que “dicho descargo fue ignorado por completo, dictándose la Resolución Nº 02/25, que fue suscripta por el mismo funcionario que intervino en el labrado del Acta de Inspección Nº R-01-00000134”.
Nulidad
En la presentación judicial, el empresario arenero arremete contra la Resolución 02/25, del ingeniero Quiroga, y la define como “ilegítima y nula, de nulidad absoluta”.
Argumenta que “ha sido dictada por quien no tiene competencia para ello y sin causa ni motivación expresa ni implícitamente considerada”, y “en violación de la ley aplicable y los procedimientos previos a la emisión del acto”.
En tal sentido, el escrito invalida la “competencia” de Quiroga como secretario, ya que la Municipalidad de Candelaria no cuenta con Carta Orgánica propia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades de Misiones, y “no existe norma alguna que lo instituya como tal”.
“No existe ordenanza alguna que reglamente las atribuciones, derechos, funciones y deberes del secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente”, sostiene y desconoce, también, el papel del intendente Flores en el procedimiento que derivó en la clausura de la empresa.
“Por último, también traigamos a colación que no existe intervención alguna del Sr. Intendente requiriendo la inspección ni la posterior sanción que por este acto se recurre”, afirma y concluye que, “tanto la inspección como la posterior sanción han sido resueltas por un funcionario que no tiene atribuciones para ello”.
“Tal circunstancia, vicia irremediablemente el acto administrativo registrado bajo la forma de Resolución 02/2025 tornando inevitable la declaración de nulidad a su respecto”, afirma.
La presentación judicial advierte, también, sobre “vicios en la motivación” por parte del municipio, en lo referente al rechazo de la Declaración Jurada de ventas, de enero a septiembre de 2025, presentada por la empresa; y el desconocimiento de los estudios de impacto ambiental aprobados por instancias provinciales.
En el último tramo de la presentación, el demandante advierte la existencia de “peligro en la demora y verosimilitud en el derecho”, ya que “no estamos frente a una eventualidad, sino que hay una realidad concreta: hace seis meses que el emprendimiento productivo no funciona por una decisión absolutamente arbitraria”.
“Hay familias (de los trabajadores y accionistas ya que se trata de una Pyme) cuya subsistencia está dañada”, señala y destaca: “Y ni que hablar ante un mercado altamente competitivo por las bajas en las ventas y la competencia desleal) del perjuicio que significa volver a reinsertarse en el mercado”.
“En cuanto a la verosimilitud en el derecho, del relato que hemos volcado de los hechos surge claramente que dicho recaudo se cumple acabadamente, ya que están en juego el derecho de propiedad y el ejercicio de industria lícita, ambos tutelado constitucionalmente (art. 14 y 18 C.N.)”, advierte el escrito.
DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (1)Judiciales
Rechazan domiciliaria a ex gendarme misionero condenado por lesa humanidad
Preso. Miguel Pablo Lugo (69) continuará preso. La Justicia rechazó el otorgamiento de prisión domiciliaria por razones de salud solicitado por la defensa del ex gendarme misionero, quien de esta manera deberá seguir alojado en la cárcel de la Candelaria para purgar la pena de 25 años de prisión impuesta en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en el Centro Clandestino de Detención (CCD) El Olimpo, donde entre otras víctimas, pasaron el periodista Jorge Fontevecchia y Lucía Adela Révora, madre del ahora senador peronista Eduardo “Wado” de Pedro.
Lugo, nacido el 7 de junio de 1956 en Gobernador Roca, fue juzgado entre 2022 y 2023 en el marco del quinto tramo de la mega causa ABO V, que investigó hechos de secuestros y torturas perpetrados en el circuito represivo conformado por los CCD El Atlético, Banco y El Olimpo, que funcionaron de manera rotativa entre 1977 y 1979.
En ese expediente también fueron juzgados Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina, ex camaradas de Lugo, además del ex agente de la Policía Federal Argentina (PFA) Carlos Alberto Infantino. Todos ellos fueron condenados a 25 años de prisión por una multiplicidad de delitos que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Ciudad de Buenos Aires consideró acreditado, aunque el fallo aún no está firme ya que hay un recurso de casación en trámite.
Otro dos ex, Miguel Víctor Pepe, y el ex miembro de la Superintendencia de Seguridad Federal, José Ahmed, también llegaron a juicio en la misma causa, aunque el primero resultó absuelto y el segundo falleció poco antes del inicio de las audiencias.

Medina, Nazario e Infantino, los otros condenados en el juicio por la causa ABO V.
Pedido
Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, Lugo fue detenido mientras caminaba por San Ignacio -donde tiene domicilio registrado junto a su esposa- el 15 de noviembre de 2018 y desde ese momento se encuentra privado de su libertad.
Sus días y noches en prisión las cumple en la Colonia Penal 17 de Candelaria, recinto dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), donde deberá continuar a pesar de un pedido de arresto domiciliario formulado por su defensa, alegando un cuadro de Alzheimer y depresión severa.
La presentación fue realizada a mediados del año pasado y en el planteo los abogados del gendarme condenado adujeron que Lugo presentaba un “franco y notorio deterioro, padeciendo una enfermedad grave e irreversible”.
El pedido abrió una extensa etapa de análisis dispuesta por el mismo tribunal que dictó sentencia, en el que solicitó informes tanto a las autoridades de la unidad penitenciaria como a integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, quienes arribaron a conclusiones disimiles, ante lo cual tuvo que intervenir una junta interdisciplinaria del hospital Carrillo de Posadas.
Sobre la cuestión también opinaron el fiscal de la causa Alejandro Alagia, el abogado de la querella unificada Pablo Llonto y algunas de las víctimas, quienes coincidieron en considerar que lo correspondiente era rechazar el otorgamiento del beneficio de morigeración de las condiciones de detención para Lugo.
Todo lo recabado entonces fue analizado por los magistrados Jorge Luciano Gorini, Nicolás Toselli y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes finalmente decidieron no hacer lugar al pedido.
Principio de Alzheimer
Entre sus argumentos, los camaristas reconocieron que el condenado presenta una “enfermedad neurodegenerativa que con el transcurso del tiempo hace que los síntomas de quien la padece vayan empeorando”, aunque al mismo tiempo plantearon que “lo cierto que es el diagnóstico de Lugo está en la primera etapa de la enfermedad”.
“El evaluado presenta antecedentes de diabetes, hipertensión arterial y diagnóstico referido como principio de Alzheimer, no obstante, del examen clínico practicado no se evidencian, al momento de la evaluación, signos de deterioro cognitivo actual ni limitaciones funcionales que impliquen pérdida de autonomía o imposibilidad de desenvolvimiento adecuado”, agregaron en párrafos siguientes del escrito de 28 páginas en total.
Y en otro punto fueron tajantes en la respuesta al planteo: “La mera invocación de patologías crónicas o antecedentes médicos, sin acreditación de un estado actual de salud que resulte incompatible con el alojamiento en establecimiento penitenciario o que no pueda ser adecuadamente atendido por el sistema sanitario correspondiente, no resulta suficiente para habilitar la concesión del arresto domiciliario como medida excepcional”.
De esta manera, resolvieron no hacer lugar al pedido, con la salvedad de disponer de una evaluación semestral del estado de salud del condenado, a fin de volver a evaluar la posibilidad de la prisión domiciliaria como alternativa.

Lugo admitió que hizo “cinco guardias” en El Olimpo, aunque afirmó que no sabía en qué lugar estaba.
Lugo
La historia marca que Lugo cursó sus estudios iniciales en Gobernador Roca, donde afirmó que nació en una “familia muy humilde” y “numerosa”. El 30 de septiembre de 1976 se incorporó al Escuadrón 11 “San Ignacio” y el 31 de diciembre de ese mismo año egresó como gendarme.
Inmediatamente después fue enviado al Destacamento Móvil Campo de Mayo y en 1978 fue abocado a la Comisión de Seguridad para el mundial de fútbol.
Lugo se declaró inocente a lo largo de toda la causa. Sobre las acusaciones en su contra sostuvo que solo “cumplió órdenes” e hizo “cinco guardias” en El Olimpo, lugar al cual fue trasladado “sin conocer” dónde estaba yendo.
Sin embargo, la Justicia consideró acreditada su presencia en el CCD y su participación en hechos considerados como de lesa humanidad. En su contra acumuló testimonios de testigos, tanto de otros antiguos gendarmes como de presos políticos, que lo reconocieron como uno de los guardias del lugar, donde además cumplía diferentes tareas asignadas por los altos mandos.
Los testigos narraron que la función de los guardias o “celadores” era el ingreso y el egreso de detenidos a los calabozos para llevarlos a salas de interrogatorios donde eran sometidos a torturas. “Estas personas salían mal. Un mal momento. Calcule que les pasen electricidad, golpes, de todo. Ya lo sacaban medio sin conocimiento de los calabozos”, es un testimonio que se desprende de la causa.
El TOF decidió, entonces, en un fallo emitido en diciembre de 2023, condenarlo a 25 años de prisión como coautor de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravado, entre otros hechos cometidos contra un centenar de presos políticos que pasaron por El Olimpo durante sus meses de operación.
El Olimpo
El Olimpo fue uno de los CDD de mayor letalidad. Estaba ubicado en el barrio de Floresta, en un predio que originalmente era una terminal de tranvías.
Funcionó desde el 16 de agosto de 1978 hasta fines de enero de 1979 y su cierre de relaciona con una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1979.
El lugar estaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército, comandado por el represor Guillermo “Pajarito” Suárez Manson, y del Batallón de Inteligencia 601.
Se estima que entre 500 y 700 personas detenidas-desaparecidas pasaron por ese CCD, con una tasa de supervivencia del 7-10%.
El galpón fue adaptado especialmente: incluyó celdas, oficinas, un gran patio techado y salas de tortura conocidas como “quirófanos”. Los testigos recuerdan que había un cartel de bienvenida: “Bienvenidos al Olimpo de los dioses. Firmado: Los centuriones.”
Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad
Judiciales
La hermana y la pareja del penitenciario asesinado continuarán detenidas
La Justicia dispuso que tanto la hermana como la última pareja del penitenciario asesinado Julio César Argüello (45) continúen detenidas al rechazar el pedido de excarcelación presentado por ambas mujeres.
La decisión fue firmada por el magistrado Miguel Mattos, titular del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, dependencia judicial que se aboca a la investigación del hecho originado el 6 de febrero.
De esta manera, ambas mujeres continuarán privadas de su libertad como únicas sospechosas del crimen. Rosa Lidia Argüello (54), hermana de la víctima, está imputada como autora del homicidio, mientras que Paola Z. (35), enfrenta una acusación por encubrimiento.
En el avance de la pesquisa, el juzgado continuará con la toma de testimoniales y aguarda pericias clave, una de ellas sobre el revólver calibre 32 incautado en la casa de la hermana de Argüello, elemento que podría tratarse del arma homicida.
El caso
El agente penitenciario que se desempeñaba como adscripto en el ministerio de Derechos Humanos fue atacado el 6 de febrero en su casa sobre calle Puerto Rico, a metros de la residencia del gobernador en el barrio Luis Piedra Buena de Posadas.
El hecho fue alertado por la propia hermana, quien llamó a una ambulancia para auxiliar al agente que estaba herido dentro de la vivienda.
El hombre fue trasladado al hospital Madariaga y quedó internado en grave estado de salud hasta que el jueves 12 se produjo su fallecimiento, ante lo cual se realizó un examen de autopsia que confirmó que la lesión sufrida correspondía a un balazo y el caso pasó a ser investigado como homicidio.
Desde el principio hubo más dudas que certezas en cuanto a las circunstancias del hecho, pero después del estudio forense la Justicia pudo avanzar con más elementos y en la pesquisa recolectó indicios que colocaron a su hermana bajo la lupa.
Entre esos elementos sobresalen imágenes de una cámara de seguridad que la muestran ingresar a la vivienda de la víctima en un horario cercano al hecho y otro indicio más directo aún: un revólver calibre 32 milímetros encontrado en la casa de sus padres, donde la mujer reside, en calles Ghandi y Jerusalén, en cercanías a la estación transferencias Quaranta.
El arma, que además tenía una vaina percutada, fue incautada por el personal de la Dirección Científica y espera ser sometido a pericias.
Respecto a la pareja de la víctima, también cuenta con imágenes de seguridad que la muestran en el inmueble en cuestión y se sospecha que su intervención fue clave para limpiar la escena.
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