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Juicio por chocar y matar: Lutz lloró, pidió perdón y adujo vista reducida

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Lloró, pidió disculpas e introdujo en la historia del caso un tumor neurológico que le afecta a la vista. “Si yo hubiera conocido este problema antes, jamás hubiera manejado”, aseguró hoy Julio Werner Lutz (30) ante el Tribunal Penal Uno de Posadas en la primera audiencia del juicio oral que enfrenta por conducir en exceso de velocidad, cruzar semáforos en rojo, chocar y matar al motociclista Fernando Vázquez (24) en agosto de 2016, circunstancias bajo las cuales fue acusado de homicidio simple, que prevé entre 8 y 25 años de prisión.

Tal como estaba previsto, el debate oral comenzó minutos después de las 8.45 en el Salón de Usos Múltiples del Palacio de Justicia y la palabra del único acusado se oyó pasada las 11.20, luego del cumplimiento de formalidades procesales y de la lectura del auto de elevación a juicio del expediente, entre otros documentos judiciales.

Ante el tribunal, el imputado aseguró sentirse “nervioso como para responder preguntas”, pero aceptó declarar para contar su versión de los hechos.

“Quiero pedir mi más sinceras disculpas a la familia y amigos de Fernando. Fue una tragedia. Es muy doloroso, es algo que no se lo deseo a nadie, no hay un día de mi vida en que no me despierte y piense en esto. Nunca quise que esto sucediera, es una mochila, un karma que me va a seguir de por vida”, fueron las primeras palabras de Werner Lutz, que en su momento permaneció catorce meses detenido por el hecho, pero llegó en libertad a instancia de juicio.

El joven, que ahora ya es padre, recordó que esa tarde el 20 de agosto de 2016 fue a ver una exposición de autos al autódromo, donde se encontró con dos chicas y tomó “algunos tragos” de cerveza, aunque luego salió “apurado” porque ya eran cerca de las 21.30 y debía “cerrar” su local de celulares en el centro de la ciudad.

Fue en ese trayecto que ocurrió el siniestro que acabó con la vida de Vázquez, aunque la historia reconstruida por la Justicia, en base a pericias y testimonios directos, tiene marcadas diferencias al relato aportado hoy por el acusado.

Julio Werner Lutz hoy tiene 30 años. Llegó al debate en libertad.

De testimonios y pericias, al tumor en el cerebro

La plataforma fáctica sobre la cual se asienta el expediente consigna que el hecho se registró el 20 de agosto de 2016, cerca de las 21.30, sobre la ex ruta 213, casi avenida Las Américas.

En ese lugar, Vázquez esperaba la luz verde del semáforo arriba de su moto Yamaha YBR y fue embestido desde atrás por el auto Ford Fiesta Kinetic conducido por Werner Lutz, tras lo cual voló más de 100 metros hasta caer sin vida sobre el asfalto.

Dos chicas que iban como acompañantes en el auto de Werner Lutz luego declararon que el joven venía cruzando semáforos en rojo y que manejaba a una velocidad estimaba de 130 kilómetros por hora.

Las pericias efectuadas posteriormente determinaron que el rodado del imputado iba, como mínimo, a 99,5 km/h al momento del impacto, al tiempo que no se detectaron marcas de frenadas ni maniobras evasivas.

En su momento, además, las dos chicas añadieron que antes del hecho el acusado consumió cerveza y marihuana. También sostuvieron que le advirtieron al acusado sobre la presencia del motociclista sobre la arteria, aunque el implicado hizo caso omiso a todas las alertas.

Hoy, más de siete años después del hecho, el imputado se sentó frente al tribunal y desplegó su versión, aclarando que no lo había hecho anteriormente por recomendación de su antiguo abogado.

Werner Lutz expresó que “me crucé con las chicas en el autódromo, compré tres latas de cerveza y tomé unos tragos. Después vi la hora y me di cuenta que era tarde, tenía que volver a cerrar el local, entonces salí apurado”.

A partir de ahí, se adentró al momento del hecho, introduciendo también a otro vehículo en la escena. “Adelante mío iba un auto. El semáforo estaba por cambiar y yo estaba muy seguro de que el auto iba a cruzar, pero frenó y entonces pegué un volantazo. Cuando hago la maniobra impacto con algo, no sabía qué era. No caí en lo que estaba pasando, entré en shock, no podía creer porque no había visto a la moto”, narró.

Y luego, la novedad. Ya en las cuestiones preliminares su abogado, Pablo Luján, pidió incorporar al debate una serie de estudios médicos y con la declaración del imputado se entendió de qué se trataba.

Es que allí Werner Lutz contó que tiempo después de ser excarcelado fue diagnosticado con un tumor neurológico que le afectó el nervio óptico del lado izquierdo y que esto, a su vez, le redujo “campo visual periférico”.

“Cuando me entero de eso me operan y estuve una semana en terapia intensiva. El médico me dijo que esto tenía un avance evolutivo de cuatro años, es decir, que ya venía desde 2015. Si yo hubiera conocido de este problema antes jamás hubiera manejado. Mi campo visual está dañado”, lanzó.

Por último, volvió a pedir disculpas y admitió que “sé que nada va a devolver la vida de Fernando, pero ojalá algún día puedan llegar a entender lo que realmente pasó”.

El tribunal es presidido por el magistrado Gustavo Bernie (al medio).

Un perito y a la espera de más testigos

La primera jornada del debate se completó con la declaración de uno de los cuatro testigos que estaban citados hoy, ya que el resto de los testimonios fueron desistidos de común acuerdo entre las partes y serán incorporados por lectura.

De esta manera, el único en declarar esta mañana fue Juan Carlos Vázquez, licenciado en Criminalística y actual Director General de la Policía Científica de Misiones.

El perito brindó precisiones del informe pericial agregado al expediente y ratificó todas las actuaciones. Por ejemplo, sostuvo que en la escena no se detectaron marcas de frenado ni de maniobras de evasivas y afirmó que la causa del siniestro fue el “factor humano”, vinculado a un exceso de velocidad y a no respetar los semáforos.

El debate oral continuará mañana, a partir de las 8.30, nuevamente en el SUM del Palacio de Justicia, y se prevé la declaración de al menos seis testigos, entre los cuales se destaca el de una de las chicas que iba como acompañante de Werner Lutz al momento del siniestro.

El juicio contra Lutz es llevado adelante por el Tribunal Penal Uno, presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por sus pares Viviana Cukla y Miguel Mattos (por subrogancia legal). En representación del Ministerio Público Fiscal, en tanto, interviene Martín Alejandro Rau.

A diferencia de la mayoría de las causas de siniestros de viales, en este caso Werner Lutz llegó a juicio acusado de homicidio simple, que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser hallado responsable.

Para la fiscalía de instrucción, de acuerdo a los elementos recolectados, quedó probado que el implicado actuó con dolo directo, es decir, que tuvo intención de matar en el hecho. Esta arista, ahora, será uno de los principales ejes de discusión.

El padre de Vázquez: “Yo no le creo”

Toda la primera audiencia del juicio fue seguida de cerca por la familia de Vázquez. Padre, madre, hermanos y amigos se acercaron al Palacio de Justicia para presenciar el proceso.

En diálogo con La Voz de Misiones, Walter, padre de la víctima, expresó que “esto no fue un accidente común. Para nosotros lo mató, lo hizo apropósito. Esto de la enfermedad es todo un invento de nuevo. Esperamos siete años el juicio y ahora recién sale a decir que está enfermo. Yo no le creo”.

“Esto a nosotros nos arruinó la vida. Él vivía con nosotros, sólo se dedicaba a trabajar y ese día fue un ‘chau pa’ hasta siempre”, agregó.

Vázquez padre admitió que confía en la fiscalía y en que se hará justicia, aunque aclaró que “nada nos dará satisfacción porque no vamos a recuperar a nuestro hijo, pero por lo menos vamos a estar tranquilos”.

Los padres de Fernando Vázquez, presentes en la primera audiencia de debate.

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Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

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La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.

Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.

Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.

El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.

Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia. 

Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.

En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.

Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.

Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.

Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.

El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.

Juicio y versiones

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.

La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.

Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.

En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.

Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años

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El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.

Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22). 

Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.

El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

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Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.

Golpeado y estrangulado

El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.

Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.

La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.

En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.

Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.

Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.

El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.

Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo

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