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Gendarme misionero fue condenado por represión a murgueros de villa 1-11-14

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gendarme murga represión

Un gendarme misionero y otros cuatro agentes de la misma fuerza federal fue condenados a prisión e inhabilitados al ser declarados responsables de una serie de delitos cometidos durante una represión contra un grupo de murgueros registrada en enero de 2016 dentro de la Villa 1-11-14 en Buenos Aires, donde resultaron heridas al menos cinco personas, entre ellos un niño de 8 años.

La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral Criminal 12 de Capital Federal el miércoles de la semana pasada, pero los fundamentos del fallo fueron difundidos y publicados hoy en el Centro de Información Judicial (CIJ).

Los condenados son los agentes Esteban Rafael Smolares (37) -misionero nacido en Bernardo de Irigoyen-, Saúl Humberto Juárez (36), Darío Fernando Solez Páez (33), Elvio Ezequiel Cardozo (44) y Yanina Soledad Maldonado (32).

Todos fueron condenados como coautores del delito de “vejaciones en concurso ideal con lesiones de importancia leve, por mediar abuso de las funciones de miembros integrantes de una fuerza de seguridad y ambas figuras agravadas por el uso de arma de fuego”.

Los primeros cuatro recibieron penas de 3 años y 6 meses de prisión y 7 años de inhabilitación para ejercer la función pública. Maldonado, por su parte, recibió 3 años de prisión en suspenso.

El fallo dispone que las penas de prisión son de cumplimiento efectivo, aunque se dará una vez que la sentencia quede firme. Mientras tanto tendrán la obligación de abstenerse de tener todo tipo de contacto y por cualquier medio con las personas damnificadas y de acercarse en un radio de 500 metros al barrio.

Tras las condenas, los abogados Pablo Rovatti y Estaban Galli del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría general de la Nación (querellantes por una de las víctimas, el niño herido) destacaron la importancia de lo conseguido ante la Justicia.

“En este juicio quedó muy claro que lo que hubo fue un abuso grosero de las funciones de un grupo de seis funcionarios que, para abrirse paso de prepo por un lugar repleto de gente que ensayaba para una murga, dispararon más de veinte veces con municiones anti tumulto contra los cuerpos de chicos y chicas, adolescentes, madres y padres que los acompañaban en el ensayo”, afirmó Rovatti para la agencia Télam.

La represión

El hecho ocurrió el viernes 29 de enero de 2016, alrededor de las 21, cuando los integrantes de la murga “Los Auténticos Reyes del Ritmo” estaban ensayando y los gendarmes llegaron a la zona para retirar dos vehículos robados.

Los efectivos ingresaron con una grúa por la calle 10 justo donde había un grupo numeroso de vecinos, entre ellos varios niños que participaban del ensayo.

Ante esa situación, el director de la murga les pidió si podían avanzar por otro camino pero los efectivos comenzaron a atacar con balas de goma.

No obstante ese pedido, los gendarmes comenzaron a disparar con balas de goma contra el grupo a muy corta distancia. Como consecuencia de ello, un nene de 8 años fue herido a un centímetro de su ojo mientras que otros vecinos recibieron entre 14 y 16 impactos. En total, fueron cinco los heridos cuyos casos llegaron a juicio oral y por los que el Tribunal condenó a los gendarmes.

Además, durante los disparos, los integrantes de la fuerza de seguridad les profirieron expresiones denigrantes y humillantes durante la balacera.

En la causa, los imputados negaron haber disparado municiones anti-tumulto y sostuvieron que habían sido víctimas de un ataque con armas de fuego. Sin embargo, de acuerdo a los peritajes balísticos y a las marcas en los cuerpos de las personas, se pudo establecer que las víctimas habían sufrido heridas a causa de las postas de goma, reconstruyó el portal oficial del Ministerio Público Fiscal de la Nación.


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Condenan a prisión perpetua a los asesinos de La Noche de los Lápices

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perpetua

En el marco del Juicio por las Brigadas que operaron de manera clandestina en el Sur del Conurbano bonaerense durante los años ‘70, el Tribunal Oral Federal (TOF) de La Plata, sentenció a cadena perpetua a los responsables de la llamada Noche de los Lápices, que desembocó en el secuestro y asesinato de estudiantes secundarios platenses que reclamaban el boleto estudiantil.

Luego de 10 años de juicio, el TOF leyó este martes la pena a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad para el abogado Jaime Lamont Smart, ex ministro de Justicia bonaerense, y el médico Jorge Bergés.

El tribunal, integrado por los jueces Ricardo Basílico, Esteban Rodríguez Eggers, Walter Venditti y Fernando Canero, consideraron que los crímenes fueron cometidos en el marco de un genocidio.

La causa por el secuestro de los 10 estudiantes de la Unión de Estudiantes Secundarios de La Plata (UES) se tramitó en el marco de los juicios a las brigadas bonaerenses 607 crímenes de lesa humanidad.

Desaparecidos

La denominada Noche de los Lápices es uno de los casos más emblemáticos de la lucha por la memoria, la verdad y la justicia en los crímenes de la dictadura cívico militar que asaltó el poder el 24 de marzo de 1976.

En septiembre de aquel año, los grupos de tareas de la policía bonaerense que comandaban el coronel Ramón Camps y el comisario Miguel Etchecolatz secuestraron y enviaron a centros clandestinos de detención a estudiantes secundarios que militaban en distintas organizaciones sociales y estudiantiles.

El 16 de septiembre de aquel año, las patotas policiales secuestraron a 10 estudiantes de la UES que luchaban por el boleto estudiantil.

Los torturaron durante meses en el CCD conocido como Pozo de Banfield. Solo cuatro sobrevivieron y pudieron contar al mundo la terrible historia: Gustavo Calotti, Pablo Díaz, Patricia Miranda y Emilce Moler.

Los otros seis continúan desaparecidos y son parte de los 30.000: Claudio de Acha, María Clara Ciocchini, María Claudia Falcone, Francisco López Muntaner, Daniel A. Racero y Horacio Ungaro.

Desaparecidos: Claudio de Acha, María Clara Ciocchini, María Claudia Falcone, Francisco López Muntaner, Daniel A. Racero y Horacio Ungaro.

 


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Piden enviar a juicio al misionero acusado de liderar red de trata y pedofilia

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Los fiscales que intervienen en la investigación contra el misionero Francisco Rolando “Rolo” Angelotti Notarbartolo (47), acusado de liderar una red dedicada a captar jóvenes en condición de vulnerabilidad en la tierra colorada para luego enviarlos y someterlos a la explotación sexual en Buenos Aires, solicitaron la elevación a juicio del expediente que tiene a otros cuatro imputados, entre ellos Marcelo Corazza, ganador de la primera edición del reality show Gran Hermano.

El requerimiento fue formulado por Carlos Rívolo, titular de la Fiscalía Nacional en loa Criminal y Correccional Federal N.º 2 de Ciudad de Buenos Aires, y Alejandra Mángano, fiscal cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex).

En su documento, los fiscales solicitaron que tanto Angelotti como sus consortes de causa responsan en debate oral como acusados por los delitos de “asociación ilícita, trata de personas con fines de explotación sexual, promoción de la prostitución, abuso sexual, corrupción de menores y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil”.

Los implicados fueron detenidos el 20 de marzo del año pasado tras una serie de operativos simultáneos ejecutados en Oberá, donde Angelotti residía, y en diferentes puntos de Buenos Aires.

Pero las detenciones fueron gestadas mucho antes, ya que detrás de esos procedimientos hubo una paciente y delicada pesquisa que comenzó en octubre de 2022, cuando un joven de identidad reservada rompió el silencio para denunciar que a comienzos de la década del 2001 fue abusado sexualmente por Corazza, que en ese momento gozaba de fama por ser el primer ganador de la historia de Gran Hermano en Argentina.

A partir de esta denuncia, los investigadores comenzaron a recolectar más testimonios y elementos de prueba que evidenciaron el funcionamiento de aceitada red de trata, cuyo mecanismo consistía en captar víctimas en Misiones, para luego ser abusadas y trasladadas hasta Buenos Aires para ser sometidas a la explotación sexual.

En el requerimiento presentado en las últimas horas, los fiscales Rívolo y Mángano sostuvieron que en base a la información recolectada surge “indubitablemente” que los cinco imputados conformaron “una organización criminal destinada a reclutar varones, en su mayoría menores de edad y en situación de extrema vulnerabilidad, con el fin de forzarlos y someterlos a diversas prácticas de índole sexual, abusarlos y explotarlos sexualmente, promoviendo su corrupción y prostitución”.

En la pesquisa global se analizaron al menos 100 horas de escuchas telefónicas y las transcripciones de esas conversaciones dan cuenta del modus operandi de Angelotti y otros dos imputados identificados como Andrés Fernando Charpenet (54) y Raúl Ignacio Mermet (43).

De ese contenido se desprende, por ejemplo, esta conversación:

– Angelotti: Le dije escuchame… Te llevo ahora a los 18 cuando cumplas (…) Mañana cumple “16″ viste. En dos añitos más, cuando cumpla 18, le dije: “Te llevo a Miami. Vamos a Orlando, Disney. Y me dijo: “Bueno dale, dale, sí de una jaja…”.

– Charpenet: jajaja, claro!

– Angelotti: Olvidate, te quedás con Mickey Mouse. Bueno che, y vos ¿cómo andás con tu mini harem?

– Charpenet: Eh bien, el otro día se me pudrió el rancho jajaja.

– Angelotti: Ah sí, me dijiste, te arreglaste con él.

– Charpenet: Ya todo bien, que sé yo, como que ya me aburrí de los dos.

Luego, aparece otro fragmento donde Angelotti se jacta de sus encuentros con menores de edad.

Esa conversación se da con una persona identificada como “G”, donde se refieren a una fiesta y a sus invitados. Allí, “G” le cuestiona al misionero por estar con menores de edad, pero Angelotti retruca: “Vos me tenés envidia porque te gustaría salir con nenitos de esa edad”.

Los funcionarios judiciales además reconstruyeron que las maniobras delictivas se desarrollaron al menos desde 1999 hasta marzo de 2023, cuando fueron detenidos mediante los allanamientos ejecutados.

Los fiscales consideran que las pruebas reunidas demuestran que para captar a las víctimas Angelotti se apoyaba en maniobras de seducción y engaño utilizando aplicaciones de citas.

En ese rol también ubicaron más tarde a Leandro Aguiar, un ladero de Angelotti que fue detenido en agosto del año pasado tras un allanamiento concretado en el barrio Yacyretá de Posadas.

Y en el avance de la pesquisa el misionero, que en Oberá primero tuvo un ciber, luego administró unos boliches y finalmente ofrecía un pizzas a domicilio, e incluso participó como chef jurado en un torneo de asado, también acumuló acusaciones por abusos sexuales perpetrados contra varios de los mismos chicos que a su vez entregaba a los clientes de la red.

Incluso, en su momento, La Voz de Misiones confirmó que en la tierra colorada, más precisamente en Apóstoles, el implicado enfrentó otra acusación por violar a un adolescente del pueblo.

La denuncia fue radicada en 2005 y la causa fue tramitada ante el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, por aquel entonces a cargo del magistrado José Antonio Reyes (luego destituido por otro caso), pero con el tiempo el expediente ingresó en un proceso marcado por medidas dilatorias e inhibiciones y finalmente habría sido cajoneada.

Ahora su suerte es bien diferente. Angelotti permanece detenido en una celda dentro del Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza y está pronto a tener que ocupar un lugar en el banquillo de los acusados por una serie de delitos que podrían significarle varios años más de encierro.

Engaño y violación: la denuncia contra Angelotti hace 18 años en Apóstoles


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Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad

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En vísperas al Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación rechazó un pedido de prisión domiciliaria presentada por Bernardo “El Ángel” Caballero (68), un ex militar misionero condenado en 2022 a 20 años de prisión por delitos de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura.

La resolución fue alcanzada por mayoría, mediante los votos de los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, en tanto que Guillermo Yacobucci se inclinó por pedir informes al Cuerpo Médico Forense antes de adoptar una decisión.

De esta manera, el máximo tribunal penal del país resolvió desestimar el pedido planteado por la defensa de Caballero para morigerar sus condiciones de detención y lograr que el ex militar continúa cumpliendo el resto de su pena de su domicilio particular.

En el fallo, además, el magistrado Slokar consideró que “la liberación anticipada de una persona condenada por crímenes de lesa humanidad, con fundamentos contrarios a estándares internacionales, constituye un agravio a las víctimas, pues las puede exponer a violencia, revictimización e intimidación”.

En otro punto, el voto de mayoría sostiene que “los crímenes de esta laya resultan imprescriptibles, no pasibles de indulto ni amnistía, tampoco puede conmutarse o reducirse la respuesta punitiva impuesta”, subrayando que en caso contrario “se ingresaría nuevamente en un pasaje de impunidad que se ha desandado paulatinamente durante los últimos 20 años a partir de la incorporación de los Derechos Humanos al bloque de constitucionalidad”.

De esta forma, Caballero, que es uno de los pocos represores que se encuentran detenidos, continuará privado de su libertad y cumpliendo la pena de 20 años de cárcel impuesta en 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 1 de San Martín, provincia de Buenos Aires, en el marco del juicio por la denominada “Megacausa de Campo de Mayo”, donde hubo otros 18 imputados.

Caballero era custodio en El Campito, un centro clandestino de detención donde el nivel de sobrevivencia se estima que fue menor al 1%.

De San Ignacio a Campo de Mayo, de Bernardo a El Ángel

El militar retirado, nacido en San Ignacio el 4 de octubre de 1955, fue condenado como autor de los delitos de allanamiento ilegal (24 casos); robo agravado por el uso de armas de fuego (5 casos); privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencias y amenazas (9 casos); privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional doblemente agravada por el empleado de violencia y amenazas y por su duración de más de un mes (43 casos); imposición de tormentos agravador por ser la víctima un perseguido político (52 casos).

El misionero pasa sus días y noches en una celda de la Unidad Penal 34 de Campo Mayo, dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), es decir que ahora purga su pena en el mismo donde operó, custodiando detenidos y siendo parte de grupos operativos o “patotas” durante la dictadura militar. 

Según contó el propio imputado durante una declaración indagatoria vertida telemáticamente desde la misma cárcel en la jornada 90 del juicio oral, Caballero pisó Campo de Mayo por primera vez a los 16 años, cuando comenzó la escuela militar.

Una vez egresado, fue destinado a la Escuela de Caballería y en 1976 -a los 20 años- fue designado a cumplir funciones al Departamento II del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo.

Es allí donde se produjeron los hechos por los cuales finalmente fue condenado. Caballero, identificado por testigos de la causa como “El Ángel”, era custodio del centro clandestino de detención “El Campito”, ubicado dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo, un predio de 4.000 hectáreas con distintos recintos para alojamiento y tortura de presos políticos. Se estima que más de 6.000 personas pasaron por allí y el nivel sobrevivencia fue menor al 1%.


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