Judiciales
“Garrotazo y al pozo”: la amenaza de un imputado tras el femicidio de Marina
Las testimoniales recabadas hoy en la cuarta audiencia del juicio oral por el femicidio de Marina Da Silva (19), cometido en 2013 en Nemesio Parma, volvieron a girar en torno a la figura de su ex concubino Franco Ramos (28), pero esta vez también se centraron en Juan Portal (33), que al momento del hecho tenía una relación paralela con la víctima y está imputado en la causa.
Fue la testigo Margarita Mackenzie, ex concubina de Portal, quien arrojó declaraciones que podrían poner bajo sospecha algunos comportamientos del imputado, aunque las precisiones, como durante gran parte del proceso, no abundan.
En el orden cronológico de los hechos, Mackenzie aseguró que se enteró de la infidelidad de su pareja con Marina en octubre de 2013 y recordó que el día en que presuntamente se cometió el crimen -21 de diciembre- el hombre durmió en la casa de sus padres porque quería reconciliarse con ella y pasar tiempo con la hija que tenían en común.
En esa línea, aseguró que estuvieron distanciados hasta el 25 de diciembre, cuando se reconciliaron y pasaron la noche en la olería donde Portal trabajaba en compañía de Ramos y Alejandro “Pili” Da Silva, que era sereno en el lugar y también está imputado en la causa.
Esa olería, en tanto, era propiedad de Omar Ramírez, que también quedó involucrado en el expediente pero falleció en medio del proceso y no llegó a instancia de juicio. En la hipótesis planteada por la fiscalía de instrucción se considera que esa fue la escena del crimen.
En ese lugar, Mackenzi afirmó que pasó la noche con Portal, más conocido como Juancho, y recordó que a la mañana siguiente limpió varias manchas de sangre, ubicadas en zonas del “quincho y baño”, aunque recalcó que los rastros de fluido sanguíneo no le sorprendieron porque tanto su pareja como lo demás trabajadores del lugar solían realizar cuatrerismo y llevar animales muertos.
Más tarde, la testigo fue consultada por escenas de violencia sufridas durante su relación con Portal y el fiscal, Vladimir Glinka, hizo especial énfasis en una discusión registrada el 13 de enero de 2014, dos semanas después del hallazgo del cadáver de Marina Da Silva en un pozo de Nemesio Parma.
“Nunca me pegó, siempre quedó todo en empujones. Ese día me dijo: ‘Vos estás buscando lo mismo que Marina. Que te encaje un garrotazo y te tire a un pozo’. Yo ahí le empecé a preguntar si él había sido entonces, pero me dijo que no y hasta que me negó que ella era su amante”, declaró la mujer.
El testimonio llamó la atención de Glinka, que ahondó un poco más en la cuestión, teniendo en cuenta que para esa fecha se desconocían los resultados completos de autopsia.
“Desde un principio ya se decía que ella tenía un golpe en la cabeza. Eran versiones de los vecinos”, agregó la testigo.
¿Fue una confesión encubierta de Portal, sabía lo que sucedió o simplemente se dejó llevar por un comentario generalizado del barrio en su amenaza? Es lo que se intentará develar en la continuidad del proceso.
El 18 enero, la relación entre Mackenzi y Portal se cortó definitivamente.

Portal y Ramos -a la derecha- están imputados por el femicidio y pueden ser condenados a prisión perpetua.
Ramos y su familia
El resto de los testimonios se centraron, como desde un comienzo, en la figura de Ramos, ex concubino de la víctima y hasta el momento la última persona que fue vista con Marina ese 21 de diciembre.
En la jornada de hoy declararon varios familiares directos, quienes decidieron hablar a pesar de estar amparados por el artículo que los exime de prestar testimonio en contra de parientes.
Reconstruir las últimas horas de Marina es otra de las claves del proceso. En su indagatoria, Ramos afirmó que entre las 13 y 14 dejó a su concubina en un kiosco de la zona y nunca más la vio.
Hoy, una de sus hermanas, Tania Ramos, expresó que ese día el ahora imputado salió de su casa a las 11 “en moto, con dos pañales y en compañía de Marina y la hija de ambos”.
Luego, agregó que el joven volvió a la casa cerca del mediodía, pero ya estaba solo y después de tomar “tere y sidra” se fue a jugar al fútbol por la tarde.
Esta mañana también declaró Gladis Ledesma, madre de Ramos, quien aseveró que ese día su hijo salió de casa “cerca de las 12” en compañía de su familia y agregó que minutos después “volvió solo, me pidió pañales y llevó ropita”, contradiciendo en parte la declaración de su hija Tania.
Ledesma además negó haber sido violenta con Marina, lo cual acusó la madre de la víctima en el segundo día de juicio. “Siempre nos llevamos bien, yo aprendí mucho de ella. Una vez amenacé con pegarle con una vara porque ella estaba haciendo lo mismo con mi nieta y la mamá de Marina me dio autorización para hacerlo”, sostuvo.
Respecto a las acusaciones dadas por la madre de la víctima, la testigo respondió que “ella tiene miedo de tener la tenencia de la nieta y por eso está dispuesta a hacer de todo para que Franco no salga”.
Hasta ahora, el único dato certero y ratificado por varios testigos es que al menos entre las 12 y 16 fue vista con Ramos circulando en moto. A veces con la hija de ambos, o bien los dos solos. Pero qué sucedió de ahí en más continúa siendo una incógnita y es lo que se busca develar para esclarecer el femicidio.
El debate oral continúa mañana, a partir de las 8.30, con más testimoniales. El proceso se desarrolla en el Tribunal Penal Dos de Posadas, presidido por el magistrado César Yaya.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
Judiciales
La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
Judiciales
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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