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Funcionario de UIF sobre Clan Barakat: “El caso representa gravedad”

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Clan Barakat UIF

El congelamiento de bienes dispuesto contra integrantes del denominado Clan Barakat, un grupo de libaneses radicados en Ciudad del Este sospechados de ejecutar maniobras de lavado de activos en Puerto Iguazú para luego financiar grupos terroristas de Medio Oriente, corre riesgo. Las medidas cautelares vencen este miércoles y su prorrogación depende del Juzgado Federal de Eldorado, a cargo del magistrado Miguel Ángel Guerrero, contra quien la Unidad de Información Financiera (UIF) de la Nación interpuso recientemente un recurso de queja por retardo de justicia.

En plena cuenta regresiva al vencimiento de los plazos vigentes, el director de Litigios Penales de la UIF, Mariano Abel Ezeyza, dialogó con La Voz de Misiones, charla en la que alertó sobre la situación y expuso las consecuencias que acarrearía la caída de estas disposiciones judiciales dictadas contra este grupo de extranjeros vinculados, ni más ni menos, que con Hezbollah. 

Ezeyza asumió en la UIF tras el recambio de gobierno nacional y sostuvo que entre las prioridades de gestión que encara el presidente del organismo, Ignacio Martín Yacobucci, se encuentra la causa contra el Clan Barakat, expediente en el cual intervienen como querellantes.

La situación no es para menos. Se trata de la única causa abierta en el país que investiga delitos vinculados al financiamiento del terrorismo.

“Para nosotros, como organismo, el compromiso de lucha contra el finamiento del terrorismo es un tema serio y queremos darle prioridad y presencia al organismo dentro de las regiones. Especialmente en la zona de la triple frontera, que es especialmente grave”, describió Ezeyza.

A partir de ahí, se adentró en el expediente en cuestión. El funcionario indicó que en 2015 la UIF dispuso la medida de congelamiento administrativo y en 2018 se dictó el congelamiento judicial, disposición que desde allí es prorrogada periódicamente.

Justamente, esos plazos vencen mañana, 3 de julio, tras lo cual las medidas cautelares perderían vigencia y los sospechosos puestos bajo la lupa podrán volver a hacer libre uso de los recursos que hoy tienen inhibidos, como así también podrán volver a operar en el sistema financiero argentino. La prórroga de estas disposiciones dependen del juzgado federal que dirige Guerrero, aunque desde la UIF alertaron sobre el acercamiento de la fecha límite y pidieron mayores acciones.

“Con lo que yo me topo cuando entro es que había un montón de medidas de pruebas que no estaban avanzadas, que no estaban individualizadas las personas. Es decir, no se avanzó en una causa que ya se inició en 2015. Lo primero que hicimos fue un pedido de pronto despacho, pidiendo relevar las medidas pendientes y constatar avances. Fue después de eso que recurrimos al recurso de queja”, repasó Ezeyza.

Ese recurso de queja por retardo de justicia tuvo acogida favorable por parte de la Cámara Federal de Apelaciones de Misiones, cuyos magistrados entendieron como valedero el reclamo de la UIF y encomendaron al juzgado de Guerrero a “dar curso a lo solicitado” con “la premura que el caso amerita”, principalmente en lo relacionado a la prórroga del congelamiento de bienes y al pedido de informes respecto al estado de situación de los exhortos internacionales tendientes a notificar de estas acciones a otros países donde los implicados pueden o pudieran haber estado.

No sé si todos dimensionan la gravedad que representa este caso. Una prórroga puede ser dictada una vez vencidos los plazos, pero queda una ventana, con el riesgo que eso implica, para que esta gente pueda actuar mientras las medidas no estén vigentes”, resumió.

Independientemente de ello, la situación también puede repercutir en el plano internacional. Es que Argentina se encuentra en pleno proceso de evaluación por parte del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), una organización intergubernamental creada en 1989 por los países integrantes del G-7, que fija estándares internacionales y promueve la efectiva implementación políticas para prevenir el lavado de activos, el finamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

Los evaluadores estuvieron en el país en marzo y los resultados del relevamiento recién se publicarán en octubre, ante lo cual un hipotético vencimiento de las medidas de congelamiento en la causa Clan Barakat podría repercutir de manera negativa en la calificación final.

Clan Barakat

La investigación contra el denominado Clan Barakat es la única causa abierta en Argentina que investiga delitos vinculados al financiamiento del terrorismo y concita atención internacional, principalmente de Estados Unidos, hacia a donde ya fueron extraditados -desde Paraguay- algunos de sus miembros. En el expediente instruido por el juez Guerrero, en contrapartida, aún no hay sospechosos indagados ni imputados.

De acuerdo a las investigaciones trazadas, el clan se trata de un grupo conformado por comerciantes libaneses de Ciudad del Este que ingresaban a Puerto Iguazú asiduamente para lavar dinero mediante artilugios en casinos y luego girar divisas hacia Medio Oriente para la financiación de grupos terroristas, entre ellos, Hezbollah.

Fue ante el descubrimiento de ese ardid que, en agosto de 2018, el juez Guerrero autorizó una serie de allanamientos en hoteles y casinos de Iguazú donde presuntamente los integrantes del clan realizaban sus maniobras delictivas.

En ese momento, las fuentes detallaron que los allanamientos tuvieron directa relación con la medida de congelamiento de bienes dictado un mes antes por la UIF contra un grupo de libaneses sospechados.

Lo que se sospecha, en base a los elementos incorporados en la investigación y a los aportes realizados por distintos organismos del Estado y la Agencia Federal de Información (AFI), es que los involucrados aparentemente cruzaban asiduamente a la Argentina y lavaban dinero de casinos de la Ciudad de las Cataratas, donde simulaban mesas de juego y obtenían millonarias ganancias. 

Luego, a través de distintos mecanismos y sistemas, ese dinero era girado hacia Medio Oriente. Toda esta compleja trama es la que desde hace un tiempo se busca desentrañar.

Los datos obtenidos en aquel entonces indicaban que en los movimientos migratorios se detectaron ingresos al país de al menos 14 presuntos integrantes de la organización investigada y algunos de ellos llegaron a retirar premios de los casinos que llegaban hasta los 10 millones de dólares.

Según estimaciones, el clan podía llegar a mover hasta 43 mil millones de dólares al año. Es porque eso que su sindicado líder Assad Ahmad Barakat (FOTO) -detenido en septiembre de 2018 en Foz de Iguazú- era considerado como un agente clave del grupo terrorista Hezbollah y el mayor operador financiero de la organización extremista en América Latina.

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Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años

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arredondo juicio

El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.

Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22). 

Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.

El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

juicio arredondo

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.

Golpeado y estrangulado

El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.

Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.

La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.

En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.

Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.

Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.

El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.

Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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