Judiciales
Fallo habilita despido de empleado no registrado sin multa para empleador
El juez Francisco Vetter, titular del Juzgado Civil, Comercial y Laboral 1 de Puerto Iguazú, no aplicó las multas del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo ni las correspondientes al empleo no registrado por estar derogadas con la Ley de Bases, que entró en vigencia el pasado 9 de Julio.
Se trata del caso “A., R. A. C/ Bernardi, Juan Manuel S/ Laboral”. El despido fue en 2016 y el juicio inició en 2018 por un trabajador rural que se desempeñó durante cinco años sin estar registrado e interpuso una demanda por despido “sin causa”, en la que reclamó multas por falta de entrega del certificado de trabajo y empleo no registrado.
El trabajador en cuestión realizaba diversas tareas como peón en un establecimiento propiedad del demandado, ubicado en Andresito. En la demanda relató que era motosierrista, obrero de la construcción, carpintero, tractorista, hacía trabajos de deforestación y limpieza de terrenos, entre otras actividades.
También detalló que su horario de trabajo era de lunes a viernes de 7 a 17, y percibía una remuneración mensual de $6.400 en forma irregular y sin recibo. Para finalizar, manifestó que nunca le permitieron tomarse vacaciones ni feriados y tampoco le pagaban horas extras trabajadas.
No obstante, el juez Vetter, ordenó aplicar la tasa de Coeficiente de Estabilización de Referencia a los intereses generados como consecuencia del despido condenando al demandado a pagar $35.099.626,31, ya que “a la demanda de $550.932, correspondían intereses compensatorios por el tiempo que se privó del capital indemnizatorio al trabajador”.
De esta manera, procedieron parcialmente a la demanda ordenando que se abone la indemnización por despido pero sin la aplicación de las multas laborales por estar derogadas por la Ley Bases a partir del 9 de julio de este año.
En la sentencia, “ante la ausencia de registración y documentación laboral por parte del empleador”, el juez afirmó “que las pruebas testimoniales y documentales aportadas por el trabajador eran suficientes para acreditar la relación laboral y las diferencias salariales reclamadas de manera discriminada”.
En relación a la impugnación por la aplicación retroactiva de la ley de Bases, señaló que “no se le puede aplicar una sanción contemplada en una norma que al momento del dictado de la sentencia no se encuentra vigente. Entonces, no se trata de aplicar la norma de forma retroactiva, sino que se trata de evitar aplicar una sanción contemplada en una norma (artículo 45, Ley 25.345) que resulta específicamente derogada en razón de la entrada en vigencia de una Ley posterior (artículo 99, Ley 27.742)”.
Tampoco procede las sanciones del artículo 8 de la Ley 24.013, además del 1 y 2 de la Ley 25.323 “ya que se encuentran derogadas con la entrada en vigencia en este caso de los artículos 99 y 100 respectivamente de la Ley 27.374”, agregó el juez.
Judiciales
Sobreseyeron a dos gendarmes misioneros investigados por homicidio en La Quiaca
El avance de la causa por el homicidio de Ivo Rodrigo Torres, el joven indígena de 22 años asesinado durante una persecución de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) en La Quiaca (Jujuy), derivó en el sobreseimiento de dos efectivos misioneros que habían sido imputados en el expediente judicial.
Se trata del subalférez Alexander Gunther, oriundo de Aristóbulo del Valle, y del cabo primero Marcos Leonardo Wisniewski, oriundo de Santa Rita, quienes integraban la patrulla del Escuadrón 21 al momento del hecho ocurrido el 6 de febrero de 2025.
La resolución fue adoptada por la Justicia Federal de Jujuy tras considerar que no existían elementos suficientes para atribuirles participación directa en los disparos que terminaron con la vida del joven motociclista.
La investigación determinó, a partir de pericias balísticas y reconstrucciones técnicas, que los proyectiles mortales provinieron de un único arma reglamentaria, utilizada por el sargento primero Walter Daniel Álvarez, otro integrante del operativo.
En una primera etapa, los dos efectivos misioneros, junto a la cabo Juliana Enciso, habían quedado imputados por homicidio agravado, aunque con el correr de la instrucción fueron desvinculados del hecho principal.
Los sobreseimientos fueron firmados el 27 de febrero y el 4 de marzo pasado, por el juez de Garantías N° 1 de Jujuy Eduardo Hansen.

Ivo Rodrigo Torres fue asesinado de un disparo en la espalda en febrero del año pasado.
Un gendarme a juicio
Con la elevación de la causa, el único acusado que llegará a juicio oral será el sargento primero Álvarez, señalado como autor de los dos disparos efectuados durante la persecución que se extendió por varios kilómetros en inmediaciones de la frontera entre Argentina y Bolivia.
Según la acusación fiscal, uno de los proyectiles impactó por la espalda en Torres y le provocó heridas fatales. Por ese hecho, Álvarez deberá responder por homicidio doblemente agravado, tanto por alevosía como por su condición de integrante de una fuerza de seguridad.
La acusación es impulsada por el fiscal federal Federico Zurueta, mientras que la querella, en representación de la familia de la víctima, sostiene que existió un uso desproporcionado de la fuerza durante el procedimiento.
Dos gendarmes misioneros detenidos por el crimen de un joven indígena en Jujuy
Judiciales
Brasileño con antecedentes en su país irá a juicio por un homicidio en Fracrán
El Tribunal Penal Uno de Oberá se prepara para albergar, a mediados de mayo, el juicio oral contra Levi Necke Da Silva (31), un brasileño con múltiples antecedentes delictivos en su país y detenido en Misiones desde marzo de 2024 por el homicidio de un hombre en la localidad de Fracrán.
Las audiencias de debate están fijadas para los días 13 y 14 de mayo próximos. El tribunal estará integrado por los magistrados Horacio Paniagua, David Milicich y Jorge Erasmo Villalba (subrogante), mientras que en representación del Ministerio Público Fiscal estará Juan Pablo Fernández Rissi.
El extranjero está imputado por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma” y hay un total de quince testigos citados a prestar declaración testimonial ante el tribunal obereño.
“Ya maté unos cuantos”
El hecho que se ventilará en juicio ocurrió el 16 de marzo de 2024, cuando el ciudadano Nazareno Faier murió de un disparo durante un hecho ocurrido en su casa de Fracrán.
La acusación contra Neike señala que el brasileño arribó a ese lugar para reclamar por una motocicleta tipo Cross y en medio de una discusión, con amenazas de por medio, se produjo el desenlace mortal.
El hecho ocurrió ante la presencia de la pareja de la víctima, quien alcanzó a oír como, entre sus amenazas, el sospechoso advirtió: “Conmigo nadie se mete, en Brasil ya mate unos cuantos”.
Faier falleció como consecuencia de un disparo en la cara, mientras que el sospechoso escapó y fue detenido poco después, oculto bajo una casa del barrio San Miguel de San Pedro.
Prontuario
En la comisaría se constató que la identidad del implicado era Levi Necke Da Silva, un nombre con extenso prontuario en su país.
En su historial criminal se registran acusaciones por hechos de narcotráfico, asaltos armados e incluso una tentativa de homicidio. Los hechos datan desde 2006 y ocurrieron en los estados de Santa Catarina y Rio Grande Do Sul.
Al momento de su detención registraba un pedido de captura emitido en su país, ante lo cual luego de rendir cuentas ante la Justicia argentina podría ser extraditado para ser entregado a las autoridades brasileñas que también lo requieren.
Judiciales
Nueve militares a juicio por “bautismo” que dejó parapléjico al cabo Verón
Un total de nueve militares irán a juicio oral y público por -entre otros delitos- provocar las graves lesiones que dejaron parapléjico al soldado Michael Natanael Verón durante un violento “bautismo de ascenso” realizado en julio de 2022 en un predio del Regimiento de Infantería de Monte 30 de Apóstoles.
Los imputados son Gustavo Daniel Martínez (Teniente primero), Edgardo Jesús Díaz (Suboficial principal), Jorge Ricardo Leites (Sargento), Ramón Dos Santos (Sargento), Miguel Ariel Fleitas (Cabo primero), Manuel Antonio Heredia (Cabo primero), Marcelo Alejandro Morales (Sargento), Mauro Fabián González (Jefe de Grupo) y Antonio Maximiliano Matozo (Cabo).
Todos ellos deberán responder como imputados por delitos de “abuso de autoridad, en concurso con los delitos de lesiones gravísimas y abandono de persona agravado”, en calidad de autores.
La medida fue dispuesta por la magistrada María Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas, que este mismo jueves firmó el requerimiento de elevación a juicio de la causa formulado por la Fiscalía Federal de Posadas.
En su resolución, Skanata rechazó los planteos de oposición y al pedido de sobreseimiento efectuados por las diferentes defensas, ante lo cual declaró clausurada la instrucción de la causa y decretó la elevación a juicio del expediente que ahora deberá ser remitido al Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas para que avance en la realización del debate oral donde se juzgará la responsabilidad de cada uno de los involucrados.

Los involucrados pertenecían al Regimiento Brigada de Monte 30 de Apóstoles.
Bautismo y violencia
Los hechos que se ventilarán en juicio ocurrieron el 8 de julio de 2022, durante una “celebración de ascenso” realizada en el Club Achalay del Ejército Argentino en Apóstoles, donde además de Verón había otros cuatro suboficiales recién ascendidos, quienes -según la investigación- fueron sometidos a prácticas denigrantes, humillantes y físicamente riesgosas en un contexto de ejercicio abusivo de autoridad por parte de sus superiores.
De acuerdo a lo volcado en el expediente, los ascendidos debieron comprar y cocinar la carne correspondiente al asado de almuerzo, aunque no pudieron comer ningún bocado.
Durante el evento, además, fueron obligados a consumir mezclas de bebidas alcohólicas en exceso, realizar ejercicios físicos extenuantes como corridas, flexiones y vueltas en la arena, y prácticas o retos de resistencia como “la búsqueda de petróleo”, que consiste en dar trompos con el extremo de un palo apoyado en la cabeza y el otro en el suelo.
Lo más extremo de la rutina de “bienvenida” fue obligar a los soldados a lanzarse a una pileta con bajo caudal de agua y el soldado Verón se arrojó tres veces. En la tercera su cráneo impactó contra el fondo y sufrió una lesión medular que lo dejó internado varios meses y con la imposibilidad de volver a caminar de por vida.

Michael Verón no podrá volver a caminar.
“Sos muy tierno”
En su declaración ante la Justicia, la víctima narró que después de ese golpe permaneció tirado en el piso pidiendo ayuda, pero sus superiores le respondían “tierno” y le pedían que se arrojara nuevamente.
“’Sos muy tierno’, volvé a la pileta me decían. Yo les decía que no me podía levantar, sentía frío. Yo les pedía por favor que me asistan. Eso fue a las 16 y recién me asistieron a las 20”, contó Verón un año después en una entrevista periodística.
Después de ser asistido, Verón quedó internado y fue sometido a múltiples operaciones.
Sobre aquellos días, el soldado recordó que “estuve internado y cuando me despierto habían pasado 21 días. Ahí me llevé la peor parte. No sabía que día era, estaba perdido, todo entubado, comiendo por sonda. Quería mover las piernas y los brazos y no podía”.
Con operaciones, tratamientos y rehabilitación, Verón recuperó la movilidad de los brazos, no así la de las piernas. “La medicina dice que no voy a volver a caminar”, lamentó en entrevistas.
Apóstoles: soldado quedó internado grave tras bautismo del Ejército
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