Judiciales
Dos misioneros detenidos por el espionaje a jueces de la Corte Suprema
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi ordenó la detención de cuatro personas acusadas de haber participado en el espionaje a magistrados de la Corte Suprema de Justicia, entre los que se encuentran dos misioneros.
De los dos restantes, uno ya fue apresado, mientras que se espera que se entregue en las próximas horas Elías Ezequiel Nuñes Pinheiro, el joven oriundo de Eldorado que ya estaba siendo investigado por el hackeo a celulares de jueces y funcionarios.
En la causa, impulsada por el fiscal Gerardo Pollicita, se investiga si existió una asociación ilícita para hackear celulares a jueces de causas clave y para usurpar su identidad con el fin de cometer delitos.
El misionero Nuñes Pinheiro está imputado por el hackeo a cuatro jueces federales, pero también reconoció, en otra causa, haber participado del pinchazo al celular del ex ministro de Seguridad porteño Marcelo D’Alessandro y al teléfono del precandidato a gobernador del PRO Diego Santilli.
Pero en la megacausa de espionaje hay más involucrados, ya que, entre los detenidos ayer, se encuentra Ariel Zanchetta, un ex policía cuyo domicilio en la ciudad de Junín fue allanado.
Según pudo reconstruir la investigación de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), el ex miembro de la fuerza pidió información de los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky a la base de datos la empresa Sudamericana un día antes de que se concretaran los hackeos a sus celulares.
Se comprobó que Zanchetta hizo 2.157 pedidos de informes personales de magistrados, dirigentes políticos de distintos partidos, así como ministros y jueces de la Corte Suprema, detalló Infobae.
Misiones hacker
Los misioneros que fueron detenidos por orden del juez Martínez de Giorgi están involucrados con el espionaje del que fueron víctimas los jueces de la Corte Suprema de la Nación, entre ellos, Horacio Rosatti.
Los sospechosos se tratan de Nelly Soledad Valdes y Santiago Machado, ambos domiciliados en Posadas.
Desde el mismo IMEI que se activó una de las líneas inventadas a Rosatti, aparece la activación de otras tres a nombre de Valdes, mientras que Machado también aparece ligado a una de las líneas del presidente de la Corte.
Según se pudo saber, los dos misioneros y el ex policía serán indagados en el curso de las próximas horas, mientras se espera la presentación de Nuñes Piñeiro.
A raíz de una serie de pruebas que habían aparecido en el marco de la pesquisa, el joven eldoradense tenía previsto ampliar hoy su declaración indagatoria ante la fiscal porteña Daniela Dupuy.
Lago hackeado
Si bien la justicia porteña envió el caso a Comodoro Py, al juez Sebastián Ramos, que investiga la causa conocida como Lago Escondido, el juez federal rechazó ser competente y el expediente volvió a su tribunal de origen.
Mientras se espera que la Corte medie en ese conflicto entre ambos fueros, el juez Martínez De Giorgi y el fiscal Pollicita quieren escuchar a los detenidos en indagatoria tras exhibirles todas las pruebas que los vinculan a esta causa.
Las actuaciones se enmarcan en el expediente que se abrió para investigar el hackeo a jueces de Comodoro Py y líneas “truchas” de ministros de la Corte Suprema.
En la primera de las causas, se considera probado que Nuñes Pinheiro buscó -por encargo y previo pago- datos sobre la identidad de jueces y funcionarios.
Luego, realizó maniobras con la empresa Movistar para hacerse pasar por ellos y cambiar la tarjeta SIM de sus celulares. De esa forma, ingresaron a las líneas de los jueces de Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos y los jueces del tribunal que condenó a Cristina Kirchner, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, desde donde accedieron a sus correos electrónicos y aplicaciones.
Al hacker de Eldorado también le achacan el ingreso al celular del diputado del PRO y ahora precandidato a gobernador de Buenos Aires, Diego Santilli, y de Marcelo D’Alessandro, el ex ministro de Seguridad del gobierno porteño de Horacio Rodríguez Larreta.
De la intrusión al celular de D’Alessandro surgieron una serie de chats que sirvieron para denunciar a jueces e impulsar el juicio político contra la Corte Suprema de Justicia. Estas dos investigaciones no forman parte de la megacausa.
La segunda parte de esa investigación comenzó en marzo, luego de que el cortesano Horacio Rosatti denunció que habían sacado cuatro líneas de teléfono a su nombre y que se enteró por casualidad cuando le llegó la factura de la empresa Personal, de la que no era cliente.
Cuando la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco) pidió los primeros informes, se encontró con que eran cinco abonados adjudicados a Rosatti, que se comunicaron con teléfonos a nombre de 28 personas.
Entre ellas, estaban la jueza federal de Posadas, María Verónica Skanata y Carlos Fernando Rosenkrantz, de la Corte.
El juez ordenó analizar si también se habían sacado líneas a nombre de los ministros Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.
De acuerdo al fiscal Pollicita, está acreditado que Nuñes Pinheiro “fue quien creó los usuarios de Nosis y obtuvo los informes comerciales, utilizó los datos obtenidos ilegítimamente del Renaper, ingresó las tarjetas SIM en los equipos telefónicos, obtuvo el control de las líneas mediante el sistema de autogestión de Movistar y consiguió los códigos de activación de las aplicaciones de comunicaciones de los señores magistrados del Poder Judicial de la Nación, doctores Mariano Borinsky, Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Gustavo Hornos”, dice el letrado en su pedido de llamado a indagatoria.
Para el fiscal, las maniobras se iniciaron en febrero de 2022, por parte de “un grupo de personas que, actuando de manera coordinada, realizaron un conjunto de actos”.
El accionar tuvo que ver con “el acceso ilegítimo a bancos de datos personales de las víctimas, tendientes a tomar el control de las líneas telefónicas de magistrados del Poder Judicial de la Nación”.
Con ello, los hackers accedieron “ilegítimamente a aplicaciones de comunicación”, lo cual “les permitió conocer su historial de conversaciones y demás documentos e información existente en dichas plataformas (fotografías, vídeos, opiniones), suplantar la identidad digital de las víctimas (lo que posibilitó enviar mensajes a su nombre) y tener en su poder información privada y acceso a sus cuentas con el fin de cometer otros delitos”.
En ese momento, la indagatoria no se concretó debido a que el juez esperó una serie de informes y un análisis más exhaustivo de la causa. Ahora, ordenó la detención de Nuñes Pinheiro, junto a los otros dos misioneros y el ex policía.
Judiciales
Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa
La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.
La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.
Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.
Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.
En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.
El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.
Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.
En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.
Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.
Judiciales
Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato
El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.
La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.
La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.
Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.
Duda
Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.
El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt
ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente.
Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.
“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.
Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.
En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.
Cobarde, traicionero y abusivo
Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.
“A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.
“¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.
“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
Judiciales
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.
Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.
“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.
Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.
El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.
Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.
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