Judiciales
Dos misioneros detenidos por el espionaje a jueces de la Corte Suprema
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi ordenó la detención de cuatro personas acusadas de haber participado en el espionaje a magistrados de la Corte Suprema de Justicia, entre los que se encuentran dos misioneros.
De los dos restantes, uno ya fue apresado, mientras que se espera que se entregue en las próximas horas Elías Ezequiel Nuñes Pinheiro, el joven oriundo de Eldorado que ya estaba siendo investigado por el hackeo a celulares de jueces y funcionarios.
En la causa, impulsada por el fiscal Gerardo Pollicita, se investiga si existió una asociación ilícita para hackear celulares a jueces de causas clave y para usurpar su identidad con el fin de cometer delitos.
El misionero Nuñes Pinheiro está imputado por el hackeo a cuatro jueces federales, pero también reconoció, en otra causa, haber participado del pinchazo al celular del ex ministro de Seguridad porteño Marcelo D’Alessandro y al teléfono del precandidato a gobernador del PRO Diego Santilli.
Pero en la megacausa de espionaje hay más involucrados, ya que, entre los detenidos ayer, se encuentra Ariel Zanchetta, un ex policía cuyo domicilio en la ciudad de Junín fue allanado.
Según pudo reconstruir la investigación de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP), el ex miembro de la fuerza pidió información de los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky a la base de datos la empresa Sudamericana un día antes de que se concretaran los hackeos a sus celulares.
Se comprobó que Zanchetta hizo 2.157 pedidos de informes personales de magistrados, dirigentes políticos de distintos partidos, así como ministros y jueces de la Corte Suprema, detalló Infobae.
Misiones hacker
Los misioneros que fueron detenidos por orden del juez Martínez de Giorgi están involucrados con el espionaje del que fueron víctimas los jueces de la Corte Suprema de la Nación, entre ellos, Horacio Rosatti.
Los sospechosos se tratan de Nelly Soledad Valdes y Santiago Machado, ambos domiciliados en Posadas.
Desde el mismo IMEI que se activó una de las líneas inventadas a Rosatti, aparece la activación de otras tres a nombre de Valdes, mientras que Machado también aparece ligado a una de las líneas del presidente de la Corte.
Según se pudo saber, los dos misioneros y el ex policía serán indagados en el curso de las próximas horas, mientras se espera la presentación de Nuñes Piñeiro.
A raíz de una serie de pruebas que habían aparecido en el marco de la pesquisa, el joven eldoradense tenía previsto ampliar hoy su declaración indagatoria ante la fiscal porteña Daniela Dupuy.
Lago hackeado
Si bien la justicia porteña envió el caso a Comodoro Py, al juez Sebastián Ramos, que investiga la causa conocida como Lago Escondido, el juez federal rechazó ser competente y el expediente volvió a su tribunal de origen.
Mientras se espera que la Corte medie en ese conflicto entre ambos fueros, el juez Martínez De Giorgi y el fiscal Pollicita quieren escuchar a los detenidos en indagatoria tras exhibirles todas las pruebas que los vinculan a esta causa.
Las actuaciones se enmarcan en el expediente que se abrió para investigar el hackeo a jueces de Comodoro Py y líneas “truchas” de ministros de la Corte Suprema.
En la primera de las causas, se considera probado que Nuñes Pinheiro buscó -por encargo y previo pago- datos sobre la identidad de jueces y funcionarios.
Luego, realizó maniobras con la empresa Movistar para hacerse pasar por ellos y cambiar la tarjeta SIM de sus celulares. De esa forma, ingresaron a las líneas de los jueces de Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos y los jueces del tribunal que condenó a Cristina Kirchner, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, desde donde accedieron a sus correos electrónicos y aplicaciones.
Al hacker de Eldorado también le achacan el ingreso al celular del diputado del PRO y ahora precandidato a gobernador de Buenos Aires, Diego Santilli, y de Marcelo D’Alessandro, el ex ministro de Seguridad del gobierno porteño de Horacio Rodríguez Larreta.
De la intrusión al celular de D’Alessandro surgieron una serie de chats que sirvieron para denunciar a jueces e impulsar el juicio político contra la Corte Suprema de Justicia. Estas dos investigaciones no forman parte de la megacausa.
La segunda parte de esa investigación comenzó en marzo, luego de que el cortesano Horacio Rosatti denunció que habían sacado cuatro líneas de teléfono a su nombre y que se enteró por casualidad cuando le llegó la factura de la empresa Personal, de la que no era cliente.
Cuando la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco) pidió los primeros informes, se encontró con que eran cinco abonados adjudicados a Rosatti, que se comunicaron con teléfonos a nombre de 28 personas.
Entre ellas, estaban la jueza federal de Posadas, María Verónica Skanata y Carlos Fernando Rosenkrantz, de la Corte.
El juez ordenó analizar si también se habían sacado líneas a nombre de los ministros Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.
De acuerdo al fiscal Pollicita, está acreditado que Nuñes Pinheiro “fue quien creó los usuarios de Nosis y obtuvo los informes comerciales, utilizó los datos obtenidos ilegítimamente del Renaper, ingresó las tarjetas SIM en los equipos telefónicos, obtuvo el control de las líneas mediante el sistema de autogestión de Movistar y consiguió los códigos de activación de las aplicaciones de comunicaciones de los señores magistrados del Poder Judicial de la Nación, doctores Mariano Borinsky, Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Gustavo Hornos”, dice el letrado en su pedido de llamado a indagatoria.
Para el fiscal, las maniobras se iniciaron en febrero de 2022, por parte de “un grupo de personas que, actuando de manera coordinada, realizaron un conjunto de actos”.
El accionar tuvo que ver con “el acceso ilegítimo a bancos de datos personales de las víctimas, tendientes a tomar el control de las líneas telefónicas de magistrados del Poder Judicial de la Nación”.
Con ello, los hackers accedieron “ilegítimamente a aplicaciones de comunicación”, lo cual “les permitió conocer su historial de conversaciones y demás documentos e información existente en dichas plataformas (fotografías, vídeos, opiniones), suplantar la identidad digital de las víctimas (lo que posibilitó enviar mensajes a su nombre) y tener en su poder información privada y acceso a sus cuentas con el fin de cometer otros delitos”.
En ese momento, la indagatoria no se concretó debido a que el juez esperó una serie de informes y un análisis más exhaustivo de la causa. Ahora, ordenó la detención de Nuñes Pinheiro, junto a los otros dos misioneros y el ex policía.
Judiciales
Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”
La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.
En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.
Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.
“Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.
La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.
En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.
Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.
Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.
En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.
La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.
A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.
El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Judiciales
Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos
Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.
Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.
Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.
El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.
Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia.
Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.
En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.
“Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.
Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.
Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.
El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.
Juicio y versiones
Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.
La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.
Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.
En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.
Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.
Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.
Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida
Judiciales
Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años
El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.
Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.
Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22).
Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.
El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.
Golpeado y estrangulado
El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.
Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.
La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.
En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.
Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.
Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.
El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.
Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo
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