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Crimen del olero: testigos y versiones contrapuestas en el tercer día de juicio

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crimen olero Fretes

Un hematoma en el pómulo derecho de Elisandro “Totito” Cruz (25), único acusado del hecho, fue uno de los tópicos de mayor discusión en la tercera jornada del juicio por el crimen del olero Ramón Fretes (63), instancia en la cual declararon cuatro testigos, dos de ellos testimonios marcadamente contrapuestos.

Dichos protagonistas fueron Carla Servin, vecina del barrio; Guadalupe Leal, una niña criada desde pequeña por la madre del imputado; y Fernando Flores, otro vecino que ofició como testigo de los procedimientos policiales realizados durante la noche del crimen registrado entre la noche del 20 de agosto 2020 y la madrugada siguiente en El Porvenir II de Posadas.

La primera en declarar fue Servin, quien contó que esa noche estaba acarreando leña por el barrio y desde la calle oyó una discusión en la olería de Fretes. Luego agregó el acusado se encontró con su marido minutos después del hecho y le contó lo que sucedió.

“Cruz sale, se encuentra con mi marido y le cuenta lo que pasó. Dijo que hubo una discusión y que el señor le pegó. La discusión fue porque él no le quiso pagar”, declaró.

Luego indicó que vio al ahora imputado “herido en la cien izquierda”, con “rastros de ladrillo en la cara”, aunque el hematoma que presentaba el detenido en ese momento estaba localizado en el pómulo derecho, según consta en la fotografía que las partes exponen en la sala. 

“Me voy a ahorrar el pedido de falso testimonio”, esgrimió el el fiscal Vladimir Glinka al terminar la declaración.

El fiscal Glinka advirtió a los testigos en varias oportunidades por el delito de falso testimonio.

Golpeado o no golpeado

La testimonial de Leal, en tanto, arrancó trabada. Es que la joven se presentó como una simple vecina, pero ante las insistencias de Glinka reconoció que se considera una “media hermana” del imputado porque fue criada desde pequeña por la madre de Cruz.

“Es una situación anómala”, marcó Glinka y pidió la anulación de la testimonial brindada por la joven durante la etapa de instrucción y planteó que la declaración prevista para hoy sea postergada hasta confirmar el parentezco con el acusado.

El tribunal, presidido por el magistrado César Yaya e integrado por sus pares Gregorio Busse y Carlos Giménez, dio lugar al primer planteo y respecto al segundo decidió volver a notificarle a la testigo los alcances del artículo que no obliga a declarar a familiares directos de acusados.

La mujer aceptó declarar de igual manera. “Me estaba yendo a comprar al kiosco y escuché que Fretes insultaba a Cruz. También vi cuando Fretes agredió con un ladrillo a Cruz. Le dijo ‘negro de mierda’ y le pegó. Yo ahí me asusté y corrí para avisarle de eso a la mamá de Cruz. Ella se descompensó y cuando volvimos ya lo tenían detenido”, narró al comienzo.

Glinka esperó para volver a intervenir y la testigo continuó: “Estaba oscuro, solo había luz del horno (de ladrillos). Ahí le veo a Cruz en el móvil detenido y estaba todo ensangrentado”.

Glinka no esperó más. Allí pretendió ahondar en detalles de esa situación con la testigo y le advirtió sobre el delito de falso testimonio, ya que en la causa consta que el acusado fue detenido dentro de su casa y que su misma madre autorizó el ingreso de la fuerza para concretar la aprehensión.

“Yo solo vengo a declarar lo que vi. Nada más”, respondió Leal.

El testigo Flores, ante Miguel Ángel Varela -abogado defensor oficial del imputado- y una foto de Cruz detenido.

En ese contexto llegó el siguiente testimonio, el de Flores, que respecto a las condiciones en las que Cruz estaba al momento de su detención describió una escena totalmente contraria.

Flores contó que él estaba durmiendo pero luego la Policía lo buscó para ser testigo del procedimiento “del levantamiento del cuerpo” de la víctima. Fue allí que también vio a Cruz detenido dentro de un patrullero.

“Lo vi bien, golpeado en la cara no estaba. Él estaba atrás con media ventanilla abierta. No había sangre, ni nada”, señaló ante las partes e incluso se paró en medio de la sala para graficar a qué distancia del imputado se encontraba en ese momento ante la requisitoria del juez Busse.

Además, recordó que mientras todo ocurría no había ningún otro vecino observando el procedimiento, contrastando nuevamente con lo dicho por Leal, quien aseguró que haber estado allí junto a la madre de Cruz.

En otro tramo, Flores detalló además cuestiones vinculadas al perfil del acusado y las situaciones cotidianas que se registraban en su olería.

“Él tomaba mucho. Eran normal los gritos ahí. Se juntaban a tomar todos con él, después se armaban discusiones y los mismos chicos que estaban con él le tiraban piedras. Él también se enoja y les tiraba con honda”, recordó.

Elisandro Cruz está acusado de “homicidio simple”, que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.

Tramo final

El juicio por el crimen del olero Fretes pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes, donde se prevé la recepción de los testigos restantes, varios de los cuales hasta el momento no fueron localizados o no cumplieron con la citación.

En la misma jornada se desarrollará la exposición de los alegatos finales y posteriormente podría haber dictado de sentencia.

Cruz está imputado por el delito de “homicidio simple”, figura que prevé entre 8 y 25 años de prisión.

En su declaración vertida en etapa de instrucción señaló que esa noche le reclamó a Fretes por su paga y que éste reaccionó golpeándolo primero. Allí se inició una pelea que acabó con la víctima asesinada de un puntazo en el pecho.

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.

El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.

Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.

Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.

A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.

Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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