Policiales
Imputan al intendente de Garuhapé por la muerte de un canillita
El intendente de Garuahpé, Avelino González deberá responder por “homicidio culposo” tras conocerse el deceso de Simeón García de 54 años. El vendedor de diarios de Jardín América agonizó durante cinco días luego de ser atropellado en ruta 12 y avenida Aconcagua por el intendente.
Este lunes cerca de las 3.30 horas, los médicos del hospital Madariaga de la ciudad de Posadas comunicaron el deceso del canillita de 54 años, quien junto a su hermano Mario se dedicaba a la venta de diarios y revistas desde hace más de 26 años. El hombre estuvo internado desde el miércoles 18 -como publicamos en su momento con La Voz de Misiones- como consecuencia de las graves lesiones sufridas tras ser atropellado por una camioneta Amarok, conducida por el intendente de la localidad de Garuhapé. En un principio, la Justicia imputó al jefe comunal por “lesiones en siniestro vial”. Pero tras el fallecimiento de la víctima, la calificación legal cambió a “homicidio culposo”, según publica Primera Edición.
Imagen ilustrativa.
Policiales
Dos hermanos posadeños murieron en una tragedia vial sobre ruta 14 en Chajarí
Cuatro integrantes de una misma familia, entre ellos dos hermanos oriundos de Misiones, fallecieron el lunes a la madrugada tras despistar con el auto en el que viajaban sobre la autovía de la ruta nacional 14, a la altura de la localidad entrerriana de Chajarí.
En el automóvil Volkswagen Suran viajaban el posadeño David Techeira (30), su hermana también posadeña Norma del Carmen Techeira (44) y la tres hijas de la mujer: Gabriela Liz Martínez (20), Omaira Ruth Martínez (17) y la melliza Astrid Raquel Martínez (17).
De todos ellos, solo sobrevivió Astrid Raquel Martínez, aunque la adolescente sufrió quemaduras en el 95% del cuerpo y quedó internada en grave estado de salud en un hospital local, desde donde luego fue trasladada al hospital San Martín de Paraná, donde continúa luchando por su vida.
El accidente se produjo en cercanías a la zona conocida como Paso Cerrito, donde, por causas que se intentan establecer, el vehículo despistó y posteriormente se prendió fuego.
Todas las víctimas se encontraban residiendo hace largos años en la provincia de Río Negro y aparentemente estaban de viaje rumbo a Misiones para pasar unos días de vacaciones.
Por redes sociales se iniciaron colecta de fondos para costear los gastos de traslado de los cuerpos hacia sus últimos aposentos.
Cuatro integrantes de una misma familia, entre ellos dos hermanos oriundos de Misiones, fallecieron el lunes a la madrugada tras despistar con el auto en el que viajaban sobre la autovía de la ruta nacional 14, a la altura de la localidad entrerriana de Chajarí.
Policiales
Murió por una descarga eléctrica mientras trabajaba en Puerto Rico
Un trabajador de 24 años perdió la vida este lunes por la noche luego de sufrir una grave descarga eléctrica mientras realizaba tareas laborales en Colonia San Alberto, jurisdicción de la localidad de Puerto Rico.
El hecho ocurrió durante la tarde, cuando Santiago Gabriel Kindges se encontraba descargando aserrín desde un camión volcador y accidentalmente entró en contacto con cables de alta tensión ubicados en el lugar. Como consecuencia de la descarga, cayó al suelo y sufrió lesiones de extrema gravedad.
La víctima fue trasladada de urgencia al hospital Samic de Eldorado, donde permaneció internada bajo cuidado intensivos.
Pese a los esfuerzos del personal médico, el deceso de Krindges se confirmó alrededor de las 19.45, producto de un paro cardiorrespiratorio derivado de quemaduras severas ocasionadas por la electrocución.
Tras constatarse el fallecimiento, intervino el médico policial en turno y se dio aviso a la autoridad judicial correspondiente. Cumplidos los trámites legales, el cuerpo del trabajador fue entregado a sus familiares para su velatorio e inhumación.
Judiciales
Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena
Dos causas judiciales que a fines del año pasado se tradujeron en sentencias después de un extenso proceso de investigación bajo la órbita de la Justicia Federal develan los métodos, los actores y los artilugios utilizados para la entrega de niños recién nacidos en la zona sur de Misiones.
Los casos ocurrieron entre 2021 y 2022 con Concepción de la Sierra como punto neurálgico de la operación orquestada entre intermediarios, madres jóvenes en situaciones de vulnerabilidad y parejas dispuestas a saltearse el proceso de adopción legal.
En los expedientes no se alcanzaron a comprobar transacciones financieras como hablar de “venta de bebés”, pero sí constan acuerdos de mantenimiento y cobertura económica para alimentación, traslados y cuidados médicos para las madres durante el embarazo.
El ardid evidenciado pareciera sencillo y requiere de un intermediario que conecte las partes interesadas, una madre dispuesta a entregar a su niño y una pareja en busca de un menor.
Pero todo esto es completamente ilegal porque vulnera los derechos del niño y los adultos involucrados incurren en delitos penados por ley.
Caso 1
El primer hecho comenzó a investigarse en diciembre de 2021. Involucró a Lourdes Edith Giménez, funcionaria en ese momento del Registro de las Personas de Concepción de la Sierra; a su esposo Pablo Fernando Lemes, secretario de Acción Social del municipio entre 2021 y 2023; y a A. A. S., una joven del pueblo cuya identidad completa se preserva para resguardar los derechos de su beba.
El nacimiento de la niña se produjo en junio de 2022 y Lemes fue anotado como su padre biológico, aunque más tarde el examen de ADN diría lo contrario y sería determinante para el avance de la causa que se tramitó ante el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata.
Cuando la maniobra quedó al descubierta, todos los implicados fueron citados a declarar. Ante la Justicia señalaron que A. A. S. trabajó como empleada doméstica de ellos y durante esa tiempo mantuvo encuentros íntimos a escondidas con Lemes, tras lo cual quedó embarazada y el hombre aceptó hacerse cargo de la niña.
“Creo que fue un error mío no haberme hecho un ADN antes de anotar a (…), confié en su mamá que yo era el padre”, se defendió Lemes en la etapa investigativa, aunque para la Justicia su versión no tuvo asidero y el expediente continuó su proceso hasta que finalmente admitió su culpabilidad en un acuerdo de juicio abreviado.
Tanto la madre de la niña como Lemes tienen un dictamen firmado el 9 de octubre de 2025, en el que aceptan ser condenados a 3 años de prisión en suspenso como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal. Giménez, en tanto, fue sobreseída en instancia previa.
En paralelo al accionar penal, en lo referido a la protección de la niña involucrada intervino el Juzgado Multifuero de Apóstoles, cuyas autoridades que finalmente dispusieron que la beba continúe a cargo de su madre, que después del proceso solicitó la tenencia de su hija.
Caso 2
El segundo caso tiene características similares, aunque involucra a una pareja bonaerense, quienes alcanzaron a llevarse a la niña y convivir con ella durante un tiempo hasta que el mismo juzgado multifuero activó un operativo de rescate.
Los actores en este hecho son el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez, su esposa Lorena Soledad Márquez y Y. A. F., madre de la beba que fue entregada a los bonaerenses.
La denuncia del caso fue realizada el 18 de marzo de 2022, cuando la Directora de Niñez e Infancia de Concepción de la Sierra alertó que una beba de 4 meses había sido inscripta como hija de un hombre que en realidad no era su padre, lo cual más tarde fue confirmado mediante un cotejo genético.
Cuando el Juzgado Federal liderado por Skanata tomó cartas en el asunto descubrió que la niña había nacido a fines de 2021 en el hospital Madariaga, que su acta de nacimiento con datos falseados se había firmado en Apóstoles y que en marzo de 2022 la pareja foránea vino a la tierra colorada para llevársela.
Fue allí que se disparó un operativo de rescate que se concretó el 3 de junio, tras lo cual la niña quedó bajo la guarda de una familia preadoptiva que luego completó los trámites y en poco tiempo se transformaron en sus adoptantes legales.
En paralelo se instruyó la causa penal por la maniobra irregular, donde los involucrados esbozaron el mismo relato que en el hecho anterior.
La pareja contó que la Y. A. F. trabajó como empleada doméstica en su casa de Buenos Aires, donde Ibáñez tuvo una relación extramatrimonial con ella y allí se produjo el embarazo del que luego decidieron “hacerse cargo” porque tenían mejores “condiciones de vida”.
La diferencia es que en el medio hubo un paso más. Cuando Ibáñez anotó la hija como suya, también pretendió hacer una autorización de viaje para llevar a la niña hasta Buenos Aires sin tener problemas con controles de ruta, pero como el trámite se iba a demorar más de lo esperado decidieron que la madre de la beba también viaje con ellos para asegurar la partida.
En el medio también se develó que Lorena Márquez era prima de una ex pareja de la madre de la beba, ante lo cual ella fue considerada como la “intermediaria” que posibilitó la concreción de la maniobra.
Los tres involucrados también terminaron admitiendo sus responsabilidades en el caso y resolvieron sus situaciones penales mediante la firma de un acuerdo de juicio abreviado.
Para todos se dispuso la misma pena, 3 años de prisión en suspenso, aunque Márquez fue considerada autora de “promoción e intermediación en la alteración del estado civil y de la identidad de un menor de diez años y participe necesaria de la Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal, mientras que Ibáñez y Y. A. F. como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal.
Este acuerdo ya fue homologado por el Tribunal Federal de Posadas (TOF) y transformado en sentencia el pasado 31 de octubre de 2025. El fallo también dispone que los condenados deben someterse a un régimen de conducta a cumplir estrictamente para mantener el beneficio de cumplir la pena en suspenso, es decir, sin ir a prisión.
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