Policiales
Denunció a productor audiovisual por abuso: “Sé que hay más casos”
Luego de que asociaciones misioneras se manifestaran sobre la denuncia de acoso y abuso en contra del conocido trabajador audiovisual Julio Noguera, de 36 años, la denunciante -se preserva su identidad para su resguardo- dialogó con La Voz de Misiones.
La actriz contó los padecimientos que atravesó mientras trabajaba en una producción extranjera, que se llevó a cabo en Puerto Libertad.
“Conocí a Julio Noguera hace algunos años atrás, tuvimos varios encuentros casuales y ninguno le dio mucha importancia a la relación”, comenzó contando la joven y sostuvo que, después de un tiempo, decidió cortar el vínculo con el denunciado porque “estar con él significaba estar de joda todo el tiempo y me alejé de la situación cuando ya no pude bancarla, nos separamos bien, pero él seguía insistiendo en vernos”.
En esa línea, la denunciante agregó que, en octubre del año pasado, se le presentó la oportunidad de trabajar en el área de producción del rodaje extranjero.
“Para mi representaba una gran oportunidad y sinceramente trabajar con una ex pareja no me parecía que podía desencadenar a mayores, tuvimos una charla y arreglamos mantener la relación plenamente laboral y yo ingresaría a trabajar como ayudante de producción, siendo el jefe de producción”, relató la muchacha a LVM.
Los hechos
De acuerdo al testimonio de la joven, todo comenzó cuando ella desembarcó en el Norte provincial para empezar en su nuevo trabajo: “La carga laboral que tenía era mucho más grande de la que acordamos, así como la carga horaria”, sostuvo y añadió que, además, su alojamiento fue en una cabaña, lejos de todo el equipo, siendo que el acuerdo era en un hotel y junto a sus compañeros.
“A medida que pasaban los días, no era sólo estar sola en una habitación a la que él era la única persona me llevaba y me traía, alejada del resto de mi equipo. También con los horarios él decidía a qué hora yo ingresaba y salía, a dónde iba, a dónde no. Al ser una producción extranjera y el contar con un muy mal inglés, lo utilizaba de excusa para tenerme a su lado todo el tiempo”.
Con el correr de los días toda la situación se volvió más tensa, recordó la denunciante: “Constantes presiones de su parte, de querer abrazarme, acariciarme, controlarme, me decía todo el tiempo que ‘le ponga onda, que le sonría más’, le remarqué muchas veces que quería mantener nuestra relación solamente laboral, que mi seriedad era parte del cansancio”.
Según sostuvo la trabajadora, el señalado comenzó a frecuentar su habitación “con cualquier excusa”, además de sobrecargarla de labores que no le correspondían y destratar al equipo de producción: “Era una situación muy estresante y yo tenía mucho miedo”.
Y agregó: “Cuanto más barreras le trataba de poner en lo personal, peor empeoraba el trato laboral. Él estuvo sin dormir mucho tiempo, drogándose y andando de jodas todas las noches y al equipo nos tocaba pagar el precio al día siguiente”.
Abuso de poder
El acoso y abuso de poder por parte Julio Noguera se volvieron agobiantes, sostuvo la joven, quien contó que “llegó un momento en el que ya no pude resistir, estaba muy cansada de poner barreras que nunca le importaron y que hacían peor la situación laboral. Estaba cansada, rota y con miedo”.
“Recuerdo sus ojos completamente fuera de este lugar, recuerdo todo el rechazo que tenía hacia su persona y la monstruosidad que representaba para mí. Él estaba contento de que volvamos a estar juntos, me decía que me quería y que era la única persona que me cuidaba y yo lloraba en silencio mientras me penetraba, fue la experiencia más horrible que tuve en mi vida, estaba destruida”, reconstruyó la joven.
Luego del hecho, la denunciante recordó que la situación fue tan angustiante que rompió en llanto y terminó acudiendo a sus amigas para que la ayudaran: “Ellas accionaron rápido. Se comunicaron con ambas productoras y nos alejaron. Una compañera de trabajo comenzó a quedarse conmigo en la cabaña para que no esté sola, me prohibieron subir a su auto o a estar con él a solas, lo mandaban al set y yo me quedaba en base o viceversa para no tener que cruzarnos”.
Tras poder salir del círculo de violencia y maltrato al que era sometida por el jefe de la producción: “Al terminar el trabajo acudí a la policía y me dieron una orden de restricción. Hice una denuncia pública hace unos días, y me romper el corazón saber que hay más casos como el mío, y que no es la primera vez que actúa de esta forma”.
Foto: Ilustrativa
Policiales
Investigan un robo a punta de pistola en aserradero de Candelaria
Por estas horas, la Policía de Misiones analiza cámaras de seguridad públicas y privadas para esclarecer el robo de una “suma millonaria” en un aserradero ubicado sobre la ruta nacional 12 en Candelaria.
Según fuentes policiales, el hecho ocurrió en la madrugada de este lunes cuando delincuentes ingresaron al establecimiento situado a la altura del kilómetro 1.360 y redujeron con un arma de fuego al sereno de 35 años.
Con el empleado de seguridad reducido, los sujetos ingresaron a las oficinas internas del lugar y sustrajeron una suma millonaria de dinero distribuida en dólares y pesos de la caja fuerte, de acuerdo a la denuncia.
Las mismas fuentes consultadas indicaron que se evalúan una serie de hipótesis, debido a que no es la primera vez que se registra un hecho delictivo bajo la misma modalidad en el aserradero de Candelaria. En tanto, el sereno era la única medida de seguridad con la que contaba el sitio.
A cargo de la investigación del hecho está la Unidad Regional (UR) X de la Policía de Misiones, cuyos efectivos analizan las cámaras interconectadas de la provincia, registro de videovigilancia privada, entre otras diligencias para esclarecer lo ocurrido.
Policiales
Mujer falleció tras chocar un poste sobre ruta 12 en el acceso a Cerro Corá
En la madrugada de ayer, una mujer identificada como María Aquino (58) perdió el control de su vehículo e impactó contra un poste sobre la ruta 12, a la altura del kilómetro 1.378, en el acceso a la localidad de Cerro Corá.
El hecho se registró alrededor de las 3:50, cuando el automóvil Chevrolet, en el que viajaban tres ocupantes domiciliadas en el barrio San Jorge de Candelaria, despistó e impactó contra un poste de alumbrado público.
Como consecuencia del impacto resultaron lesionados la conductora, su hija Belén A. (27) y un menor de 2 años, quienes fueron asistidos y trasladados al centro de salud para su atención médica.
Posteriormente, el médico policial diagnosticó que la mujer de 27 años presentaba fractura de brazo derecho, mientras que el menor sufrió politraumatismos. En tanto, la conductora permanecía internada en estado grave.
Horas más tarde, alrededor de las 20 de ayer,se confirmó el fallecimiento de María Aquino en el hospital Madariaga de Posadas, producto de las múltiples lesiones sufridas en el siniestro.
Personal de la División Criminalística de la Unidad Regional X realizó las pericias de rigor en el lugar, y el vehículo fue secuestrado y trasladado a sede policial.
Judiciales
Piden jury contra la jueza que condenó a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
El diputado provincial del Partido Agrario y Social (PAyS), Cristian Castro, presentó este viernes un pedido de jury contra la jueza en lo Correccional y de Menores N° 1, Marcela Alejandra Leiva, por la condena a prisión en suspenso para los sindicalistas docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez por desobediencia judicial y entorpecimiento del transporte, durante el acampe docente de 2024 que bloqueó la avenida Uruguay, de Posadas.
En la nota dirigida a la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Misiones, Rosanna Venchiarutti Sartori, Castro esgrime el artículo 7 de la Ley VIII Nº 5 y denuncia a Leiva por “mal desempeño en sus funciones”, “ignorancia inexcusable del derecho” y “arbitrariedad manifiesta”.
En el tercer punto del escrito, el diputado del PAyS solicita que se admita formalmente su denuncia, conforme lo establecido en el artículo 158 de la Constitución provincial, que establece que cualquier habitante puede acusar a magistrados ante el Jurado de Enjuiciamiento; y pide que “se disponga la apertura del procedimiento”, “se notifique a la magistrada denunciada”, “se sustancie el proceso conforme a la normativa vigente”, y “se dicte, al finalizar el proceso, la destitución de la magistrada denunciada”.
Al cierre de esta nota, el legislador agrario comentó a LVM que pasado el mediodía recibió una comunicación de la oficina de Venchiarutti Sartori para que comparezca personalmente el martes 23 próximo, a las 9:00 horas, a ratificar la denuncia contra Leiva, en el quinto piso del Palacio de Justicia.
Irregularidades
Según señala el diputado del PAyS, la actuación de Leiva en la causa contra Gurina y Sánchez “presenta un conjunto de irregularidades graves que justifican su análisis por parte del Jurado de Enjuiciamiento”.
Castro le achaca a la jueza en su nota, “deficiencias en la valoración de la prueba”, “valoración fragmentaria”, “omisión selectiva del material probatorio de elementos favorables a la defensa”, “utilización de presunciones no autorizadas por la sana crítica racional”, “falta de imparcialidad funcional” y “afectación del principio de inocencia”.
“Existen elementos del proceso que permiten sostener, prima facie, la existencia de un sesgo en la conducción del proceso, orientado hacia la convalidación de hipótesis acusatorias sin debida revisión crítica”, asegura.
“Se advierten razonamientos incompatibles con los estándares constitucionales de certeza que deben de regir toda sentencia condenatoria”, sostiene el legislador y señala que Leiva vulneró el artículo 18 de la Constitución Nacional, el 158 de la Constitución Provincial, y la doctrina del denominado ‘Fallo Casal’, de 2005, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que amplió las facultades del recurso de casación, fortaleciendo las garantías del imputado frente a la condena y alineando la jurisprudencia argentina con estándares internacionales.
Castro afirma que, por todo esto, la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “revela, con especial claridad, un patrón de razonamiento incompatible con los estándares constitucionales y convencionales vigentes en materia de protesta social, responsabilidad penal individual y principio de legalidad”.
Referentes
El diputado del PAyS sostiene que, en el fallo de Leiva, “se verifica una utilización extensiva y arbitraria del derecho penal, fundada exclusivamente en la condición de referentes gremiales de los imputados”.
“La magistrada da por acreditada la autoría penal no a partir de actos concretos, individualizados y probados, sino por la supuesta ‘visibilidad pública’ y liderazgo sindical de Gurina y Sánchez”, sostiene el legislador y advierte que “tal razonamiento importa una grave vulneración del principio de culpabilidad por el hecho, sustituyéndolo por una forma inadmisible de responsabilidad por el rol o la identidad, expresamente prohibida por el derecho penal constitucional”.
“Este criterio ha sido severamente cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ha advertido que los Estados suelen utilizar a referentes sociales y sindicales como ‘casos testigo’ para emitir mensajes aleccionadores hacia el conjunto de quienes ejercen el derecho a la protesta, generando un efecto intimidatorio o disuasivo incompatible con una sociedad democrática”, afirma Castro y asegura que la sentencia contra los docentes “se inscribe de lleno en ese patrón de criminalización selectiva”.
“En segundo término, la resolución judicial desconoce la naturaleza política y colectiva de los hechos juzgados, omitiendo un análisis riguroso del elemento subjetivo de los tipos penales aplicados”, señala el legislador en su escrito contra Leiva.
“En contextos de protesta social, el dolo no puede presumirse ni inferirse mecánicamente de la mera permanencia en el lugar de los hechos o del carácter prolongado de la manifestación”, expresa.
“La intención de los docentes fue, de manera inequívoca, visibilizar reclamos salariales y laborales frente a la ausencia de respuestas estatales, y no entorpecer el transporte ni desobedecer la autoridad judicial como finalidad autónoma”, argumenta Castro.
“La magistrada omite ponderar que la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que las restricciones al derecho de reunión y de protesta deben ser excepcionales, estar previstas por ley, perseguir un fin legítimo y superar un estricto test de necesidad y proporcionalidad”, manifiesta.
El diputado del PAyS opina que la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “otorga preeminencia automática al derecho a circular por sobre el derecho a la protesta, desconociendo que este último constituye uno de los pilares del sistema democrático”.
Desobedientes
En otra parte del escrito, Castro se refiere a la valoración que hizo la jueza del delito de desobediencia judicial que se le imputaba a Gurina y Sánchez, y sostiene que tal imputación se construyó a partir de “la condición de referentes” de los docentes procesados, “asumiendo que la orden era ‘exigible’ a ellos”.
El diputado del PAyS sostiene, además, “inconducentes desde el punto de vista jurídico”, las referencias que hace la resolución judicial de Leiva sobre “supuestos perjuicios comerciales o molestias derivadas del humo”, que “no fueron debidamente acreditados” y que son “consideraciones ajenas al bien jurídico protegido por el art. 194 del Código Penal”.
“En síntesis, la condena de Gurina y Sánchez constituye un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, con afectación directa de derechos constitucionales y convencionales, y revela un desempeño judicial que, prima facie, encuadra en las causales de mal desempeño, ignorancia inexcusable del derecho y arbitrariedad manifiesta, habilitando la intervención del Jurado de Enjuiciamiento”, señala el legislador en su nota y reafirma: “Dichas irregularidades constituyen una pauta objetiva de mal desempeño y deberán ser examinadas por el Jurado en su conjunto”.
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