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Asesinaron a puñaladas a un contratista de Esperanza y hay dos detenidos

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Un contratista de Puerto Esperanza, que estaba desaparecido desde el martes a la noche, fue encontrado asesinado de múltiples puñaladas dentro de su vehículo y por el hecho la Policía detuvo a dos sospechosos de entre 19 y 16, quienes ahora se encuentran a disposición de la Justicia.

La víctima fue identificada como Aldo Roque Silvero (43), quien el martes a las 19 salió de su casa en el barrio Helvecia para dirigirse a bordo de su camioneta Chevrolet S-10 hacia la casa de su madre en el barrio Obrero, pero nunca llegó y eso motivó una denuncia por desaparición radicada por su pareja.

En su exposición, la mujer expuso que su concubino se comunicó con ella por última vez ese mismo martes a las 20.21, pero después de ello no volvió a tener contactos con él.

El miércoles a la mañana, en tanto, en medio de la incertidumbre y la desesperación, un empleado de Silvero se comunicó con la mujer para avisarle que había observado la camioneta de su jefe abandonada en un baldío del barrio Helvecia, próximo al arroyo San Martín.

Con esa información, los efectivos de la comisaría local acudieron al lugar y dieron con el cuerpo sin vida del contratista tendido en las butacas traseras.

Según detallaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el cadáver a simple viste presentaba múltiples heridas cortantes localizadas en diferentes partes, en tanto que también detectaron manchas de sangre en diversos sectores del vehículo, lo cual dirigió la investigación hacia un caso de homicidio.

Manchas de sangre, huellas dactilares y otras pistas recogidas en la S-10 podrían complicar a los detenidos.

Pistas y detenidos

A partir de ahí, investigadores locales comenzaron a reconstruir lo sucedido y en esa labor establecieron que ese martes a la noche Silvero tenía previsto encontrarse con una joven de 19 años con quien aparentemente mantenía una relación extramatrimonial y que esa muchacha resultó ser la última persona que vio con vida a la víctima.

Tras quedar en la mira, la Policía profundizó la pesquisa en su contra y a las pocas horas quedó detenida en calidad de sospechosa, al igual que su pareja, un adolescente de 16 años.

Las fuentes de LVM detallaron que en la vivienda de la joven incautaron un short con manchas compatibles con sangre y una zapatilla cuya suela coincide con una impronta o huella recogida dentro del vehículo. Esta última prueba, detectada sobre el frente desmontable del equipo de música de la camioneta, en principio, ubica a la sospechosa dentro del rodado de la víctima.

Respecto a las circunstancias del crimen y en base a las huellas de sangre relevadas en la escena, entienden que Silvero comenzó a ser atacado desde afuera, mientras se encontraba sentado en la butaca del conductor.

Argumenta esta tesis el hecho de que el hombre presentaba heridas cortantes en las zonas del antebrazo y codo izquierdo, que habitualmente se apoyan sobre la ventanilla del conductor. Además, las manchas de sangre en ese sector solamente quedaron impregnadas en el lado interno de la puerta.

Las primeras pericias realizadas permiten reconstruir que, después de ese primer ataque, Silvero salió del rodado y continuó recibiendo puñaladas en la parte exterior, para luego acabar muerto dentro del vehículo. Falta establecer si él mismo volvió al habitáculo para resguardarse o si él o los asesinos lo ubicaron allí una vez concretado el crimen.

Si bien resta conocerse el resultado de la autopsia prevista para hoy en la Morgue Judicial de Posadas, las fuentes de este medio indicaron que Silvero presentaba al menos una decena de heridas cortantes en diversas partes del cuerpo.

Silvero, que era contratista y ofrecía servicios forestales en la zona, aparentemente llevaba consigo un dinero en efectivo que no fue hallado en la escena, como así tampoco su teléfono celular, pistas que abonarían la hipótesis de un robo como posible móvil del crimen, aunque aún no se descarta ninguna otra línea investigativa.

Los dos sospechosos quedaron detenidos a disposición del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, a cargo del magistrado Martín Brites. Se prevé que entre mañana y el lunes sean trasladados a prestar declaración indagatoria, dependiendo de cómo avancen las medidas de prueba más inmediatas. 

Por el caso hubo un tercer joven demorado. Se trata de un muchacho de 23 años, que es primo de la joven detenida, aunque voceros del caso indicaron hasta el momento no habría mayores elementos como para suponer una posible participación suya en el asesinato.

Judiciales

Arenera de Candelaria demanda al municipio ante el STJ por clausura

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El empresario arenero Jorge Muniagurria inició una demanda contencioso administrativa en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra la Municipalidad de Candelaria por la resolución que le clausuró la planta de acopio que tiene en un predio costero cedido en comodato por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.

En la presentación judicial, a la que tuvo acceso La Voz de Misiones, el empresario solicitó al STJ la nulidad de la Resolución 02/25, del ingeniero Eduardo M. Quiroga, que firmó como secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente de la Municipalidad, ratificada por el intendente Carlos Flores; y pidió la suspensión de la medida administrativa de clausura del predio de la empresa.

El escrito, patrocinado por los abogados Fernando Marcelo Canteli y Graciela Beatriz Canteli, señala que la Resolución de Quiroga, refrendada por Flores, “no reviste siquiera la adecuada formalidad” y tampoco “los actos administrativos que las precedieron, por afectar gravemente los derechos e intereses legítimos” del empresario afectado.

Los letrados se refieren a la Comunicación de clausura que hace Flores a Muniagurria el 15 de diciembre de 2025, y sostienen que la “ratificación” por parte del intendente, de la Resolución 02/25 de Quiroga, es elemento suficiente para la admisión de la demanda por parte del STJ, según lo establecido en el artículo 8 de la ley I Nº 95.

“Con dicha ‘ratificación’ se cierra la instancia administrativa municipal, ya que emana de la más alta autoridad competente y al rechazar el Recurso Jerárquico agota los remedios recursivos”, reza el escrito judicial.

Inspección

La presentación judicial relata que el 15 de octubre de 2025, se labró el Acta de Inspección R-01-00000134 suscripta por quien se identificó como secretario de la comuna de Candelaria, ingeniero Eduardo M. Quiroga, en el inmueble de la arenera JM, cuya actividad principal es la extracción y venta de arena, y que en dicha Acta se requirió a la empresa la presentación de un estudio de impacto ambiental, en el marco de la Ordenanza 03/12, y la Declaración Jurada de las ventas de arena realizadas.

“En tiempo oportuno, se realizó el descargo sobre ambos puntos, indicando sobre el primero que era imposible presentar un informe ambiental, ya que la Ordenanza 03/12 se remitía a una reglamentación que era desconocida, puesto que se había requerido la misma en varias oportunidades y siempre se habían obtenidos evasivas”, reza el escrito y agrega que “sin perjuicio de ello, se adjuntó documentación que acreditaba el cumplimiento de todos los presupuestos ambientales, expedida por las autoridades provinciales con competencia sobre la materia”.

“En cuanto al segundo punto se acompañó toda la documentación contable de la empresa, que reflejaba el estricto cumplimiento de las normas tributarias”, señala la presentación y añade que “dicho descargo fue ignorado por completo, dictándose la Resolución Nº 02/25, que fue suscripta por el mismo funcionario que intervino en el labrado del Acta de Inspección Nº R-01-00000134”.

Nulidad

En la presentación judicial, el empresario arenero arremete contra la Resolución 02/25, del ingeniero Quiroga, y la define como “ilegítima y nula, de nulidad absoluta”.

Argumenta que “ha sido dictada por quien no tiene competencia para ello y sin causa ni motivación expresa ni implícitamente considerada”, y “en violación de la ley aplicable y los procedimientos previos a la emisión del acto”.

En tal sentido, el escrito invalida la “competencia” de Quiroga como secretario, ya que la Municipalidad de Candelaria no cuenta con Carta Orgánica propia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades de Misiones, y “no existe norma alguna que lo instituya como tal”.

“No existe ordenanza alguna que reglamente las atribuciones, derechos, funciones y deberes del secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente”, sostiene y desconoce, también, el papel del intendente Flores en el procedimiento que derivó en la clausura de la empresa.

“Por último, también traigamos a colación que no existe intervención alguna del Sr. Intendente requiriendo la inspección ni la posterior sanción que por este acto se recurre”, afirma y concluye que, “tanto la inspección como la posterior sanción han sido resueltas por un funcionario que no tiene atribuciones para ello”.

“Tal circunstancia, vicia irremediablemente el acto administrativo registrado bajo la forma de Resolución 02/2025 tornando inevitable la declaración de nulidad a su respecto”, afirma.

La presentación judicial advierte, también, sobre “vicios en la motivación” por parte del municipio, en lo referente al rechazo de la Declaración Jurada de ventas, de enero a septiembre de 2025, presentada por la empresa; y el desconocimiento de los estudios de impacto ambiental aprobados por instancias provinciales.

En el último tramo de la presentación, el demandante advierte la existencia de “peligro en la demora y verosimilitud en el derecho”, ya que “no estamos frente a una eventualidad, sino que hay una realidad concreta: hace seis meses que el emprendimiento productivo no funciona por una decisión absolutamente arbitraria”.

“Hay familias (de los trabajadores y accionistas ya que se trata de una Pyme) cuya subsistencia está dañada”, señala y destaca: “Y ni que hablar ante un mercado altamente competitivo por las bajas en las ventas y la competencia desleal) del perjuicio que significa volver a reinsertarse en el mercado”.

“En cuanto a la verosimilitud en el derecho, del relato que hemos volcado de los hechos surge claramente que dicho recaudo se cumple acabadamente, ya que están en juego el derecho de propiedad y el ejercicio de industria lícita, ambos tutelado constitucionalmente (art. 14 y 18 C.N.)”, advierte el escrito.

DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (1)
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Policiales

Investigan la muerte de un hombre en un edificio del microcentro posadeño

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edificio microcentro

La Policía de Misiones investiga el fallecimiento de un hombre de avanzada edad en un departamento del microcentro posadeño.

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas, el hecho ocurrió en un edificio ubicado sobre calle San Lorenzo, entre San Martín y Sarmiento, donde también funciona una galería comercial.

Los primeros datos apuntan a que el fallecido se trata de Germán Korts (83) y, en principio, la muerte se habría dado en forma natural, sin observarse signos de violencia.

De igual manera, el lugar trabaja el personal de la comisaría jurisdiccional y de la Dirección de Policía Científica, encargada de realizar las tareas de periciales de rigor para esclarecer lo sucedido.

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Judiciales

Rechazan domiciliaria a ex gendarme misionero condenado por lesa humanidad

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Preso. Miguel Pablo Lugo (69) continuará preso. La Justicia rechazó el otorgamiento de prisión domiciliaria por razones de salud solicitado por la defensa del ex gendarme misionero, quien de esta manera deberá seguir alojado en la cárcel de la Candelaria para purgar la pena de 25 años de prisión impuesta en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en el Centro Clandestino de Detención (CCD) El Olimpo, donde entre otras víctimas, pasaron el periodista Jorge Fontevecchia y Lucía Adela Révora, madre del ahora senador peronista Eduardo “Wado” de Pedro.

Lugo, nacido el 7 de junio de 1956 en Gobernador Roca, fue juzgado entre 2022 y 2023 en el marco del quinto tramo de la mega causa ABO V, que investigó hechos de secuestros y torturas perpetrados en el circuito represivo conformado por los CCD El Atlético, Banco y El Olimpo, que funcionaron de manera rotativa entre 1977 y 1979.

En ese expediente también fueron juzgados Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina, ex camaradas de Lugo, además del ex agente de la Policía Federal Argentina (PFA) Carlos Alberto Infantino. Todos ellos fueron condenados a 25 años de prisión por una multiplicidad de delitos que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Ciudad de Buenos Aires consideró acreditado, aunque el fallo aún no está firme ya que hay un recurso de casación en trámite.

Otro dos ex, Miguel Víctor Pepe, y el ex miembro de la Superintendencia de Seguridad Federal, José Ahmed, también llegaron a juicio en la misma causa, aunque el primero resultó absuelto y el segundo falleció poco antes del inicio de las audiencias.

Medina, Nazario e Infantino, los otros condenados en el juicio por la causa ABO V.

Pedido

Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, Lugo fue detenido mientras caminaba por San Ignacio -donde tiene domicilio registrado junto a su esposa- el 15 de noviembre de 2018 y desde ese momento se encuentra privado de su libertad.

Sus días y noches en prisión las cumple en la Colonia Penal 17 de Candelaria, recinto dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), donde deberá continuar a pesar de un pedido de arresto domiciliario formulado por su defensa, alegando un cuadro de Alzheimer y depresión severa.

La presentación fue realizada a mediados del año pasado y en el planteo los abogados del gendarme condenado adujeron que Lugo presentaba un “franco y notorio deterioro, padeciendo una enfermedad grave e irreversible”.

El pedido abrió una extensa etapa de análisis dispuesta por el mismo tribunal que dictó sentencia, en el que solicitó informes tanto a las autoridades de la unidad penitenciaria como a integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, quienes arribaron a conclusiones disimiles, ante lo cual tuvo que intervenir una junta interdisciplinaria del hospital Carrillo de Posadas.

Sobre la cuestión también opinaron el fiscal de la causa Alejandro Alagia, el abogado de la querella unificada Pablo Llonto y algunas de las víctimas, quienes coincidieron en considerar que lo correspondiente era rechazar el otorgamiento del beneficio de morigeración de las condiciones de detención para Lugo.

Todo lo recabado entonces fue analizado por los magistrados Jorge Luciano Gorini, Nicolás Toselli y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes finalmente decidieron no hacer lugar al pedido.

Principio de Alzheimer

Entre sus argumentos, los camaristas reconocieron que el condenado presenta una “enfermedad neurodegenerativa que con el transcurso del tiempo hace que los síntomas de quien la padece vayan empeorando”, aunque al mismo tiempo plantearon que “lo cierto que es el diagnóstico de Lugo está en la primera etapa de la enfermedad”.

“El evaluado presenta antecedentes de diabetes, hipertensión arterial y diagnóstico referido como principio de Alzheimer, no obstante, del examen clínico practicado no se evidencian, al momento de la evaluación, signos de deterioro cognitivo actual ni limitaciones funcionales que impliquen pérdida de autonomía o imposibilidad de desenvolvimiento adecuado”, agregaron en párrafos siguientes del escrito de 28 páginas en total.

Y en otro punto fueron tajantes en la respuesta al planteo: “La mera invocación de patologías crónicas o antecedentes médicos, sin acreditación de un estado actual de salud que resulte incompatible con el alojamiento en establecimiento penitenciario o que no pueda ser adecuadamente atendido por el sistema sanitario correspondiente, no resulta suficiente para habilitar la concesión del arresto domiciliario como medida excepcional”.

De esta manera, resolvieron no hacer lugar al pedido, con la salvedad de disponer de una evaluación semestral del estado de salud del condenado, a fin de volver a evaluar la posibilidad de la prisión domiciliaria como alternativa.

Lugo admitió que hizo “cinco guardias” en El Olimpo, aunque afirmó que no sabía en qué lugar estaba.

Lugo

La historia marca que Lugo cursó sus estudios iniciales en Gobernador Roca, donde afirmó que nació en una “familia muy humilde” y “numerosa”. El 30 de septiembre de 1976 se incorporó al Escuadrón 11 “San Ignacio” y el 31 de diciembre de ese mismo año egresó como gendarme.

Inmediatamente después fue enviado al Destacamento Móvil Campo de Mayo y en 1978 fue abocado a la Comisión de Seguridad para el mundial de fútbol.

Lugo se declaró inocente a lo largo de toda la causa. Sobre las acusaciones en su contra sostuvo que solo “cumplió órdenes” e hizo “cinco guardias” en El Olimpo, lugar al cual fue trasladado “sin conocer” dónde estaba yendo. 

Sin embargo, la Justicia consideró acreditada su presencia en el CCD y su participación en hechos considerados como de lesa humanidad. En su contra acumuló testimonios de testigos, tanto de otros antiguos gendarmes como de presos políticos, que lo reconocieron como uno de los guardias del lugar, donde además cumplía diferentes tareas asignadas por los altos mandos.

Los testigos narraron que la función de los guardias o “celadores” era el ingreso y el egreso de detenidos a los calabozos para llevarlos a salas de interrogatorios donde eran sometidos a torturas. “Estas personas salían mal. Un mal momento. Calcule que les pasen electricidad, golpes, de todo. Ya lo sacaban medio sin conocimiento de los calabozos”, es un testimonio que se desprende de la causa.

El TOF decidió, entonces, en un fallo emitido en diciembre de 2023, condenarlo a 25 años de prisión como coautor de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravado, entre otros hechos cometidos contra un centenar de presos políticos que pasaron por El Olimpo durante sus meses de operación.

El Olimpo

El Olimpo fue uno de los CDD de mayor letalidad. Estaba ubicado en el barrio de Floresta, en un predio que originalmente era una terminal de tranvías.

Funcionó desde el 16 de agosto de 1978 hasta fines de enero de 1979 y su cierre de relaciona con una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1979.

El lugar estaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército, comandado por el represor Guillermo “Pajarito” Suárez Manson, y del Batallón de Inteligencia 601.

Se estima que entre 500 y 700 personas detenidas-desaparecidas pasaron por ese CCD, con una tasa de supervivencia del 7-10%.

El galpón fue adaptado especialmente: incluyó celdas, oficinas, un gran patio techado y salas de tortura conocidas como “quirófanos”. Los testigos recuerdan que había un cartel de bienvenida: “Bienvenidos al Olimpo de los dioses. Firmado: Los centuriones.”

Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad

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