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Un año y 8 meses, la primera condena por romper la cuarentena en Argentina

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Se trata de un hombre de 43 años que además transportaba droga en su auto. Fue en un juicio abreviado y su hija deberá donar dinero a entidades públicas.

 

BUENOS AIRES (TÉLAM). Un hombre de 43 años que hace 19 días había sido detenido en las afueras de la ciudad bonaerense de Mar del Plata cuando circulaba sin permiso en medio del aislamiento preventivo por el coronavirus, con su hija en el baúl del auto y cinco gramos de cocaína, fue condenado a un año y ocho meses de prisión, informaron hoy fuentes judiciales.

Se trata del primer caso en el país en el que la Justicia Federal dictó sentencia por la violación de la cuarentena y el acusado deberá cumplir la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

Fuentes judiciales informaron que, en un juicio abreviado, el juez Santiago Inchausti condenó al hombre a un año y ocho meses de prisión, más una multa, por haber violado el aislamiento social, preventivo y obligatorio, haber puesto en riesgo la salud pública resistiendo y desobedeciendo a la autoridad, y por infracción de la ley de drogas 23.737.

Además, su hija de 24 años acordó una suspensión de juicio a prueba y deberá donar dinero a entidades de bien público afectadas a la asistencia por la pandemia.

Según las fuentes, el proceso de flagrancia se desarrolló de manera íntegramente digital y en diez días hábiles.

Un vocero con acceso al expediente explicó a Télam que si bien hubo condenas previas en la Justicia ordinaria, en la Justicia Federal fue la primera en el marco de la cuarentena obligatoria en todo el país.

En una audiencia virtual celebrada ayer, la fiscal federal Laura Mazzaferri y la defensa de los acusados presentaron ante el juez Inchausti el acuerdo que fue homologado horas más tarde por el magistrado, quien dictó la condena respecto del hombre y admitió las pautas acordadas para suspender el proceso a prueba respecto de la joven.

“Razones de política criminal y de eficiencia en la administración de los recursos disponibles para la persecución penal refuerzan la decisión de suscribir el presente acuerdo de juicio abreviado y evitar la realización de un complejo y extenso debate oral”, sostuvo Mazzaferri en el marco de la audiencia, donde el acusado reconoció la responsabilidad de los hechos y prestó conformidad con la calificación legal adoptada en este acto.

Al momento de dictar sentencia, se tomaron en consideración otras dos condenas que pesan sobre el acusado: en 2015 había recibido la pena de tres años de prisión por el delito de “tenencia de estupefacientes para comercialización” y hace un año había sido condenado por el delito de “encubrimiento” a ocho meses de efectivo cumplimiento.

Por otro lado, la joven firmó una suspensión de proceso a prueba por los hechos atribuidos a la infracción al artículo 205, en atención a la violación al aislamiento social y al artículo 239, de desobediencia a la autoridad.

La hija deberá abonar a favor del Estado los 7.000 pesos que tenía en su poder al momento de ser descubierta en el baúl del auto, que tendrán como destinataria una institución pública ocupada en la gestión de la emergencia sanitaria, como un hospital público o comedor barrial.

El hecho se registró a las 22 del domingo 26 de abril cuando la policía interceptó un auto que circulaba por la ruta 11, desde Mar del Plata camino a Santa Clara del Mar.

Los voceros añadieron que el hombre que conducía no tenía ninguna documentación del vehículo, ni permiso para circular en medio del aislamiento obligatorio que rige en el país.

En ese marco, los ruidos que provenían del interior del auto llevaron a los efectivos a pedir que abra el baúl, donde llevaba oculta a su hija, de 24 años.

Cuando se dio intervención a la Fiscalía Federal 1, a cargo de Mazzaferri, se solicitó la requisa del vehículo y, además de dinero y dos cheques por 60.000 pesos, se encontraron tres envoltorios con una sustancia blanca que el peritaje correspondiente arrojó que se trataba de cinco gramos de clorhidrato de cocaína.

Las pruebas reunidas, y en particular las conversaciones extraídas del teléfono celular del imputado, permitieron demostrar que la droga no estaba “inequívocamente” destinada a su consumo personal.

En la causa se declaró la flagrancia, y al día siguiente se realizó la audiencia multipropósito por videoconferencia, ante Inchausti, titular del Juzgado Federal 1 de Mar del Plata, en conexión con el destacamento policial de Santa Clara donde el sujeto permanecía detenido y donde también compareció la joven imputada, acompañada por su garante conductual.

De allí en adelante, la investigación se desarrolló por medios digitales, por lo que fue de relevancia el apoyo institucional y la provisión de medios técnicos por parte de la Procuración General de la Nación.

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.

El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.

Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.

Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.

Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.

En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.

El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.

Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.

La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.

La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor

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Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento

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La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.

Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.

De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.

En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.

En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.

Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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Renunció Cúneo Libarona y lo reemplazará Juan Mahiques como ministro de Justicia

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El fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires y titular de la Asociación Internacional de Fiscales, Juan Bautista Mahiques, dará el salto al Poder Ejecutivo tras la salida de Mariano Cúneo Libarona, según anunció el propio presidente Javier Milei.

Esta mañana alrededor de las 10, el mandatario argentino recibió al ministro de Justicia saliente, Mariano Cúneo Libarona, para resolver la conducción de la cartera luego de varios intentos del abogado mediático por renunciar al cargo, lo que finalmente se concretó este mediodía. 

Si bien en la danza de nombres para el reemplazo figuraba el ex intendente de Mar del Plata Guillermo Montenegro y el fiscal federal Carlos Stornelli, el presidente anunció a través de su cuenta de X la designación de Mahiques, quien inmediatamente expresó su agradecimiento por nombrarlo en esa cartera y enfatizó que “sin Justicia no hay futuro posible”.

Por su parte, el nuevo ministro de Justicia, hasta ahora fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires, expresó: “Agradezco al Presidente Javier Milei por la confianza para asumir esta responsabilidad. Su liderazgo ha sido claro al marcar el camino: sin justicia no hay futuro posible”. 

Para el flamante funcionario, “ese rumbo exige instituciones que funcionen con arreglo al Estado de Derecho y un sistema jurídico con reglas claras y estables, que reconstruya la confianza pública, brinde seguridad real y un marco previsible para quien cumple la ley”.

Asimismo, agradeció también a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, “por su apoyo permanente y por la dedicación con la que conduce y fortalece al equipo político del Gobierno”.

El responsable de Justicia también manifestó su “reconocimiento” a la labor de Cúneo Libarona “quien se ocupó de la primera etapa de transformación que debemos consolidar con responsabilidad y firmeza”.  

“La Argentina -recalcó- necesita una Justicia independiente de las disputas políticas, imparcial en sus decisiones, ágil en sus tiempos y moderna en sus herramientas; una institución que proteja a las víctimas, que no confunda garantías con impunidad y que reafirme, sin excepciones, que la ley se cumple para todos por igual”.

Finalmente destacó: “Asumo esta función con la convicción de que sin seguridad jurídica no hay inversión, sin reglas estables no hay desarrollo y sin jueces independientes no hay República”.

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