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Tucumán quiere retroceder un siglo: Legisladores “providas” intentan que mujeres violadas no puedan abortar

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TUCUMÁN. Un proyecto presentado con la firma de más de la mitad de los legisladores tucumanos pretende declarar ilegales las causas de interrupción del embarazo que el Código Penal habilita desde 1921. La norma contradice al Código Penal y al fallo de la Corte Suprema que fijó la actual jurisprudencia sobre el tema.

Un grupo de 29 legisladores de Tucumán -más de la mitad de la Legislatura local-, presentó un proyecto de ley para que el aborto en casos de violación esté prohibido. La iniciativa desató controversia por tratarse de una práctica habilitada por el Código Penal, prevista en el anteproyecto de reforma e incluso avalada por la Jurisprudencia de la Corte Suprema.

La polémica iniciativa fue impulsada por el diputado Marcelo Caponio (PJ), titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales e Institucionales del Parlamento provincial, quien aseguró que “respetamos todas las normas y lo establecido en la Carta Magna. No vamos en contra de ningún artículo. Estamos avanzando para que no quede en una cuestión declamativa, sino que el Estado esté al lado de la mujer y el niño, y se salven las dos vidas”.

En sus fundamentos, el retrógrado proyecto se presenta como “pionero”, tal como tituló en su portada el conservador diario local La Gaceta: “El proyecto se inspira en la legislación provida más avanzada: la ley 6/2009 de la Generalitat de Valencia (España), pionera en cuanto a medidas positivas de protección integral, tanto de la mujer embarazada como del niño por nacer”, explicó Caponio. Esa norma fue derogada en Valencia en 2017.

El artículo 4° del proyecto roza el medievalismo y es taxativo: “Queda absolutamente prohibida la discriminación al niño por nacer gestado por causa de violación”. De hecho, el texto del proyecto establece “la prohibición de discriminar al niño por nacer en ‘niños deseados’ o ‘no deseados’”, considerando que inducir a una mujer a abortar, en cualquier caso, es “violencia”.

Según publica Infobae el proyecto había sido presentado en la anterior composición de la Legislatura, pero perdió estado parlamentario por falta de tratamiento. Sin embargo esta vez la adhesión fue inusual. Es la legislación que tiene más voluntades a favor en lo que va del año y cuenta con el apoyo de oficialistas y opositores, entre los que se destacan las peronistas Graciela Medina, presidenta de la Comisión de Derechos de la Mujer, y Sara Alejandra Assán, de la Comisión de Familia, Niñez, Adolescencia, Adultos Mayores y Discapacidad.

El inédito retroceso jurídico que se puso en marcha en Tucumán ya empezó a cosechar rechazos desde todos los ámbitos. “Repudiamos el desconocimiento total del orden constitucional que revela la propuesta de proyecto de yey presentado con la firma de 29 legisladores con la finalidad de crear barreras para el acceso a la interrupción legal del embarazo por las causales habilitadas desde 1921 por el ordenamiento penal”, comienza un comunicado de la fundación tucumana Mujeres x Mujeres y Católicas por el Derecho a Decidir, suscrito por Aministía Internacional, el CELS, ELA y otras organizaciones.

https://www.lavozdemisiones.com/2018/10/22/pese-al-codigo-penal-y-al-fallo-fal-imponen-restricciones-para-abortos-no-punibles/

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Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril

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El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.

De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.  

Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.

Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.

El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal. 

Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.

 

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La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.

Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.

De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.

Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.

En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.

El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).

Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial

Impacto en Misiones

Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.

Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.  

Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes

 

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Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral

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La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.

La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.

Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.

La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.

El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.

Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.

Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26

El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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