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Pese al Código Penal y al fallo Fal, imponen restricciones para abortos no punibles

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BUENOS AIRES. La Justicia porteña restablece “restricciones” para los abortos no punibles en la Ciudad. El Tribunal Superior de Justicia decidió que vuelva a estar vigente el protocolo para la realización de abortos no punibles en los hospitales públicos. Dicho protocolo fue elaborado en 2012 por el entonces ministro de Salud, Jorge Lemus. El mismo había sido suspendido en varios de susartículos a raíz de la presentación de diversos amparos.

El Superior Tribunal de Justicia porteño por tres votos a uno, restableció el protocolo en la Ciudad de Buenos Aires que reguló la atención de los abortos legales, dictado en 2012 por el Gobierno que encabezaba entonces Mauricio Macri, y que fijó fuertes restricciones para el acceso a las interrupciones legales de embarazo, apartándose de los estándares fijados por la Corte Suprema en el fallo FAL.

En su resolución, el alto tribunal rechazó un recurso de inconstitucionalidad contra la resolución 1251, firmada por quien era ministro de Salud del gobierno macrista, Jorge Lemus, que estableció un procedimiento “restrictivo” –el más restrictivo del país– frente a los pedidos de aborto previstos en el artículo 86 del Código Penal; y también rechazó el pedido de inconstitucionalidad del veto del jefe de Gobierno, respecto de la Ley 4318, sancionada por la Legislatura para regular los abortos legales. Esa norma, impulsada por el kirchnerismo, respetaba los lineamientos fijados por la Corte Suprema, en el fallo FAL, para eliminar los obstáculos arbitrarios históricamente impuestos en el país para el acceso a las interrupciones legales de embarazo, previstas desde 1921.

Lo cierto es que de aplicarse el protocolo de 2012 -la resolución 1251- una mujer violada no podría interrumpir su embarazo más allá de la semana 12. Además, en los centros de salud tendría que haber un comité interdisciplinario para que evalúe y autorice los abortos, que deben ser confirmados por la autoridad máxima del hospital. Las mayores de 14 años necesitarían la autorización de sus padres. Ese era el protocolo que armó el ministro de salud Jorge Lemus en 2012 cuando el jefe de gobierno porteño era Mauricio Macri.

“Es una sentencia claramente misógina”, cuestionó Gil Domínguez, en diálogo con Página12. Domínguez destacó que el protocolo que entrará en vigencia “es violatorio de la Constitución, de los tratados de Derechos Humanos y del fallo FAL”. Además, consideró que el fallo del STJ desconoce el carácter preventivo de los amparos colectivos y hace una interpretación errónea de los fallos de la Corte Suprema que regulan los requisitos de procedencia de las acciones colectivas. La idea es evitar el daño. Cualquier mujer puede estar en riesgo con ese protocolo restrictivo, explicó.

La sorpresiva sentencia de los jueces porteños se da en un contexto en el que el aborto legal fue rechazado por los senadores, y en una avanzada de grupos religiosos que ahora también se oponen a la ley de Educación Sexual Integral en las escuelas y que se practiquen las interrupciones legales de los embarazos. Días atrás uno de esos grupos irrumpió en el Hospital Rivadavia para oponerse a este derecho que pedía una mujer.

Aborto no punible. Desde 1921, el Código Penal argentino permite el aborto en dos supuestos: cuando está en peligro la vida o la salud de la mujer y cuando el embarazo es producto de una “violación o atentado al pudor contra una mujer idiota o demente” (artículo 86 incisos 1 y 2 del Código).

En marzo de 2012, en el caso “F. A.L. s/ medida autosatisfactiva”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló que toda mujer embarazada como resultado de una violación tiene derecho a acceder a un aborto no punible sin importar su capacidad intelectual, sin requerirse autorización judicial previa para acceder a la práctica y sin que exista obligación de realizar la denuncia penal del delito sino que basta con contemplar una declaración jurada en que la mujer víctima e violación manifieste que l embarazo es producto de ese delito.

https://www.lavozdemisiones.com/2018/10/10/pese-a-presiones-providas-realizaron-aborto-no-punible-en-hospital-publico/


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Choferes de Uber marcharon en contra de la ordenanza que regula la actividad

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Con una concentración en la Plaza 9 de Julio y una posterior marcha hacia la sede del Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Posadas, los conductores de Uber repudiaron la ordenanza aprobada este jueves que regula la actividad, denunciando que el ítem que restringe la habilitación a los autos con más de seis años de antigüedad afecta a un gran porcentaje de los 2.000 choferes activos que registra la aplicación en la capital provincial.

El texto sancionado por el Concejo establece como requisitos para la circulación legal de Uber y otras aplicaciones de transporte carnet categoría D1, seguro para el transportado, auto y carnet radicados en el municipio, antecedentes penales provinciales y que antigüedad del vehículo que no supere los seis años.

Justamente, ese último punto es uno de los más cuestionados, ya que los choferes indican que muchos de ellos cuentan con automóviles más antiguos, ante lo cual no podrían trabajar más a pesar de tener el rodado en buenas condiciones. 

Otros reclamos

En diálogo con RadioActiva 1007, los manifestantes lamentaron que los ediles “exigen el cambio de la licencia de conducir, una contratación de un seguro y básicamente aportar a la municipalidad”. 

Buscan sacar a más del 90% de los Uber de la calle por las medidas tan extremas que han tomado. Por eso vamos a reclamar por nuestro derecho adquirido”, dijeron en alusión al seguro para circular denominado Sura, el cual provee la misma plataforma digital, pero no es reconocido por la medida implementada por el municipio. 

Actualmente, son más de 2.000 los conductores de Uber que circulan en Posadas, varios de ellos contando con autos y carnet registrados en los municipios aledaños, lo cual también se convirtió en motivo de protesta.

A la movilización de este viernes también se sumaron las motos que prestan el mismo servicio, pero no fueron incluidas en la ordenanza. 

Frente al HCD realizaron un pedido especial a través de una nota dirigida a su presidente, Jair Dib, con el objetivo de que sus reclamos sean considerados dentro de la ordenanza aprobada, pero que aún aguarda su reglamentación por parte del Ejecutivo municipal.

A su vez, advirtieron que de no obtener una respuesta, realizarán otra marcha.

 


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Dueño de boliche propone un colectivo exclusivo para sus clientes en Eldorado

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Dueño de boliche propone un colectivo exclusivo para sus clientes en Eldorado

Ante la falta del servicio de transporte urbano nocturno en Eldorado, el dueño de un boliche contrató un colectivo para que traslade a sus clientes al local bailable sin costo alguno, aunque el municipio salió al cruce y advirtió que la iniciativa no está autorizada.

El empresario de la noche se trata de Miguel Ángel Ipolito, dueño de Moon Discoteca, quien comunicó su propuesta a través de sus redes: “Ya que Kenia dejó sin colectivos y en bolas a todos por las noches, a partir de este viernes (por hoy) contraté el servicio de Chapatur, con dos recorridos, desde kilómetro 1 y kilómetro 11”.

En la misma publicación, Ipolito explicó que el servicio propuesto trasladaría a los clientes hasta el local bailable, ubicado sobre la calle Esperanza, entre las avenidas San Martín y Malvinas.

En busca de una solución, ya que sin colectivos nocturnos los boliches y locales de entremetimiento son los más perjudicados, el empresario de la localidad decidió asumir el costo y que el servicio sea totalmente gratis. “A la gente le va a salir 0 pesos, nos vemos el finde gente”, celebró.

La novedosa iniciativa del propietario de Moon Discoteca fue festejada por sus seguidores, quienes ironizaron en su posteo con comentarios como: “Traigan una urna que lo voto”; “Tenés que ser intendente de Eldorado, sí o sí, yo te voto”; “Mi intendente”; entre otros.

Sin embargo, luego de que la noticia transcendiera, el municipio se hizo eco de la situación y notificó a la empresa de colectivos Chapatur que no podía brindar el servicio contratado por Ipolito porque “lo impide una ordenanza vigente”, según comunicó anoche el mismo empresario en sus redes.

Sin quedarse de brazos cruzados ante la advertencia de la comuna, el dueño de Moon Discoteca sostuvo que presentará “un escrito dirigido al intendente Rodrigo ‘Pepe’ Durán y otro al Concejo Deliberante solicitando un permiso de excepción especial, hasta tanto se resuelva el servicio urbano nocturno”.


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Presentan sistema para tratamiento de líquidos cloacales en Garupá

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Presentan innovadora técnica para tratamiento de líquidos cloacales en Garupá

Ayer por la mañana, la empresa JLM Consultores Asociados presentó ante la comunidad de Garupá la Técnica Industrial de Oxidación Avanzada con ozono para el tratamiento de aguas residuales, con la cual brindarán una solución al proyecto inmobiliario Condominio Costa Arena, una obra que es llevada adelante en el acceso sur de Posadas, en una zona que no es alcanzada por el sistema de desagües cloacales implementados por los dos municipios.

Esta compañía otorgó una alternativa a la desarrolladora Grupo Moya SRL, con una planta de tratamiento de aguas residuales que ocupa poco espacio dentro de la edificación reduciendo los costos, además de contar con una mayor seguridad a lo largo del tiempo y con un menor impacto ambiental que la forma tradicional de depuración, según explicó el ingeniero José Luis Montalvo, de JLM Consultores Asociados, a La Voz de Misiones.

“El emprendimiento Costa Arena no tenía la posibilidad de acceder a los servicios que hoy por hoy existen dentro de las concesiones que tienen Garupá y Posadas, por ende, estaban en problemas”, adentró Montalvo y explicó que “la Oxidación Avanzada, como nosotros la aplicamos, es una planta biológica con un tratamiento terciario de desinfección con ozono”.

Asimismo, el profesional especificó que la planta cuenta con un fusible que lo que hace es proteger el vuelco de las aguas y “salir en condiciones óptimas los 365 días del año”.

Sobre el procedimiento implementado, Montalvo contó: “Es un sistema de recirculación que hace que la generación de ozono se incorpore en la masa líquida a través de inyecciones. Se espera un tiempo prudencial para que la acción del gas sobre la parte degradante y desinfectante se cumpla. Y más o menos en cuatro horas, estamos en condiciones de desinfectar y degradar”.

En esa línea, el ingeniero destacó que la técnica industrial de Oxidación Avanzada “no genera barros” en los vuelcos, algo que normalmente “las plantas biológicas la tienen”. En tanto, sostuvo que “siempre tiene un accionar degradante muy superior que la parte biológica”.

Por último, Montalvo expresó que el objetivo de la empresa es “hacer un trabajo en el cual podamos replicarlo para distintas necesidades. Esta técnica de Oxidación Avanzada está apuntada a los líquidos cloacales, pero también podemos apuntar a otras cuestiones, como líquidos industriales. Hay muchas opciones que si no se conocen, no aparecen en el mercado, entonces promocionamos esta técnica con la que podemos obtener muchos beneficios”.

En cuanto a la presentación de ayer en la comuna de Garupá, en la cual participaron estudiantes universitarios, agentes del Municipio y autoridades del Ministerio de Ecología, entre otros, lo que se hizo fue “dar a conocer el estudio que se realizó del impacto socioambiental, donde trajimos un prototipo para que puedan constatar cuál es el funcionamiento de la técnica”, contó a LVM el ingeniero Leonardo Fernández.

Ingeniero José Luis Montalvo.

Ingeniero Leonardo Fernández.

La empresa utilizó un prototipo de la planta para contar a la comunidad de Garupá la innovadora técnica.


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