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Se modificó la reglamentación del uso de cannabis y permite autocultivo

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Una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos, fue publicada este jueves en el Boletín Oficial a través del Decreto 883/2020 del gobierno nacional.

La normativa busca asegurar “el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias”, incluso a través del “autocultivo o el cultivo solidario”.

La norma establece que las obras sociales, el Estado y las prepagas “garanticen” ese acceso. También, se le otorga al médico “un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes” y se contempla la provisión “en forma gratuita por parte del Estado” de derivados de la planta a quienes tengan “indicación médica”.

Fuentes oficiales indicaron que este decreto reglamentario, firmado por el presidente Alberto Fernández, deroga y reemplaza la reglamentación dispuesta en 2017.

La nueva reglamentación crea el “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales”, que estará a cargo del Ministerio de Salud.

“El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud”, señala la reglamentación oficial.

Por medio de la normativa se facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos y avanza en garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes.

Entre los objetivos figuran “la promoción dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados”.

También, apunta al “desarrollo de guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados”.

En el articulado “se autoriza, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica”.

También establece que el acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud.

El Estado brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación y también “brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos”.

El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) podrán cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado de regular “las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales”, establece la medida.

Los portavoces destacaron que “la nueva reglamentación surge de un proceso de diálogo entre el Ministerio de Salud con organizaciones no gubernamentales, sociedades científicas y organismos públicos involucrados”, según indicó Telam.

Además, tiene el aval del “Consejo Consultivo Honorario sobre la Investigación Médica y Científica del Uso de la Planta de Cannabis y sus derivados”, creado por la ley 27.350, integrado por organizaciones de madres y usuarios de aceite de cannabis para fines terapéuticos, organismos estatales con competencias en la materia como la ANMAT, el INTA, el Instituto Nacional de Semillas, el CONICET, la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos y la Comisión Nacional de evaluación de Tecnologías en Salud”.

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Cinco muertos por inhalación de monóxido de carbono en Villa Devoto

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Cinco integrantes de una familia, entre ellos una niña de 4 años, murieron este martes tras haber inhalado monóxido de carbono en una casa ubicada en la calle Sanabria del barrio porteño de Villa Devoto.

El trágico suceso se descubrió esta tarde, cuando un familiar de los fallecidos acudió a la vivienda y se topó con los cuerpos sin vida, para luego dar aviso al sistema de emergencias 911 de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Una vez en el lugar, los agentes dieron con los cadáveres de un hombre de 75 años y su mujer de 43; como así también el de otro hombre de 43 y su esposa de 42; y el de la pequeña de 4, hija de la pareja más joven.

En la vivienda también encontraron un bebé que alcanzó a ser rescatado con vida y consciente. El niño fue trasladado de urgencia al hospital Zubizarreta, aunque posiblemente más tarde sea derivado al hospital de Niños o al Pedro Elizalde, ambos de Caba.

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Gobierno autorizó a la Policía Federal a vigilar redes y requisar sin orden judicial

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En un acto esta tarde en la sede del Cuerpo de Policía Montada, en el barrio porteño de Palermo, el presidente Javier Milei y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, presentaron el Departamento Federal de Investigación (DFI) que, con un logo casi idéntico al famoso FBI estadounidense, absorberá el 80% de las tareas de la Policía Federal (PFA) y se enfocará en el crimen organizado.

Según explicó el mismo presidente, se trata de una “reconversión profunda que transformará para siempre” a la fuerza federal, “replicando el espíritu” del legendario fundador del FBI norteamericano, J. Edgard Hoover.

El punto más controversial del Decreto 383/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial de la República Argentina, es la autorización a la PFA para realizar ciberpatrullajes y requisas sin orden judicial.

El Decreto establece un cambio profundo en el rol operativo de la fuerza de seguridad, que pasará a concentrarse en la investigación de delitos federales y complejos como el crimen organizado, el narcotráfico y el ciberdelito.

Desde este martes, la PFA tiene la facultad de intervenir a partir de posteos de redes sociales y no necesitará la orden de un juez para hacerlo, e incluso puede utilizar la base de datos del Estado para ubicar a una persona.

“Hemos decidido reformar la PFA para reconvertirla en una fuerza dedicada a la investigación criminal y para eso creamos en DFI al interior de la PFA”, sostuvo Milei, en el acto de Palermo que compartió con Bullrich y otros funcionarios del gobierno, como Karina Milei, Guillermo Francos y los ministros Mariano Cuneo Libarona (Justicia), Mario Lugones (Salud), Luis Petri (Defensa), y el titular de Diputados, Martín Menem, entre otros.

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Fiscales rechazaron prisión domiciliaria para CFK y ahora decide el Tribunal

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Los fiscales federales Diego Luciani y Sergio Mola dictaminaron en contra del pedido de prisión domiciliaria efectuado por la defensa de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, aunque la resolución final continúa en manos del Tribunal Oral Federal Dos, cuyas autoridades podrían resolver la cuestión este mismo martes, un día antes del vencimiento del plazo otorgado a CFK para iniciar el cumplimiento de su condena a 6 años de cárcel.

En un dictamen de diez páginas, los fiscales alegaron que “no se advierten las razones humanitarias que justifican conceder una medida excepcional como lo es la detención domiciliaria” y agregaron que “no se encuentran configuradas ni esgrimidas razones de salud o personales que, vinculadas a la edad, permitan inferir que el encierro carcelario pueda afectar el derecho a un trato digno o humanitario reconocido a las personas privadas de su libertad”.

Además, consideraron que CFK no argumentó ningún motivo de salud como para no estar en prisión e indicaron que la cuestión de edad -72 años- no es una obligación, sino una posibilidad prevista en la ley.

Sobre este tema citaron como ejemplo el caso de Ricardo Jaime, ex secretario de Transporte de la Nación, quien cumple condena en prisión por la tragedia de Once y al cumplir 70 años pidió la prisión domiciliaria pero le fue rechazada.

A pesar de la opinión fiscal, la decisión final le corresponde a los magistrados TOF 2 y las fuentes que siguen de cerca el caso estiman que la cuestión podría resolver hoy, un día antes del plazo otorgado para que se presente a Comodoro Py, lo cual podría darse en medio de una gran marcha organizada por militantes peronistas y seguidores partidarios.

La ex presidenta ya avisó que acatará la orden judicial, aunque solicitó cumplir su pena con arresto domiciliario en su departamento en cale San José 1.111 del barrio porteño de Montserrat, donde todos los días es acompañada por un numeroso grupo de personas que se aglomera bajo su balcón desde el día de la confirmación de su condena por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Tanto Luciani como Mola fueron severamente señalados por CFK durante el transcurso de la causa Vialidad por sus vínculos con el ex presidente Mauricio Macri, relevando encuentros, visitas y hasta actividades recreacionales juntos en la quinta Los Abrojos.

Convocan en Posadas a participar de marcha federal por CFK

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