Nacionales
Se modificó la reglamentación del uso de cannabis y permite autocultivo



Una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos, fue publicada este jueves en el Boletín Oficial a través del Decreto 883/2020 del gobierno nacional.
La normativa busca asegurar “el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias”, incluso a través del “autocultivo o el cultivo solidario”.
La norma establece que las obras sociales, el Estado y las prepagas “garanticen” ese acceso. También, se le otorga al médico “un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes” y se contempla la provisión “en forma gratuita por parte del Estado” de derivados de la planta a quienes tengan “indicación médica”.
Fuentes oficiales indicaron que este decreto reglamentario, firmado por el presidente Alberto Fernández, deroga y reemplaza la reglamentación dispuesta en 2017.
La nueva reglamentación crea el “Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales”, que estará a cargo del Ministerio de Salud.
“El acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud”, señala la reglamentación oficial.
Por medio de la normativa se facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos y avanza en garantizar el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias, otorgándole al médico un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes.
Entre los objetivos figuran “la promoción dirigida a equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil y la implementación de acciones de concientización sobre el uso del cannabis y sus derivados”.
También, apunta al “desarrollo de guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad; la provisión en forma gratuita por parte del Estado de derivados de la planta para pacientes que cuenten con indicación médica y con cobertura pública exclusiva, y el impulso de investigaciones relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados”.
En el articulado “se autoriza, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) el acceso al aceite de cannabis a través del autocultivo, el cultivo solidario o bien a través de la utilización de especialidades medicinales, en los casos en que exista indicación médica”.
También establece que el acceso al cannabis y sus derivados deberá ser garantizado por las obras sociales y empresas de medicina prepaga o por el Estado para quienes no posean cobertura de salud.
El Estado brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación y también “brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos”.
El Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) podrán cultivar cannabis y el Instituto Nacional de Semillas (INASE) será el encargado de regular “las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales”, establece la medida.
Los portavoces destacaron que “la nueva reglamentación surge de un proceso de diálogo entre el Ministerio de Salud con organizaciones no gubernamentales, sociedades científicas y organismos públicos involucrados”, según indicó Telam.
Además, tiene el aval del “Consejo Consultivo Honorario sobre la Investigación Médica y Científica del Uso de la Planta de Cannabis y sus derivados”, creado por la ley 27.350, integrado por organizaciones de madres y usuarios de aceite de cannabis para fines terapéuticos, organismos estatales con competencias en la materia como la ANMAT, el INTA, el Instituto Nacional de Semillas, el CONICET, la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos y la Comisión Nacional de evaluación de Tecnologías en Salud”.
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La pobreza alcanzó al 39,2% de argentinos en el segundo semestre del 2022

Esta tarde, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) reveló que, en el segundo semestre del 2022, la pobreza alcanzó al 39,2% de las personas y al 29,6% de los hogares de la Argentina.
Sobre la situación de la indigencia durante el segundo semestre del año pasado, el organismo nacional refirió que alcanzó al 8,1% de la población. Mientras que el porcentaje de hogares por debajo de la línea de pobreza fue del 6,2%.
En esos seis meses, la pobreza fue de “54,2% entre menores de 15 años; de 45% en personas de 15 a 29; de 35% en las de 30 a 64; y de 14,5% en mayores de 65”, detalló el Indec.
Además, el informe sostiene que la región con mayor incidencia de pobreza fue el Noreste, registrando un 43, 6%. En tanto, el área que de menor incidencia fue la Patagonia, con un 34, 7%.
Otro dato que dio este jueves el Indec fue que entre los segundos semestres del 2021 y el 2022, las canastas básicas marcaron un aumento del 91,7% la alimentaria y 85,9% la total en el Gran Buenos Aires, por lo que “superaron al de la suma del ingreso total familiar -77,2%-“.
#DatoINDEC
Entre los 2° semestres de 2021 y 2022, los aumentos de las canastas básicas (91,7% la alimentaria y 85,9% la total en el Gran Buenos Aires) superaron al de la suma del ingreso total familiar (77,2%) https://t.co/ylIs2IPUGh pic.twitter.com/c8x6Fs8WRP— INDEC Argentina (@INDECArgentina) March 30, 2023
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Massa lanzará un dólar agro para las economías regionales en abril

El ministro de Economía, Sergio Massa, adelantó desde EEUU que el próximo lunes el Gobierno presentará un plan de estabilización cambiaria que comenzará con la puesta en marcha del dólar agro en abril.
Este plan busca incorporar a las economías regionales y simplificar los tipos de cambio para productos del sector agroexportador, tanto para exportar como para importar.
Esta acción es parte de un paquete que la Argentina negocia con el FMI en el marco de la sequía que afecta al país.
“Son medidas para promover exportaciones y consolidar al sector agro en la posibilidad de cumplir sus contratos y al banco central argentino de fortalecerse en materia de reservas”, puntualizó Massa desde Washington.
En principio, la medida dólar agro es una ampliación del esquema conocido como dólar soja, en consonancia con lo que solicitaron los exportadores. El programa comenzará a aplicarse a otros productos: además de la soja, se sumarán el vino, la manzana, el arroz y el maní, entre otros.
Por lo que adelantó Massa, el plan contempla la puesta en marcha de un dólar diferenciado para los sojeros (lo que sería el dólar soja 3), que se implementará por un plazo de 30 días (abril), mientras que, para las economías regionales, el plazo de aplicación previsto es de 90 días (durante mayo, junio y julio), con posibilidades de extenderlo durante otros tres meses.
Se prevé que durante este fin de semana ,previo al anuncio de la medida, el Gobierno sostenga diálogos con varios sectores de agroexportación en economías regionales de la Argentina que podrían incluirse en el plan.
Al final, lo que el Gobierno pretende es lanzar un proceso de ordenamiento del esquema cambiario que pueda revisarse en junio.
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Salario mínimo, vital y móvil: nuevos montos de abril, mayo y junio

El Gobierno Nacional publicó los nuevos montos y fechas de pago este martes en el Boletín Oficial.
De acuerdo a la Resolución 5/2023 publicada esta madrugada, el Ministerio de Trabajo fijó los incrementos que serán del 15,6% desde abril, 6% a partir de mayo y 5% en junio.
A partir del 1° de abril de 2023, todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo pasarán a cobrar $80.342 y, en el caso de los trabajadores jornalizados, pasarán a percibir $401,71 por hora.
En el caso del mes de mayo de 2023, el salario mínimo, vital y móvil llegará a $84.512 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo; y $422,56 por hora, para los trabajadores jornalizados.
Desde el 1° de junio de 2023, el aumento para aquellos que cumplen jornada completa mensual será de $87.987; y de $439,94 por hora para los trabajadores jornalizados.
Prestación por desempleo
En el artículo 2 de la resolución publicada este martes también se establecio el incremento de los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.
A partir del 1° de abril de 2023 el aumento quedará en $22.316,76 y $37.194,60, respectivamente.
En mayo de 2023, el mínimo y máximo oscilará entre $23.475,07 y $ 39.125,12 respectivamente.
Desde junio de 2023 será de $24.440,33 y $40.733,88. respectivamente.
Descontento con los montos oficializados
La Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma, con su voto negativo, rechazó la propuesta que se oficializó este martes. De acuerdo a lo señalado por Hugo Godoy, secretario general, “cualquier aumento que se establezca tiene que estar muy por encima del aumento del 116% que ya ha tenido la canasta de alimentos en nuestro país el último año”
“El Salario Mínimo, Vital y Móvil debería estar en los 180 mil pesos” , agregó Godoy, expresando que es importante construir condiciones para que los aumentos impacten fuertemente en el ingreso de los trabajadores.
En ese sentido, la CTA Autónoma resolvió que en los próximos días se convocará a la Conducción Nacional para “resolver una medida de fuerza para mediados de abril”.
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