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Por las promociones aéreas, los micros de larga distancia reducen frecuencias

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Mientras aguardan que el Gobierno avance en un marco regulatorio para el sector, que les permita ganar competitividad y reducir precios, las empresas de micros de larga distancia comenzaron a reducir frecuencias, sobre todo en los tramos más largos, afectados por las promociones de líneas aéreas.

Diferentes empresas admitieron haber reducido frecuencias en viajes largos entre grandes ciudades, como de Buenos Aires a Mendoza, Córdoba o Bariloche, ya que salir con la mayoría de los asientos vacíos no es rentable. “Lo que hacemos es, en caso de poca diferencia horaria entre servicios de una y otra empresa y baja ocupación de asientos, sumar pasajeros a un sólo servicio para minimizar costos. El Ministerio de Transporte puede autorizarlo, pero lo hace de palabra, con lo cual estamos en una situación muy precaria, necesitamos que se legalice”, explicaron fuentes del sector. “Si un micro sale muy vacío todos pagan un boleto más caro; si se saliera con un 80% de ocupación, la tarifa sería más barata. Pero el promedio es menor al 50%”, agregaron.

La mayoría de las empresas realizan viajes largos, de 500 km. a 1000 km. Las más afectadas son las que cubren rutas de más de 1000 km., por la competencia del transporte aéreo. En los últimos meses, las aéreas que hacen vuelos domésticos (Aerolíneas Argentinas, Latam y Andes) lanzaron fuertes promociones, antes de que nuevas firmas lleguen al mercado.

Así, al reservar con tiempo, se puede volar desde Buenos Aires a Mendoza (ida y vuelta) por $ 2096, mientras que en micro cuesta $ 1700 en precio promocional, $ 2350 en semicama (valor habitual), $ 3060 en cama y $ 3700 en cama suite, ida y vuelta, en viajes de 14 a 16.30 horas por tramo. A Bariloche, las aéreas ofrecen promociones a $ 2809, mientras que en ómnibus (de 20 a 24 horas) cuesta $ 2004 en promoción, $ 3340 en semicama y $ 3800 en cama, ida y vuelta. Es decir, viajar en avión cuesta apenas un poco más o incluso menos que hacerlo en micro, y en un viaje de corta duración.

Como anticipó El Cronista el lunes, se estima que el transporte de larga distancia caería un 20% por el arribo de nuevas aéreas: perderían más de 8 millones de pasajeros, de los 37,9 millones que trasladan al año.

En este contexto, las empresas reclaman, al menos desde 2013, un marco regulatorio que les permita adaptarse a la demanda. “Unimos más de 1500 puntos del país, muchos pueblos dependen de los micros, tanto en traslado de pasajeros como de encomiendas. Necesitamos que el Gobierno tenga más celeridad en tratar un marco regulatorio para ser más competitivos y bajar precios, una celeridad que sí tuvo para llamar a una audiencia para nuevas rutas a empresas aéreas, en tiempo récord”, destacó en tanto Gustavo Gaona, vocero de la Cámara Empresaria de Larga Distancia (Celadi).

El transporte de larga distancia es considerado servicio público, de ahí la rigidez para hacer cambios en frecuencias y servicios. Las empresas buscan que el marco regulatorio contemple, por ejemplo, hacer acuerdos de código compartido, como las aéreas, para trasladar pasajeros de una empresa a otra en caso de baja ocupación (algo que hoy hacen bajo autorización, pero en forma precaria); cambios en sus bandas tarifarias, para bajar más los precios en servicios de escasa demanda y subirlos en los de alta; y contar con licencias legales, ya que desde 2013, cuando vencieron, están con permisos precarios. También reclaman una jornada laboral específica: hoy es de 8 horas y cada micro debe partir con dos conductores, pero cuentan las horas que viajan como acompañante como si condujeran, con lo cual cuando toman el volante estarían infringiendo la ley.

El arribo de más aéreas se da en un contexto donde los pasajeros de micro caen año a año: entre 2011 y 2015 se redujeron un 28%, de 50,5 millones a 37,9 millones de personas; y las distancias recorridas bajaron un 15,3%, según la Celadi, en base a la CNRT. En este contexto difícil, quedaron desde enero además como único medio de transporte público sin subsidio.

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El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis

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Andis

El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.

De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.

Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.

El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.

La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.

La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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