Nacionales
Ordenan al juez Casanello investigar a Cristina en el caso Báez



“Es de la lógica más elemental sospechar acerca de la íntima relación existente entre la cuantiosa adjudicación de obra pública a Báez (y su grupo económico) y las referidas relaciones del nombrado con los expresidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández”, afirmaron en su resolución Martín Irurzun y Eduardo Farah, cuyo apartado más crítico fue titulado “Lo que viene dejándose de lado”. De esta forma, confirmaron los procesamientos de Báez y del contador Daniel Pérez Gadín -que seguirán presos en Ezeiza-, Martín Báez, César Fernández, Fabián Rossi, Walter Zanzot y Sebastián Pérez Gadín por haber intentado blanquear a fines de 2012 alrededor de u$s5.100.000 a través de SGI. Los jueces validaron el uso como prueba de los videos, cuyo origen sigue siendo desconocido. La decisión impacta en el primer procesamiento: Casanello procesó a Báez junto a Jorge Chueco por la repatriación de u$s33 millones a través de Helvetic Services Group, también bajo instrucción de la Cámara, que le ordenó profundizar esa hipótesis. “De momento resulta válido considerar como ilícito precedente al fraude impositivo proveniente de la utilización de facturas apócrifas” de distintas empresas, aclarando que “la consideración del origen del dinero ilícito restringida a la evasión fiscal que formula el juez es sólo una de las hipótesis posibles de las que ya se encuentran incorporadas”, concedieron. Embargos, inhibiciones y bienes incautados fueron avalados por el tribunal.
Pero en esta resolución, los dardos de los camaristas nuevamente apuntaron a Casanello: “Los acontecimientos fueron sujetos por el juez, hasta aquí, a un examen limitado que aborda aspectos parciales -y menores- de aquellos”. Por lo que recordaron que ya habían advertido al magistrado sobre ampliar su pesquisa dado que “no podía parcializarse la investigación de las maniobras y que, en esa línea, había hechos inseparables de las hipótesis por las que se promovió la instrucción”. Por esta vía fue que comenzaron a cuestionar la ausencia de imputaciones sobre quienes le otorgaron obras públicas, a partir de las cuales se habrían obtenido los fondos para cometer ilícitos. “Paralelamente existieron, en forma continuada y repetida, vínculos -al menos- comerciales que unían a firmas privadas de Lázaro Báez con otras ligadas a la por entonces presidenta de la Nación, Cristina Fernández o a familiares de la nombrada”, sostuvieron. “Al respecto, la posibilidad de un acuerdo de voluntades, con permanencia en el tiempo y división de roles, fue hace tiempo introducida en la causa como hipótesis, sin que se la haya profundizado debidamente”, explicitaron, bajo el supuesto objetivo de “hacerse espuriamente de fondos públicos”. Pusieron la lupa sobre “posible decisión directa o influencia ejercida” para que esas licitaciones fueran derivadas a Báez. Por eso señalaron a las autoridades del Ministerio de Planificación y de Obras Públicas. El 21 de marzo, Casanello había asegurado que Cristina no estaba involucrada en la pesquisa.
Lo novedoso del fallo fueron las pautas para “coordinar” la investigación con la que tramita Julián Ercolini precisamente por una presunta asociación ilícita, o por la causa Hotesur. En el rol de “ordenadora”, la Cámara propuso avanzar rápido y constituir reuniones periódicas entre los jueces para compartir pruebas en los expedientes y así, evitar dilaciones. No embarcarse en peritajes ni en acciones que terminen en “fracaso”. La inédita recomendación también sugirió “delegar” en la fiscalía algunos tramos y elevar a juicio las partes que ya cuenten con pruebas, separándolas si hace falta del expediente principal. La Sala II plasmó así un atajo a las condenas Cristina de Kirchner eligió Twitter para responder a través de una catarata de publicaciones: “Podrán meterme presa, pero no van a tapar un plan que distribuye pobreza”, escribió, entre otras referencias tanto a Panamá Papers (sin mencionar a Mauricio Macri pero aludiendo a él y a su entorno) y a la sucesión de allanamientos que ocurrieron ayer en Santa Cruz, en el marco de la causa Los Sauces. “Hacía décadas” que no veía “un abuso de poder y persecución política semejante”, denunció.
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Anulan DNU que fijaba tarifas de servicios de telecomunicaciones

En 2020 el gobierno nacional decretó el carácter de Servicio Público a las telecomunicaciones y reguló las tarifas utilizando como argumento la pandemia Covid-19. Ahora, la Justicia anuló la disposición.
Un fallo de fuero Contencioso Administrativo de la Justicia Federal declaró hoy la nulidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que el 22 de agosto de 2020 declaró como servicios públicos esenciales a los servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones.
Así, el presidente Alberto Fernández consiguió, bajo el argumento de la cuarentena por la pandemia Covid-19, controlar con el decreto 690/2020 las tarifas de telefonía e internet.
Al año siguiente, el 7 de abril de 2021, la empresa Telecom Argentina S.A. presentó una demanda contra el Poder Ejecutivo Nacional y contra el Ente Nacional de Comunicaciones (ENCOM), solicitando la nulidad del decreto 690, y reservándose además el derecho a reclamar daños y perjuicios consecuencia del DNU que congeló los precios.
Entre otros aspectos, la jueza Cecilia De Negre consideró en su resolución anulatoria del decreto, que “fue la situación de emergencia sanitaria, en el marco de la pandemia del COVID-19, la que justificó otorgar medidas de protección y acceso a los servicios Tic y asegurar el derecho a la educación”.
La magistrada sostuvo que “no se estableció que su duración sería hasta la finalización de la pandemia, sino que las medidas se establecieron con carácter permanente. Ello afecta el principio de razonabilidad al establecer una discordancia entre el fin de la norma y los medios empleados”.
Entonces, De Negre explicó que el Poder Ejecutivo está habilitado constitucionalmente a dictar un DNU en determinadas circunstancias, pero que la calificación de servicio público de manera permanente exige “una ley formal en el Congreso”.
El fallo judicial es de primera instancia y el Poder Ejecutivo puede apelar ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
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Javier Milei y el aguinaldo de diciembre: “Recortarán lo que tengan que recortar”

El presidente electo Javier Milei ratificó el plan de ajuste que implementará a partir del 10 de diciembre y puso en duda el pago del medio aguinaldo para los empleados de la administración pública nacional.
Entrevistado por el periodista Rodolfo Barilli, de Telefé Noticias, Milei ratificó que se viene un “fuerte ajuste fiscal para llevar la situación a un equilibrio” y anticipó: “Los próximos seis meses serán muy duros”.
“Hay que cortar con la emisión monetaria”, le contestó el presidente electo al periodista, que repreguntó, entonces, sobre cómo administraría el gobierno de La Libertad Avanza un eventual escenario en el que “Argentina recaude 100 y gaste 120”.
“No va a gastar 120”, lo interrumpió Milei y retrucó: “No va a gastar más que 100”.
“¿Está garantizado por ejemplo la actividad de la administración pública, el aguinaldo, de diciembre?”, lo interrogó Barilli.
El gobierno “gastará 100”, insistió Milei y disparó: “Recortarán lo que tengan que recortar”.
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Comenzó la veda para el balotaje y está disponible el padrón

Este viernes por la mañana comenzó la veda electoral en todo el país de cara al balotaje del domingo 19 de noviembre, que enfrentará a Sergio Massa y a Javier Milei por la presidencia de la Nación.
De esta forma, a 48 horas de la apertura de los centros de votación, quedaron prohibidas las campañas y publicidades políticas de los candidatos presidenciales de todas las fuerzas políticas.
El silencio o veda electoral es una jornada de reflexión que tiene por objetivo de reforzar la importancia del proceso electoral a través de ciertas prohibiciones como la venta de alcohol o la realización de actos proselitistas.
Las sanciones por incumplimiento varían según cada caso: la venta de bebidas alcohólicas establece una pena de cárcel de entre 15 días y seis meses; la organización de espectáculos masivos prevé un plazo de entre 15 días a 6 meses y la coacción electoral va de 2 meses a 2 años de cárcel.
La veda electoral comenzó este viernes a las 8 y concluirá este domingo a las 21, tres horas después de la finalización de los comicios. En este contexto, los argentinos se verán limitados en distintas acciones: actos públicos de campaña y proselitismo electoral, espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados, portación de armas y de banderas, insignias o distintivos partidarios.
Por otra parte, la venta de bebidas alcohólicas estará permitida hasta las 20 horas del sábado.
Asimismo, está prohibido ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras, así como la publicación y difusión de encuestas o sondeos.
Padrón disponible
La Cámara Nacional Electoral (CNE) permite consultar el padrón electoral definitivo para conocer dónde debe votar cada argentino habilitado.
A través del sitio web de la CNE, los votantes podrán conocer con exactitud el colegio o centro de sufragio al que le corresponderá acercarse para participar en la segunda vuelta, además del distrito, el circuito y la sección electoral, el establecimiento y su dirección, número de mesa y orden.
Así, a días del balotaje, se podrá conocer si se está inscripto correctamente en el registro de electores habilitados, hacer reclamos e imprimir la constancia.
Si bien el establecimiento de votación suele ser el mismo que en las elecciones Paso y en las generales, también puede haber cambios, por lo cual se recomienda volver a chequear el padrón actualizado para las elecciones del 19 de noviembre.
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