Nacionales
Ordenan al juez Casanello investigar a Cristina en el caso Báez
“Es de la lógica más elemental sospechar acerca de la íntima relación existente entre la cuantiosa adjudicación de obra pública a Báez (y su grupo económico) y las referidas relaciones del nombrado con los expresidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández”, afirmaron en su resolución Martín Irurzun y Eduardo Farah, cuyo apartado más crítico fue titulado “Lo que viene dejándose de lado”. De esta forma, confirmaron los procesamientos de Báez y del contador Daniel Pérez Gadín -que seguirán presos en Ezeiza-, Martín Báez, César Fernández, Fabián Rossi, Walter Zanzot y Sebastián Pérez Gadín por haber intentado blanquear a fines de 2012 alrededor de u$s5.100.000 a través de SGI. Los jueces validaron el uso como prueba de los videos, cuyo origen sigue siendo desconocido. La decisión impacta en el primer procesamiento: Casanello procesó a Báez junto a Jorge Chueco por la repatriación de u$s33 millones a través de Helvetic Services Group, también bajo instrucción de la Cámara, que le ordenó profundizar esa hipótesis. “De momento resulta válido considerar como ilícito precedente al fraude impositivo proveniente de la utilización de facturas apócrifas” de distintas empresas, aclarando que “la consideración del origen del dinero ilícito restringida a la evasión fiscal que formula el juez es sólo una de las hipótesis posibles de las que ya se encuentran incorporadas”, concedieron. Embargos, inhibiciones y bienes incautados fueron avalados por el tribunal.
Pero en esta resolución, los dardos de los camaristas nuevamente apuntaron a Casanello: “Los acontecimientos fueron sujetos por el juez, hasta aquí, a un examen limitado que aborda aspectos parciales -y menores- de aquellos”. Por lo que recordaron que ya habían advertido al magistrado sobre ampliar su pesquisa dado que “no podía parcializarse la investigación de las maniobras y que, en esa línea, había hechos inseparables de las hipótesis por las que se promovió la instrucción”. Por esta vía fue que comenzaron a cuestionar la ausencia de imputaciones sobre quienes le otorgaron obras públicas, a partir de las cuales se habrían obtenido los fondos para cometer ilícitos. “Paralelamente existieron, en forma continuada y repetida, vínculos -al menos- comerciales que unían a firmas privadas de Lázaro Báez con otras ligadas a la por entonces presidenta de la Nación, Cristina Fernández o a familiares de la nombrada”, sostuvieron. “Al respecto, la posibilidad de un acuerdo de voluntades, con permanencia en el tiempo y división de roles, fue hace tiempo introducida en la causa como hipótesis, sin que se la haya profundizado debidamente”, explicitaron, bajo el supuesto objetivo de “hacerse espuriamente de fondos públicos”. Pusieron la lupa sobre “posible decisión directa o influencia ejercida” para que esas licitaciones fueran derivadas a Báez. Por eso señalaron a las autoridades del Ministerio de Planificación y de Obras Públicas. El 21 de marzo, Casanello había asegurado que Cristina no estaba involucrada en la pesquisa.
Lo novedoso del fallo fueron las pautas para “coordinar” la investigación con la que tramita Julián Ercolini precisamente por una presunta asociación ilícita, o por la causa Hotesur. En el rol de “ordenadora”, la Cámara propuso avanzar rápido y constituir reuniones periódicas entre los jueces para compartir pruebas en los expedientes y así, evitar dilaciones. No embarcarse en peritajes ni en acciones que terminen en “fracaso”. La inédita recomendación también sugirió “delegar” en la fiscalía algunos tramos y elevar a juicio las partes que ya cuenten con pruebas, separándolas si hace falta del expediente principal. La Sala II plasmó así un atajo a las condenas Cristina de Kirchner eligió Twitter para responder a través de una catarata de publicaciones: “Podrán meterme presa, pero no van a tapar un plan que distribuye pobreza”, escribió, entre otras referencias tanto a Panamá Papers (sin mencionar a Mauricio Macri pero aludiendo a él y a su entorno) y a la sucesión de allanamientos que ocurrieron ayer en Santa Cruz, en el marco de la causa Los Sauces. “Hacía décadas” que no veía “un abuso de poder y persecución política semejante”, denunció.
Nacionales
Experta: “La explotación sexual infantil genera USD 150 mil millones anuales”
Entrevistada por La Voz de la Ciudad, la titular de la ONG Red de Infancia, Paula Wachter, aseguró que la comercialización y distribución de material fotográfico y audiovisual de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes “es la segunda industria de crimen organizado de mayor crecimiento en los últimos años y genera USD 150.000.000 anuales”.
En ese sentido, afirmó que “Es moneda corriente en el mundo y Argentina no es una excepción. Detrás de las imágenes hay un negocio ilegal con el mayor crecimiento en el mundo”.
Sobre esto, profundizó: “La realidad es que hoy es mucho más redituable el tema de las imágenes, de menor peligrosidad y no necesariamente se tiene que generar un encuentro físico. Lo que hay que entender es que, haya o no encuentro físico, el daño al niño se hace igual”, sostuvo al mencionar las estrategias de obtención de estos materiales a través de las redes sociales y diferentes plataformas de distribución y captación como YouTube.
En cuanto al tráfico, existen 8,8 millones de búsquedas a través de la “web abierta”, afirmó Wachter, diferenciando a la dark web, donde se calcula que circularía la mayor cantidad de contenidos similares, de los cuales “aumentó 360% las imágenes autogeneradas de niños de entre 7 y 10 años”.
Las declaraciones las dio en el marco de la causa que involucra al diputado por Activar, Germán Kiczka, y a su hermano Sebastián, a quienes la Justicia allanó en febrero pasado y secuestró distintos dispositivos que contenían más de 603 imágenes de material de abuso sexual infantil.
Para finalizar, resaltó que casos como el de Loan y Kiczka “Nos corren un velo, al ciudadano promedio, de una realidad atroz que se está cobrando la vida de niños, niñas y adolescentes hipotecando sus presentes y futuros”.
Por ese motivo, subrayó la necesidad de hablar sobre la problemática y lamentó la “falta de herramientas y la inexistencia de una campaña pública permanente -en lenguaje claro- que le diga a los chicos cómo protegerse, cómo actuar y otros dirigidos a los padres para que sepan dialogar durante la crianza”, sostuvo aludiendo a una época en la que los niños y adolescentes se relacionan gran parte del tiempo en línea.
Finalmente, para reportar un caso, aconsejó no eliminar los materiales, no discutir con el agresor ni reportar en la plataforma, sino ingresar a la página del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, que funciona con link anónimo, y mediante la Red 24/7, de fiscales, intervienen en la jurisdicción del país que corresponda.
Nacionales
Milei vetará la fórmula de movilidad jubilatoria sancionada por el Senado
A través de un comunicado oficial, el presidente Javier Milei afirmó que vetará la sanción del proyecto de ley que busca aumentar jubilaciones en un 8,1%. “El Congreso Nacional en un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional”, argumentó.
La iniciativa aprobada por el Senado establece una actualización mensual en base al último dato disponible del Índice de Precios al Consumidor (IPC), como el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) vigente que activó el Ejecutivo. A su vez, incorpora una compensación extra de 8,1%, dado que el Gobierno otorgó un 12,5% que no cubre el 20,6% de inflación de enero.
En el comunicado difundido por la Oficina del Presidente se argumenta que “el Congreso Nacional en un acto de populismo demagógico, sancionó un proyecto de ley irresponsable, ilegal e inconstitucional que establece gastos exorbitantes sin su correspondiente partida presupuestaria, lo que implica necesariamente que el Gobierno vuelva a caer en las viejas prácticas de la emisión monetaria, el aumento de impuestos o el endeudamiento, que son las mismas recetas que nos han llevado al fracaso durante los últimos 100 años”.
En ese sentido, se remarcó que “esta ley implica un gasto adicional del 1,2% del PBI, o lo que es lo mismo, 25% del PBI en términos dinámicos, obligando al Estado a contraer deuda que deberán pagar en el futuro los jóvenes argentinos que, gracias a medidas como ésta, hoy son mayoritariamente pobres”.
“Mientras acusan a este Gobierno de licuar a los jubilados, desde enero las jubilaciones han aumentado un 5% en términos reales mientras bajamos el gasto y destruimos la inflación”, indicó.
— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) August 23, 2024
Asimismo, desde el gobierno calificaron al proyecto como “una estafa moral, un acto de demagogia populista y una irresponsabilidad fiscal. Por lo tanto será vetado por este Gobierno, el cual no tiene miedo de pagar los costos que hagan falta para sacar a este país de la decadencia en la que nos han sumergido”.
Y precisó: “Es tiempo de que la dirigencia política elija de qué lado quiere estar: del lado de los que queremos una Argentina distinta luego de décadas de fracaso, o del lado de los extorsionadores que utilizan la política para su propio beneficio personal”.
Horas antes, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anticipaba la idea de vetar la norma al escribir en sus redes sociales: “El equilibrio fiscal es absolutamente innegociable. Fin”.
Previamente, en su habitual conferencia de prensa, el funcionario dijo que “todo lo que vaya en contra del equilibrio fiscal y de las cuentas públicas, que es nuestra columna vertebral, se va a vetar”.
Detalles de la legislación
Si bien la recomposición extra del 8,1% es aceptada, presentan resistencia los artículos 2, 4 y 10 de la ley, los mismos que habían sido rechazados por el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y el titular de la ANSES, Mariano De los Heros, durante el plenario de comisiones.
Esos artículos fueron negociados, sin éxito, por el vicejefe de Gabinete, José Rolandi, ya que en el oficialismo consideran que “tienen un impacto fiscal importante en términos del Presupuesto nacional”.
El artículo 2 establece que, en marzo de cada año, se aplicará a las jubilaciones un aumento del 50% de la variación de la de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
En el artículo 4, en tanto, fija que quienes perciben un solo beneficio (jubilación o pensión) “tendrán la garantía de un haber mínimo equivalente al costo de la canasta básica total del adulto (CBT) incrementado en un 9%”.
Finalmente, el artículo 10 establece que la ANSES “tendrá la obligación de cancelar las deudas con las cajas previsionales provinciales” y de pagar las sentencias firmes a favor de jubilados con asignaciones específicas de los recursos tributarios de ese organismo.
Nacionales
Pedirán maestría o diplomatura en cannabis medicinal para inscribirse a Reprocann
El Ministerio de Salud informó que a partir de hoy los médicos que recetan cannabis medicinal tendrán como “requisito excluyente” contar con “una diplomatura o maestría sobre el uso medicinal” de la planta para acceder al Registro del Programa Nacional de Cannabis Medicinal (Reprocann).
Así lo establece la Resolución 3132/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, la cual introdujo cambios en el marco normativo vigente a fin de “asegurar el acceso seguro y regulado a los tratamientos con cannabis para aquellos pacientes que lo necesiten bajo prescripción médica”.
De esta manera, la norma puso en vigencia nuevos requisitos de inscripción, detalla los rangos permitidos de plantas cultivadas por persona y solicita tener la indicación médica para el uso y sus derivados, elaborada por un profesional autorizado y haber suscrito al Consentimiento Informado Bilateral.
Las asociaciones civiles y/o fundaciones sin fines de lucro deberán acreditar “su efectiva vinculación, con un carnet o constancia emitida a los efectos de acreditar representación por la institución respecto de las personas registradas en Reprocann para las cuales cumplirá el rol de cultivador”.
El certificado en cuestión tendrá una vigencia de 3 años desde la fecha de emisión. Sin embargo, el texto aclara que “sin perjuicio de ello, las Asociaciones Civiles y/ o Fundaciones que se encuentren inscriptas en el Reprocann, deberán presentar anualmente un certificado de vigencia y/o documento equivalente, emitido por el organismo de inscripción y fiscalización jurisdiccional que corresponda; como así también, a requerimiento de la Autoridad de Aplicación, la documentación, informes y/o constancias que acrediten la consecución de los fines previstos en su objeto social y/o el cumplimiento de los requisitos y/o disposiciones que surgen de la Ley 27.350, su decreto reglamentario, resoluciones y normas complementarias, así como el cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente”.
Ante la falta de cumplimiento de los requisitos o por pedido de la autoridad judicial, advirtieron que el Ministerio de Salud podrá revocar o dejar sin efecto las autorizaciones o inscripciones otorgadas.
En cuanto a los rangos permitidos de cultivo, cada tercero inscripto podrá representar bajo el rol de cultivador, como máximo dos personas, ella incluida. Podrá tener entre una y nueve plantas florecidas por paciente. En tanto, la cantidad de metros cuadrados cultivados deberá ser de hasta seis m2 para cultivo interior, y hasta quince m2 para el cultivo exterior.
Finalmente, la condición de cultivo interior y exterior, será transportar entre uno y seis frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores secas.
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