Nacionales
No cobrarían el 30% a los que viajen a países fronterizos por pocos días
El cambio fue realizado a instancias de un pedido del diputado José Luis Ramón, que preside el interbloque Unidad Federal para el Desarrollo.
Por sugerencia del diputado nacional José Luis Ramón, el Frente de Todos aceptó un cambio en el nuevo impuesto de 30% al acceso al dólar que está incluido en la ley de Emergencia Económica que este jueves obtuvo media sanción en la Cámara Baja: los viajes fronterizos cortos quedarán exentos del pago del tributo, en caso de que la cancelación de la operación sea en pesos.
Según se argumentó, con esta excepción se buscó evitar que las familias que conviven y trabajan en la misma región no tengan un recargo en sus traslados habituales que comienzan en un país y terminan en otro, y no requiera de pagos en dólares o con tarjeta de crédito.
A modo de ejemplo, Ramón explicó: “Muchas veces se paga un pasaje sólo para cruzar un puente”. “Quiero proponer una modificación en este artículo para mantener fuera del impuesto al transporte internacional que se abone en moneda nacional”, planteó el legislador ante el recinto.
“Es una realidad de los lugares fronterizos, donde muchas personas de bajos recursos deben efectuar un transporte internacional pero que lo pagan en moneda nacional”, argumentó.
“De manera tal que propongo incorporar una aclaración con el objeto de despejar las dudas si ciertas operaciones abonadas en pesos están alcanzados o no por el impuesto”, precisó.
En un primer momento, el oficialista Carlos Heller rechazó la modificación. Pero Ramón insistió: “Estamos hablando de lugares donde las personas no tienen tarjeta de crédito y los bajos recursos son totales. Hasta van con el efectivo y a veces no lo tienen”.
Con la misma perspectiva, el diputado radical Luis Pastori coincidió con Ramón: “Por ejemplo,en Posadas, Misiones, hay un servicio internacional que cruza un puente entre Posadas y Encarnación”.
“Hay gente que visita familiares, o empleados que trabajan (en la frontera) le vamos a encarecer un 30% el costo del pasaje de transporte de colectivos por cruzar”.
“O alguien que compra en la terminal de Retiro en pesos, a una empresa argentina, y que lo lleva a Paraguay, cuando tiene que pagar un 30% y no está usando dólares. Creemos que no se está siguiendo el espíritu del impuesto que se está creando”.
Tras varios intercambios, el diputado neuquino del Frente de Todos Darío Martínez le dio la razón al legislador del presidente del interbloque Unidad Federal para el Desarrollo. “La aclaración lo que busca es que (queden exceptuados) ese tipo de servicios, sobre todo terrestres, donde hay una demanda fronteriza y tenemos vecinos que van y vienen, y viven regionalizados.
“Al igual que le debe pasar a Ramón en su provincia, en la nuestra nos pasa con el transporte interurbano entre Argentina y Chile”, sostuvo Martínez. Luego, Heller terminó aceptando el planteo y la mayoría de los diputados aprobaron la modificación por mayoría.
Cómo quedó el artículo debatido
El artículo del proyecto de la mega ley de emergencia económica en cuestión establece con carácter de emergencia, por el término de cinco períodos fiscales a partir del día de vigencia de la ley, el impuesto a las operaciones en moneda extranjera.
Según se anunció, el gravamen denominado PAIS (Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria) tendrán un 30% de recargo para la compra de dólares para atesoramiento, compras en el exterior, compra de servicios que operen en el exterior y compra de pasajes al exterior.
En particular, el cuerpo de la Cámara de Diputados aprobó hacer una modificación en el inciso E del artículo 32 -del proyecto original-, donde se regulan específicamente los viajes que realizan las personas fuera del país.
Según la propuesta leída por el diputado Ramón, que terminó acompañada por el Frente de Todos, el texto de ese inciso quedó redactado de la siguiente manera: “Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios a los efectos de adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación”.
La modificación del tributo a los pasajes al exterior empezó a abrir interpretaciones. “La excepción rige para pasajes internacionales de corta distancia”, opinó más tarde el presidente del bloque del PRO, Cristian Ritondo.
Por su lado, el diputado macrista Luciano Laspina celebró en su cuenta de Twitter sobre los supuestos alcance de la modificación: “En la votación se exceptuó del nuevo impuesto de 30% al transporte internacional (aéreo, terrestre y por vía acuática) abonado en pesos y que no tenga impacto cambiario. Gran noticia para Aerolíneas Argentinas y sus clientes que tendrán una ventaja impositiva enorme”.
Nacionales
Reglamentan ley de Emergencia en Discapacidad: nuevo régimen de pensiones
El gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, donde se detallan los criterios de acceso y las condiciones de permanencia.
Este miércoles fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 84/2026, con la firma del presidente Javier Milei. La medida responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.
La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes.
De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.
La reglamentación entró en vigencia a partir del día de su dictado, este 3 de febrero de 2026.
Los detalles
El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. A su vez, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.
El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.
Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias.
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Nacionales
Renunció director del Indec a días del nuevo método para medir la inflación
Una semana antes de que se conozca el índice de inflación de enero, calculado con el nuevo IPC del Indec, este lunes se conoció la renuncia del director del organismo estadístico, Marcos Lavagna, el único funcionario nombrado durante el gobierno de Alberto Fernández que sobrevivía en la Era Milei.
Según la prensa porteña, la salida de Lavagna “sorprendió a la Casa Rosada” y se produjo horas después de conocerse el Informe de Política Monetaria del Banco Central, donde se afirma que de haberse aplicado antes la nueva tabla del IPC, los indicadores de inflación hubiesen sido más altos.
El índice de inflación de enero es el primero en medirse con los parámetros del nuevo IPC, que se supone tiene ponderadores más acordes a los consumos actuales de los argentinos, y que estaba listo desde hace meses, pero Lavagna lo demoró para que no interfiriera en el año electoral.
El Informe de Política Monetaria del BCRA sostiene que con el nuevo IPC la inflación de los dos años de Miei hubiese sido más alta, por la suba de los servicios públicos, que recién a partir de ahora tendrán más peso en la canasta del Indec.
“Al lanzar el nuevo IPC en 2026, luego de una importante recomposición de tarifas, el Indec reduce el problema que podría haberse generado en años recientes de sobreponderar el gasto en electricidad y gas; lo que habría sucedido si se aplicaban pesos correspondientes a un año en el que las tarifas se encontraban en niveles récord (2018) a un año en el que estaban en niveles mínimos (por ejemplo, 2023)”, dice el informe del Central.
“Resulta que la corrección tarifaria iniciada en 2024 permitió aproximar parcialmente el ponderador implícito de electricidad, gas y otros en el IPC anterior (4,1%) al nuevo ponderador surgido de la ENGHo 2017/18 (5,3%)”, explica el documento.
Según detalla Clarín, en 2024 los bienes aumentaron un 96,3% y los servicios 189%, mientras que en 2025 los bienes subieron 26,5% y los servicios 43,1%, por lo que, con el nuevo IPC, el dato de inflación hubiese dado bastante más por arriba, un desfasaje que los gremios ubican en 15 puntos.
El propio BCRA dice ahora que “las actualizaciones de las tarifas de los servicios públicos, los mecanismos indexatorios en alquileres y expensas, y la evolución de los salarios tenderán a impactar relativamente más en el nuevo IPC”.
Nacionales
Oficializaron el tratamiento de la baja de la edad de imputabilidad en el Congreso
A través del Decreto 53/2026, el gobierno amplió el temario del Congreso, previsto para el período de sesiones extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero, para tratar el “Régimen Penal Juvenil”, que busca bajar la edad de imputabilidad, hoy fijada en 16 años.
La medida se oficializó horas después del anuncio que dio el presidente Javier Milei, ayer en Mar del Plata, y fue formalizada este martes a través del decreto publicado en el Boletín Oficial, el cual lleva las firmas del mandatario y de su vocero y jefe de Gabinete Manuel Adorni.
El texto normativo es escueto, pero contundente. En su artículo 1°, ordena: “Inclúyese en el temario a tratar por el H. Congreso de la Nación, durante el período de Sesiones Extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero de 2026, la consideración de los proyectos de ley vinculados al Régimen Penal Juvenil”.
De esta manera, la decisión administrativa le da marco legal al anuncio político que Milei realizó horas antes en Mar del Plata, donde ante sus seguidores sentenció: “En Argentina el que las hace las paga; delito de adulto, pena de adulto“.
El proyecto que enviará el Ejecutivo, impulsado por las carteras de Seguridad y Justicia, busca modificar el régimen actual, vigente desde la dictadura militar, bajando el piso de punibilidad, hoy fijada en 16 años, y permitir que los menores que cometan delitos graves puedan ser juzgados y condenados.
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