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Misiones no está en la ruta de los fragmentos del satélite que caerá a la Tierra entre domingo y lunes

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ESPECIAL (Agencias). Los fragmentos del satélite chino TIANGONG-1 se precipitarán a la Tierra entre el domingo y el lunes no tocarían el territorio de Misiones, según estudios de especialistas que sí revelaron la posibilidad ínfima de que los restos caigan en otros puntos de la Argentina.

La Secretaría de Protección Civil del Ministerio de Seguridad de la Nación recomendó a la población “estar alertas”, podrían caer restos en la zona de Corrientes, Chaco, Santiago del Estero, Salta y Jujuy de acuerdo con una de las trazas, del total de seis que abarcan otras regiones, elaboradas por los especialistas sobre el mapa de nuestro país.

Dicho esquema revela los puntos más cercanos al territorio misionero donde podrían registrarse, aunque con escasas posibilidades, las caídas partes del satélite que hace varios meses se desplaza sin control por el espacio, adonde fue lanzado en 2016 por el gobierno de China.

Ante la situación planteada, “La Secretaría de Protección Civil del Ministerio de Seguridad de la Nación como Secretaría Permanente del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo (SINAGIR) ha sido informada por la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) acerca del posible reingreso a la Tierra de fragmentos de la estación espacial china TIANGONG-1, que se produciría entre el sábado 31 de marzo y el domingo 1 de abril”, anunció el inusual comunicado difundido por el Ministerio.

La Agencia Espacial Europea, que monitorea el trayecto de la nave, advirtió que cae más lentamente de lo previsto en un primer momento y que su entrada a la atmósfera se produciría entre el domingo a la noche y el lunes a la mañana.

El Ministerio de Seguridad argentino aclaró que “los peligros son bajos” de que se precipiten restos en el país, pero que “el fenómeno existe”. Por eso, dieron una serie de advertencias y cuidados recomendados para todos aquellos que vivan en las zonas donde podría ocurrir.

Los más probable, explican, es que en el Hemisferio Sur el material vaya directamente al mar. Además, aclararon que el territorio continental argentino “es el 0,35 por ciento de la superficie del planeta que puede ser impactada por fragmentos de la estación espacial”. Y de ese 0,35 por ciento solamente algunas franjas están en riesgo de ser impactadas.

“De acuerdo con la trayectoria calculada el reingreso de los fragmentos se producirá en una franja de nuestro planeta comprendida entre los paralelos de 44° Norte y 44° Sur, abarcando una extensión de continentes y océanos que, en el continente americano va desde las cercanías del límite entre Canadá y los Estados Unidos y la Península Valdés o entre España y Sudáfrica”, informaron.

Además de la traza que abarca el norte de Argentina, también se procesaron otras que incluyen al sur de la Provincia de Buenos Aires, La Pampa y Mendoza; la traza 3, al nordeste de Chubut, Río Negro y el sur de Neuquén; la 4, al norte de Chubut; la 5, Provincia de Buenos Aires, La Pampa, Río Negro, Neuquén.

Desde el Ministerio, recomendaron una serie de medidas de “autoprotección”. Aunque aclaran que como “eventos de este tipo y casos reales de impacto en tierra firme son bastante raros”, no existen medidas consensuadas internacionalmente.

Pero se recomendó a cualquier persona que vea un fragmento, que no lo toque y se mantenga a una distancia mínima de 20 metros. Hay que informar a la Policía o a la Fuerza Federal (Gendarmería Nacional, Prefectura Naval, Policía Federal o Policía de Seguridad Aeroportuaria) más próxima.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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