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Lotocki, cerca de la cárcel: la fiscalía pidió 7 años y 9 meses

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Lotocki

Siete años y nueve meses de prisión fue el pedido realizado hoy, por el fiscal que interviene en el juicio oral que se lleva adelante en Buenos Aires contra el médico misionero Aníbal Rubén Lotocki (51), más conocido como “el cirujano de las famosas”.

El pedido fue planteado esta mañana por el fiscal Sandro Abraldes, durante la exposición de su alegato en el marco del debate oral en el que cual Lotocki afronta una acusación por el delito de “lesiones graves”, presuntamente provocadas a cuatro mujeres durante distintas cirugías estéticas en las que utilizó metacrilato, una sustancia que dañó la salud de sus pacientes.

Además de la pena de prisión, el fiscal también solicitó que el cirujano misionero sea inhabilitado por diez años para el ejercicio de la medicina y de actividades comerciales relacionadas con la estética y la cosmética.

El juicio se lleva adelante en el Tribunal Oral en lo Criminal 28 de Ciudad de Buenos Aires y las denunciantes de la causa que ahora llegó a esta instancia son las modelos Silvina Luna, Pamela Sosa -ex pareja del acusado-, Stefanía Xipolitakis y la empresaria Gabriela Trenchi.

Todas señalaron que después de las intervenciones quirúrgicas a las que se sometieron con el misionero resultaron con graves secuelas. Luna, por ejemplo, señaló que tras la mala praxis sufrida en 2011 ahora tiene muy bajos niveles de calcio y eso perjudica el funcionamiento de sus riñones.

En su alegato expuesto esta mañana, consignó el diario Clarín, el fiscal Abraldes sostuvo que el misionero actuó de forma dolosa, al tiempo que descartó cualquier atenuante y, al contrario, consideró como un agravante su desinterés por el estado de salud de sus pacientes.

“Lotocki cosifica a las víctimas y no las reconoce como personas. Las desprecia, las usa como instrumento para promocionarse y las moldea a su antojo. Se siente hacedor de la mujer perfecta. Es una clara manifestación de violencia de género”, lanzó el fiscal.

El acusado es defendido por la abogada Ileana Lombardo y consideran que el producto cuestionado en el causa estaba autorizado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat).

Al debate oral aún le quedan varias audiencias por desarrollarse, pero se estima que se llegará a una sentencia antes de fin de año.

Otras causas

No es la primera vez que Lotocki aparece vinculado e imputado en causas judiciales. Su primera acusación fue en Posadas, en 2007, cuando una joven identificada como Romina Vega (29) falleció luego de una liposucción en una clínica de calle Córdoba, casi Colón.

Lotocki fue denunciado en esa ocasión, pero luego la Justicia misionera dispuso su sobreseimiento por falta de mérito.

Después de allí, comenzó a recibir acusaciones desde diversas partes del país. La última se dio en abril de este año, cuando incluso fue detenido.

Esa causa se inició tras las muerte de Cristian Zárate, un paciente de 50 años que falleció de una intervención con Lotocki en una clínica del barrio porteño de Caballito.

En diálogo con Clarín, el abogado que representa a la familia de la víctima, Mario Lizardo, señaló que Zárate ingresó a la clínica “por una hernia hiatal y Lotocki le dijo que de paso lo operaba con una liposucción la papada y el abdomen. Se descompensó y en la clínica no tenían los elementos suficientes para intubarlo, ya que tenía falta de oxígeno. Tampoco tenían lo necesario para una reanimación, llamaron a una ambulancia y antes de que llegue falleció”.

Por ese hecho el implicado fue imputado por el delito de homicidio culposo y la Sala 4 de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal porteña le concedió la excarcelación al considerar que no existe riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la investigación. También le impusieron una fianza de 5 millones de pesos.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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