Nacionales
Ley de Emergencia turística: qué beneficios otorga a empresas y viajeros
El Gobierno oficializó las medidas de asistencia para uno de los sectores más afectados por la pandemia. Promulgaron la ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional, que establece una serie de beneficios para empresas del sector y consumidores. Apunta a asistir a uno de los rubros más perjudicados por las restricciones de la cuarentena por coronavirus.
La ley fue sancionada el 1° de septiembre por la Cámara de Diputados y fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través del decreto 753/2020. Prorroga el reparto del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y las asistencias económicas a pequeñas y medianas empresas.
Dispone otros beneficios para las empresas como la reducción de contribuciones patronales, los planes de moratoria, la suspensión de embargos y la rebaja de alícuotas de la ley del cheque, como medidas de asistencia por fuerte caída de ingresos de las empresas por las restricciones que determinó el aislamiento.
También determina beneficios para los turistas que compren un paquete, ya que que recibirán un crédito de 50% de parte del Estado que podrán usar para ese viaje u otro que realicen a lo largo del 2021. Además de bonos vacacionales y un plan de devoluciones de servicios que no pudieron ser brindados.
Asistencias para las empresas
– Extensión del ATP desde el 1° de julio hasta el 31 de diciembre para actividades y rubros que se encuentren paralizados o que tengan una facturación inferior al 30%.
– Reducción del 95% del pago de contribuciones patronales.
– Salario complementario pagado por el Estado Nacional para los empleados en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto.
– Facultación al jefe de Gabinete a establecer condiciones especiales para garantizar la continuidad de las fuentes de trabajo y de los emprendimientos turísticos, y a establecer una asistencia económica no reembolsable por un monto de hasta dos salarios mínimos.
– Prórroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades alcanzadas por la ley, cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre.
– Suspensión por 180 días de la traba de cualquier medida cautelar a requerimiento de la AFIP o la ANSES.
– Instrucción al Banco Central a disponer líneas de crédito para los sujetos que se dedican a actividades turísticas y relacionadas con este rubro.
Beneficios para los consumidores
– Se establece un bono fiscal vacacional para las familias con ingresos mensuales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos, por única vez, para su uso dentro del país.
– Implementación de una preventa, reconocimiento por parte del Estado Nacional de un crédito a favor de las personas humanas. Será del 50% del monto de cada compra de servicios turísticos brindados dentro del país.
– Creación del programa “Turismo para personas mayores”, por el que el Estado aportará hasta el 21% de los paquetes turísticos.
– Programa de financiación de los paquetes turísticos de viajes de turismo estudiantil con destino nacional a través de una línea de crédito específica del Banco Nación.
– Establecimientos hoteleros de alojamiento temporario y empresas de transporte que se hayan visto afectados o impedidos de prestar los servicios contratados de manera directa por la pandemia podrán ofrecer opciones como reprogramación de los servicios contratados. Deberán respetar la calidad, estacionalidad y valores convenidos dentro de un período de 12 meses.
– También podrán entregar vouchers de servicios para ser utilizados hasta 12 meses posteriores al cese de la cuarentena o reintegrar el monto abonado mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.
– Si el consumidor contrató servicios mediante intermediarios (agencias de viajes) podrá reprogramar sus viajes o recibir un voucher.
Nacionales
Ascienden a 102 los casos de hantavirus en el país
Según los últimos registros del Boletín Epidemiológico Nacional, en las dos últimas semanas se registró sólo un caso de hantavirus en la provincia de Buenos Aires (PBA). Sin embargo, el pasado fin de semana se confirmó un caso en la localidad de Corcovado en Chubut, mientras que el total de infectados de la temporada 2025-2026 asciende a 102, en su mayoría vinculados a la variante Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.
En cuanto a la distribución geográfica, la región Centro concentró el 54% de los casos principalmente en PBA (43 casos) y la tasa de incidencia más elevada corresponde a la región del NOA (0,60 casos por 100.000 habitantes), donde se registraron 36 casos confirmados, de los cuales el 83% se concentró en Salta.
En cuanto a los orígenes del virus, las pruebas de PCR y secuenciación genómica realizadas en laboratorios de referencia de Sudáfrica y Suiza confirmaron que los casos corresponden a la cepa Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.
Los casos que rondaron Misiones
Respecto del brote de hantavirus que se detectó en el crucero MV Hondius la semana pasada, el BEN correspondiente a la semana epidemiológica 17 de 2026 confirma que, hasta el momento, se identificaron ocho casos a bordo del buque (seis confirmados y dos probables), de los cuales tres fallecieron.
Según información difundida por el sitio Mundo en Conflicto, la fallecida pareja holandesa señalada estuvo en Misiones en un recorrido por Argentina, Chile y Uruguay, antes de embarcar en el buque que en este momento navega hacia las Islas Canarias con 149 personas a bordo.
Si bien la ANLIS Malbrán determinó que la secuencia del virus del crucero tiene un alto grado de parentesco con cepas detectadas en 2018 en Neuquén, aún no es posible confirmar el origen del brote, ya que el caso testigo no estuvo en zonas endémicas de la cepa Andes durante los días que se estima que tuvo lugar el contagio.
Mientras tanto, el fin de semana pasado la Secretaría de Salud de Paraná, confirmó dos infectados en el estado brasileño, un hombre de 34 años de Pérola d’Oeste y una mujer de 28 de Ponta Grossa. El primero de ellos muy cercano al departamento misionero de General Manuel Belgrano.
Se trata de la enfermedad viral, transmitida a los humanos por roedores silvestres infectados. De no tratarse, puede causar infecciones pulmonares o renales severas, siendo el Síndrome Cardiopulmonar por Hantavirus (SCPH) la forma más común en América.
Infectados con hantavirus en el crucero de Ushuaia estuvieron 20 días en Misiones
Nacionales
El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis
El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.
De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.
Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.
El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.
La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.
La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
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