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La Corte dijó que jubilados no pagan ganancias y le dio otro golpe al gobierno

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Los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton conformaron la mayoría para declarar inconstitucional el pago del impuesto. Carlos Rosenkrantz no acompañó la decisión, que incide potencialmente en la situación de unos 300 mil jubilados que cobran más de 62 mil pesos.

BUENOS AIRES. Por cuatro votos contra uno, la Corte Suprema de Justicia resolvió la inconstitucionalidad del pago de Ganancias para los jubilados. Los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco ratificaron los fallos de primera y segunda instancia, que le habían dado la razón a la denunciante, María Isabel García.

En contra se pronunció el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, quien nuevamente quedó en soledad y alineado con la postura del Gobierno Nacional. Además, los magistrados le pidieron al Congreso que elabore una ley para darle un tratamiento diferenciado a “los jubilados en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad, que conjugue este factor relevante con el de la capacidad contributiva potencial”.

Si bien la Corte resolvió en este caso puntual (y el voto de la mayoría hace un señalamiento especial sobre eso), lo más probable es que la decisión tenga efectos directos sobre el resto de los jubilados que ya iniciaron reclamos ante la Justicia y que indirectamente también alcance a los demás jubilados que son afectados por el tributo pero no presentaron aún sus demandas. Deberán, en ese caso, hacer su propio planteo ante los tribunales.

El universo de potenciales jubilados alcanzados por este fallo es de unos 300.000 en todo el país. Son quienes ganan más de 62.462 pesos por mes. Según informó la ANSES, por año recauda unos 5.265 millones de pesos por este concepto.

Si finalmente se confirman los fallos de primera y segunda instancia, el Estado dejará de percibir ese ingreso anual y, además, debería pagar a quienes judicializaron el reclamo (unos 400 jubilados), el retroactivo al momento del inicio de la presentación judicial, con los intereses correspondientes.

El fallo completo

Los cuatro jueces hicieron especial hincapié en la diferencia entre los trabajadores activos, que sí pagan Ganancias en sus salarios, y aquellos trabajadores pasivos que perciben el haber jubilatorio. “Desde el punto de vista constitucional, hacer prevalecer el principio de igualdad supone reconocer que es tan injusto gravar en distinta forma a quienes tienen iguales medios como imponer la misma contribución a quienes están en desigual situación”, sostienen.

En el caso de los jubilados, subrayan los avances establecidos en la reforma constitucional de 1994 para proteger efectivamente a los “colectivos de personas en situación de vulnerabilidad” y enmarcan a los adultos mayores en ese grupo. “El envejecimiento y la discapacidad -los motivos más comunes por las que se accede al status de jubilado- son causas predisponentes o determinantes de vulnerabilidad, circunstancia que normalmente obliga a los concernidos a contar con mayores recursos para no ver comprometida seriamente su existencia y/o calidad de vida y el consecuente ejercicio de sus derechos fundamentales”, señalan Lorenzetti, Highton, Maqueda y Rosatti.

De manera implícita, los magistrados hacen referencia al tema que más sensibiliza al Gobierno: la afectación de la recaudación tributaria. “No es dable postular que el Estado actúe con una mirada humanista en ámbitos carentes de contenido económico inmediato (libertades de expresión, ambulatoria o tránsito, etc.) y sea insensible al momento de definir su política fiscal. Es que, en definitiva, el sistema tributario no puede desentenderse del resto del ordenamiento jurídico y operar como un compartimento estanco, destinado a ser autosuficiente ‘a cualquier precio’, pues ello lo dejaría al margen de las mandas constitucionales”, retrucan.

Dado que los jubilados a quienes se le cobra el impuesto a las Ganancias son un porcentaje muy minoritario del total, los jueces insisten en que “la sola capacidad contributiva como parámetro para el establecimiento de tributos a los jubilados, pensionados, retirados o subsidiados, resulta insuficiente si no se pondera la vulnerabilidad vital del colectivo concernido”.

En el caso puntual de García, los jueces aluden especialmente a las particularidades de su situación. Contaba en 2015, al presentar la demanda, con 79 años, padecía problemas de salud y los descuentos realizados en su beneficio jubilatorio oscilaron en el período marzo a mayo de 2015 entre el 29,33 por ciento y el 31,94 por ciento.

En conclusión, los cuatro jueces supremos repasan algunos casos de su propia jurisprudencia en materia de Seguridad Social, “en las que el Tribunal se ha manifestado particularmente sensible a las cuestiones que atañen al resguardo de los créditos pertenecientes a la clase pasiva”.

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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Diputados proponen neutralidad argentina ante guerra en Medio Oriente

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Congreso guerra medio oriente

Mientras el presidente estadounidense Donald Trump amenaza con aniquilar por completo a toda “la civilización” de Irán esta noche, un grupo de diputados nacionales de Unión por la Patria presentó este mismo martes un proyecto de resolución para declarar la neutralidad de Argentina frente la guerra en Medio Oriente.

La medida se da en medio de una escalada de tensión internacional, a pocas horas del vencimiento del ultimátum lanzado por Trump a Irán y tras las recientes declaraciones públicas del gobierno de Javier Milei en respaldo a Estados Unidos e Israel.

La iniciativa fue encabezada por el diputado Juan Marino y acompañada por una treintena de legisladores del bloque opositor, quienes sostienen que el país “no es parte beligerante” en la confrontación y que no reconoce enemigos en ninguno de los bandos involucrados.

En el texto también se reafirma la tradición diplomática argentina de resolución pacífica de controversias y se invoca el principio de América Latina y el Caribe como Zona de Paz, en línea con resoluciones adoptadas por la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños y la Organización de las Naciones Unidas.

El proyecto surge luego de declaraciones de funcionarios nacionales que, según el bloque opositor, implican un alineamiento político del gobierno argentino con la ofensiva militar encabezada por Washington y Tel Aviv contra Irán.

Entre ellas, mencionan expresiones del presidente Milei durante una actividad en Nueva York, donde calificó a Irán como “enemigo”, además de comunicados oficiales de Cancillería y declaraciones de funcionarios sobre una eventual asistencia logística o militar.

Los legisladores pidieron además que se desautoricen públicamente esos posicionamientos al considerar que cualquier decisión que comprometa al país en un conflicto internacional requiere intervención del Congreso, en virtud del artículo 75 inciso 25 de la Constitución Nacional, que reserva al Poder Legislativo la facultad de autorizar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o hacer la paz.

En el mismo sentido, el proyecto exhorta al gobierno nacional a abstenerse de realizar cualquier tipo de colaboración directa o indirecta en el conflicto, incluyendo cooperación militar, logística o de inteligencia, y propone comunicar formalmente la postura argentina a organismos internacionales y a los gobiernos involucrados.

Línea roja

Apenas asumió la presidencia, el gobierno de Milei rompió la histórica neutralidad argentina y alineó automáticamente al país con Estados Unidos e Israel.

Un mes antes de la escalada bélica de la denominada “Coalición Epstein” contra Irán, en enero de 2026, el gobierno libertario declaró como organización terrorista a la Fuerza Quds, brazo de la Guardia Revolucionaria iraní.

En febrero, luego de comenzada la guerra y tras la operación que resultó en la muerte del Líder Supremo de Irán, Alí Jamenei, la Oficina del Presidente emitió un comunicado oficial calificando el hecho como la eliminación de una de las personas “más malvadas y crueles de la historia”.

El 10 de marzo, durante un discurso en la Universidad Yeshiva de Nueva York, Milei declaró explícitamente que Irán es “enemigo de Argentina”, por su responsabilidad en los atentados a la Amia y la Embajada de Israel, y proclamó: “Vamos a ganar la guerra”.

Y este mes, la Cancillería argentina declaró persona no grata y expulsó a Mohsen Soltani Tehrani, el máximo representante diplomático de Irán en el país, a la vez que ratificó su “apoyo total y absoluto” a las acciones militares de Trump y el primer ministro israelí Benjamín Netanyahu.

El posicionamiento del gobierno libertario provocó la reacción de Irán, que a través de sus medios oficiales advirtió que Milei cruzó una “línea roja imperdonable” y prometió una respuesta “proporcionada”.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN - NEUTRALIDAD ANTE LA GUERRA DE EEUU E ISRAEL

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Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril

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bono fuerzas federales

El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.

De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.  

Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.

Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.

El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal. 

Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.

 

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