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La Corte dijó que jubilados no pagan ganancias y le dio otro golpe al gobierno

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Los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton conformaron la mayoría para declarar inconstitucional el pago del impuesto. Carlos Rosenkrantz no acompañó la decisión, que incide potencialmente en la situación de unos 300 mil jubilados que cobran más de 62 mil pesos.

BUENOS AIRES. Por cuatro votos contra uno, la Corte Suprema de Justicia resolvió la inconstitucionalidad del pago de Ganancias para los jubilados. Los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco ratificaron los fallos de primera y segunda instancia, que le habían dado la razón a la denunciante, María Isabel García.

En contra se pronunció el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, quien nuevamente quedó en soledad y alineado con la postura del Gobierno Nacional. Además, los magistrados le pidieron al Congreso que elabore una ley para darle un tratamiento diferenciado a “los jubilados en condiciones de vulnerabilidad por ancianidad o enfermedad, que conjugue este factor relevante con el de la capacidad contributiva potencial”.

Si bien la Corte resolvió en este caso puntual (y el voto de la mayoría hace un señalamiento especial sobre eso), lo más probable es que la decisión tenga efectos directos sobre el resto de los jubilados que ya iniciaron reclamos ante la Justicia y que indirectamente también alcance a los demás jubilados que son afectados por el tributo pero no presentaron aún sus demandas. Deberán, en ese caso, hacer su propio planteo ante los tribunales.

El universo de potenciales jubilados alcanzados por este fallo es de unos 300.000 en todo el país. Son quienes ganan más de 62.462 pesos por mes. Según informó la ANSES, por año recauda unos 5.265 millones de pesos por este concepto.

Si finalmente se confirman los fallos de primera y segunda instancia, el Estado dejará de percibir ese ingreso anual y, además, debería pagar a quienes judicializaron el reclamo (unos 400 jubilados), el retroactivo al momento del inicio de la presentación judicial, con los intereses correspondientes.

El fallo completo

Los cuatro jueces hicieron especial hincapié en la diferencia entre los trabajadores activos, que sí pagan Ganancias en sus salarios, y aquellos trabajadores pasivos que perciben el haber jubilatorio. “Desde el punto de vista constitucional, hacer prevalecer el principio de igualdad supone reconocer que es tan injusto gravar en distinta forma a quienes tienen iguales medios como imponer la misma contribución a quienes están en desigual situación”, sostienen.

En el caso de los jubilados, subrayan los avances establecidos en la reforma constitucional de 1994 para proteger efectivamente a los “colectivos de personas en situación de vulnerabilidad” y enmarcan a los adultos mayores en ese grupo. “El envejecimiento y la discapacidad -los motivos más comunes por las que se accede al status de jubilado- son causas predisponentes o determinantes de vulnerabilidad, circunstancia que normalmente obliga a los concernidos a contar con mayores recursos para no ver comprometida seriamente su existencia y/o calidad de vida y el consecuente ejercicio de sus derechos fundamentales”, señalan Lorenzetti, Highton, Maqueda y Rosatti.

De manera implícita, los magistrados hacen referencia al tema que más sensibiliza al Gobierno: la afectación de la recaudación tributaria. “No es dable postular que el Estado actúe con una mirada humanista en ámbitos carentes de contenido económico inmediato (libertades de expresión, ambulatoria o tránsito, etc.) y sea insensible al momento de definir su política fiscal. Es que, en definitiva, el sistema tributario no puede desentenderse del resto del ordenamiento jurídico y operar como un compartimento estanco, destinado a ser autosuficiente ‘a cualquier precio’, pues ello lo dejaría al margen de las mandas constitucionales”, retrucan.

Dado que los jubilados a quienes se le cobra el impuesto a las Ganancias son un porcentaje muy minoritario del total, los jueces insisten en que “la sola capacidad contributiva como parámetro para el establecimiento de tributos a los jubilados, pensionados, retirados o subsidiados, resulta insuficiente si no se pondera la vulnerabilidad vital del colectivo concernido”.

En el caso puntual de García, los jueces aluden especialmente a las particularidades de su situación. Contaba en 2015, al presentar la demanda, con 79 años, padecía problemas de salud y los descuentos realizados en su beneficio jubilatorio oscilaron en el período marzo a mayo de 2015 entre el 29,33 por ciento y el 31,94 por ciento.

En conclusión, los cuatro jueces supremos repasan algunos casos de su propia jurisprudencia en materia de Seguridad Social, “en las que el Tribunal se ha manifestado particularmente sensible a las cuestiones que atañen al resguardo de los créditos pertenecientes a la clase pasiva”.


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Nación autorizó la detención de civiles a militares desplegados en Salta

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militares

El gobierno nacional, a través del ministerio de Defensa, encabezado por Luis Petri, autorizó al Ejército Argentino a detener civiles que cometan delitos en flagrancia en el marco del Operativo Roca, dispositivo de seguridad que se lleva adelante junto a la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) para reforzar la seguridad en zonas de frontera en el norte del país, principalmente en Salta.

“Podrán proceder a la aprehensión transitoria de personas que se encuentren cometiendo delitos en flagrancia, informando inmediatamente de ello a las Fuerzas de Seguridad, al Juzgado correspondiente o al Ministerio Público Fiscal, para que tomen la intervención que les compete”, dice uno de los artículos de la parte reservada de la resolución 347 firmada por ministro Luis Petri, según consignaron fuentes militares a Clarín, diario que sacó a la luz la medida que rige desde la semana pasada, cuando los uniformados comenzaron a movilizarse hacia zonas de vigilancia.

La resolución agrega que las órdenes emanadas a las tropas están regidas por “reglas de empeñamiento”, donde se determinan desde el comportamiento en público de los efectivos ante un ataque de narcos, la detención de civiles, el uso de las armas y cómo responder en un enfrentamiento.

Según añade el mismo diario, el objetivo de estas normas es “restringir el uso de la fuerza a acciones que el personal militar deba desarrollar circunscribiéndolo a su defensa y a la de terceros en caso de agresiones inminentes que pongan en riesgo la vida, la integridad física o del cumplimiento del deber”.

Publicada la nota, el ministro Petri ratificó la medida en X y expuso: “Sí, es una medida controversial para todos los que defienden narcos, terroristas y violentos delincuentes”.

“Elijan de qué lado van a estar”, planteó después.

Y en otro tuit ahondó sobre el tema: “La ley autoriza a las Fuerzas Armadas a reforzar el control de fronteras. La posibilidad de detención en flagrancias está prevista en todos los Códigos procesales de las provincias y la Nación”.

Sólo el sesgo ideológico canceló y maniató a nuestras fuerzas. Todos los países limítrofes con Argentina usan a sus fuerzas armadas para el control y vigilancia de sus fronteras, EEUU lo acaba de anunciar en enero, por que acá algunos se escandalizan?”, cerró.

Operativos en frontera

El operativo Julio Argentino Roca comenzó el 15 de abril y estará activo hasta el 15 de diciembre. El objetivo es militarizar las fronteras Norte y Noreste del país y para ello se movilizaron 10.000 soldados con drones, radares, vehículos y aeronaves como el avión Diamond para relevamientos.

El dispositivo se suma al Plan Güemes, lanzado por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, que establece a la región de Orán y Aguas Blancas como “zonas especiales de investigación”, en el marco de la Ley Antimafia, aunque otra fase implica la incorporación de las localidades de Tartagal, Aguaray y Salvador Mazza.

Un operativo similar, llamado Plan Guacurarí fue anunciado para la frontera seca de Misiones con Brasil, en las zonas de Bernardo de Irigoyen y San Antonio, entre otras localidades, e iba a ser presentado oficialmente el 9 de marzo, con la presencia de Bullrich en territorio, pero el acto fue suspendido por la trágica inundación de Bahía Blanca y desde allí no hubo más novedades.

Bullrich sobre balaceras contra gendarmes en Irigoyen: “No nos amedrentan”


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Duelo nacional por siete días por la muerte del papa Francisco

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Duelo nacional por siete días por la muerte del papa Francisco

El vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció que el gobierno decretó siete días de duelo nacional por la muerte del papa Francisco y Misiones adoptó la misma medida.

“Falleció el Papa Francisco, Jorge Bergoglio. Líder espiritual y guía de millones de hombres y mujeres”, publicó Adorni en su cuenta en X e informó que el presidente de la Nación, Javier Milei, decretó los días de duelo por el fallecimiento del Santo Padre.

El primer pontífice argentino y latinoamericano de la historia falleció este lunes a las 7.35, hora italiana. Había salido recientemente de una prolongada hospitalización tras padecer una neumonía grave que lo mantuvo 38 días internado, hasta recibir el alta el 23 de marzo.

La noticia de su partida conmociona al mundo en general. En Misiones, el primero en expresarse públicamente fue el gobernador, Hugo Passalacqua.

“El corazón del pueblo misionero llora la partida de Su Santidad el Papa Francisco”, publicó el mandatario provincial y continuó: “Pastor cercano, voz de los humildes y faro de esperanza. Su palabra seguirá siendo refugio en los tiempos difíciles y su legado de amor y fe vivirá por siempre entre nosotros. Que en paz descanse y que brille para él la luz eterna”.

En otro posteo, el gobernador anunció que Misiones se sumó a la medida nacional y decretó siete días de duelo, por lo cual se suspenden los actos oficiales y se enarbolarán a media asta las banderas nacional y provincial en todos los edificios públicos.

“Como ciudadano y feligrés, con gran pena y dolor, firmé el decreto que establece siete días de duelo en la Provincia por la partida de Su Santidad el Papa Francisco”, sostuvo Passalacqua en sus redes, donde compartió el documento.

El exgobernador y actual presidente de la Cámara de Diputados, Oscar Herrera Ahuad, también despidió al sumo pontífice en sus redes sociales: “Fue puente, abrazo y voz de quienes no la tenían, su mensaje de paz y esperanza seguirá iluminando el camino de millones en todo el mundo. Hasta siempre Papa Francisco”.

Otra figura pública misionera que despidió al líder de la iglesia católica fue el intendente de Posadas, Leonardo “Lalo” Stelatto: “Siento profunda tristeza al despedir a Francisco. Una vida dedicada al servicio del Señor, nos enseñó con el ejemplo los valores del Evangelio, a través del diálogo, la inclusión y hermandad”.

Y añadió: “Con inmensa gratitud, encomendamos su alma al infinito amor misericordioso de Dios”.

Jorge Mario Bergoglio nació en Buenos Aires el 17 de diciembre de 1936 y fue electo sumo pontífice en la noche del 13 de marzo de 2013, cuando se anunció que el nuevo papa venía “de los confines de la tierra”.

Murió el papa Francisco a los 88 años


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Nación eliminó el límite de plantación anual de nuevos cultivos de yerba mate

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Nación eliminó el límite de plantación anual de nuevos cultivos de yerba mate

El gobierno nacional derogó la resolución 170/2021 del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym), ratificada por el entonces ministerio de Agricultura de la Nación, que limitaba la plantación de yerba mate a un máximo de cinco hectáreas nuevas por productor al año.

La normativa eliminada buscaba fortalecer la sustentabilidad del sector yerbatero “poniendo en un plano de igualdad a grandes, medianos y pequeños productores para que puedan desarrollar nuevas plantaciones”, había informado el instituto.

Aunque el objetivo principal de esta resolución del Inym era el “arraigo” de los pequeños productores yerbateros en sus chacras, como así también un equilibrio entre la oferta y la demanda del producto para evitar una sobreproducción que haga caer el precio.

Con la resolución 452/2025 del ministerio Economía de la Nación, publicada hoy en el Boletín Oficial, ahora la plantación de nuevos cultivos quedó liberada, favoreciendo a los industriales del sector yerbatero y poniendo en peligro a los pequeños productores de Misiones y Corrientes.

En los considerandos, Nación respalda su decisión en el mega DNU 70 del 20 de diciembre del 2023, por medio del cual “se dispuso la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y se estableció que quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios”, se desprende de la resolución de hoy.

Y se agrega: “Así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”.

Además de la eliminación del límite de plantación de nuevo cultivos, el ministerio de Economía informó que en enero el directorio del Inym ordenó el archivo de todos los sumarios de fiscalización “iniciados como consecuencia de las tareas de control realizadas por aplicación de la resolución 170/2021 del citado Instituto Nacional”.

En tanto, a través de la resolución de hoy, se dispuso la “suspensión de todas las actividades de registración y control establecidas como consecuencia dicha norma”, por lo cual se eliminó la Comisión de Seguimiento del organismo.

De esta manera, a raíz de la medida que lleva la firma del ministro Luis “Toto” Caputo, el sector yerbatero quedó desregulado por completo y ya no hay un límite de cinco hectáreas anuales por productor para nuevas plantaciones.

El libre mercado y una nueva crisis yerbatera a casi 23 años del tractorazo


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