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La Corte declaró inconstitucional la reelección indefinida de Gildo Insfrán

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ) declaró inconstitucional la reelección indefinida del gobernador en la provincia de Formosa y consideró que el artículo 132 de la carta magna formoseña, que le permitió a Gildo Insfrán estar al frente del Poder Ejecutivo provincial desde 1995, colisiona con la Constitución Nacional en sus artículos 5 y 123.

En un fallo hecho público este jueves, la CSJ se expresó sobre el amparo presentado por la Confederación Frente Amplio Formoseño contra el octavo mandato consecutivo del gobernador Insfrán para el período 2023-2027.

Los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti advirtieron que la reelección ilimitada “fomenta la personalización del poder, debilitando el sistema de frenos y contrapesos, y otorgando ventajas inadecuadas en contiendas electorales”, y opinaron que Formosa debe volver a reformar su constitución.

Rosenkrantz sostuvo que el mandatario formoseño no debió haber sido habilitado para presentarse en 2023, aunque aclaró que por “respeto” a la “institucionalidad” y el “principio republicano”, dispuso “que el actual gobernador” pueda “terminar el mandato que culminará el 10 de diciembre de 2027″.

Insfrán fue elegido por primera vez vicegobernador en 1987, cuando la Constitución provincial no permitía la reelección de gobernador y vice, y luego de una primera reforma constitucional fue reelegido en el mismo cargo por otros cuatro años.

El formoseño asumió su primer mandato como gobernador en 1995 y fue reelecto en 1999. Luego, una segunda reforma de la Constitución provincial habilitó la reelección indefinida, y le allanó el camino para mantenerse en el Poder Ejecutivo hasta hoy.

Los argumentos

Según Rosenkrantz, Insfrán “ha ejercido ininterrumpidamente los más altos cargos provinciales por un total de treinta y siete (37) años y si finaliza el mandato en curso ese ya desmedido lapso se extenderá a cuarenta (40) años”.

No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, por cuanto la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias de su ejercicio e imposibilita que la política democrática se desarrolle sanamente”, opinó.

Lorenzetti, por su parte, planteó que la reelección indefinida afecta los principios republicanos, en especial, la periodicidad en los cargos públicos, la garantía de las personas a un rango de opciones electorales suficientemente amplio y la división de poderes.

“Atenta contra el propio principio democrático”, afirmó.

Rosatti y Maqueda expresaron, en tanto, que “el tema a decidir en la presente causa remite al clásico debate que enfrenta a la vigencia i) del respeto a la voluntad popular, y ii) la alternancia en el ejercicio de los cargos, entendiendo que ambos operan como presupuestos del sistema democrático y republicano”.

“Conforme al primer criterio, la voluntad popular se expresa mediante el voto de los electores, debiéndose estar al principio de la mayoría”, explicaron y agregaron: “Conforme al segundo criterio, existiría un consenso previo sobre lo que debe entenderse por régimen republicano, un legado valioso cuya inobservancia descalifica al régimen infractor”.

La personalización del Poder Ejecutivo por un tiempo extenso e ilimitado debilita el sistema de frenos y contrapesos. La permanencia de una misma persona en el poder por un largo período de tiempo invalida esta salvaguarda republicana”, plantearon.

“La reelección indefinida no solo diluye la separación de poderes sino que también atenta contra el propio principio democrático”, razonaron y señalaron: “Una reelección sin límites, lejos de constituir la máxima realización de la voluntad popular, permite que quien se encuentra en ejercicio del poder acumule –tras varios mandatos sucesivos– ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral”.

 


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El 2024 cerró con una inflación acumulada de 117,8%

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En la tarde hoy, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) reveló que la inflación acumulada en 2024 fue de 117,8% y en diciembre registró un 2,7%, marcando sus principales incrementos en Vivienda (5,3%), Comunicación (5,0%), Restaurantes y hoteles (4,6%) y Alimentos (2,2%).

Según el Índice de Precios al Consumidor, las dos divisiones con menores variaciones durante ese mes fueron Prendas de vestir y calzado (1,6%) y Equipamiento y mantenimiento del hogar (0,9%).

A nivel de las categorías, los Regulados (3,4%) lideraron el incremento, seguidos del IPC núcleo (3,2%), mientras que los Estacionales cayeron 1,4%.

De esta manera, los resultados muestran que los precios se aceleraron en el último mes del año, teniendo en cuenta que en noviembre la inflación fue de 2,4 y en diciembre igualó la cifra registrada en el mes de octubre, aunque continúa por debajo del 3%.

Repercusiones

Respecto a las especulaciones económicas, el ministro Luis Caputo, dijo que los datos confirman “la continuidad del proceso de desinflación”. 

Y agregó: “Esto se da en un mes en el cual el índice presenta una estacionalidad positiva, vinculada a las fiestas y al inicio del período de vacaciones de verano, y en un contexto donde tanto la actividad económica como los ingresos reales de la población presentan una fuerte recuperación”.

La variación interanual del IPC Nacional fue de 117,8% i.a., siendo el octavo mes consecutivo de desaceleración en la comparación contra igual mes del año anterior, y contrastando con el 211,4% de inflación registrado en 2023. 


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Javier Milei volvió a prorrogar por decreto el Presupuesto 2023

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Milei firmó DNU para envío de fondos a provincias para financiamiento educativo

Por segunda vez, el gobierno nacional, liderado por Javier Milei, prorrogó el Presupuesto de 2023 al no haber alcanzado un acuerdo en el Congreso para aprobar una nueva Ley de Leyes y no convocar a sesiones extraordinarias por temor a afectar el equilibrio fiscal.

De esta manera, en la mañana de hoy fue publicado en el Boletín Oficial el decreto 1131/2024, que oficializó la prórroga del Presupuesto General de la Administración Nacional para el año próximo.

Esto significa que, por segunda vez consecutiva, se extendió el presupuesto que fue aprobado en el último año de la presidencia de Alberto Fernández. Al respecto, el Ejecutivo justificó la decisión apuntando a la “necesidad de garantizar la continuidad de los servicios esenciales”.

A su vez, en su artículo 2, delega al jefe de Gabinete Guillermo Francos, la facultad de “adecuar oportunamente” la previsión presupuestaria según el contexto económico y financiero. En este marco, otorga al Ejecutivo discrecionalidad para manejar las cuentas del Estado, lo que podría afectar las negociaciones con las provincias y los organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Antecedentes y tensiones con las provincias

El último proyecto de presupuesto fue presentado en septiembre pasado, sin embargo, el Ejecutivo decidió no convocar a sesiones extraordinarias, argumentando preocupaciones sobre el impacto que un debate legislativo podría tener en el equilibrio fiscal.

En esta oportunidad la prórroga surge en un contexto de tensiones abiertas entre el Gobierno Nacional y las provincias, entre quienes las negociaciones se encuentran suspendidas, ya que los gobernadores reclaman puntos que, para el presidente, atentan contra su premisa central del déficit cero.

Algunas de las principales exigencias de los mandatarios provinciales son: las deudas por cajas previsionales, la coparticipación del impuesto a los combustibles líquidos, la distribución del Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN), la limitación de la alícuota de la Agencia de Recaudación Federal (ex AFIP) y las compensaciones pendientes del Consenso Fiscal 2017.

En conjunto, estos reclamos representan un total de 3.700 millones de dólares, aunque según pudo revelar la agencia Noticias Argentinas, desde Balcarce 50 insistieron en que “No hay plata. Tampoco proponen de dónde sacar esa plata. No hay 3.700 millones para sacar de ningún lado”.

Posibles cambios a partir de febrero

Desde el oficialismo consideran que el Presupuesto podría tratarse en febrero si los gobernadores acceden a garantizar el respaldo al proyecto original presentado en septiembre, aunque advierten que no hay antecedentes de votaciones presupuestarias en ese mes. 

Al no haber podido alcanzar acuerdos concretos, y con un escenario legislativo incierto, el decreto aparece nuevamente como la herramienta clave para prorrogar el presupuesto sancionado en diciembre de 2022, tal como se hizo al inicio de la gestión libertaria en diciembre de 2023.

 


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Postergan roaming gratuito en el Mercosur para culminar instancias técnicas

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El viernes pasado, el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) había anunciado que los usuarios argentinos de telefonía móvil dejarían de pagar roaming en Brasil, Uruguay y Paraguay a partir de este domingo 29 de diciembre. Sin embargo, horas más tarde, comunicaron que la medida no entrará en vigencia hoy.

Esto se debe a que aún se encuentra pendiente una instancia técnica de coordinación con los reguladores de Uruguay y Paraguay, a quienes convocarán mañana lunes, mientras que Brasil está en proceso de ratificación del acuerdo, por lo que la puesta en marcha del servicio gratuito se realizará más adelante.

La medida prevé que a los usuarios de telefonía móvil que viajen a Brasil, Uruguay y Paraguay ya no se les cobrarán cargos extra al momento de acceder a Internet, enviar mensajes de voz y texto o realizar llamadas.

Antecedente

El acuerdo fue firmado en julio de 2019 entre los Estados Parte del Mercosur -Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay- y ratificado en Argentina en mayo de este año a través de la Ley 27740, la cual aprobó el Acuerdo para la Eliminación del Cobro de Cargos de Roaming Internacional a los Usuarios Finales del Mercosur.

El documento establece, entre otras cosas, que los prestadores de servicios móviles deberán aplicar a sus usuarios finales los mismos precios que cobren en su propio país, según la modalidad y al plan contratado por cada uno.

Esto quiere decir que los usuarios de telefonía móvil que viajen a los países que integran el Mercosur podrán seguir utilizando los servicios como si estuviesen en Argentina.

Una vez implementado el Acuerdo, un Comité de Coordinación Técnica, compuesto por representantes de los Estados Parte, deberá posibilitar su implementación, además de supervisar su ejecución y cumplimiento.

En Argentina, el comité de representación es integrado por la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología junto al Enacom.


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