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Jueza ordenó el pago retroactivo de la pensión a veterano de guerra desde 1982

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El planteo fue de un soldado que combatió en Malvinas. El beneficio debe ser reconocido desde que finalizó el conflicto. Y hasta 1991 cuando se aprobó la creación de la pensión. Es un fallo de primera instancia, pero creará un precedente para reclamos similares.

BUENOS AIRES (Agencias y diarios) La jueza federal Alicia Braghini, a cargo del Juzgado de la Seguridad Social 7, hizo lugar al reclamo de un combatiente de Malvinas y ordenó que se le pague el retroactivo de la pensión de veterano de guerra desde que terminó el conflictoel 14 de junio de 1982– hasta el 31 de marzo de 1991, fecha en que se sancionó la ley que modificó el modo de cálculo del beneficio.

Jorge Alberto Leiva, el ex combatiente que presentó el reclamo, alegó que la norma que otorgó la pensión vitalicia a los conscriptos en reconocimiento a su participación en el conflicto bélico del Atlántico Sur debe entenderse que lo hizo desde el mismo comienzo de las hostilidades.

Además planteó la inconstitucionalidad de uno de los artículos del decreto reglamentario que limitaba la liquidación de la pensión vitalicia a partir de la presentación de su solicitud.

Asimismo cuestionó que la norma establezca que, para el caso de veteranos fallecidos, la fecha a tener en cuenta para comenzar a percibir la pensión es la del deceso, discriminando de esa manera a los ex combatientes sobrevivientes.

La jueza Braghini le dio la razón a Leiva y sostuvo que la pensión tuvo la finalidad de reconocer al veterano de guerra. Y agregó que “es aquí donde centramos la cuestión conceptual: desde cuándo se es veterano de guerra y por ende desde cuándo corresponde el beneficio”.

En ese sentido, la magistrada remarcó que “es evidente que la finalidad de la ley del año 1991 fue establecer un reconocimiento y reivindicación históricos, y ello carecería de sentido y hasta resultaría contradictorio que se considerara veterano de guerra a partir del día de la presentación de solicitud y no desde el mismo día en que cesó el conflicto”.

En los considerandos del fallo, Braghini dejó en claro que “se es veterano de guerra desde el mismo momento en que cesó el conflicto”. Por esas razones, declaró la inconstitucionalidad del decreto reglamentario por entender que “han sido desnaturalizados tanto el verdadero objetivo cuanto la intención del legislador, que no fue otra que reconocer y reivindicar a quienes participaron de la guerra, a través de una pensión honorífica de carácter no contributivo”.

El fallo de Braghini es de primera instancia y ahora la ANSES apelará a la Cámara Federal de la Seguridad Social, por lo que no será de aplicación inmediata.

Sin embargo, sienta un precedente relevante porque se da en momentos en que también se está llevando adelante en tribunales un reclamo colectivo por parte de la Confederación de Combatientes de Malvinas contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

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Autorizan la realización de “microeventos” en el Parque Nacional Iguazú

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A través de la Resolución 460/2025, publicada en el Boletín Oficial, el gobierno nacional autorizó la realización de dos “microeventos” por jornada y un máximo de 60 personas por cada festival en el Parque Nacional Iguazú.

El pedido había sido efectuado por su intendenta José María Hervás y, para respetar el medio ambiente y no provocar desmanes, las autoridades informaron que deberán respetarse ciertas condiciones, entre ellas, el límite de participantes, la frecuencia, la zonificación y el tránsito, sujetas a las Medidas de Manejo Ambiental (MMA).

A través de un escrito, la intendencia del Parque Nacional Iguazú manifestó “la necesidad operativa de agilizar el trámite de las actividades de pequeña escala que se desarrollan sistemáticamente en sectores de uso público intensivo, sin implicar modificaciones permanentes ni generar impactos ambientales relevantes”.

Luego del análisis de expertos, se permitió que el Parque Nacional pueda concretar eventos “en sectores de uso público intensivo, con una escala sustentable de participantes, bajo impacto operativo y una modalidad consolidada que requiere una dinámica de tramitación acorde a su naturaleza”.

Para el desarrollo de los festivales, se otorgará la intervención de prestadores y concesionarios habilitados, como forma de resguardar la seguridad de los participantes, y dentro de un dispositivo de control.

Las medidas

Entre las restricciones se encuentran limitaciones de carga, frecuencia y uso del espacio. Por lo que cada evento podrá contar con un máximo de 60 personas y solo podrán realizarse dos por día. A su vez, deberán ser efectuados en Áreas de Uso Público Intensivo autorizadas, y dentro del horario convencional del Parque.

En cuanto a la circulación, no podrá restringirse el tránsito general de visitantes no participantes del evento.

Respecto a la tecnología, queda prohibida la amplificación sonora eléctrica o a batería y el uso de drones, salvo autorización extraordinaria y fundada en seguridad o registro institucional.

En lo que hace a infraestructura sólo se permitirán elementos desmontables, portátiles y de bajo impacto, por lo que quedan estrictamente prohibidas las estructuras fijas, ancladas al suelo o cierres totales del área.

Finalmente, se aplicarán las medidas de Gestión Ambiental y Residuos con la modalidad “Cero-Impacto”, por lo que el organizador del evento estará obligado a la recolección de los residuos generados.

También estarán prohibidos los plásticos descartables o de un solo uso y los alimentos deben manipularse en condiciones que impidan el acceso de fauna silvestre.

Otro punto expuesto es que toda solicitud para la realización de los microeventos deberá ser presentada con una antelación mínima de cinco días hábiles administrativos previos a la fecha prevista para su realización.

“La Intendencia del Parque Nacional Iguazú será responsable de la verificación, control y fiscalización del cumplimiento de las condiciones establecidas”, remarcaron. 

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Encuentran sin vida a un soldado misionero en la Quinta de Olivos

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Un soldado del Ejército Argentino, oriundo de Misiones e identificado como Rodrigo Gómez, de 21 años, fue encontrado sin vida este martes en uno de los puestos de guardia de la Quinta Presidencial de Olivos.

“En horas de la madrugada del día de la fecha, personal que presta servicio en la Residencia Presidencial de Olivos halló sin vida a un efectivo del personal militar que cumplía funciones de seguridad en el lugar”, informó la Vocería Presidencial en su cuenta oficial de X.

“De inmediato se activaron los protocolos correspondientes y acudieron servicios médicos de emergencia, que constataron el fallecimiento”, agrega el comunicado del gobierno y señala que, por el momento, “la principal línea de investigación apunta a que se habría quitado la vida”.

“Por disposición del Juzgado Federal interviniente, a cargo de la jueza Sandra Arroyo Salgado, se dio intervención a las distintas áreas de las fuerzas federales, a fin de llevar adelante las pericias necesarias”, continúa.

“El presidente de la Nación y todo el Gobierno Nacional expresa sus condolencias y acompaña a la familia en este momento de dolor”, finaliza el parte oficial.

Según informan los medios porteños, Gómez estaba asignado al Escuadrón Chacabuco del Regimiento de Granaderos a Caballo y prestaba servicios en una de las garitas de la Residencia Presidencial.

Las publicaciones periodísticas sostienen que el joven soldado misionero se disparó en la cabeza con su arma reglamentaria, un fusil FAL que fue encontrado junto a su cadáver.

El portal de noticias Infobae consigna que el perfil crediticio de Gómez “reflejaba deudas en blanco con bancos y entidades financieras” y que “su salario dependía de la Contaduría General del Ejército”.

Tras el hallazgo, se activaron los protocolos de seguridad y se convocó a la DUOF San Isidro de la Policía Federal Argentina, que realizó la primera intervención junto a autoridades del área de Seguridad Presidencial. La autopsia se realizará en la Morgue Judicial de la Ciudad de Buenos Aires.

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El misionero Javier Lanari es el nuevo secretario de Comunicación de Nación

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Javier Lanari

El gobierno nacional oficializó este viernes la designación del periodista misionero Javier Lanari como nuevo titular de la Secretaría de Comunicación y Prensa, cargo en el que reemplazará a Manuel Adorni, que en contrapartida continuará ejerciendo como vocero presidencial.

El nombramiento, publicado en el Boletín Oficial a través del Decreto 871/2025, se enmarca en una reorganización del gabinete impulsada por el presidente Javier Milei para encarar su tercer año de gobierno en 2026.

Lanari, hasta ahora subsecretario en la misma cartera, asume el cargo con efecto retroactivo desde el 6 de diciembre, reemplazando directamente a Adorni, quien dejó la secretaría para concentrarse en su rol como jefe de Gabinete, desde donde continuará centralizando la comunicación pública.

La resolución que oficializa a Lanari en su nuevo puesto lleva las firmas del presidente Milei y del ministro Adorni.

El misionero Lanari defendió a Milei: “No soportan que baje la inflación”

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