Nacionales
Jueza ordenó el pago retroactivo de la pensión a veterano de guerra desde 1982
El planteo fue de un soldado que combatió en Malvinas. El beneficio debe ser reconocido desde que finalizó el conflicto. Y hasta 1991 cuando se aprobó la creación de la pensión. Es un fallo de primera instancia, pero creará un precedente para reclamos similares.
BUENOS AIRES (Agencias y diarios) La jueza federal Alicia Braghini, a cargo del Juzgado de la Seguridad Social 7, hizo lugar al reclamo de un combatiente de Malvinas y ordenó que se le pague el retroactivo de la pensión de veterano de guerra desde que terminó el conflicto –el 14 de junio de 1982– hasta el 31 de marzo de 1991, fecha en que se sancionó la ley que modificó el modo de cálculo del beneficio.
Jorge Alberto Leiva, el ex combatiente que presentó el reclamo, alegó que la norma que otorgó la pensión vitalicia a los conscriptos en reconocimiento a su participación en el conflicto bélico del Atlántico Sur debe entenderse que lo hizo desde el mismo comienzo de las hostilidades.
Además planteó la inconstitucionalidad de uno de los artículos del decreto reglamentario que limitaba la liquidación de la pensión vitalicia a partir de la presentación de su solicitud.
Asimismo cuestionó que la norma establezca que, para el caso de veteranos fallecidos, la fecha a tener en cuenta para comenzar a percibir la pensión es la del deceso, discriminando de esa manera a los ex combatientes sobrevivientes.
La jueza Braghini le dio la razón a Leiva y sostuvo que la pensión tuvo la finalidad de reconocer al veterano de guerra. Y agregó que “es aquí donde centramos la cuestión conceptual: desde cuándo se es veterano de guerra y por ende desde cuándo corresponde el beneficio”.
En ese sentido, la magistrada remarcó que “es evidente que la finalidad de la ley del año 1991 fue establecer un reconocimiento y reivindicación históricos, y ello carecería de sentido y hasta resultaría contradictorio que se considerara veterano de guerra a partir del día de la presentación de solicitud y no desde el mismo día en que cesó el conflicto”.
En los considerandos del fallo, Braghini dejó en claro que “se es veterano de guerra desde el mismo momento en que cesó el conflicto”. Por esas razones, declaró la inconstitucionalidad del decreto reglamentario por entender que “han sido desnaturalizados tanto el verdadero objetivo cuanto la intención del legislador, que no fue otra que reconocer y reivindicar a quienes participaron de la guerra, a través de una pensión honorífica de carácter no contributivo”.
El fallo de Braghini es de primera instancia y ahora la ANSES apelará a la Cámara Federal de la Seguridad Social, por lo que no será de aplicación inmediata.
Sin embargo, sienta un precedente relevante porque se da en momentos en que también se está llevando adelante en tribunales un reclamo colectivo por parte de la Confederación de Combatientes de Malvinas contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Nacionales
Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril
El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.
De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.
Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.
La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.
Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.
El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal.
Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.
Nacionales
La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.
Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.
De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.
Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.
En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.
El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial
Impacto en Misiones
Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.
Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.
Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes
Nacionales
Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral
La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.
La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.
Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.
La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.
El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.
Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.
Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26
El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy
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