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Indemnizarán a quienes hayan sufrido efectos adversos de vacunas contra el covid

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El Gobierno resolvió indemnizar a todas aquellas personas que hayan sufrido efectos adversos a cualquiera de las vacunas contra el covid aplicadas en la pandemia.

El Ministerio de Salud Pública de la Nación publicó este lunes la Resolución N° 7/2022, que lleva la firma de la ministra Carla Vizzotti, y Enrique Alberto Cossio, superintendente de Riesgos del Trabajo.

La medida establece un “procedimiento para la tramitación de reclamos indemnizatorios” para aquellos casos donde se hayan sufrido efectos adversos tras la aplicación de alguna vacuna “destinada a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19”, y se aplica en el marco del Plan Estratégico para la Vacunación contra el coronavirus, aprobado por Salud el 29 de diciembre de 2020.

“La tramitación del reclamo indemnizatorio ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, prevista en el artículo 8 de la Ley N°27.573, requerirá que el evento adverso haya sido previamente notificado a través del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino por el personal de salud que asista al presunto damnificado/a o que tome conocimiento del evento”, explica la resolución.

Detalla asimismo que “todos los estudios que demande el trámite deberán ser aportados en forma digital en el expediente administrativo a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), dentro del plazo que establezca la notificación que lo requiera, según las circunstancias del caso”.

“La realización de los mismos (los estudios) –precisa-, estará a cargo de la persona que pretenda el reconocimiento resarcitorio”.

“Al efecto de la evaluación encomendada a las Comisiones Médicas Jurisdiccionales serán de aplicación las ‘Normas para la Evaluación, Calificación y Cuantificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones’ contenidas en el Decreto N°478 de fecha 30 de abril de 1998, con exclusión de la aplicación de los ‘factores complementarios’”, agrega.

La decisión, que además crea un Fondo de Reparación Covid-19, emula un instrumento implementado en diversos países del mundo, destinado a indemnizar a quienes padecen un daño en la salud que sea consecuencia directa de la aplicación de alguna de las vacuna contra el virus.

El trámite

El procedimiento para el reclamo se completa en varios pasos disponibles en la web de Salud. La medida permite la tramitación por parte de terceros, debidamente identificados; y alcanza también a familiares de casos fatales, o que hayan derivado en incapacidad física total y permanente, del vacunado.

En estos casos extremos, el Fondo de Reparación abonará una indemnización equivalente a 240 haberes mínimos jubilatorios del SIPA, unos $5.5 millones de pesos, ya que la jubilación mínima es de unos $23.000.

Cabe recalcar que el reclamo de la indemnización prescribe a los 3 años desde que se conoció el daño provocado por la vacuna.

Los pasos a seguir pueden resumirse así:

1-  Informar del supuesto evento adverso, a través del personal de salud, en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).

2- Presentar la solicitud correspondiente ante las Comisiones Médicas mediante la plataforma de Trámites a Distancia junto al certificado del diagnóstico, DNI y el carnet de vacunación.

3- Si se aprueba la solicitud, la misma pasará a la Dirección de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles (DiCEI) del Ministerio de Salud y se procederá a verificar la notificación de este en el SISA.

4- La Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CONASEVA) determinará la relación entre la vacuna y el evento adverso denunciado.

5- En caso de que se pruebe la relación, la Comisión Médica correspondiente fijará el porcentaje de incapacidad que presenta el damnificado.

6-  En base al porcentaje anteriormente mencionado, se determina el monto a indemnizar y se procede a realizar el pago.


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El gobierno limitó acceso a la información sobre los perros de Milei

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El gobierno le puso un bozal a la información sobre los perros del presidente Javier Milei, que viven en la Quinta de Olivos en una serie de caniles especialmente ambientados.

Un reciente dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo del ministro Rodolfo Barra, estableció límites para las solicitudes de acceso a la información sobre el tema y los extendió a cualquier dato que pueda ser considerado parte de la “vida privada” de Milei.

Barra, contestó así un pedido de la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, ante los requerimientos sobre los clones de cuatro patas de su hermano, amparados en la Ley de Acceso a la Información Pública 27.275, y dictaminó que las consultas deben rechazarse por “banales”.

Los perros, a quien Milei llama “mis hijitos de cuatro patas”, fueron desde el día después del triunfo electoral un tema de interés que, incluso, en un determinado momento fue abordado como una cuestión de Estado.

En mayo pasado, un informe de CNN Español mostró cómo fue la clonación de Conan, por la que Milei pagó US$50.000 y de la que resultaron los cinco mastines ingleses que lo acompañan en Olivos.

Banalidades

El dictamen de Barra se ocupó en primer término de aclarar que, según la información que recibió de Karina Milei, los gastos que generaron los perros del presidente no corrieron por cuenta del Tesoro Nacional, y además afirmó que la naturaleza de la información que se solicita corresponde a la “vida privada” del mandatario y no afecta al interés público.

La banalidad misma de la cuestión impone no sólo el rechazo del pedido sino que debería mover a la reflexión acerca del gasto (material y personal) innecesario, inútil e intrascendente que, para el Tesoro, este tipo de solicitudes provoca”, escribió.

“En todos los casos las áreas competentes de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación informaron que los gastos vinculados con el acondicionamiento del Sector Casa sustentable, para ser utilizado para caniles y/o los relacionados con el cuidado y manutención de las mascotas, no fueron abonados con fondos del Tesoro Nacional”, indicó.

Barra, reconoció el rango constitucional del acceso a la información pública, ya que promueve la “participación ciudadana” y la “transparencia” en la gestión, aunque más adelante indicó que las consultas ciudadanas recibidas por la oficina de Karina Milei no se corresponden con el espíritu de la ley.

“La consulta que motiva esta intervención -explicó Barra- tiene como antecedente las numerosas peticiones dirigidas a conocer ciertos aspectos vinculados a las mascotas del Presidente de la Nación, tales como, la cantidad, raza, nombre, edad, marca y tipo del alimento que consumen, elementos destinados al cuidado y manutención, incluido su embellecimiento; información vinculada a su estadía en la residencia Presidencial -fecha de ingreso, profesionales afectados a su cuidado pasado y presente, entre otros-, y al origen de los fondos con los que se solventaron las obras destinadas a su alojamiento (caniles)”.

Admitir este tipo de solicitudes -sostuvo Barra- importaría un notorio apartamiento del espíritu y la letra de la Ley, con consecuencias no deseables a la luz del objetivo que persigue el régimen, llevando al absurdo de procesar por dicho procedimiento, pedidos que no involucran cuestiones públicas ligadas a la actividad estatal.”

“La información a la que se hace referencia en el objeto de la consulta no califica como pública, no se justifica su divulgación”, escribió.

“La información que se solicita se refiere a un aspecto de la vida privada y familiar del Señor Presidente de la Nación”, dictaminó Barra y explicó: “Si bien, la Residencia Presidencial de Olivos es una instalación pública, también es el hogar temporal del Presidente y la privacidad de este espacio debe ser respetada”.


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El gobierno aumentó por decreto el salario mínimo en cuotas hasta octubre

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Tras el fracaso de las conversaciones con empresarios y sindicatos, el gobierno nacional estableció por decreto los aumentos del salario mínimo que regirán en los próximos meses, elevando el monto a $254.231,91 pesos en julio y hasta llegar a $271.571,22 en octubre.

Los incrementos fueron instrumentados a partir de la Resolución 13/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial y comenzarán a regir desde el próximo mes.

El decreto establece que el salario mínimo, vital y móvil pasará de los actuales $234.315,24 a $254.231,91 en julio, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen una jornada legal completa de trabajo. Para los trabajadores jornalizados, en tanto, la hora subirá a $1.271,16.

Desde el 1 de agosto, por su parte, el piso salarial será de $262.432,93 para la jornada laboral y de $1.312,16 por hora para trabajadores jornalizados. Los montos de septiembre, a su vez, serán de $268.056,50 y de $1.340,28, respectivamente.

El último aumento dispuesto en este decreto será en octubre, mes en el cual el mínimo llegará a los $271.571,22, mientras que la hora de trabajo se abonará $1.357,86.

“En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”, se aclaró en la resolución firmada por el gobierno que lidera el presidente Javier Milei.

El más bajo en tres décadas

De acuerdo a un informe del Centro de Investigación y Formación (Cifra) de la Central de los Trabajadores de la Argentina (CTA), que encabeza Hugo “Cachorro” Godoy, el salario mínimo tiene un poder de compra 32,1% menor del que tenía en noviembre del año pasado, ya que “los aumentos nominales sumaron 60,5% respecto de noviembre de 2023, cuando en el mismo período se proyecta acumular una inflación superior al 136%”.

El mismo estudio indicó que en lo que va del año, el salario mínimo en términos reales fue 53,1% menor que en 2015 y está en el nivel “más bajo de las últimas tres décadas”.

Y agregó: “El valor es inferior incluso al vigente durante la mayor parte de la década de 1990. En ese entonces, como ahora, el nivel era tan bajo que este instrumento había perdido su rol como piso salarial, tal como se buscaba desde un gobierno que bregaba por la desregulación y flexibilización del mercado de trabajo”.


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Sturzenegger desmintió extensión de jornada laboral y vuelta del “ticket canasta”

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, desmintió que el gobierno estuviera impulsando la extensión de la jornada laboral y la vuelta de los “tickets canasta”, como publicaron esta semana diarios porteños como El Destape, Crónica y Página/12, y un sinnúmero de medios provinciales, entre los que se cuenta La Voz de Misiones.

FALSO”, se limitó a escribir Sturzenegger en su cuenta de X sobre un artículo de El Destape, que daba cuenta de la información surgida a la par de la reglamentación del capítulo laboral de la Ley Bases y las conversaciones del secretario de Trabajo, Julio Cordero, con representantes de las centrales sindicales y las cámaras empresariales.

La información periodística desmentida por el ministro, sugería que el plan de avanzar en una reforma laboral que reponga figuras jurídicas de los ’90, como los tickets creados por el ministro de Economía de Carlos Menem, Domingo Cavallo, que permitía a las patronales pagar parte de los salarios de sus trabajadores en vales de comida intercambiables en supermercados, está “inspirado” en ideas que Sturzenegger ya plasmó en el mega DNU 70/23, cuyo capítulo laboral fue frenado por un amparo que está a consideración de la Corte Suprema de Justicia.

La idea es ampliar la jornada laboral, de 8 a 12 horas, por convenio colectivo; la vuelta de los tickets y la habilitación de contratos de tipo “intermedio”, que introduzcan nuevas figuras en la relación laboral, como la del “trabajador colaborador”, diseñada para los monotributistas.


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