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Fue contundente el fallo de la Corte contra el tarifazo en gas

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Tras desoír todas las señales políticas adversas que le fue dando la Corte Suprema, el Gobierno nacional terminó obteniendo el peor fallo posible en relación con el tarifazo del gas. Con una sentencia unánime, el máximo tribunal anula las resoluciones del Ministerio de Energía que establecieron el nuevo cuadro tarifario y obliga a retrotraer los valores a marzo pasado, previo a los incrementos. Derribó el principal argumento oficial al establecer que, para la fijación de tarifas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio. Aunque restringió el alcance de la medida a usuarios residenciales (a quienes les reconoció un amparo “de clase”), no cerró la vía judicial para que industrias, pymes y comercios y todos quienes no fueron alcanzados por el fallo inicien sus propios planteos. Tampoco concedió que el gas a “boca de pozo”, con precios fijados por el Estado para la producción, quede excluido de la instancia de participación ciudadana. Perfila un fallo adverso en tarifazo de luz.

En una resolución abarcativa y con varias aristas, el aumento fue anulado para todos los usuarios residenciales de todo el país, a quienes la Corte les otorgó la razón en el amparo colectivo iniciado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS). Por su propia jurisprudencia, la Corte sólo identificó a este segmento (según cifras oficiales, un 26% de los consumidores totales de gas) como una cantidad de personas con un interés homogéneo que les permitiría acceder a un proceso colectivo. El voto conjunto de Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti fijó el trazo grueso al que adhirió con sus propios fundamentos Juan Carlos Maqueda. El debut de Horacio Rosatti fue a través de un extenso voto en el que desplegó otras variables de la sentencia. El desarrollo fue un compendio de la sucesión de errores e imprevisiones que el Poder Ejecutivo tuvo en materia tarifaria desde que fijó los aumentos, y también le dejó advertencias a futuro: las audiencias públicas “esenciales” no podrán tener un carácter testimonial, sino que de su resultado se desprenderá la gradualidad, uno de los requisitos previstos para los aumentos.

De alguna forma, ratificó -en esta segmentación- lo dispuesto el 7 de julio por la Cámara Federal de La Plata. Para los usuarios finales se volverá al cuadro tarifario previo al 1 de abril y no se les cobrarán retroactivos. En el caso del resto, quienes deberían pagar la nueva tarifa con retroactividad, no los comprende el fallo pero abre la posibilidad de que se multiplique la litigiosidad.

Los jueces no ingresaron a analizar todos los segmentos porque allí tenían visiones contrapuestas. Como resultado, es probable que el aumento de los costos en servicios públicos provoque un traslado a precios, en momentos en que el Gobierno se esperanzaba con un descenso de la inflación.

La Corte le dejó al Gobierno la obviedad de poder fijar la política tarifaria, pero le arrebató poder establecer de forma unilateral -sin consulta previa- el precio de ingreso al sistema de transporte de gas (PIST), es decir, lo que se les paga a los productores. Sostuvo que de acuerdo con la evolución normativa en la materia, sólo podría excluirlo de una audiencia pública si lo dejara librado al libre mercado de oferta y demanda. De otra forma, deberá incluirlo en la discusión junto con los valores de transporte y distribución.

La Corte recordó que desde 2004 fue el Estado el que, durante el kirchnerismo, fijó ese valor, algo que continuó en la administración de Mauricio Macri. “En la situación actual el Estado intervino fuertemente en la fijación del PIST y por lo tanto debe someterlo a una audiencia pública porque es una decisión que, claramente, escapa al mercado. A partir de la fijación según reglas de oferta y demanda, no será necesaria la audiencia, porque se aplica la Ley 24.078”, sostuvo. En su voto, Maqueda reafirmó este punto, que el Gobierno creía ganado cualquiera fuese el resultado, lo que le permitiría cobrar en las facturas más del 60% del valor de los aumentos, según su propio informe.

La Corte también ordenó al Gobierno mantener la tarifa social para los sectores más pobres y solicitó al Congreso nombrar al defensor del pueblo de la Nación (crucial en las audiencias), cargo vacante desde abril de 2009, cuando renunció Eduardo Mondino. No sin quejarse de fallos genéricos, la Corte también advirtió a jueces y tribunales sobre la procedencia de los amparos otorgados, en lo que pareció un mensaje para futuras aplicaciones restrictivas en cuanto a medidas de alcance general.

En el repaso de las medidas adoptadas por el Ejecutivo hubo hasta una irónica mención a las denominadas “audiencias informativas” y el subrayado sobre que si las condiciones del sistema energético eran críticas, obligaba a tener medidas “prudentes”.

Lejos de dramatizar como el oficialismo, la Corte recordó qué otras vías tiene el Gobierno para suplir lo que destinará a subsidios y deslizó que las empresas tuvieron créditos y los usuarios pagaron cargos en sus boletas destinados a infraestructura, lo que apuntó a conjurar las amenazas de las prestatarias sobre su crítica situación.

“Frente a la magnitud que representó en numerosos casos, no es posible decir que no les haya permitido tomar las debidas precauciones en el diseño razonable de sus economías respectivas”, sostuvo el Tribunal sobre el impacto económico de la medida. Rosatti, por sus fundamentos, aclaró otro de los argumentos oficiales y sostuvo que “la seguridad jurídica -requisito imprescindible para propiciar la afluencia de inversiones en materia energética- se ve necesariamente socavada tanto si se modifican injustificadamente las normas jurídicas que regulan la materia, cuanto si se alteran los presupuestos fácticos que han motivado la adopción de tales reglas”.

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La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

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La inflación de julio fue del 4%: la más baja desde enero del 2022

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer el dato de inflación de julio, el cual se ubicó en 1,9% y acumuló un 36,6% en los últimos doce meses. Mientras que, en lo que va del año suma un 17,3%.

Este resultado da cuenta de que hubo un leve incremento respecto al mes de junio, cuando la inflación mensual se ubicó en 1,6%.

El rubro que registró el mayor aumento fue Recreación y cultura (4,8%), seguida de Transporte (2,8%) y Restaurantes y Hoteles (2,8%). Por su parte, la división Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 1,9%, a la par del promedio de la inflación general.

Las dos divisiones con las menores variaciones de julio fueron Bebidas alcohólicas y tabaco (0,6%) y Prendas de vestir y calzado, que registró una caída de precios (-0,9%).

Las consultoras esperaban que el valor se mantuviera por debajo del 2%, al igual que los dos meses previos.

Por su parte, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central, que aglomera las proyecciones de más de 40 instituciones, había estimado a la inflación de julio 2025 en 1,8% en promedio.

Días atrás las mediciones privadas anticipaban que la suba de casi 14% del dólar en julio no impactaría tanto sobre la inflación, lo que puede contrastarse con el mes anterior, cuando la inflación fue del 1,6%, apenas por encima del 1,5% del mayo, hasta ahora la menor de los últimos cinco años.

La inflación fue de 1,6% en junio y acumula 15,1% en el año

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Oficializaron el triple veto de Milei: jubilaciones, moratoria y discapacidad

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En la mañana de hoy se conoció el decreto 534/2025, con el que el gobierno de Javier Milei oficializó el veto a las leyes que establecían el aumento a las jubilaciones, la reapertura de la moratoria previsional y la declaración de emergencia en discapacidad.

Estas tres iniciativas fueron aprobadas por el Senado el pasado 10 de julio. La ley para el aumento jubilatorio obtuvo 142 a favor, 67 negativos y 19 abstenciones; y 28 ausentes; mientras que la emergencia en discapacidad, obtuvo 34 ausencias.

Con la nueva medida quedarán sin efecto, tal como lo había anticipado por el mandatario apenas las leyes fueron respaldadas en la Cámara alta.

El triple veto fue firmado el pasado sábado y publicado en el Boletín Oficial este lunes con las firmas de Milei y los miembros de su gabinete. 

A partir de ahora, el rechazo del mandatario deberá tratarse en el Congreso y para sostener el veto el oficialismo necesitará 86 votos.

Los detalles

La decisión presidencial deja sin efecto el aumento jubilatorio de haberes y pensiones del 7,2% y el incremento para el bono, que pasaba de $70.000 a $110.000, y que iba a actualizarse por inflación, según la norma aprobada por el Senado.

Paralelamente se había aprobado la reapertura por dos años de la moratoria que permitía jubilarse a las personas que no tuvieran los 30 años de aportes, lo que también fue vetado.

Por último, quedó sin efecto el proyecto relativo a la discapacidad, impulsado por el diputado Daniel Arroyo, que declaraba la emergencia hasta el 31 diciembre de 2027 y reforzaba las pensiones no contributivas por invalidez para llevarlas al 70% del haber mínimo jubilatorio. 

En los considerandos del decreto presidencial se menciona como argumento central para desestimarlas, que estas leyes, de instrumentarse, romperían el equilibrio fiscal, ya que implicarían “un gasto adicional de más de 7 billones de pesos en 2025 y cerca de 17 billones en 2026“.

Argumentación del triple veto

El decreto señala una serie de irregularidades, entre las que sobresale que: “la sesión fue llevada adelante sin que se haya citado de forma previa a los integrantes del H. Senado de la Nación” y recordó que se trata de un punto que “garantiza el correcto funcionamiento de la Cámara Alta, así como los derechos y garantías de los senadores, y está prevista en el Reglamento del cuerpo como una atribución de su Presidente”.

Otra de las objeciones expresadas en los considerandos indica: “además, se acreditó que el tratamiento de los proyectos bajo análisis fue habilitado por medio de una votación que, conforme al Reglamento de la Cámara Alta, debió ser computada sobre una mayoría de dos tercios de los votos, y no una simple mayoría“.

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Javier Milei ratificó el veto del gobierno al aumento de las jubilaciones

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La reconversión del Inti pone en riesgo 2400 puestos de trabajo en el país

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Empleados del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti), nucleados en la Multisectorial, se declararon en estado de asamblea permanente luego de que el gobierno nacional, presidido por Javier Milei, anunciara el decreto 462/25 que pondría en riesgo el funcionamiento de dicho organismo junto al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta), el Instituto Nacional de Semillas (Inase) y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (Inpi), entre otros de ciencia y tecnología.

Sin Inti no hay calidad de vida, no hay seguridad alimentaria, no hay control, ni de la calidad, ni de la cantidad de productos que consumimos cotidianamente. El Inti es imparcial en ese sentido. De alguna manera estamos vinculados a este organismo con sus más de 50 centros de investigación, desarrollo e innovación en biotecnología, química, ambiente, plásticos, nanotecnología y metrología”, describió desde Bariloche Julieta Caló en diálogo con La Voz de Misiones

Caló cuenta con una trayectoria de catorce años dentro del Inti, donde supo ejercer su profesión como diseñadora industrial, consultora técnica y proyectista. Sin embargo, la situación se tornó muy distinta el martes pasado cuando cientos de trabajadores se encontraron con la novedad de que el instituto, que hasta entonces funcionaba de manera autónoma autárquica y federal, pasara a transformarse en una unidad organizativa dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.

Con esta reestructuración, Caló aseguró que estarían en riesgo alrededor de 700 puestos de trabajo, en el corto plazo, y otros 2400 que existen actualmente en distintos puntos del país.

Por este motivo, desde hace una semana la Multisectorial de trabajadores que nuclea a varios empleados del Inti se mantiene en estado de asamblea permanente, dando a conocer el contenido del decreto 482/25 publicado el pasado 8 de julio, sin descuidar compromisos asumidos con emprendedores, pymes y empresas. 

Abrazo simbólico entre empleados del Inti nucleados en la Multisectorial. Foto: El Destape

Estamos recibiendo apoyo de legisladores, senadores, diputados y gobernadores, con proyectos de rechazo al decreto”, afirmó la profesional en referencia a funcionarios que cumplen funciones bajo distintas banderas políticas, como el Frente de Izquierda, la Unión Cívica Radical, la Coalición Cívica y el Partido Justicialista, entre otros.

Intento por voltear el decreto

Desde la Coalición Cívica, el diputado nacional Maximiliano Ferraro y el legislador porteño Hernán Reyes, junto a su equipo de asesores, mantuvieron una reunión con mandos medios y representantes de la Asamblea Multisectorial en el Inti, donde rechazaron el decreto que compromete su existencia. 

En ese contexto, explicaron las funciones principales del organismo, su rol esencial para el desarrollo productivo y la seguridad de los productos que consume la población e hicieron hincapié en las graves consecuencias que tendrá para el normal desenvolvimiento institucional la aplicación del Decreto 462/25 que limita seriamente sus funciones y dispone prescindir del 30% del personal abocado a tareas vinculadas claves, como el manejo de las finanzas, contrataciones, compras, capacitación, liquidaciones, análisis de datos y legales, entre otras.

De esta manera, ambos referentes políticos del espacio que lidera Lilita Carrió, ratificaron su apoyo y acompañamiento tanto en la estrategia judicial para frenar los alcances del decreto como en la vía parlamentaria con el objetivo de derogarlo.

El funcionamiento

El Inti fue creado en 1957 durante el gobierno de facto de Pedro Eugenio Aramburu, en el marco del surgimiento de un conjunto de instituciones nacionales destinadas a poner en movimiento la inversión pública en ciencia y tecnología.

Hoy cuenta con más de 40 centros de desarrollo tecnológico y sectores especializadas por sector industrial en Buenos Aires (lácteos, plásticos, caucho, mecánica, tratamientos superficiales, lácteos, carnes, ambiente, biotecnología, nanotecnología, etc), además de centros multipropósito en distintas provincias.  

Entre sus principales funciones se encuentran medir, calibrar, certificar, testear, verificar y transferir los desarrollos al sector productivo, desde emprendedores hasta industrias.

Se trata de un organismo reconocido internacionalmente, ya que cada país cuenta con uno de características similares que cumple esas funciones técnicas de desarrollo.

En Bariloche, además de trabajar con fábricas de alimentos, emprendimientos textiles, fitocosméticos y empresas de base tecnológica, se inspeccionan y ensayan componentes críticos de los medios de elevación, como los cables de acero, las torres y los vehículos, con el objetivo de garantizar una operación segura durante la temporada. 

También, desde el Inti acompañan a los fabricantes nacionales de repuestos, asistiéndolos técnicamente para que sus productos cumplan con estándares internacionales.

Con la centralización, vaticinan que perderán el contacto directo con la industria, con más de 300 cámaras de pymes en todo el país, sumada la imposibilidad de atender al sector productivo en tiempo y forma, y la falta de personal indispensable en el engranaje institucional.

Reestructuración del Inta: “Reducirlo a secretaría es ignorar su historia”

 

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