Nacionales
En un año, los productos de primera necesidad subieron hasta un 136%
El oficialismo auguró un año 2017 con una inflación en torno al 17%, cifra a partir de la cual se propone discutir las paritarias de los trabajadores, principal motor del consumo interno. Pero la estimación oficial es puesta en duda si se tiene en cuenta la remarcación de precios, principalmente, los que hacen a artículos de primera necesidad.
Tal es el caso del pan, que esta semana pasó a costar cerca de $ 50 el kilo, luego de una suba de 15%. Según la Federación Industrial Panaderil de la provincia de Buenos Aires, la suba responde a un aumento en el costo de la materia prima: según estiman en el sector, la harina aumentará un 12% en los próximos días, y un 10% más en el mes de abril, que se suman al incremento del 16,8% que tuvo el producto durante 2016.
Según un relevamiento de precios de la consultora Ecolatina para ámbito.com, a enero de 2017, el kilo de pan francés aumentó un 33,7% interanual. Teniendo en cuenta la suba de febrero, el aumento fue del 70% interanual.
Pero no sería el único producto de primera necesidad que muestra un alza de ese nivel. Tal es el caso del aceite de girasol, que entre enero de 2016 a enero de 2017, registró un alza del 136,1%.
Vale recordar que, debido al incremento del aceite durante los primeros meses del año pasado (en julio de 2016 ya tocaba el 80%), el Gobierno tuvo que acordar topes mensuales con el sector aceitero, de entre el 4% al 6%.
Los lácteos también sufrieron subas importantes durante 2016. Tal es el caso de la manteca, cuyo precio se incrementó un 90,1% interanual, seguida por la leche, cuyo litro aumentó un 22,2%.
En el primer caso, y a diferencia de lo ocurrido con el aceite, el Gobierno no intervino para regular el precio. Incluso, el ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, argumentó en declaraciones a la prensa que había faltante del producto porque había “una decisión empresarial de hacer más queso porque les permite un mayor margen de rentabilidad“. Y añadió en este marco que se trató de “decisiones empresariales en las que no nos podemos meter“.
Respecto a la leche, el sector advirtió sobre la suba a mediados de año pasado cuando, en señal de protesta, regaló el producto en las rutas como forma de dar a conocer los cierres de tambos, los problemas derivados de las inundaciones en las zonas tamberas, y la eliminación de productos lácteos de la lista de Precios Cuidados, tales como las leches marca “La Serenísima” (entera y descremada en sachet, y en polvo).
Las frutas y hortalizas también forman parte de los productos de primera necesidad que aumentaron durante 2016. Encabeza la lista la papa, cuyo precio se incrementó un 38,3% interanual. Frutas como la manzana, registraron una suba del 21,7%.
Respecto a las carnes, se registró un alza del 33,4% en el precio del pollo y un 18% en carnes rojas.
En tanto el pollo, se trata de otro producto que en 2016 el Gobierno no reincorporó a la lista de Precios Cuidados, al igual que el pescado.
Sin embargo, nuevos cortes de carne roja sí se agregaron al listado oficial, pero con subas. Es el caso del asado, uno de los cortes más requeridos, que tuvo un aumento del 18%.
Pero reemplazar el consumo de la carne por arroz o fideos, tampoco es una opción más barata. En un año, el precio del arroz subió un 24,6%, y el de los fideos, un 8,5%.
Nacionales
El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis
El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.
De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.
Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.
El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.
La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.
La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
Nacionales
La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.
La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.
“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.
“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.
El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.
“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.
El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.
Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.
“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.
La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.
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