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El titular de la AFIP tiene acciones en una empresa acusada por evasión

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En medio de la polémica generada por la Declaración Jurada del presidenteMauricio Macri, el titular de la AFIP Alberto Abad declaró poseer entre sus bienes, títulos de la empresa Molinos Río de la Plata que, en 2015 fue acusada por el organismo que él ahora preside de haber evadido al fisco $ 1.100 millones en concepto de pagos atrasados del Impuesto a las Ganancias. Esa tenencia de títulos públicos con cotización en el país lo coloca en una situación de incompatibilidad prevista en el Código de Ética que rige para el personal del organismo recaudador, porque podría generar una situación de conflicto de intereses en quien debe aplicar el poder de policía sobre una firma de la que su resultado financiero influye en su propio patrimonio. La deuda reclamada por el organismo remite a dos períodos en los que Abad era el titular de la AFIP. Adicionalmente, la Declaración Jurada del funcionario reconoce en el ítem de deudas contraídas, a distintas sociedades financieras sometidas también al control de la AFIP.

Según su DDJJ presentada ante la Oficina Anticorrupción por el período 2015, Abad reconoce poseer acciones y Obligaciones Negociables de las empresas Pan American Energy, IRSA y Arcor entre otros. Pero entre los títulos públicos con cotización en el país señalan que al inicio del año poseía un monto equivalente $ 85.525 invertido en Molinos Río de la Plata. Al cierre de ese período, el valor de esos títulos trepó, según lo declarado, a $ 121.540. Sin que el monto sea significativo en el patrimonio total del funcionario, su declaración puede traer aparejada un posible conflicto de intereses, según las normas que rigen el funcionamiento interno de AFIP. En el Código de Ética que lo alcanza está descripta esa controversia cuando”se contrapongan en una misma situación los intereses de este Organismo con los intereses personales de los funcionarios”. Además aclara que su personal “debe evitar situaciones que desencadenen un conflicto de interés real o potencial”.

En el acápite “b”, la norma establece que nadie en AFIP “debe entablar relaciones personales o profesionales, ni aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo”. En 2015, la AFIP inició un proceso de determinación en el cual le reclamó a la empresa el pago de Ganancias de $ 220,9 millones por el ejercicio 2006 y de $ 919 millones por el de 2007. Objetó esos pagos atrasados que habrían sido generados por precios de transferencia en transacciones internacionales entre firmas pertenecientes al mismo grupo empresario. El reclamo por la deuda coincide con el período en el que Abad fue el administrador federal: dejó su cargo en 2008. Según declaró, en 2013, esos títulos fueron incorporados a su patrimonio. De avanzar el proceso -más allá de las apelaciones planteadas por la empresa- se podría dar la paradójica situación en la que Abaddebiera cobrarle a la firma en la que posee sus inversiones personales.

En ese marco, también resaltan dos deudas reconocidas con el Banco Santander Río (por $ 720.000 cada una) y con Prisma Medios de Pago ($ 85.950), que agrupa servicios de pago electrónico como Pago Mis Cuentas y Monedero, entre otras. De ambas Abad fue director titular en las sociedades controlantes. Esas dos empresas están incluidas en los procesos de fiscalización del organismo. En 2014, el kirchnerista Norberto Berner había sido denunciado por haber declarado una deuda con una telefónica que debía ser controlada por la Secretaría de Telecomunicaciones a su cargo.

Defensa

Abad está imputado por presunta violación de secretos en una causa que investiga l-a divulgación de datos bajo secreto fiscal con objetivos políticos. En medio de un clima enrarecido dentro de la AFIP, hizo circular un memo interno en el cual exhortó a la unidad del personal, conmocionado por las denuncias contra funcionarios del organismo recaudador. “Se han realizado importantes acciones legales en contra de grupos económicos que intentan defraudar al Estado, evadiendo impuestos o aprovechando indebidamente beneficios fiscales”,sostuvo el descargo en el que resaltó las acciones penales llevadas adelantes por AFIP. “No es casual entonces que nos encontremos como es de público conocimiento ante una artera campaña de desprestigio contra el personal de las distintas áreas”, que según dijo, están basados en “falsos hechos y en los más inverosímiles delitos”. Cuestionó a los medios que los publicaron y condenó las “cobardes acciones” llevadas a cabo contra algunos funcionarios imputados. Los alrededores de la AFIP se poblaron con afiches ofensivos que dan cuenta de una interna desatada.

Fuente Ambito Financiero

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Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril

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bono fuerzas federales

El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.

De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.  

Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.

Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.

El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal. 

Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.

 

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La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.

Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.

De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.

Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.

En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.

El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).

Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial

Impacto en Misiones

Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.

Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.  

Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes

 

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Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral

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reforma laboral cautelar

La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.

La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.

Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.

La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.

El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.

Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.

Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26

El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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