Nacionales
Declararon la inconstitucionalidad del DNU de Macri que modifica la ley de ART

Un juez del fuero laboral declaró la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Mauricio Macri que modificó la Ley de Riesgos de Trabajo. La Justicia entendió que la iniciativa es contraria a la Carta Magna y el Derecho internacional de los derechos humanos.
Según el fallo al que accedió Ámbito Financiero, la norma fija un doble estándar para los trabajadores registrados y los informales, a la hora de iniciar una demanda laboral, lo cual viola el principio de igualdad ante la ley. Fue firmado ayer por el juez nacional subrogante de Trabajo Alejandro Aníbal Segura, en el marco de un expediente que analizaba un reclamo de Florencia Soledad Alcaraz contra la compañía de seguros Federación Patronal iniciado el 2 de febrero, por un accidente de trabajo que sufrió en 2015.
Según la resolución, el juez declaró “de oficio la inconvencionalidad e inconstitucionalidad del artículo 1 del DNU 54/2017, más allá de que por motivos que son de público y notorio conocimiento, el Poder Ejecutivo Nacional haya decidido convocar a Sesiones Extraordinarias a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y, en sesión del día 15-2-2017 con el voto de 88 sobre 257 diputados nacionales, haya sancionado con fuerza de ley el proyecto que en Orden del Día Nº 1269 puede ser consultado en el Boletín de la Cámara respectiva”.
Según sostuvo, “el proyecto aprobado, en lo que aquí se analizará, reproduce el texto del art. 1º, DNU 54/2017 cuyas objeciones a la luz de la Constitución Nacional y el Derecho internacional de los derechos humanos, se dejará sin efecto para el presente caso” en base a una serie de consideraciones “fácticojurídicas” que se detallan en la resolución.
El cuestionamiento se focalizó en las Comisiones Médicas Jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, lo cual –dijo la reglamentación- “constituirá la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contigencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo”.
“No abordaré la declaración de inconvencionalidad e inconstitucionalidad del art. 1º, DNU 54/2017 por los carriles del avasallamiento de las autonomías provinciales, sino por su propia naturaleza excluyente e irrazonablemente violadora del principio de igualdad”, advirtió.
Tras citar profusa jurisprudencia, el juez resaltó que “el principio de igualdad consiste en que no se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a unos de lo que se conceda a otros en iguales circunstancias” y afirmó que hay diferencias para trabajadores registrados e informales.
“Existen, para el art. 1º, DNU 54/2017 sendas hipótesis que van a determinar el carácter obligatorio y excluyente de la instancia administrativa o la eximición del mismo. La primera es la de autos, una persona que trabaja y cuya relación laboral se encuentra debidamente registrada. La segunda hipótesis consta en el segundo párrafo de la norma: los trabajadores vinculados por relaciones laborales no registradas…, no están obligados a cumplir con lo dispuesto en el presente artículo y cuentan con la vía judicial expedita”, afirmó.
Añadió que “el trámite ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, la Comisión Médica Central y el recurso de apelación aleja en el tiempo al enfermo o accidentado de una pronta reparación del daño sufrido”, tras consideralo “otro insólito despropósito que ratifica la irrazonabilidad del trato desigual” con el trabajador informal.
“Declaro inconstitucional al art. 1º, DNU 54/2017 en cuanto viola el principio de igualdad ante la ley contenido en el art. 16, CN: “…Todos sus habitantes son iguales ante la ley…”, dado que establece un trato diferencial inaceptable entre dos personas en igual condición –trabajar y accidentarse o enfermarse– de acuerdo con una condición ajena a su voluntad (estar o no registrada su relación laboral)”, añadió.
Nacionales
La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer el dato de inflación de julio, el cual se ubicó en 1,9% y acumuló un 36,6% en los últimos doce meses. Mientras que, en lo que va del año suma un 17,3%.
Este resultado da cuenta de que hubo un leve incremento respecto al mes de junio, cuando la inflación mensual se ubicó en 1,6%.
El rubro que registró el mayor aumento fue Recreación y cultura (4,8%), seguida de Transporte (2,8%) y Restaurantes y Hoteles (2,8%). Por su parte, la división Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 1,9%, a la par del promedio de la inflación general.
Las dos divisiones con las menores variaciones de julio fueron Bebidas alcohólicas y tabaco (0,6%) y Prendas de vestir y calzado, que registró una caída de precios (-0,9%).
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 1,9% en julio de 2025 respecto de junio y acumularon un alza de 17,3% en los últimos siete meses https://t.co/ccjTNTu3PD pic.twitter.com/AEai0sBmfL— INDEC Argentina (@INDECArgentina) August 13, 2025
Las consultoras esperaban que el valor se mantuviera por debajo del 2%, al igual que los dos meses previos.
Por su parte, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central, que aglomera las proyecciones de más de 40 instituciones, había estimado a la inflación de julio 2025 en 1,8% en promedio.
Días atrás las mediciones privadas anticipaban que la suba de casi 14% del dólar en julio no impactaría tanto sobre la inflación, lo que puede contrastarse con el mes anterior, cuando la inflación fue del 1,6%, apenas por encima del 1,5% del mayo, hasta ahora la menor de los últimos cinco años.
Nacionales
Oficializaron el triple veto de Milei: jubilaciones, moratoria y discapacidad

En la mañana de hoy se conoció el decreto 534/2025, con el que el gobierno de Javier Milei oficializó el veto a las leyes que establecían el aumento a las jubilaciones, la reapertura de la moratoria previsional y la declaración de emergencia en discapacidad.
Estas tres iniciativas fueron aprobadas por el Senado el pasado 10 de julio. La ley para el aumento jubilatorio obtuvo 142 a favor, 67 negativos y 19 abstenciones; y 28 ausentes; mientras que la emergencia en discapacidad, obtuvo 34 ausencias.
Con la nueva medida quedarán sin efecto, tal como lo había anticipado por el mandatario apenas las leyes fueron respaldadas en la Cámara alta.
El triple veto fue firmado el pasado sábado y publicado en el Boletín Oficial este lunes con las firmas de Milei y los miembros de su gabinete.
A partir de ahora, el rechazo del mandatario deberá tratarse en el Congreso y para sostener el veto el oficialismo necesitará 86 votos.
Los detalles
La decisión presidencial deja sin efecto el aumento jubilatorio de haberes y pensiones del 7,2% y el incremento para el bono, que pasaba de $70.000 a $110.000, y que iba a actualizarse por inflación, según la norma aprobada por el Senado.
Paralelamente se había aprobado la reapertura por dos años de la moratoria que permitía jubilarse a las personas que no tuvieran los 30 años de aportes, lo que también fue vetado.
Por último, quedó sin efecto el proyecto relativo a la discapacidad, impulsado por el diputado Daniel Arroyo, que declaraba la emergencia hasta el 31 diciembre de 2027 y reforzaba las pensiones no contributivas por invalidez para llevarlas al 70% del haber mínimo jubilatorio.
En los considerandos del decreto presidencial se menciona como argumento central para desestimarlas, que estas leyes, de instrumentarse, romperían el equilibrio fiscal, ya que implicarían “un gasto adicional de más de 7 billones de pesos en 2025 y cerca de 17 billones en 2026“.
Argumentación del triple veto
El decreto señala una serie de irregularidades, entre las que sobresale que: “la sesión fue llevada adelante sin que se haya citado de forma previa a los integrantes del H. Senado de la Nación” y recordó que se trata de un punto que “garantiza el correcto funcionamiento de la Cámara Alta, así como los derechos y garantías de los senadores, y está prevista en el Reglamento del cuerpo como una atribución de su Presidente”.
Otra de las objeciones expresadas en los considerandos indica: “además, se acreditó que el tratamiento de los proyectos bajo análisis fue habilitado por medio de una votación que, conforme al Reglamento de la Cámara Alta, debió ser computada sobre una mayoría de dos tercios de los votos, y no una simple mayoría“.
aviso_329236Javier Milei ratificó el veto del gobierno al aumento de las jubilaciones
Nacionales
La reconversión del Inti pone en riesgo 2400 puestos de trabajo en el país

Empleados del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti), nucleados en la Multisectorial, se declararon en estado de asamblea permanente luego de que el gobierno nacional, presidido por Javier Milei, anunciara el decreto 462/25 que pondría en riesgo el funcionamiento de dicho organismo junto al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta), el Instituto Nacional de Semillas (Inase) y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (Inpi), entre otros de ciencia y tecnología.
“Sin Inti no hay calidad de vida, no hay seguridad alimentaria, no hay control, ni de la calidad, ni de la cantidad de productos que consumimos cotidianamente. El Inti es imparcial en ese sentido. De alguna manera estamos vinculados a este organismo con sus más de 50 centros de investigación, desarrollo e innovación en biotecnología, química, ambiente, plásticos, nanotecnología y metrología”, describió desde Bariloche Julieta Caló en diálogo con La Voz de Misiones.
Caló cuenta con una trayectoria de catorce años dentro del Inti, donde supo ejercer su profesión como diseñadora industrial, consultora técnica y proyectista. Sin embargo, la situación se tornó muy distinta el martes pasado cuando cientos de trabajadores se encontraron con la novedad de que el instituto, que hasta entonces funcionaba de manera autónoma autárquica y federal, pasara a transformarse en una unidad organizativa dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía.
Con esta reestructuración, Caló aseguró que estarían en riesgo alrededor de 700 puestos de trabajo, en el corto plazo, y otros 2400 que existen actualmente en distintos puntos del país.
Por este motivo, desde hace una semana la Multisectorial de trabajadores que nuclea a varios empleados del Inti se mantiene en estado de asamblea permanente, dando a conocer el contenido del decreto 482/25 publicado el pasado 8 de julio, sin descuidar compromisos asumidos con emprendedores, pymes y empresas.

Abrazo simbólico entre empleados del Inti nucleados en la Multisectorial. Foto: El Destape
“Estamos recibiendo apoyo de legisladores, senadores, diputados y gobernadores, con proyectos de rechazo al decreto”, afirmó la profesional en referencia a funcionarios que cumplen funciones bajo distintas banderas políticas, como el Frente de Izquierda, la Unión Cívica Radical, la Coalición Cívica y el Partido Justicialista, entre otros.
Intento por voltear el decreto
Desde la Coalición Cívica, el diputado nacional Maximiliano Ferraro y el legislador porteño Hernán Reyes, junto a su equipo de asesores, mantuvieron una reunión con mandos medios y representantes de la Asamblea Multisectorial en el Inti, donde rechazaron el decreto que compromete su existencia.
En ese contexto, explicaron las funciones principales del organismo, su rol esencial para el desarrollo productivo y la seguridad de los productos que consume la población e hicieron hincapié en las graves consecuencias que tendrá para el normal desenvolvimiento institucional la aplicación del Decreto 462/25 que limita seriamente sus funciones y dispone prescindir del 30% del personal abocado a tareas vinculadas claves, como el manejo de las finanzas, contrataciones, compras, capacitación, liquidaciones, análisis de datos y legales, entre otras.
De esta manera, ambos referentes políticos del espacio que lidera Lilita Carrió, ratificaron su apoyo y acompañamiento tanto en la estrategia judicial para frenar los alcances del decreto como en la vía parlamentaria con el objetivo de derogarlo.
El funcionamiento
El Inti fue creado en 1957 durante el gobierno de facto de Pedro Eugenio Aramburu, en el marco del surgimiento de un conjunto de instituciones nacionales destinadas a poner en movimiento la inversión pública en ciencia y tecnología.
Hoy cuenta con más de 40 centros de desarrollo tecnológico y sectores especializadas por sector industrial en Buenos Aires (lácteos, plásticos, caucho, mecánica, tratamientos superficiales, lácteos, carnes, ambiente, biotecnología, nanotecnología, etc), además de centros multipropósito en distintas provincias.
Entre sus principales funciones se encuentran medir, calibrar, certificar, testear, verificar y transferir los desarrollos al sector productivo, desde emprendedores hasta industrias.
Se trata de un organismo reconocido internacionalmente, ya que cada país cuenta con uno de características similares que cumple esas funciones técnicas de desarrollo.
En Bariloche, además de trabajar con fábricas de alimentos, emprendimientos textiles, fitocosméticos y empresas de base tecnológica, se inspeccionan y ensayan componentes críticos de los medios de elevación, como los cables de acero, las torres y los vehículos, con el objetivo de garantizar una operación segura durante la temporada.
También, desde el Inti acompañan a los fabricantes nacionales de repuestos, asistiéndolos técnicamente para que sus productos cumplan con estándares internacionales.
Con la centralización, vaticinan que perderán el contacto directo con la industria, con más de 300 cámaras de pymes en todo el país, sumada la imposibilidad de atender al sector productivo en tiempo y forma, y la falta de personal indispensable en el engranaje institucional.
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