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De crack del barrio a estar postrado, recibió un balazo en picado por plata

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Tiene 16 años y se preparaba para debutar en una liga regional. El disparo de un rival le fracturó la tibia. El chico fue baleado cuando jugaba un partido por plata. (Juan José García)

ROSARIO. SANTA FE. El fútbol se juega por plata en muchos barrios de Rosario. El domingo por la tarde se enfrentaron “Los Rojos” y “Los Chaqueños” en la canchita ubicada en Pujato y Tarragona, un rectángulo de tierra y césped donde los fines de semana se arman torneos “por guita”.

El primero de los equipos está conformado por adolescentes de entre 15 y 17 años. En el segundo hay jóvenes de más de 30. La rivalidad se transformó en “pica” con el correr de los campeonatos y las piernas fuertes dieron paso a la locura: Jeremías, el crack de “Los Rojos”, terminó con un balazo.

“Casi me lo matan por ser habilidoso, porque juega bien a la pelota. Le dispararon para que no juegue más”. Nilda llora mientras le cuenta el violento ataque a Clarín.

Nilda tiene bronca y miedo. Bronca porque un rival al que define como un “descerebrado” dejó postrado en una cama a su hijo. Y miedo porque se siente desprotegida, teme que la denuncia que radicó en la Fiscalía de Rosario traiga represalias. La mujer aportó el nombre y el apodo de la persona que le disparó a Jeremías.

A Jeremías, un adolescente de 16 años que llegó a probarse en Argentinos Juniors, le pusieron un yeso en la pierna derecha y le dieron el alta tras dos días de internación. Tiene una fractura de tibia. Los médicos le avisaron que la recuperación “será larga”.

Cuando Nilda llegó corriendo al hospital el adolescente le contó una verdad a medias. Le dijo que estaban jugando un partido eliminatorio por el torneo, que “se agarraron a piñas”, que uno del equipo rival sacó un arma, que disparó “como un loco” y que una bala le pegó a él.

El relato sufrió modificaciones con el correr de las horas. “Decime la verdad que te voy a proteger”, le prometió Nilda. Y Jeremías entonces le contó que él fue el blanco del ataque, que un jugador rival, un muchacho de unos 30 años, lo encaró, lo insultó y en el medio de los gritos disparó varias veces al aire. Luego, bajó el revolver y le gatilló a las piernas.

A Jeremías lo trasladaron al Hospital de Emergencia Clemente Álvarez, donde quedó internado en observación, pero no lo operaron. El traumatólogo de guardia le dijo que lo mejor era esperar para ver la evolución de la herida. “Está angustiado, con mucha tristeza. El fútbol es su vida. Ahora por un buen tiempo no va a poder jugar”, maldice Nilda.

Cuando lo balearon, Jeremías estaba haciendo la pretemporada en un equipo de la localidad de Alvear, cercana a Rosario. A partir de marzo iba a jugar en una de las tantas ligas santafesinas, donde se paga mejor que en muchos clubes del Ascenso. Y él iba a destinar parte de sus sueldos a la casa. Es que Nilda lo mantiene a él y a sus dos hermanas, de 14 y 12 años.

Los torneos barriales tientan a jóvenes y adultos, sobre todo en épocas de crisis. Los ganadores suelen llevarse una buena suma de dinero. “A Jeremías siempre lo llaman, lo buscan muchos equipos. No me gusta que juegue porque siempre le pegan. La otra vez le dieron una patada en la columna. Nunca imaginé que le iban a dar un tiro”, se sincera la mamá del adolescente.

Nilda tiene un sólo pedido: “Esto se tiene que investigar, tiene que caer el responsable, de lo contrario mi hijo o cualquier otro pibe de su equipo puede terminar en un cajón”.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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